martes, agosto 17

Europa quiere deportar a los niños afganos. Las ONG creen que los centros de repatriación serán una tapadera para expulsar a los menores

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Europa quiere deportar a los niños afganos. Las ONG creen que los centros de repatriación serán una tapadera para expulsar a los menores

DANIEL BASTEIRO CORRESPONSAL 17/08/2010 00:05 Actualizado: 17/08/2010 16:44

Dos niños afganos pasan junto a un soldado del contingente alemán de las tropas de la OTAN en Afganistán, cerca de Kunduz. - AFP

Dos niños afganos pasan junto a un soldado del contingente alemán de las tropas de la OTAN en Afganistán, cerca de Kunduz. - AFP

Reino Unido, Países Bajos, Suecia y Noruega están perfilando la creación de centros de repatriación en Afganistán a los que enviar de vuelta a menores de edad que llegaron a Europa huyendo de la guerra, la miseria y la violencia atroz que vive ese país.

Estos niños, que subsisten en suelo europeo gracias a la protección de las administraciones públicas, son los que en Bruselas se conocen como "menores no acompañados": llegaron solos, sin familiares, tras un viaje traumático de miles de kilómetros. Algunos solicitan asilo, pero otros muchos no. Sólo en 2009 la UE recibió 10.960 solicitudes de asilo, un 13% más que en 2008, pero la Comisión considera que el total de "menores no acompañados" procedentes de Afganistán, Irak o África Occidental podría llegar a los 100.000.

Reino Unido ha anunciado ya la apertura de una institución en Kabul

Para algunos gobiernos son una piedra en el zapato. Requieren atenciones médicas y psicológicas, están lejos de su familia cuando todavía la tienen y las administraciones no pueden desentenderse de su cuidado y educación.

Las iniciativas de varios países europeos para repatriar a estos niños a Afganistán, el país en guerra del que procede un número creciente de ellos, han alarmado a las organizaciones que se ocupan de los derechos de la infancia. Para ONG como Human Rights Watch (HRW), las directrices aprobadas en una reunión de los ministros de Interior de los 27, presidida por Alfredo Pérez Rubalcaba en junio, constatan la intención de los gobiernos de desentenderse del futuro de los menores. Estas directrices, impulsadas por España, y en las que se están amparando varios países para impulsar la creación de estos centros son, según Simone Troller, consejera de HRW, la necesaria luz verde: una excusa para deshacerse de los menores por la peor de las vías, enviándolos a un infierno del que salieron con riesgo para sus vidas.

"Prisas muy sospechosas"

En las conclusiones de la reu-nión de ministros de Interior comunitarios se aboga por dar prioridad, por encima de cualquier otra solución, a la vuelta de los niños a sus países de origen, "promoviendo métodos de consejo antes de su partida que animen a los menores a regresar voluntariamente".

"Lo mejor siempre para estos niños es estar con su familia", resumió la comisaria comunitaria de Interior, Cecilia Malmström, quien recomendó que la decisión de repatriarlos se tome con celeridad: en un plazo de seis meses.

"¿Para qué necesitan los centros si nos dicen que la intención es devolverlos a sus familias?", se pregunta la experta de HRW, que critica también "unas prisas muy sospechosas por facilitar el retorno, que se impone a la protección de los derechos del niño".

El año pasado, 5.293 menores afganos pidieron asilo en países europeos

Troller resalta que, en las directrices de la UE, apenas aparecen referencias concretas a la responsabilidad del país de origen en la protección del menor, o el derecho del niño a ser oído y decir dónde quiere quedarse, así como la posibilidad de recurrir ante la Justicia una posible orden de retorno. "Nos tememos que la UE acabe promoviendo la expulsión de estos niños, que serán recluidos en condiciones inciertas en Kabul y puestos en la puerta del centro el día que cumplan 18 años", denuncia, en conversación con Público.

También ACNUR acogió con frialdad la futura apertura de estos centros. "Estamospreocupados porque se ha puesto mucho el acento en el retorno de los niños sin contar con garantías", explica Blanche Tax, miembro del equipo legal de la oficina de la ONU en Bruselas. ACNUR considera, sin embargo, un "buen punto de partida" las conclusiones de la UE siempre que sean complementadas por medidas de protección del menor.

Londres ha tomado ya la delantera para abrir un primer centro en Kabul exhibiendo como justificación las directrices aprobadas por los ministros de Interior europeos. Este centro se hará cargo de ellos hasta que tengan 18 años; después, no se sabe qué será de los menores. El centro costará casi tres millones y medio de euros, y espera poder recibir a unos 20 niños cada mes. En Reino Unido hay cerca de 4.200 niños solicitantes de asilo, y la mayoría son afganos.

Según ACNUR, 5.293 menores de edad afganos pidieron asilo en Europa en 2009. La Agencia de Fronteras británica ha sido la primera en justificar su decisión en las directrices aprobadas por los ministros de Interior de los 27.

HRW teme que los niños sea "puestos en la puerta" del centro a los 18 años

Además de promover el retorno, la UE también pide a la Comisión Europea que facilite fondos para que "las autoridades de los países de origen gestionen el retorno creando centros de recepción", siempre que se haya perdido la pista de la familia. Para ello, Bruselas dispone de un "Fondo Europeo de Retorno" que apoya la expulsión de ciudadanos de fuera de la UE. Su presupuesto para este año es de 83 millones de euros, pero irá subiendo hasta 193 millones en 2013.

La Comisión Europea eludió valorar el uso que varios países están haciendo de sus propuestas, y recordó que "es responsabilidad de cada Estado miembro, que quiere devolver a una persona a su país de origen, decidir si el retorno respetará las obligaciones europeas e internacionales".

La estrategia sobre menores no acompañados ha sido valorada por España como uno de los éxitos de su semestre de presidencia europea.

http://www.publico.es/332450/repatriacion/forzosa/perjudica

"La repatriación forzosa los perjudica". Marta Santos Pais. Representante Especial de la ONU para la Violencia contra la Infancia

TRINIDAD DEIROS 17/08/2010 00:10

Tres décadas de trabajo en favor de los derechos de los niños avalan la trayectoria de la jurista portuguesa Marta Santos Pais, la primera Representante Especial de la ONU sobre la Violencia contra la Infancia. Santos Pais deplora que los niños sean "invisibles" para los estados y sus legislaciones.

¿En qué condiciones se puede repatriar a un niño?

Todas las decisiones tienen que tener en cuenta su historia, de qué peligros ha escapado, las dificultades en su país de origen y en su familia. Se pueden resumir dos principios: interés superior del niño e individualización de cada examen antes de repatriar. En caso de riesgos de persecución, de explotación, de reclutamiento en un grupo armado, hay que descartar la repatriación.

¿Cómo se justifica enviara un niño a Afganistán?

Afganistán está en guerra y creo que no hay que pretender que creando un centro de repatriación allí para esos niños las condiciones de protección de sus derechos quedarán garantizadas También es cierto que hay muchos niños que viven allí y que no emigran. Considero que puede ser útil prevenir situaciones de violencia y trabajar para crear un entorno protector en Afganistán que evite la emigración infantil. Pero antes de decidir el retorno, es fundamental examinar si se puede garantizar, no sólo la supervivencia del niño, sino también una perspectiva de futuro a largo plazo.

¿Y los retornos forzosos?

El retorno forzoso no es compatible con el interés superior del niño, pues representa que la solución se ha tomado a priori. Entre todas las opciones posibles, hay que elegir aquella que salvaguarda los derechos del niño. En algún caso puede que lo mejor sea el retorno pero, cuando se fija la repatriación como objetivo, eso compromete sus derechos.

El menor tiene derechoa ser escuchado.

Sí. La decisión de regreso tiene que ser informada. Escuchar al niño nos ayuda a elegir la mejor solución, porque él es el mejor intérprete de su historia.

¿Los estados tienen pocos datos sobre la infancia?

Los niños son invisibles para los estados, sobre todo en relación a la inmigración. La escasez de datos diluye lo que es específico de cada niño y, de nuevo, se aplican soluciones pensadas para los adultos que no tienen en cuenta la especificidad del niño. Como no tenemos información suficiente sobre los menores, las leyes, las políticas públicas y los mecanismos de protección no están pensados paraapoyarlos.

¿Qué sucede entonces?

Pues que, por ejemplo, el niño [inmigrante] llega a un aeropuerto y es recibido por alguien sin formación específica para relacionarse con él. Muchas veces, el niño no entiende ni la lengua ni la solemnidad de lo que le están preguntando, y se siente totalmente amedrentado. Desgraciadamente, esa es la constante que se va a mantener durante todo el proceso migratorio. Hay muy pocos países con disposiciones específicas sobre niños y migración, y también sobre niños refugiados. Se habla muy poco del interés superior del niño y son escasos los estados que prohíben totalmente la privación de libertad.

¿Los centros de repatriación son una solución aceptable?

Un centro no es una solución duradera, sino una solución temporal hasta que se encuentre otra. Además, el objetivo debe ser que crezcan en un entorno familiar.

Fiscalía valenciana detecta en 18 meses 65 falsos menores protegidos. Eran extranjeros y ocupaban unas plazas irregularmente

http://www.elpais.com/articulo/Comunidad/Valenciana/Fiscalia/detecta/meses/65/falsos/menores/protegidos/elpepuespval/20100817elpval_11/Tes

Fiscalía detecta en 18 meses 65 falsos menores protegidos. Eran extranjeros y ocupaban unas plazas irregularmente

LYDIA GARRIDO - Valencia - 17/08/2010

Entre junio de 2008 y diciembre de 2009 "se ha podido acreditar a través de las pruebas médicas (ortopantomografía y radiografía de clavícula) la mayoría de edad de 65 supuestos menores que ocupaban plaza en el centro de recepción Ambrosio Huici". Así lo recoge la memoria de la sección de menores de la Fiscalía de Valencia. Es decir, durante ese tiempo, 65 personas de origen subsahariano permanecieron en el centro de recepción amparadas en la protectora legislación para menores inmigrantes indocumentados cuando eran mayores de edad. En la memoria de 2007, tras una inspección realizada por la propia fiscalía, se recogió la saturación de dicho centro y la imposibilidad de atender en condiciones a los que necesitaban ingresar. Ahora, dice la última memoria presentada, el centro se encuentra mínimamente ocupado: entre 20 y 30 plazas de un total de 80.

Un equipo multidisciplinar se encarga de aclarar los casos

El centro de reclusión, lleno en 2007, está ahora medio vacío

La policía nacional, el hospital General y la clínica forense, junto con la fiscalía, han formado un equipo multidisciplinar empeñado en desenmascarar la ilegalidad, en cuanto en la edad, en los menores extranjeros indocumentados, sobre todo de origen subsahariano. Los informes realizados han sido "detallados y contundentes", recoge la memoria. Y permiten, además, establecer unas pautas comunes: los pasaportes que aportan no presentan, a priori, ningún signo de falsedad; antes de ingresar en el centro, y ante la duda, declaran ante un representante consular o diplomático, que no puede despejar las posibles incógnitas; ingresan en el centro después de que se les haya realizado la prueba ósea, que no es suficiente; normalmente usan o tienen una identidad distinta de la que figura en el pasaporte donde dice que es menor; en algunos casos también les consta una detención por infracción contra la ley de Extranjería, que solo se puede aplicar a mayores de edad; a veces entregan pasaportes que no están firmados; o pasaportes que no tienen el visado obligatorio; o pasaportes con fechas en las que está probado que el supuesto menor ya estaba en España. La fiscalía ha podido despejar la verdadera identidad de 65 falsos menores porque hace tres años puso en marcha un protocolo, costoso, que siguen las fuerzas y cuerpos.

Por otra parte, la memoria de la Fiscalía de Menores de 2009, además, hace una petición expresa de la extensión de la videoconferencia como una herramienta que facilite el trabajo de forma sustancial y garantista. Considera que es oportuna su utilización en la realización de ruedas de reconocimiento (para lo que hace falta, claro está, que tengan terminales los centros de reforma y de protección). Entiende que también es conveniente para la realización de exploraciones a los menores y declaraciones de testigos (lo que obligaría a la colocación de terminales en los partidos judiciales y destacamentos de fiscalías distantes de la capital).

Advierte también de la conveniencia de esta tecnología en las dos salas interconectadas en la sección de menores "a fin de llevar a cabo las exploraciones de menores con mayores garantías en cuanto a la intimidad de menores en caso de agresiones sexuales y de otros delitos de gravedad". La fiscalía reclama además la conexión del sistema de videoconferencia entre las tres secciones de menores de las fiscalías provinciales entre sí y con la Fiscalía Superior, "por estimar que el funcionamiento de la Fiscalía Superior pondrá en marcha programas conjuntos", dado que está previsto un fiscal de menores en esa cúpula del ministerio público en el ámbito autonómico. Es una de las reclamaciones de mayores y mejores dotaciones técnicas y humanas para hacer frente a las necesidades del servicio.

Gobierno concede un permiso de viaje a 3 familias de inmigrantes de Melilla

http://www.abc.es/agencias/noticia.asp?noticia=486736

Gobierno concede un permiso de viaje a 3 familias de inmigrantes de Melilla

(Melilla) SOCIEDAD-SALUD,SOCIEDAD | > AREA: Asuntos sociales16-08-2010 / 10:40 h

Melilla, 16 ago (EFE).- El Gobierno ha concedido un permiso de viaje a tres familias de inmigrantes retenidas en Melilla desde hacía años, entre ellas el matrimonio de un hindú y una marroquí, al que hace meses se le denegó la solicitud de asilo de ella, pese a estar embarazada y correr peligro si volvía a Marruecos.

En un comunicado de prensa, la ONG Prodein ha informado de que estas tres familias pudieron viajar la semana pasada a la Península con este permiso de viaje, que les permite desplazarse por el territorio nacional y supone "el final de varios años encerrados en Melilla y el inicio de una nueva etapa".

En el caso de la pareja, Prodein explica que este permiso para desplazarse por el territorio nacional les ha permitido empezar a vivir sin miedo, revelando su identidad, -Ikram y Soni- y dejándose fotografiar sin tapar sus rostros.

Además, en el caso de ella, se ha quitado el pañuelo islámico y la chilaba, prendas que empleaba no por convencimiento religioso, sino para no ser identificada en Marruecos y evitar las represalias de la sociedad y de las autoridades de ese país.

No en vano, pidió el asilo en España porque se había enamorado de un hindú con el que huyó a vivir a una chabola y tuvo un hijo fuera del matrimonio, "hechos castigados duramente por la sociedad y el código penal marroquí", recuerda la ONG.

Con su marcha de Melilla la semana pasada, "se abría la puerta de la jaula donde Soni había vivido cinco años y donde Ikram llevaba bastantes más", relata Prodein.

Junto a ellos, viajaba otra familia formada por "una chica mauritana vendida a una familia marroquí que le dejó el cuerpo lleno de cuchilladas, su pequeño de cuatro años con el cuerpo lleno de quemaduras y, su marido de Ghana, refugiado durante cinco años en Libia y otros cinco en Marruecos".

La tercera familia inmigrante que también salió de viaje lo hizo, en cambio, con un permiso de residencia. EFE 1010833

lunes, agosto 16

21 Reflexiones y Cuestiones sobre el Interés Superior del Niño en los centros de menores y Dirección general del Menor

From: Sole Perera <solep03@hotmail.com> Date: 2010/8/16 Subject: 21 CUESTIONES Y REFLEXIONEES SOBRE INTERES SUPERIOR DEL NIÑO ESCRITO A LA CONSEJERA DE BIENESTAR SOCIAL DEL GOBIERNO DE CANARIAS
SOLEDAD PERERA DNI. 78.388.248Q RUEGO SU PUBLICACION Y DIFUSION

21 Reflexiones y cuestiones sobre el Interés Superior del Niño en los Centros de Menores y Dirección General del Menor

Sra.- Consejera de Bienestar Social. Gobierno de Canarias

Sra. Consejera de Bienestar Social, Juventud y Vivienda del Gobierno de Canarias:

No le voy a insistir sobre Piedad. Llevo tres años solicitándole por escrito a usted y al Jefe del Servicio de Menores, que permitan que la niña recupere los contactos con su mundo afectivo de La Orotava. Nunca ha habido una sola respuesta. Ni por consideración, ni por caridad, ni por derecho…ni por humanidad. Por lo tanto, creo que ni Piedad ni mi familia le importamos a usted, ya que nosotros formamos parte importante y satisfactoria del pasado y de los recuerdos de la pequeña y ni siquiera por respeto a su persona, ha habido una sola contestación a nuestras peticiones, ruegos, ni súplicas. Por lo que me concretaré a exponerle en síntesis, una serie de cuestiones que tienen mucho que ver con todo lo que gira alrededor de este delicado mundo de la infancia, de Piedad, y de muchos otros menores.

Las reflexiones y preguntas que planteo en estos primeros 21 apartados siguientes, surgen de mis vivencias y experiencia en este mundo tan complejo. Cada reflexión plasmada en diferentes apartados se ampliará en su momento y serán un tema específico a desarrollar con todos los argumentos y colaboración que tenga a mi mano, siempre con una finalidad constructiva.

En algunos párrafos sustituiré la expresión "menor" por "niño" ya que considero que ésta última posee más entidad.

1.- Familias acogentes. Casos puntuales, sin que por ello el acogimiento pierda la finalidad del acto: Renuncia o no rehabilitación por parte de la familia biológica, conformidad para la preadopción de la familia acogente. La inflexibilidad de la Administración que no permite aceptar a las familias acogentes como futuras familias adoptantes (poniéndole trabas a la hora de pasar por la idoneidad para la preadopción) en determinados casos concretos, pudiendo evitar, sin esta negación, un desgarro de vínculos y sentimientos a ambas partes, sobre todo al niño, es incomprensible. Es un tema a estudiar que rompe en la actualidad muchas esperanzas y genera muchos traumas. Cierto que existe listas para las diferentes modalidades y los conceptos son distintos, pero, habiendo predisposición, siempre el interés del niño está por encima de todo lo demás. La Dirección General, según parece, se quita de encima a estas familias acogentes y dispuestas, utilizando la misma metodología en general, metodología que raya en muchos casos en prepotencia.

En cuanto a las familias acogentes que prestan su servicio con cariño y entrega, que han aportado una etapa de felicidad al menor que han tenido en su hogar, mientras la familia biológica ha resuelto una situación difícil, (finalidad clara del acogimiento temporal) creo que, según las circunstancias, no tiene por qué el menor, romper del todo y radicalmente los contactos con esa familia que le ha dado una vida digna en un tiempo determinado, porque, simplemente, supone un tremendo desgarro que hay que evitar por encima de todo por el bien del niño. Para que no queden lagunas en su mente ni penas en su corazón. Igual que preparan a las familias acogentes también pueden hacerlo con las familias biológicas: una simple carta de vez en cuando, o un encuentro. -Compartir, término muy utilizado por la institución, conlleva una amplia aplicación-.

2.- Sistemas de personal rotativo en los centros. La Administración insiste en que los niños no se deben aferrar a una figura estable mientras convivan en un centro. Esto hace que el sistema rotativo del personal de los centros sea constante. Esa figura estable puede aportarle seguridad a un menor que aunque, posteriormente, sea adoptado no tiene por qué romper su vínculo con el pasado (su casa de acogida, el personal, en definitiva, ha sido su hogar, forma parte de sus recuerdos). ¿Cómo se le va a imponer borrar a un niño de su memoria una etapa que formó parte de su vida? Además, esa carencia de un referente de afectos, condena a los niños y niñas cronificados en centros de menores a carecer de esa figura de por vida, volcándolos a la total inseguridad y ausencia de autoestima.

3.- ¿Qué hay de sustento en la afirmación de que los niños de 7, 8 y 9 años y aún mayores, están condenados a dejar su infancia, adolescencia y parte de su juventud en un centro, cuando es cierto que hay muchas familias dispuestas a aportarles un hogar? ¿Qué interés hay en perpetuar su orfandad? ¿Por qué a la opinión pública se le da a entender que no hay personas dispuestas a darle un hogar si no es así? Da la impresión que la finalidad de la negación dé como resultado que, tristemente, sean carne de instituciones.

4.- ¿Cuánto se abona a las ONG, entidades privadas o instituciones oficiales por niño al mes en un centro de menores o en una casa de acogida? ¿Quién lleva el control de ingresos, gastos, auditorias, inspecciones, calidad de comida, ropa, atención médica, psicológica, etc.? Hay grandes profesionales en los centros y muchas veces se encuentran limitados ¿Por qué? Los niños no son dueños temporalmente ni de su ropa, ni de sus juguetes. El concepto compartir, en este caso, se lleva a extremos. ¿Cuál es la razón?

5.- ¿Cuántas veces en la vida de un pequeño internado tiene que cambiar de centro por el límite de edad permitida en la ley que establece esta norma? ¿Cuántas veces tiene que empezar de cero e ir a otros centros con diferentes compañeros, amigos, educadores, personal de referencia, colegios y ambiente? ¿Por qué hay niños que desde que nacen, y existe ya una renuncia por parte de la familia biológica, tardan dos o tres años o, incluso más, en ser dados en adopción, perdiendo el amor personalizado fundamental de los primeros años de su vida? ¿Por qué se mantienen a niños o a niñas en un centro toda una vida a cambio de un par de visitas anuales de sus progenitores?

6.- ¿Existe en cada centro un representante legal de los menores, un abogado, un tutor, que pueda dar fe de las necesidades de cada niño y de su estado y/o carencias? ¿Puede hablar un niño libremente, dar su opinión sobre lo que observa a su alrededor, sin ser castigado o reprendido? ¿A quién recurre un niño si todo el sistema trabaja bajo las mismas consignas? Cuándo acude un Fiscal, el Diputado del Común u otra figura institucional, ¿por qué siempre se avisa con suficiente antelación de la visita? Se supone que cada día es propicio, si no estuviera el director, ¿hay un equipo competente preparado para sustituirlo? creo y me atrevería a afirmar que sí. Los sistemas tan cerrados y herméticos suelen padecer de defectos de forma y de fondo creándose un buen caldo de cultivo para el fracaso del buen funcionamiento del proyecto.

7.- ¿Se trabaja en equipo desde la Dirección General y el personal de los centros, estos últimos auténticos conocedores de la realidad del niño, de su día a día, para un óptimo resultado en su futuro? ¿Los niños son considerados grupos o conjuntos sin entidad propia que se enmarcan y etiquetan bajo consignas o se supone que son seres individuales, ciudadanos con derechos, sujetos y personas, merecedoras cada uno de ellos de un trato específico dependiendo de sus circunstancias, vínculos, salud, necesidades, oportunidades, etc.? ¿Cuál es el sistema más fácil y cuál el que garantiza más estabilidad al menor? ¿Por cuál se opta? ¿Bloques o individuos? Ya existen en España Comunidades que se han decantado por considerarlos seres individuales con diferentes necesidades. ¿Seguiremos su ejemplo o persistiremos en la tradición del rebaño?

8.- ¿Se trabaja lo suficiente con las familias biológicas, antes de declarar el desamparo, en los casos que no sean de flagrante maltrato y abandono, para que éstas, con la ayuda de los Servicios Sociales, puedan mantener a sus hijos bajo su núcleo familiar? ¿La misma ayuda económica y psicosocial que se recibe en los centros no se puede aplicar en los mismos hogares de origen? ¿Será ésta la razón de que los centros en Canarias estén repletos de niños junto a las escasas oportunidades de una nueva vida que se les da a éstos?

9.- ¿Qué técnicas se utilizan en los centros de menores en cuanto a educación? Llegan informaciones de casos de extrema rigidez, disciplina y duros castigos que pueden traumatizar a cualquier niño de por vida ¿Qué personal está facultado, que conozca el entorno del menor que acaba de sufrir una rotura de vínculo y llora desesperadamente, para sustituir una compañía humana y noches de apoyo, por gotas para dormir u otros medicamentos o medidas? ¿Niños con posibles deficiencias psíquicas más o menos leves, se les atiende lo suficiente para mantenerlo dentro de un entorno normalizado o son apartados a otros grupos donde la recuperación o la terapia se hace más difícil? ¿De dónde llegan las órdenes? ¿Por qué no salen a la luz pública los reglamentos internos de estos centros, cuantas reglas son contrarias al código penal, a los derechos del menor, y cuantas de estas normas (la mayoría) no cumplen los requisitos de la educación y sí del adiestramiento…?

10.- ¿Qué hay de la rigidez, inflexibilidad, hermetismo y silencio administrativo de la Dirección General y de la Consejera de Bienestar Social, a la hora, en teoría, de tener que responder al ciudadano que ha iniciado un expediente administrativo de acogimiento o adopción, desde el momento que se convierta en figura non grata para la Administración porque intente ejercer sus derechos plasmados en la figura del menor? ¿Hasta dónde es legal ese silencio administrativo que raya en la crueldad? Sra. Consejera usted es muy partidaria de hacer "llamadas" en bloques en las campañas de acogimiento pero, para que éstas tengan una respuesta positiva ante los solicitantes, éstos tienen que tener un buen concepto del trato que van a recibir, del fin y de la información fidedigna que se les aportará. Hay muchos casos en Canarias, aparte del de Piedad y muchas experiencias negativas de ciudadanos y para contrarrestar esta realidad hay que ser más cercana a la sociedad.

11.- El silencio administrativo en una situación límite, como la que conlleva la protección y el futuro de un menor que se tiene bajo su amparo, es o parece una especie de maltrato, ya que no hay mayor desprecio que el silencio en situaciones tan desgarradoras e inhumanas como éstas. Bienestar Social y Protección al Menor deben de saberlo. ¿Cuesta mucho hacerlo o prefieren abocar al interesado a la desidia, la impotencia, al abandono? ¿O, llanamente, no cogerse las manos? ¿O esperar que desfallezcan los solicitantes, física y psicológicamente, para luego, incluso, poner como excusa, sus lamentables estados?

12.- La figura de acogedor temporal, provisional, permanentes y/o padres preadoptivos, según la administración, en muchos casos, se les hace saber que no son nadie, ni tienen ni voz ni voto, aunque hayan dado su vida y más, para ofrecer protección y estabilidad al menor que han tenido bajo su cuidado, dándole cariño y aportándole seguridad. No es humano el trato que se recibe por parte de algunos componentes de la Administración hacia estas personas que, conocedoras de buscar unos padres y/o acogentes para un menor sin familia, nunca a un hijo para ellos, se les trate, en casos concretos, con la mayor de las indiferencias y desprecio. La rotación del personal también afecta a la Dirección General y estos solicitantes "agotados ya" no saben a quien dirigirse y se encuentran perdidos en medio de un marasmo de expedientes que los técnicos no aciertan a saber quien los custodia. ¿De verdad que Menores no tiene nada que ver en la decisión de muchos españoles de adoptar fuera de las fronteras nacionales? ¿Por qué no hacen realidad el tiempo legal que en teoría debe estar un niño en preadopción, y permiten que los trámites burocráticos, lentos e interminables, pongan en peligro la felicidad y estabilidad de un niño o de una niña?

13.- Existen sentencias como la 124/2002 del Tribunal Constitucional que concede a los padres preadoptivos y acogedores un status jurídico para ser parte legal en los procedimientos en los que se juega el futuro del menor que tienen bajo su amparo. Otras como la del Tribunal Supremo, referente a un caso de Toledo, que especifica lo que significa EL INTERES SUPERIOR DEL NIÑO, en su aplicación, es decir, sus vínculos, afectos, necesidades, circunstancias, etc., esto está por encima de cualquier interés por muy legitimo que sea. ¿Saben los solicitantes que tienen derecho a conocer la totalidad de los informes que figuran en su expediente administrativo y su poder para rebatirlos? ¿Se les informa de todo ello por el bien del menor? Pero basta, como mínimo, poner como base LA CONVENCION DE LOS DERECHOS DEL NIÑO.

14.- Centros de Menores, personal cualificado, psicólogos, sociólogos, educadores, asistentes sociales, auxiliares, cocineros, limpiadores, conductores… ¿están todos en riguroso status laboral legal? ¿Está bien remunerada su labor? ¿Y los que están fijos en la Dirección General y responden, al parecer, señalamientos políticos (algunos), a pesar de su condición de funcionarios, pueden estar años en su puesto y ser impunes e inmunes a posibles irregularidades graves? Estos "profesionales" deben de ser antes Profesionales sin más, como demuestran serlo muchos; personas preparadas y dignos trabajadores al servicio de un fin tan loable como el mundo de la infancia, cerca de la lealtad y lejos de la manipulación y el oscurantismo.

15.- ¿Puede un miembro del personal de una Casa de Acogida o de un Centro actuar libremente, dentro del buen hacer, respondiendo a su ética y moral, a la hora de defender el interés del menor, sin ser coaccionado, acosado o amenazado de alguna manera? ¿Está preparado este personal para defender, lejos de las consignas impuestas, el interés del niño, por encima de todo?

16.- ¿Por qué parece existir la consigna de que un niño no puede volver nunca a una familia que tuvo atrás? ¿Se tiene miedo o temor de que ese niño o niña hable de sus experiencias traumáticas, de sus soledades en la noche, del resultado de la aplicación de técnicas conductivas que ahorren tiempo al personal y a los profesionales, para alcanzar cuanto antes una meta, aunque el sufrimiento del menor sea irreparable? ¿Temor a que alguna otra institución "revise o repase" los expedientes de adopción o acogimiento, seguramente en correcta tramitación?

17.- Cuando un Juzgado dicta una sentencia dándole valor a los informes que emite el equipo psicosocial del Juzgado o de la Dirección del Menor, y esta ejecución fracasa claramente, ¿en vez de apuntalar la situación, por parte de Menores, y forzar al niño a ajustarse en un lugar y entorno no apropiado ni rehabilitado por que no se lucha para evitarlo? ¿Cuántas veces la Dirección General se dirige al Juzgado para decir por escrito y fundamentar una "sentencia de imposible cumplimiento", liberando así al niño de un fracaso descomunal en su vida y de un sufrimiento innecesario? ¿Reacciona la Administración cuando ve peligrar su patrimonio o cuando se arriesga el futuro del niño? ¿Suele la Administración abandonar y dejar bajo los pies de los caballos a padres preadoptivos o acogedores en medio de un conflicto, por muy injusto que sea?

18.- En la Comisión de Menores que se ocupa de decidir quién, cuándo y en qué modalidad sale un menor en adopción ¿hay representantes también de las casas de acogida y/o de un equipo eficaz especializado en estudiar cada expediente y conocer a fondo, in situ, a cada niño o niña y sus circunstancias? Todas y cada una de sus circunstancias: actitud, adaptabilidad, salud, relación con compañeros, necesitad más o menos acuciante afectiva, síntomas psicosomáticos, situación jurídica… ¿Por qué en el caso de Piedad, después de que la que suscribe estuvo en una lista de ocho años de espera, mientras Menores (precisamente el mismo Jefe de Servicio actual consideró a la niña susceptible a adopción y formalizó la Resolución entonces) buscaba una madre para un menor desamparado, me asignaron a una niña que estaba en medio de un procedimiento judicial, razonable o no, pero en medio, sin duda alguna. Jamás cambiaría yo ahora mi pasado, pero a pesar de ello, ¿Por qué siguen manteniendo esa actitud de prepotencia cuando ustedes, responsables de esa situación, la tenían que haber resuelto jurídicamente y solucionado mucho antes, por el interés de la niña, ya que contaban con un desamparo firme de hacia más de dos años y un historial desgarrador? ¿Por qué, Sra. Consejera, a pesar de mi larga lucha por conservar la estabilidad de Piedad, tanto usted como el Jefe de Servicio de Menores, sabiendo el terrible daño que se le ha hecho a la niña y a esta familia, continúan dándonos la espalda y manteniéndola sumergida en el más injusto de los silencios? ¿Usted, realmente conoce el Caso Piedad? Porque usted llegó en la siguiente legislatura acabante de llevarse a Piedad de este hogar y jamás nos ha escuchado, ni a Prodeni ni a esta familia ¿Por qué se escudan bajo la consigna de la "confidencialidad del menor" para silenciar hechos y situaciones lamentablemente tan graves?

19.- Cuando abren las puertas a un joven, que ha permanecido su vida en un centro y cumple 18 años y cruza el umbral a la civilización para enfrentarse a la lucha del día a día, ausente de autoestima y seguridad, solo y desprotegido, y por las causas que sea, que tiene muchas desgraciadamente, acaba ante un Juez, ¿alguien de Menores acude a acompañarlo al banquillo de los acusados a explicar cuál y cómo han transcurridos sus días y cómo, lamentablemente, se ha visto abocado a ser una víctima de la sociedad que prima en este sistema?

20.- El dialecto utilizado por la Dirección General de Protección al Menor y a la Familia, a la hora de querer quitar del medio a una familia acogedora, siempre suele ser el mismo. Se repiten expresiones como: no colabora, es posesiva, no responde a las normas, no conserva el perfil inicial, etc. No dudo que pueda ocurrir este hecho aisladamente, pero en la mayoría de los casos, estos términos son utilizados para presentar ante un Juez un informe que logra fulminar de hecho e ipso facto a los acogentes, sin que se escuche como se debería a éstos. Dejando indefensos a los acogedores y victorioso el "prestigio" en teoría, de un sistema que aplica y aprovecha su autoridad con ventaja, conscientemente.

21.- Concesiones como las de O`Belén, Mundo Nuevo y otras ONG o entidades privadas, ¿se realizan, por mucho que reclamen las imperiosas necesidades del momento, con todo el conocimiento, cumplimiento del protocolo y las garantías suficientes para avalar la protección del menor por encima de todos los demás intereses? ¿Se llevan a cabo auditorías, inspecciones y otros controles económicos sobre las gestiones y buen aprovechamiento de los fondos concedidos a éstas? ¿Existe un seguimiento por parte de equipos de profesionales objetivos y que no respondan a consignas que protegen al adulto para garantizar el desarrollo adecuado, humano y próspero de estos menores que ya carecen de entrada, de las ventajas y oportunidades de una familia? ¿Los informes que emiten estas entidades en general suelen coincidir con los de la Dirección General? ¿Por qué entidades privadas? ¿Qué está haciendo que esto crezca y crezca y se bifurque en disparatadas y arriesgadas soluciones?

Soledad Perera, madre biológica y adoptiva

Agosto 2010

domingo, agosto 15

Mariages forcés au Maroc: 14 jeunes filles sauvées cet été. L'asbl "Insoumise et dévoilée" a lancé son numéro vert à la mi-juin. C'est déjà un succès puisque 14 jeunes filles ont depuis moins de deux mois été aidées par l'association. Elles ont échap

http://www.rtlinfo.be/info/belgique/societe/729266/mariages-forces-au-maroc-14-jeunes-filles-sauvees-cet-ete

Mariages forcés au Maroc: 14 jeunes filles sauvées cet été. L'asbl "Insoumise et dévoilée" a lancé son numéro vert à la mi-juin. C'est déjà un succès puisque 14 jeunes filles ont depuis moins de deux mois été aidées par l'association. Elles ont échappé à un mariage forcé au Maroc, mais l'asbl ne sait plus où les loger. Elle manque de familles d'accueil car ses locaux sont complets.

Mariages forcés au Maroc: 14 jeunes filles sauvées cet été
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"Sauvées ... pour l'instant ! Car il y en a sûrement qui vont être retrouvées par leur famille et on imagine aisément la suite, et d'autres qui ne supporteront peut-être pas longtemps de ne plus avoir aucun contact avec aucun membre de leur famille. Suite au prochain numéro ..." de Anonyme 251275

Belgique - Société mar 10 août, 17:46

Alors que son numéro vert "SOS mariage forcé/crime d'honneur" n'a été inauguré qu'à la mi-juin, ce ne sont pas moins de 14 jeunes filles (dont plusieurs mineures d'âge) qui ont déjà été aidées par l'asbl "Insoumise et dévoilée" à échapper à un projet de mariage forcé au Maroc, rapporte Le Soir. Seulement au Maroc ? Si le numéro vert s'adresse à tous (peu importe le sexe, la culture, la religion ou l'origine), il se trouve seulement que ces 14 premières victimes aidées étaient toutes des jeunes femmes d'origine marocaine.

Plus de places

L'asbl manque aujourd'hui de familles d'accueil pour ces jeunes filles. La coordinatrice de ce numéro vert, Karima, tire donc la sonnette d'alarme, à quelques heures du début du ramadan qui verra, selon elle, se conclure de nombreux mariages forcés dans les pays musulmans. "Depuis le début des vacances, nous recevons jusqu'à 10 appels par jour, principalement de jeunes filles d'origine marocaine mais de nationalité belge", explique-t-elle dans le quotidien. Les maisons d'accueil de l'asbl sont actuellement saturées, surtout que les vacances sont traditionnellement plus propices à ces mariages arrangés.

Mais le phénomène ne touche pas que les jeunes femmes. L'association est également contactée par de jeunes hommes, eux aussi obligés de se marier lors de vacances "au pays".

14 jeunes Marocaines ont échappé aux mariages forcés cet été.

El Iass de la Dga licita por seis millones la gestión de cinco pisos de tutela. Saca a concurso la atención educativa y el mantenimiento por cuatro años.El plazo de la contrata empieza a los 16 días de acabar de abrir las ofertas.

http://www.elperiodicodearagon.com/noticias/noticia.asp?pkid=603091

La DGA licita por seis millones la gestión de cinco pisos de tutela. Saca a concurso la atención educativa y el mantenimiento por cuatro años.El plazo de la contrata empieza a los 16 días de acabar de abrir las ofertas.

El Instituto Aragonés de Servicios Sociales (IASS) ha sacado a concurso, con un presupuesto de salida de 6,2 millones de euros, una contrata para gestionar durante cuatro años, por el modelo de concierto, cinco hogares en los que residen menores de edad tutelados por la DGA en Zaragoza. El importe neto por el que se licita es de 5,74 millones, a los que se añaden otros 460.000 euros en concepto de IVA --al 8%--.

La contrata divide los pisos en cinco lotes --uno por hogar-- cuya puja inicial se sitúa entre 1,09 y 1,38 millones, mientras que las fianzas para concursar van de los 23.560 a los 29.900 euros.

La "gestión integral" del servicio público supone que el adjudicatario se hace cargo tanto de las acciones educativas que deben llevarse a cabo con los menores como de dotarlos de los equipamientos e instalaciones necesarios. También asume el mantenimiento.

El contrato, de cuatro años pero prorrogable, pone en manos privadas un servicio de carácter social como es la atención a los niños cuya tutela recae en manos del Gobierno de Aragón, básicamente por sufrir situaciones de desamparo en sus familias.

PLAZOS El anuncio del concurso, publicado en el BOA el 9 de agosto, marca unos plazos de tramitación que obligarán a los responsables del IASS a analizar las propuestas con una velocidad poco habitual en la administración.

La prestación del servicio se extiende del 1 de octubre de este año al 30 de septiembre del 2014. El plazo de presentación de las ofertas concluye el 24 de agosto. La apertura de los sobres con la "documentación relativa a criterios sujetos a evaluación previa" tendrá lugar el 8 de septiembre y la de las plicas con los "criterios sujetos a evaluación posterior", el 14 de septiembre: 16 días antes de que comience el concierto.

El Servicio de Protección a la Infancia de Zaragoza atendía al cierre del año pasado a 834 menores, 360 de ellos sujetos a su tutela y 207 internados en centros de protección. Entre estos últimos se incluyen los 48 menas (menores extranjeros no acompañados) localizados en la provincia, que pasan a ser tutelados de forma automática por la DGA.

Los pisos cuya gestión licita ahora el IASS suelen acoger a los menores como paso previo a la adopción o a la emancipación. La Fiscalía de Menores apoyó el año pasado la prórroga del acceso a la mayoría de edad de 29 muchachos adscritos al Programa de Emancipación Familiar.

viernes, agosto 13

Junta Andalucía no se disculpará y pide investigar el traslado de 41 menores no acompañados de Canarias

http://canarias24horas.com/index.php/2010081277759/canarias/politica/andalucia-no-se-disculpara-por-denunciar-el-traslado-de-menores-inmigrantes-y-pide-investigacion.html

Andalucía no se disculpará por denunciar el traslado de menores inmigrantes y pide investigación



EP jueves, 12 de agosto de 2010
mic.jpgSevilla/ La consejera para la Igualdad y Bienestar Social, Micaela Navarro, ha afirmado, respecto a la exigencia del presidente del Gobierno de Canarias, Paulino Rivero, de que rectifique en sus acusaciones sobre menores inmigrantes no acompañados, que "cuando me equivoco pido disculpas y en este caso considero que no me he equivocado" porque "estoy poniendo sobre la mesa una situación sin acusar a nadie", ha añadido.

En declaraciones a los medios durante la presentación del balance del Teléfono de Atención a Personas Mayores, Navarro señaló que "no acusa a nadie sino que relata unos hechos", y, continuó, "puedo asegurar que si no tuviera información suficiente y documentada no habría puesto esos hechos en conocimiento público". Así, insistió, "sólo pongo de manifiesto una situación que se está produciendo y que de seguir así se puede convertir en insostenible, económica y socialmente hablando".

   En este sentido, ha apuntado que está documentando todo. "Nosotros estamos documentando todo, así que pido que en este caso la comunidad canaria, si cree que no es así, que investigue", porque "yo tengo el máximo respecto por el presidente canario como cualquier otro presidente de otra comunidad autónoma", dijo.

   "Cuando doy datos es porque los tengo y porque llega un momento en el que es imposible que todos los menores que llegan a España terminen en Andalucía", agregó.

   De este modo, explicó Micaela Navarro, que habla de las consecuencias. "Estoy hablando de unas consecuencias y las causas no me corresponde a mí analizarlas", apuntilló.

   Al respecto, manifestó también que hace un mes se pidió la mediación por parte de la Secretaría de Inmigración y el Ministerio de Sanidad y Política Social y "ésta se está produciendo aunque las competencias en temas de menores las tienen las comunidades autónomas".

   Además, la consejera quiso resaltar que "no se trata de una situación nueva, sino que se viene produciendo desde hace bastantes meses". Así, comentó que "es lógico y normal que un menor de Andalucía pueda aparecer un día en Castilla León o en Asturias, o viceversa, pero lo que no es normal es cuando empieza a llegar un número muy considerable de menores, todos con el mismo origen, están documentados, están en nuestro centros, y tienen un pasaporte que dice que son menores".

"2.460 EUROS POR NIÑO AL MES"

   Asimismo, Micaela Navarro ha comentado que el motivo por el cual ha puesto de manifiesto esta situación, es porque la Junta tiene un programa de protección de menores. "Cuando llegan aquí nos tenemos que olvidar de dónde han nacido y hay que atenderlos como menores que son, lo que conlleva el desarrollo de unos programas y una inversión económica. Lo que pagamos a una ONG o entidad con la que tenemos plaza concertada son 2.460 euros por niño al mes", resaltó.

   "Y esto no es falta de solidaridad, sino que hay situaciones que económicamente y socialmente pueden ser insostenibles, si Andalucía se convierte en el refugio de todos los inmigrantes no acompañados que llegan a España", enfatizó. Al respecto, Navarro argumentó que además, Andalucía "tiene casi 800 menores que han llegado directamente a la comunidad andaluza, a pesar de que en 2010 ha bajado el número de menores que llegan directamente con respecto a años anteriores".

   Durante su comparecencia, Micaela Navarro pidió también que al igual que todos los menores que llegan a Andalucía es inmediatamente tutelado por la comunidad, "todo menor que llegue a cualquier otra comunidad sea tutelado en esa comunidad", y si, continuó diciendo, "hay un acuerdo de colaboración, eso es otra cosa". Además, quiso recordar que en la última reunión de la Comisión Interautonómica donde están todas directores generales de Infancia y Familia, la directora general Teresa Vega ya puso de manifiesto esta situación".

Por su parte, Teresa Vega, también presente en la rueda de prensa, dejó claro que en este caso "todos los menores se han dirigido voluntariamente a la policía y han manifestado el centro en el que quieren ingresar, han salido como menores de edad, han viajado solos, y se han situado con un itinerario que tenía como destino Andalucía, y que tiene como destino principal Andalucía y Huelva"
http://www.diariodesevilla.es/article/andalucia/767204/la/junta/pide/investigar/la/llegada/inmigrantes/menores/desde/canarias.html
La Junta pide investigar la llegada de 41 inmigrantes menores desde Canarias. Navarro no pedirá disculpas al Gobierno de las islas porque "he puesto sobre la mesa una situación insostenible con información documentada" · Cada menor supone un gasto mensual de 2.460 euros
R. A. · Agencias / SEVILLA | Actualizado 13.08.2010 - 05:04

Lejos de pedir disculpas al Gobierno de Canarias, como exigió su presidente, Paulino Rivero (CC), la consejera de Igualdad y Bienestar Social, Micaela Navarro, insistió ayer en que se investigue cómo 41 inmigrantes menores no acompañados llegaron desde las islas Canarias hasta centros de menores de Andalucía. "Cuando me equivoco pido disculpas y en este caso considero que no me he equivocado", dijo Navarro, que recordó que "estoy poniendo sobre la mesa una situación, que además es insostenible, sobre la mesa".

La consejera volvió a hacer hincapié en que cuenta con "información suficiente y documentada". Los menores, procedentes en su mayoría de Senegal y Mauritania, llegaron Canarias en cayucos. Desde hace un año vuelan desde las islas hasta Madrid y Valencia, excepto en cuatro casos, cuyo destino -vía aérea- fue Andalucía. A esta comunidad autónoma los menores viajan desde Madrid y Valencia en autobuses a las ciudades andaluzas que los albergarán y ya saben incluso al centro en el que quieren ingresar, habitualmente los de Almería y Huelva y con conocimiento de la Policía. En los centros de menores andaluces hay alrededor de 800 internos y cada uno supone un gasto para la Junta de 2.460 euros mensuales.

"Pido por favor que sepamos cómo han llegado hasta aquí esos menores", dijo Navarro, que desconoce cómo esos jóvenes pasan los controles policiales de los aeropuertos y quiénes las han pagado los billetes de avión. Navarro remachó la gravedad de la situación, "que es social y económicamente insostenible. Esto no es falta de solidaridad, Andalucía no puede convertirse en el refugio de todos los inmigrantes no acompañados que llegan a España".

La consejera enfatizó las consecuencias de estos hechos, "que no me corresponde a mí analizarlas", por lo que su departamento informó de la situación a la Secretaría de Inmigración del Gobierno central, "aunque las competencias en temas de menores las tengamos las comunidades autónomas". En este sentido, Navarro indicó que también el Ejecutivo canario debería investigar "si, como asegura, no es así, aunque nosotros lo estamos documentando todo. Yo tengo el máximo respeto por el presidente canario como por cualquier otro de otra comunidad autónoma, pero cuando doy datos es porque los tengo", aseguró la consejera.

La Junta tiene un programa de protección de menores y Navarro recalcó también que también que al igual que todos los menores que llegan a Andalucía son inmediatamente tutelados por la comunidad autónoma, "todo menor que llegue a cualquier otra comunidad debe ser tutelado en esa comunidad". Si existe un acuerdo de colaboración, "eso es otra cosa". Además, Navarro recordó que en la última reunión de la Comisión Interautonómica donde están todas directores generales de Infancia y Familia, la directora general Teresa Vega ya puso de manifiesto esta situación.

En la misma rueda de prensa, la consejera hizo mención a la reapertura de la bolsa de adopción nacional, cerrada en los 90, a finales de este año e informó de que en la actualidad en Andalucía el número de menores a adoptar "es muy pequeño", con un total de 47niños, 38 de ellos con necesidades especiales. La Junta ha priorizado a través del servicio de protección y atención a los menores todo lo relacionado con el acogimiento familiar, explicó la consejera.

" El pañuelo me lo dejo aquí " Soni e Ikram salen de Melilla con un "Permiso de viaje"

http://melillafronterasur.blogspot.com/

jueves 12 de agosto de 2010

" El pañuelo me lo dejo aquí " Soni e Ikram salen de Melilla con un "Permiso de viaje"

K. y L. son Soni e Ikram. Ya no tienen miedo, dicen sus nombres como si los estuvieran estrenando y sabiendo que ya nunca tendrán que renunciar a ellos. Ikram aparece en el punto de embarque del puerto de Melilla sin chilaba y sin pañuelo para taparse la cara, le digo: Ikram ¿El pañuelo? … Y me contesta felíz: ¡El pañuelo se queda aquí!


Ikram no llevaba pañuelo por convencimiento religioso, Ikram llevaba pañuelo para no ser identificada en Marruecos, para evitar las represalias de la sociedad y el gobierno de su país si era devuelta por España tras solicitar asilo.

El motivo de la solicitud de asilo: Haberse enamorado de un hindú con el que huyó a vivir a una chabola y tener un hijo fuera del matrimonio, hechos estos, castigados duramente por la sociedad y el código penal marroquí.

España les negó el asilo, pero unos meses después les ha concedido un "Permiso de Viaje" para que puedan viajar y salir de Melilla. El día 11 de agosto, a las doce de la noche, se abría la puerta de la jaula donde Soni había vivido 5 años y donde Ikram llevaba bastantes más.

En Melilla se dejaron toneladas de miedo y muchas más cosas que el pañuelo y la chilaba.

Con ellos marchaba otra familia: una chica mauritana vendida a una familia marroquí que le dejó el cuerpo lleno de cuchilladas, su pequeño de 4 años con el cuerpo lleno de quemaduras y, su marido de Ghana, refugiado durante cinco años en Libia y otros cinco en Marruecos. Llevan varias maletas llenas de ilusión y esperanza por primera vez en su vida.

Una tercera familia les acompañaba, pero esta con "Permiso de Residencia", un estatus extraño, una forma poco frecuente de salir, un premio excepcional que se otorga a quién realiza la labor de chivato.

jueves, agosto 12

Canarias : 2010 98'5% menos personas llegadas en cayuco o patera. Menores : 7 en 2010, 166 en 2009

http://www.laopinion.es/sociedad/2010/08/12/llegada-inmigrantes-cayuco-islas-985-ano/298970.html

La llegada de inmigrantes en cayuco a las Islas bajó un 98,5% este año. 20 adultos y siete menores arribaron a las costas canarias hasta el pasado julio, frente a las casi 1.800 personas contabilizadas en el mismo periodo de 2009







Llegada a Los Cristianos de los ocupantes de un cayuco interceptado por la Guardia Civil.
Llegada a Los Cristianos de los ocupantes de un cayuco interceptado por la Guardia Civil. efe

EUROPA PRESS El número de inmigrantes llegados en cayuco a las costas canarias ha descendido un 98,5% durante los siete primeros meses de este año, respecto a los datos registrados en el mismo periodo de 2009, según datos de la Delegación del Gobierno en las Islas. Hasta el pasado mes de julio, 27 personas fueron detectadas en el litoral del Archipiélago, una mínima parte de las 1.796 del año anterior. A estos datos hay que sumar los 11 inmigrantes llegados a Lanzarote a principios de este mes de agosto, uno de ellos menor de edad.

La llegada de menores inmigrantes no acompañados también ha registrado una disminución drástica durante 2010, ya que se ha pasado de los 166 jóvenes recibidos en Canarias de enero a julio de 2009 a los 7 contabilizados este año, lo que supone una bajada del 95,8%, tres puntos menor que el descenso en el número total de inmigrantes, que ha sido del 98,5%.

Hasta hoy, ya que los datos oficiales se refieren sólo a los primeros siete meses del año, 30 adultos y ocho menores han arribado a las costas de Canarias en siete barquillas. El último cayuco registrado llegó a Lanzarote a principios de agosto, con diez inmigrantes a bordo, mientras que el primero del año se detectó en las costas de Gran Canaria el pasado mes de febrero y llevaba cuatro personas en su interior, una de menos de 18 años. La segunda barquilla de 2010 apareció dos meses más tarde en Lanzarote y transportaba, a nueve pasajeros, de los que cuatro eran menores.

En junio llegaron la tercera y cuarta patera del año, a Fuerteventura y Lanzarote, respectivamente, con un total de cuatro inmigrantes, todos adultos. La quinta y la sexta arribaron de nuevo a Lanzarote en julio, la primera con ocho personas a bordo (dos menores), una Isla a la que también llegó la única registrada este mes.

Ninguna por occidente

Por islas y hasta la fecha, Lanzarote es la que más pateras ha recibido, con cinco embarcaciones de las siete detectadas durante 2010 en el Archipiélago, y las otras dos llegaron a Gran Canaria y Fuerteventura. La provincia de Santa Cruz de Tenerife no ha registrado ninguna embarcación ilegal en lo que va de este año.

Desde 1994, año en el que se localizó la primera patera en el litoral de las Islas, el número de inmigrantes adultos que han alcanzado las costas del Archipiélago ha ascendido (hasta la última patera de agosto de 2010) a 96.126 personas, según los datos facilitados por la Delegación del Gobierno en Canarias. Además, en estos casi 16 años, se han contabilizado 2.887 embarcaciones de estas características.
De diez a 10.000 en ocho años

Hace año y medio llegaron a las costas de Canarias 2.021 inmigrantes, mientras que el año anterior lo habían hecho 8.300 personas. Estos datos contrastan con los diez llegados en 1994, primer ejercicio en el que se registra la arribada de pateras a Lanzarote. Con los años, ese número fue aumentado y, en este sentido, en 2006 se superaron todas las previsiones y llegaron 31.859 inmigrantes, una cifra que descendió hasta los 11.746 al año siguiente.

La cantidad de personas que han intentado entrar en Canarias por lugares distintos a los legalmente habilitados ha ido en aumento hasta 2006. Así, los primeros años se caracterizaron por una llegada selectiva de pateras, con 29 inmigrantes en 1995; 27 en 1996; 112 en 1997 y 737 en 1998.

En 1999, se produjo un aumento considerable, ya que la cifra se multiplicó hasta los 2.165 inmigrantes. El crecimiento continuó más atenuado en el 2000 (con 2.240 casos), mientras que, en 2001, volvió a dispararse y llegaron a las costas canarias 4.129 personas. En 2002, el número de inmigrantes que llegaron a las Islas volvió a duplicarse, con 9.929, una cifra un poco superior a la de 2003 (9.555). Al año siguiente, se registró un descenso, con 8.519, y, ya en 2005, las cifras fueron similares a las de 2001, pues llegaron por mar 4.718 inmigrantes.

Las pateras escogen Andalucía

Los datos de este año muestran un cambio en las rutas de las pateras, que ahora prefieren las costas andaluzas, a las que, hasta ahora, han llegado 1.099 inmigrantes a bordo de 55 embarcaciones, por lo que, sumando las cifras de Canarias, a España han llegado por este sistema 1.137 personas y 62 barquillas.

En Andalucía, la provincia de Granada es la que ha recibido un mayor número de inmigrantes por mar en los primeros ocho meses del año, con un total de 428 personas, que fueron interceptadas a bordo de once pateras llegadas a Motril. En Almería se localizó a 405 inmigrantes en 22 embarcaciones, que arribaron en Cabo de Gata, Isla de Alborán, Puerto de Carboneras y las proximidades de los municipios de Garrucha o Níjar.
La costa gaditana ha recibido a 214 inmigrantes, en 17 pateras, y a la de Málaga han llegado cuatro embarcaciones con 52 personas.

Las cuatro últimas pateras detectadas en el litoral andaluz llegaron el martes y miércoles de esta semana, con un total de 93 inmigrantes a bordo y todos en buen estado de salud.

http://maes.blogfree.net/?t=2799253
Cae un 98% la llegada de inmigrantes 'sin papeles'

El número de inmigrantes arribados a las costas del archipiélago de Canarias en cayuco ha descendido un 98,5% en los siete primeros meses de 2010 respecto a los datos registrados durante el mismo período del año pasado, según datos de la Delegación del Gobierno en las islas, recogidos por Europa Press.

En comparación con los datos de 2009 --de enero a julio-- el número de inmigrantes ilegales que han llegado al archipiélago se ha reducido un 98,5%, puesto que en los primeros siete meses de 2010 arribaron 27 personas, mientras que en el mismo período del año pasado fueron 1.796.

Respecto a los menores, también ha habido una disminución drástica, ya que se ha pasado de los 166 chicos recibidos de enero a julio de 2009 a los 7 contabilizados hasta julio de 2010, lo que supone un 95,8% menos.

En total, han sido 38 inmigrantes, entre ellos 8 menores de edad, los que han arribado a las costas de Canarias abordo de 7 cayucos en lo que va de año, contando la embarcación que llegó a Lanzarote con 11 inmigrantes, uno de ellos menor, en los primeros días de agosto.

De esta manera, la primera embarcación de 2010 en las islas llegó a Gran Canaria el pasado mes de febrero con cuatro inmigrantes, uno de ellos menor. Para el segundo cayuco hubo que esperar hasta el mes de abril, cuando nueve personas, 4 menores entre ellos, llegaron a Lanzarote. En junio llegaron la tercera y cuarta patera del año, a Fuerteventura y Lanzarote, respectivamente, con un total de cuatro inmigrantes, todos mayores de edad.

Ya en Julio, arribó también a las costas de Lanzarote una embarcación con ochos personas en su interior --dos de ellos menores--, mientras que en agosto llegó la que hasta ahora es la última patera, con 11 inmigrantes, 1 de ellos menor de edad.

Por islas, es Lanzarote la que más pateras y cayucos ha recibido, con un total de 5 embarcaciones, mientras que a Gran Canaria llegó un cayuco y a Fuerteventura otro. Por su parte, la provincia de Santa Cruz de Tenerife no ha registrado ninguna embarcación ilegal en lo que va de 2010.

La primera patera, en 1994

De todos modos, desde 1994, año en el que se detectó la primera patera en Canarias, el número de inmigrantes adultos que han alcanzado las costas del archipiélago ha ascendido --hasta la última patera de agosto de 2010-- a 96.126 personas, según los datos facilitados a Europa Press por la Delegación del Gobierno.

Además se han contabilizado desde 1994 un total de 2.887 embarcaciones irregulares.

El total de inmigrantes que viajan en patera o cayuco ha disminuido los últimos años. Así en el curso pasado llegaron a Canarias 2.021 inmigrantes, mientras que en 2008, lo habían hecho 8.300 personas. Estos datos contrastan con los de 1994, primer ejercicio en el que se registra la arribada de pateras a Lanzarote, y en la que llegaron diez irregulares.

Con los años la cantidad ha aumentado y, en este sentido, fue 2006 el año en el que se batieron todos los récord al contabilizarse 31.859 inmigrantes; cifra que descendió en 2007 hasta los 11.746 personas.

La cantidad de personas que han intentado entrar en el país por lugares distintos a los legalmente habilitados ha ido en aumento hasta 2006. Así, los primeros años se caracterizaron por una llegada selectiva de pateras con 29 inmigrantes en 1995, 27 en 1996, 112 en 1997, y 737 en 1998.

En 1999 se produjo un aumento considerable, ya que la cifra saltó hasta los 2.165 irregulares. La tónica continuó y en el 2000 se llegó hasta los 2.240. Un año después la cantidad prácticamente se duplicó con 4.129 personas.

La situación varió considerablemente en 2002, ya que el total de inmigrantes llegados ese año se situó en los 9.929, cifra un poco superior a la de 2003 (9.555). Al año siguiente la cantidad volvió a reducirse (8.519) y en 2005 las cifras serían similares a las de 2001 y se colocarían en los 4.718 inmigrantes.

fuente: Europa Press

Jornada «La traducción y la interpretación contra la exclusión social», 1 de octubre de 2010

From: <Luis.Gonzalez@ec.europa.eu> Date: 2010/7/21 Subject: Jornada «La traducción y la interpretación contra la exclusión social», 1 de octubre de 2010
Para conseguir que nuestra sociedad multicultural y multilingüe, en la que comparten espacio personas procedentes de diversos países y con diversas lenguas, esté constituida por ciudadanos de pleno derecho que convivan en igualdad de condiciones es imprescindible garantizar una correcta comunicación los ciudadanos y los servicios públicos.
El trabajo de los traductores e intérpretes, que en muchas ocasiones resulta invisible al resto de la sociedad, es imprescindible para conseguir este objetivo, pero ¿cuál es la situación real a la que se enfrentan inmigrantes y refugiados en sus relaciones cotidianas con los servicios sanitarios, sociales, administrativos, judiciales y educativos? ¿Pueden entender correctamente la información que se les trasmite, expresar sus necesidades o tramitar sus documentos?
Dentro del marco del Año Europeo de Lucha contra la Pobreza y la Exclusión Social 2010, la Dirección General de Traducción de la Comisión Europea en España, la Comisión Española de Ayuda al Refugiado, la Universidad de Alcalá de Henares y la Universidad de Salamanca organizan, con la colaboración de la Fundación Academia Europea de Yuste, una jornada que lleva por título «La traducción y la interpretación contra la exclusión social», el día 1 de octubre de 2010 en la sede de la Representación de la Comisión Europea en Madrid (Paseo de la Castellana, 46).
El contenido de la Jornada (véase el programa adjunto) se centrará en abordar las necesidades que se dan en la sociedad española con respecto a los servicios de traducción e interpretación para las personas en riesgo de exclusión social, las ofertas actuales de formación especializada y las posibles propuestas de mejora de la situación actual.
La Jornada está dirigida a profesionales del sector de la traducción y la interpretación, organismos gestores o receptores de dichos servicios, organizaciones no gubernamentales y usuarios, y pretende ser un foro de reflexión del que finalmente se extraerán las conclusiones que configurarán una serie de propuestas  para mejorar la situación actual.
Todas aquellas personas interesadas en asistir deben enviar su solicitud de inscripción a: Luis.Gonzalez@ec.europa.eu antes del 15 de septiembre de 2010.
La inscripción sólo será válida si se ha recibido el mensaje de confirmación de los organizadores.
Un cordial saludo,
Luis González Dirección General de Traducción Comisión Europea Representación en España
Paseo de la Castellana, 46 - 28046 MADRID Tél.: +34 91 423 80 38 Fax: +34 91 423 80 45 correo electrónico: Luis.Gonzalez@ec.europa.eu

miércoles, agosto 11

informe Ugt : 23% dels joves catalans entre 16 i 24 anys ni estudien ni treballen. El sindicat alerta de l'augment de la inactivitat en pocs anys i la baixa qualificació formativa

http://www.elperiodico.cat/ca/noticias/societat/20100811/dels-joves-catalans-entre-anys-estudien-treballen/431090.shtml
SEGONS UGT. El 23% dels joves catalans entre 16 i 24 anys ni estudien ni treballen. El sindicat alerta de l'augment de la inactivitat en pocs anys i la baixa qualificació formativa
Dimecres, 11 de agost del 2010 - 13:57h.

Un total de 154.000 joves entre 16 i 24 anys de Catalunya no segueixen cap tipus d'itinerari formatiu ni realitzen cap treball reconegut, una xifra que representa un 23,1% del total de la població d'aquesta franja d'edat, segons un informe sobre precarietat laboral juvenil d'UGT de Catalunya referent al 2009.

Segons el sindicat, el 2007 aquest col·lectiu representava un 14,3%. Els anomenats altres joves inclouen els desocupats i els inactius --que no treballen ni busquen feina-- que tampoc estudien. Des del 2004, aquest col·lectiu s'ha incrementat en un 133,7% a Catalunya i des del 2007, un 56%.

Mentre que el grup de joves inactius que no estudien s'ha mantingut més o menys estable des del 2004, entre 55.000 i 60.000 persones, el grup de desocupats que tampoc estudien s'ha triplicat. Fa cinc anys, hi havia 38.700 joves a l'atur que no s'estaven formant, mentre que el 2009 aquesta xifra va arribar gairebé a les 100.000 persones.

Fracàs de la Formació Professional

Segons la secretària de Política Institucional d'UGT de Catalunya, Neus Munté, aquest increment és degut, en part, al fet que la Formació Professional no s'adequa a les necessitats dels joves ni ajuda a millorar la seva situació de precarietat. "No hi ha prou oferta formativa ni prou interessant ni atractiva", ha assegurat.

L'informe posa de manifest que, a Catalunya, un 28,3% de joves de 16 a 24 anys abandonen prematurament els estudis. Aquesta xifra, malgrat que és sensiblement inferior al percentatge del conjunt d'Espanya, està molt allunyada de la que es registra a la Unió Europea dels 27, on es redueix fins al 14,9%.

Segons dades del juliol, un 94% dels joves d'aquesta franja d'edat a Catalunya tenen un nivell d'estudis com a màxim fins a l'Educació Secundària Obligatòria (ESO). Segons Munté, la baixa qualificació és "l'autèntic problema" del mercat laboral espanyol, i en la seva opinió, el Govern no està actuant per eradicar-lo. Ha argumentat que la reforma laboral no incorpora cap mesura que actuï sobre la formació i que no afavoreix ni una contractació digna ni garanties de continuïtat en els llocs de treball.

"Més transparència"

El sindicat ha reiterat el seu rebuig a la decisió de la Generalitat de suprimir les escoles taller i les cases d'ofici, substituïdes pel nou programa Noves cases per a nous oficis, i ha reclamat que s'augmentin les places per als Programes de Qualificació Professional Inicial (PQPI), dirigits als joves amb un nivell baix d'estudis.

Així mateix, Munté ha al·legat una "falta de transparència" per part de la Conselleria d'Educació pel que fa a la Formació Professional, ja que ha assegurat que no fan públiques les dades de les sol·licituds i les ofertes, de manera que no es pot arreglar el desajust que hi ha entre l'oferta i les necessitats i interessos demanda. En aquest sentit, ha insistit en la necessitat d'una millor planificació de la Formació Professional i que els sindicats i altres agents socials hi puguin participar.

martes, agosto 10

Barco salvamento rescata en Ceuta menor gambiano 17a que navegaba solo a la península

http://www.elfarodigital.es/ceuta/sucesos/15849-el-gadir-rescata-a-un-inmigrante-de-17-anos-a-dos-millas-de-punta-leona.html

El Gadir rescata a un inmigrante de 17 años a dos millas de Punta Leona

Lunes, 09 de Agosto de 2010 , S.V.

El último caso de inmigración registrado en nuestras costas ha sido protagonizado por un menor de 17 años de edad que, totalmente solo, intentaba alcanzar tierra española a bordo de una lancha neumática, el método más empleado por los inmigrantes que buscan llegar hasta la península, y que ponen en riesgo su vida al utilizar estas embarcaciones incapaces prácticamente de soportar la embestida de un temporal. Sobre las 13.50 horas, Salvamar el Gadir recibió el aviso de que un inmigrante había sido avistado desde la embarcación 'Jaume I' que hace la ruta hacia Tánger.
De inmediato la embarcación asistió al rescate del joven, que se encontraba a unas dos millas de Punta Leona, navegando en una lancha neumática de pequeñas dimensiones.
Aunque agotado por la travesía en el Estrecho, el joven se encontraba en buen estado de salud por lo que no se hizo necesario su traslado hasta el centro hospitalario, siendo atendido a su llegada al puerto.
Según pudo conocer este medio, el menor procede de Gambia.

sábado, agosto 7

Barcelona : Casal dels Infants atiende a 74 sudsaharianos expulsados de centros de menores y detecta a 52 jóvenes extutelados marroquíes en situación de calle

http://www.que.es/barcelona/201008071044-casal-dels-infants-atiende-subsaharianos-epi.html

El Casal dels Infants atiende a 74 subsaharianos expulsados de centros de menores. Detecta a 52 jóvenes vagando por las calles de Ciutat Vella

7 de agosto de 2010 BARCELONA, 7 (EUROPA PRESS)

El Casal dels Infants del Raval ha atendido a 74 subsaharianos expulsados de centros de menores en Barcelona desde septiembre de 2009, aunque en todos los casos contaban con documentación del país de origen que acreditaba su minoría de edad.

En declaraciones a Europa Press, la coordinadora de proyectos para jóvenes del Casal, Alicia González, ha explicado que los jóvenes llegan a la entidad por su propio pie o derivados desde centros de menores, aunque ha alertado de que en muchos casos quedan en un limbo asistencial al ser expulsados de estas instituciones.

Según ha precisado, ya no pueden acceder al sistema de protección de menores porque pruebas maxilofaciales médicas han determinado su mayoría de edad, pero a menudo tampoco son derivados a los servicios sociales para adultos, como albergues y comedores sociales, por lo que devienen personas indocumentadas y 'sin techo'.

La Conselleria de Acción Social y Ciudadanía de la Generalitat y el Casal mantienen posiciones enfrentadas sobre la tutela de inmigrantes. En julio de 2009, por ejemplo, el Govern regularizó a los 13 africanos que había expulsado del centro de menores de El Bosc después de que entidades sociales y el Síndic de Greuges alertaran sobre "irregularidades en los procesos".

"Se realiza un uso abusivo de las pruebas médicas para determinar la edad", ha considerado la coordinadora, señalando que a pesar de su imprecisión suelen prevalecer sobre indicios como la documentación.

Por ello, la entidad ha lamentado la "clara y continuada vulneración de los derechos del menor" por parte de las administraciones catalanas, y ha puesto de relieve los "graves problemas" en el circuito de protección público que debe garantizar sus derechos.

El Casal, en colaboración con otras entidades de acción social, atiende a estos jóvenes y les ofrece formación, clases de lengua, espacios de participación social y cobertura de sus necesidades básicas.

JÓVENES 'SIN TECHO'

El Casal dels Infants del Raval también ha detectado a 52 menores marroquíes 'sin techo' en el distrito de Ciutat Vella desde enero de 2009, para los que están elaborando 30 planes de trabajo individuales.

Además, realiza un seguimiento intensivo de 11 de estos jóvenes en colaboración con la Cruz Roja, el Área de apoyo al Joven, albergues municipales y educadores de calle, aunque ha alertado de que los recursos son del todo insuficientes y que el problema puede agravarse con la crisis.

González ha explicado a Europa Press que se trata de chicos marroquíes de entre 18 y 23 años que suelen ocupar pisos en zonas como la calle de Sant Pau, en el barrio del Raval. "Están inmersos en dinámicas de calle como la ausencia de horarios, la falta de sueño y de comida y el consumo de hachís y de disolventes", ha añadido.

En relación a la inhalación de cola y de disolventes, la entidad se ha puesto en contacto con comercios de la zona para evitar que vendan estos productos a los jóvenes, aunque han constatado que algunos de ellos siguen suministrándolos. A menudo, la adicción a sustancias tóxicas deriva en enfermedades mentales, por lo que actuar de forma precoz es fundamental.

"No siempre llegamos a tiempo", ha deplorado González, quien ha reiterado que la mayoría de estos jóvenes son "muy recuperables" si se interviene en cuanto se detecta una situación de riesgo. Ha señalado que los servicios sociales están "saturados" y que, de todos modos, hacen falta servicios especializados para dar respuesta a éste nuevo perfil de personas 'sin techo'.

Sobre los motivos que los llevan a la calle, ha apuntado que los más jóvenes obtuvieron informes negativos a su paso por centros de menores, por lo que no accedieron a las ayudas para ex tutelados, mientras que los mayores se quedan sin hogar tras perder un empleo precario y no disponer de ahorros, que envían a sus familias en el país de origen.

"Queremos generar una motivación para el cambio en los chicos", ha afirmado la coordinadora, y ha añadido que el centro abierto para jóvenes 'sin techo' del Casal les ayuda a reestructurar su situación y a desarrollar un itinerario de inserción sociolaboral. Con este objetivo, elabora un horario con obligaciones para los jóvenes, que también participan en un taller de mañana para adquirir rutinas de responsabilización.

Además, les ofrece apoyo jurídico y económico para tramitar el permiso de residencia y de trabajo cuando no disponen de él; les derivan a servicios que cubren las necesidades de ropa y alimento, y les buscan plazas en albergues públicos, previos al acceso a pisos y residencias. "Necesitamos más recursos para evitar situaciones de exclusión irreversibles", ha remarcado González, quien teme un empeoramiento del fenómeno por la crisis.

La Administración genera marginalidad entre los menores.

Pese a ser una obligación de la Administración, muchos menores inmigrantes no acompañados alcanzan la mayoría de edad sin tener sus papeles en regla. Esto, denuncian organizaciones sociales, les aboca a la exclusión.

Cumplir los 18 años es de todo menos emocionante cuando se es un menor extranjero no acompañado. “¿Cómo miraríamos a un padre y a una madre que el día que su hijo o hija cumple 18 años lo hecha a la calle?”, se pregunta Vicenç Galea, del colectivo catalán Drari, juristas por los derechos de la infancia.

La legislación española considera que los menores, extranjeros o autóctonos, que no tienen quién se haga cargo de ellos están en una situación de riesgo y vulnerabilidad por lo que la Administración debe hacerse cargo de ellos y tutelarlos. Actualmente, son las comunidades autónomas las que asumen estas responsabilidades. Pero al alcanzar la mayoría de edad, los menores extranjeros se encuentran en una situación de suma precariedad. Aunque existen programas de emancipación en diferentes comunidades, la falta de recursos hace que las plazas sean insuficientes y sólo unos pocos chicos puedan hacer uso de ellas. Pero en muchos casos, el problema reside en un generalizado caos administrativo que hace que no tengan la documentación en regla. En otros, es compleja la regularización de su situación una vez han salido del centro en el que estaban tutelados, y les resulta casi imposible conseguir un permiso de trabajo que les permita renovar, más tarde, la residencia. Y eso que proveerles de los papeles es una obligación de la Administración establecida legalmente.

Aunque, según la Ley de Extranjería, la Administración dispone de un máximo de nueve meses para proveer al menor de un permiso de residencia, la tónica general es la negligencia, actitud que varias organizaciones que trabajan con estos menores interpretan como mala fe.

Hay “muchos chicos indocumentados o a medio documentar: un problema casi imposible de solucionar, porque cuando ya tienen 18 años se convierten en un inmigrante más quedándoles solamente para regularizar su situación la vía del arraigo”, explica Galea. En Cataluña “las administraciones se toman el plazo máximo de nueve meses, como mínimo, y hasta que no pasa ese tiempo con el menor entre manos no empiezan a plantearse lo de la residencia. La solicitan más tarde y el chaval ha perdido un tiempo de antigüedad porque en su dosier se pone la fecha del día en que se la pidieron. Durante un tiempo no ha existido, ha estado en un limbo”, denuncia. Además, afirma Galea, aunque la falta de permiso de residencia no es impedimento legal para cursar estudios, en la práctica sucede así. Y tras semejante itinerario, “cuando se le concede la residencia, ya queda poco tiempo para que estudie y pueda llegar a los 18 años con un diploma”.

En otros casos, como en Melilla, se marea a los menores que cumplen la mayoría de edad pidiéndoles documentos que para ellos es prácticamente imposible conseguir: “Conociéndoles perfectamente y teniéndolos tutelados les han pedido que presenten un certificado marroquí de que están solteros o un certificado de antecedentes penales. Todo es una trampa”, señala José Palazón, de la asociación pro derechos de la infancia Prodein. Hasta noviembre del año pasado, la Administración melillense les retenía, además, la documentación, dejándoles, cuando no estaban en el centro de tutela, expuestos a ser detenidos y expulsados. Tras ser amonestada por el Defensor del Pueblo, la Consejería de Bienestar Social aceptó entregar su documentación a los chavales y solicitar el certificado de tutela con carácter inmediato. Pero aquellos que habían alcanzado la mayoría de edad con anterioridad no se vieron beneficiados y han quedado en situación irregular.

El menor M., que había estado ocho años en el centro de acogida del Fuerte de la Purísima, un antiguo cuartel militar en las afueras de la ciudad, vive ahora en una chabola junto al centro y ya ha sido detenido por la policía alguna vez. I. es de Fez y ha estado cuatro años en La Purísima. El 23 de enero fue una vez más a las oficinas de Extranjería a solicitar su documentación. Tiene un precontrato, es carpintero. Esta vez le han cogido la solicitud, cree que porque el personal que le atendió era nuevo. Ahora le toca esperar. “Cuando cumplí 18 años me echaron a la calle. Entonces el permiso de residencia todavía no estaba caducado, pero ahora no quieren renovármelo, no quieren darme lo mío, para que pueda irme de aquí y buscarme la vida como los demás, para sentirme como los demás. Me piden el pasaporte marroquí y no sé qué..., pero ¿cómo? Si yo llevo toda mi vida aquí. Si me dan la residencia puedo ir a Marruecos a pedirlo, pero si no tengo la residencia ¿podré volver a entrar? Es política: dicen que tienes que largarte de aquí”, cuenta por teléfono. Tan sólo cuatro días después, dos compañeros suyos se toparon con lo que a Palazón le parece que será la futura estrategia de la Administración de Melilla: les solicitaron el empadronamiento, que el centro no había tramitado. Cuando fueron ahí a pedirlo, como ya son mayores de 18 años, no se lo tramitaron. “Se consigue dar un paso adelante, y ellos encuentran otra forma de seguir haciendo lo mismo”, observa con cansancio José Palazón.

En Asturias, donde la llegada de chavales extranjeros es un fenómeno relativamente nuevo –apenas tres años–, también “se buscan fórmulas ‘elegantes’ para que el incumplimiento de la legislación no chirríe: retrasar la documentación, complicar los trámites burocráticos, etc.”, el Colectivo SocialyJusticia. Como la Ley de Extranjería prevé que, aunque hayan alcanzado la mayoría de edad, se les puede conceder un per- miso por una vía especial si la falta de permisos de residencia se debe al mal funcionamiento de una administración, los colectivos asturianos que se ocupan de estos menores están intentando trabajar esta vía.

Pese a que la Comunidad Autónoma Vasca tiene mejor reputación, Ana Stern, de SOS Racismo Guipúzcoa, insiste en que “resolver la cuestión de la documentación es básico. Para invertir bien en menores de edad, tenemos que invertir en mayores de edad: si no, nos encontramos con unas bolsas de pobreza y de exclusión que cada vez irán creciendo más. Se trata de una cuestión transautonómica, transnacional”.

En cuanto a Madrid, Juan Ignacio de la Mata, abogado de la Coordinadora de Barrios, constata que la documentación necesaria “primero no se tramita y lo que se tramita se hace en contra de la ley y del espíritu que debe regir las actuaciones en materia de protección, que es el interés superior del menor. Este interés superior integra el derecho a una correcta documentación”. A su juicio, con estas negligencias “se está abocando a los chavales tutelados a la marginalidad porque la no documentación genera desintegración social”. “En general, la administración pública usa todos los subterfugios que puede para eludir el compromiso”, subraya Galea. En ello coinciden desde Asturias: “Se copian para todo menos para lo bueno”.

Sobre Centros de Menores . Defensor Pueblo

RECOMENDACIONES

I. DE CARÁCTER GENERAL

1. Que se lleven a cabo las investigaciones que permitan conocer los datos básicos sobre la incidencia de este problema en nuestra sociedad(..).
2. Que se preste atención especial al desarrollo de protocolos que delimiten el ámbito de atención a menores con trastornos de conducta y en situación de dificultad social, y definan criterios de calidad, evaluación, seguimiento y buenas prácticas en esta intervención, en el marco del Plan Estratégico Nacional de Infancia y Adolescencia 2006-2009.

4. Que, (::) se preste especial atención al cumplimiento de la normativa referida a la adecuación de las instalaciones, con carácter previo a la aprobación de cualquier proyecto que conlleve el acogimiento residencial de menores. De esta manera, se debe evitar la habilitación de nuevos recursos que no reúnan las condiciones(.).
5. Que se valore la conveniencia de establecer un marco jurídico general sobre los menores con trastornos de conducta y en situación de
dificultad social, determinando los supuestos, requisitos y condiciones en los que las entidades públicas de protección de menores pueden aplicar
programas específicos que contemplen la utilización de medidas de contención de carácter no sancionador.
6. Que el derecho a la asistencia jurídica gratuita sea reconocido en todo caso a los menores y a sus padres, u otros representantes legales, en el marco de los procedimientos de desamparo y los dirigidos a adoptar medidas de protección en el ejercicio de la tutela administrativa.

7. Que las administraciones públicas intensifiquen las medidas de prevención y de protección que permitan garantizar a los menores en situación de dificultad social el pleno desarrollo de su personalidad y evitar así que esas situaciones deriven en el desamparo del menor o incluso en conductas contempladas por la Ley Orgánica 5/2000,.

9. Que se intensifiquen las actuaciones dirigidas a establecer dispositivos y recursos intermedios y de rehabilitación de las situaciones de dificultad social desde los ámbitos educativo, sanitario y social que hagan innecesaria la institucionalización

10. Que, en los casos en que el interés del menor requiera su atención en régimen de acogimiento residencial, se diversifiquen los proyectos de atención(..)de forma que se elimine la práctica de
atender en un mismo programa a menores que requieren medidas de protección y a aquellos que cumplen una medida de justicia juvenil.
11. Que se revise el actual modelo de especialidades de psiquiatría y psicología clínica para incluir, como áreas de capacitación preferente, en la infancia y la adolescencia.
12. Que se conceda la prioridad que merecen a las conclusiones contenidas en el documento “La Estrategia en Salud Mental del Sistema Nacional de Salud” en relación con la atención infanto-juvenil, y que se pongan en práctica sus recomendaciones, en especial las siguientes:
o Realización de intervenciones preventivas en la primera infancia y la adolescencia.
o Materialización de las intervenciones comunitarias orientadas mejorar la dinámica social en áreas geográficas con riesgo social alto(..).
o Estudio y evaluación de intervenciones orientadas a informar y a educar sobre los riesgos que tiene para la salud las sustancias adictivas en adolescentes.
o Protocolización de procesos de atención relativos a trastorno mental(..) infanto-juvenil y trastorno generalizado del desarrollo.
o Implantación de un modelo de coordinación entre servicios sociales, educación y justicia, que garantice la continuidad de los cuidados (...)
13. Que se promueva el acceso de todos los menores a los recursos públicos destinados al diagnóstico y tratamiento de las situaciones de dificultad social derivadas de los trastornos de conducta, sin discriminación alguna, en función de su condición de menores tutelados o no tutelados por la administración pública.

II. ESPECÍFICAS
15. Que la resolución administrativa que pone fin al procedimiento, y mediante la que se acuerda el ingreso de un menor en un centro para menores con necesidades especiales, esté siempre debidamente motivada(..). Dicha resolución deberá ser notificada de modo personal tanto a los padres, cuando no exista resolución judicial que lo prohíba, como al propio menor, en la forma adecuada a su edad y circunstancias,de acuerdo con la Ley 30/1992.

16. Que se solicite la autorización judicial en los términos previstos en el artículo 763 de la Ley 1/2000, de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil, siempre que el internamiento del menor se produzca por razón de
trastorno psíquico(...) y asimismo (..) autorización judicial para el ingreso en todos aquellos centros que apliquen medidas que conlleven alguna limitación de los derechos que los menores.
20. Que, de acuerdo con lo previsto en el artículo 21 de la Ley Orgánica 1/1996, de 15 de enero, de Protección Jurídica del Menor, se procure que el menor permanezca internado durante el menor tiempo posible, salvo que convenga a su interés. En consecuencia, no deberá supeditarse el alta a la carencia de recursos intermedios.

22.Se respete el derecho del menor a ser oído y se le escuche siempre antes de que se adopte una decisión que le afecte.
23. Que, en aquellos casos en que los menores, no estén de acuerdo con la medida de protección adoptada, (..) arbitrar los cauces para que puedan plantear una reclamación o recurso, con asistencia jurídica cualificada.
25. Que se establezca en todos los centros un sistema de quejas y reclamaciones, de las que deberá tener constancia, en todo caso, la entidad pública (..).
26. Que se permitan y faciliten, salvo resolución judicial en contrario, las relaciones con la familia del menor, debiendo quedar establecida en el proyecto individualizado la frecuencia de las mismas, .

28. Que, por la entidad pública(...)se garantice que todo menor en edad de escolarización obligatoria, sea matriculado en un centro docente y asista con regularidad y normalidad al mismo. En el supuesto de que no se considere adecuada la asistencia de algún menor al centro educativo, se le facilitará la atención educativa individualizada que requiera mediante el oportuno profesorado facilitado por la Administración educativa.

30. Que la prescripción y administración de fármacos a los menores(...)se lleve a cabo de conformidad y en los estrictos términos el artículo 9.3. de la Ley 41/2002, de 14 de noviembre.

31. Que, en todo caso, se informe adecuadamente al menor del tratamiento médicopara que pueda dar su consentimiento informado al mismo.
(...), cuando el menor no sea capaz (..) de comprender el alcance de la intervención, se requiera el consentimiento de la entidad pública competente, como representante legal de aquél, después de haber escuchado al menor si tiene doce años.
En el supuesto de que hubiere cumplido los dieciséis años y no prestara su consentimiento para someterse al tratamiento prescrito, se requerirá la pertinente autorización judicial, conforme a lo previsto en el
artículo 9.3.c. de la Ley 41/2002.

33. Que, en todo caso, cuando se trate de una actuación de grave riesgo, según el criterio del facultativo, los padres sean informados y su opinión tenida en cuenta para la toma de la decisión correspondiente.

34. Que , procedan a su elaboración de una norma que regule el funcionamiento de los centros, detallando los contenidos mínimos que deben tener los reglamentos de régimen interno, el procedimiento de quejas y sugerencias, el régimen de infracciones y sanciones, y los protocolos que deben seguirse para aplicar medidas de contención en situaciones de crisis de los menores, entre otros aspectos.

35. Que las entidades públicas de protección de menores comprueben que todos los centros de atención a menores en situación de dificultad social disponen del preceptivo reglamento de régimen interno, debidamente aprobado y conforme a lo previsto en la normativa aplicable.

36. Que, a su llegada al centro, se facilite al menor información escrita, redactada en lenguaje claro, sencillo y adaptado a su nivel de comprensión, sobre sus derechos y obligaciones, cuestiones de rganización general, normas de convivencia y funcionamiento del centro y procedimientos para formular peticiones, quejas o recursos.(...).
37. Cuando excepcionalmente, se considere necesaria la práctica de cacheos y otras medidas de registro que incluyan el desnudo integral de los menores, se comunique a los juzgados de primera instancia, y se practiquen dichos registros conforme a los requisitos que exige la jurisprudencia del Tribunal Constitucional.

38. La corrección de conductas contrarias a la convivencia habrá de tener una finalidad educativa, como instrumento de aprendizaje para los menores, y deberá tender siempre a la búsqueda de un efecto
rehabilitador en cada menor.

39. Que el régimen de infracciones y sanciones esté tipificado en el reglamento, y no contemple directa o indirectamente castigos corporales, maltrato psíquico, privación de la alimentación o del descanso, privación del derecho a sus relaciones personales, privación del derecho a la educación obligatoria y de asistencia al centro escolar, ni atente contra la dignidad de la persona mediante acciones que conduzcan a su humillación o ridiculización, y, en ningún caso, establezca restricciones de igual o mayor entidad que las contempladas en la legislación reguladora de la responsabilidad penal de los menores.
Las sanciones deberán ser proporcionales a la infracción cometida, tener en cuenta las circunstancias en las que se ha producido y las características del menor, y su aplicación deberá ser en todo caso supervisada por la Dirección del centro, dando cuenta al servicio especializado de protección de menores. En la mayor medida posible, se alentará el uso de medidas alternativas a la separación del grupo.
40. Que,(...) la sanción de separación del grupo se imponga solamente en los casos en que se manifieste una evidente agresividad o violencia por parte del menor, o cuando éste, reiterada y gravemente, altere la normal convivencia en el centro.
El reglamento de régimen interior deberá recoger la duración de la sanción de separación del grupo, la cual se ajustará a la gravedad de la infracción cometida.
Mientras esté cumpliendo la sanción, el menor dispondrá, como mínimo, de dos horas al aire libre, y deberá asistir, en su caso, a la escuela, centro formativo o centro de trabajo, pudiendo recibir, demás,
las visitas contempladas en su proyecto educativo individual. Durante el horario general de actividades, se programarán ocupaciones alternativas para los menores separados del grupo.
Diariamente, visitará al menor el médico o el psicólogo, que informará a la Dirección del centro sobre el estado de salud física y mental del menor, así como sobre la conveniencia de suspender, modificar o dejar sin efecto la sanción impuesta.
41. Que, (..)se prohíba el uso de la fuerza en el control de los menores, salvo cuando se hayan agotado y hayan fracasado todos los demás medios, y que sólo se utilice de la forma expresamente autorizada y
descrita en el reglamento de régimen interno.
42. Que se aprueben protocolos de intervención en casos de crisis de los menores que supongan la adopción de medidas de contención física
o farmacológica o, en su caso, de aislamiento, en los que se determinen las personas encargadas de cada función, su forma de actuación, la autorización, y los informes que,deberán remitirse a la entidad pública de protección de menores.
43. Que se limite la estancia en aislamiento al tiempo mínimo e imprescindible, y se prohíba, en todo caso, su utilización como medida sancionadora.

46. Que los profesionales (..)refuerzo que les ayuden a afrontar las situaciones de tensión emocional derivadas del desarrollo de su labor.

48. Que se facilite formación específica para realizar posibles contenciones al personal (..)y, en todo caso, a los vigilantes de seguridad, para que realicen sus funciones con pleno respeto.

49. Que,(..)en todos aquellos centros en los que sea necesario acometer reformas para la adecuación de centros , se doten los recursos necesarios .

51. Que(..)la Administración asegure la protección , a través de la inspección y supervisión de todos los centros .
54. Que, siempre que la Administración haya delegado la gestión (..) en entidades privadas exija una total transparencia en la gestión de los gastos,

56. Que, por parte de los fiscales, se visiten periódicamente los centros (..) entrevistándose reservadamente con los menores que así lo soliciten, promoviendo la corrección de las deficiencias.
57. Que se dote a la Fiscalía de los medios para realizar el control del funcionamiento y organización de los centros y de los proyectos educativo.

II Jornadas " Día Internacional de los Derechos de los Menores"

II Jornadas " Día Internacional de los Derechos de los Menores"
Noviembre-09 ASTURIAS

2 Diciembre

DECLARACIÓN DE LAS DEFENSORÍAS DEL PUEBLO SOBRE LAS RESPONSABILIDADES SOBRE LOS MNAs

Introducción

En los últimos meses estamos asistiendo de nuevo a la llegada de menores extranjeros no acompañados a la Comunidad de Canarias. Estos menores se unen a otros jóvenes procedentes del norte de África que también han llegado a nuestro país en los últimos años. Conjuntamente, plantean un reto de extraordinaria magnitud a nuestras instituciones y a nuestra sociedad desde el punto de vista de la capacidad de acogida, de protección, de formación y de inserción social de estos jóvenes.
Esta situación ha planteado un serio problema de capacidad de acogida inmediata a la Comunidad de Canarias, que ha visto desbordados sus recursos de atención dirigidos tanto a la población adulta como a los menores.(:::)
Con independencia de los retos que el fenómeno de la inmigración supone para el diseño y el desarrollo de las políticas sociales, las defensorías del Estado coincidimos en subrayar la necesidad de alcanzar acuerdos entre las distintas administraciones públicas del Estado en un tema tan importante desde el punto de vista de los derechos de los menores. Asimismo, queremos advertir de que, a pesar de su importancia, se trata sólo de un primer paso en la obligación inexcusable que tienen las administraciones públicas de velar por el interés primordial del menor, tal como establece el artículo 3 de la Convención de los Derechos del Niño, y atender sus derechos como los de cualquier otro ciudadano menor de edad que se encuentre en territorio español (Ley 1/1996 de protección jurídica del menor). Cabe recordar, asimismo, que el artículo 2.1 de Convención de los Derechos del Niño prohíbe explícitamente la discriminación del menor por razón de origen nacional. Además, el ordenamiento jurídico español establece claramente que los menores son ante todo menores, principio que debe prevalecer sobre la condición de extranjero.

La Red Europea de Defensores del Menor (ENOC, European Network of Ombudspersons for Children), aprobó en su última reunión anual una declaración instando a los países miembros del Consejo de Europa a tomar las medidas necesarias para asegurar los derechos de los menores no acompañados. Este hecho demuestra la relevancia que adquiere este fenómeno a escala europea y justifica que, dada la especial importancia que tiene para el caso español, las defensorías presentemos una declaración para expresar ante la sociedad española nuestra responsabilidad de velar para que los derechos de estos menores sean garantizados. Subrayar las obligaciones que las distintas administraciones públicas tienen respecto a los menores y recomendar algunas acciones dirigidas a reforzar el cumplimiento de sus derechos.


Principios de actuación

VER Observacion 6ª de las Naciones Unidas(2005)

1) Las Administraciones públicas competentes en las distintas CCAA deben asumir la tutela del menor de forma inmediata, mientras se estudia la realidad del menor y del núcleo familiar de origen. Debe evitarse que la fase de estudio de su situación suponga en la práctica la privación de acceso a recursos socioeducativos y a la formación laboral.

2) Las Administraciones competentes deben empezar a documentar al menor y tramitar su (tarjeta temporal)residencia cuando quede acreditada la dificultad de retorno con su familia, de acuerdo con el artículo 35.4 de la Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social, sin esperar los nueve meses que establece el Reglamento (Real Decreto 2393/2004, de 30 de diciembre), plazo que, de acuerdo con una interpretación conforme a la ley, debe ser considerado un máximo.

3) Los menores no deben ser repatriados a sus países de origen salvo que existan garantías de que la reintegración a su núcleo familiar de origen (o recurso de protección alternativo) asegure el mejor interés para el menor. La decisión debe tener en cuenta el propio punto de vista del menor –que tiene derecho a ser escuchado- y sólo puede llevarse a cabo después de un estudio detenido de los recursos disponibles en su país de origen.

4) Las pruebas médicas previas de determinación de la edad sólo deberán ser realizadas en casos de duda y deberían efectuarse con el asesoramiento de expertos independientes y tecnología moderna que incluya una combinación de pruebas físicas, sociales y psicológicas.
Siempre deberá tomarse como edad de referencia la menor que resulte de las pruebas médicas realizadas.

5) Los menores deberían recibir asistencia jurídica independiente de la Administración, como es el turno de oficio colegial, con el fin de asegurar que los procesos administrativos o judiciales se lleven a cabo teniendo en cuenta su interés superior.

6) Las Comunidades Autónomas deben coordinar sus modelos de atención a los menores inmigrantes no acompañados para evitar “fugas” de los menores a aquellas comunidades que garantizan mejor el proceso de tutela y residencia y que ofrecen mejores recursos socioeducativos.

7) Asimismo, las Comunidades Autónomas y las Delegaciones del Gobierno coordinarán también su actuación en los ámbitos de sus respectivas competencias para evitar disfunciones y asegurar que la propuesta sea la más adecuada al interés del menor en cada caso. Para facilitar la coordinación interinstitucional es necesario disponer de un registro unificado de menores inmigrantes no acompañados compartido por todas las Administraciones públicas con competencias en la cuestión.

8) En la atención a los menores extranjeros no acompañados deben diseñarse y planificarse los recursos necesarios para favorecer su desarrollo integral y facilitar su inserción en la sociedad de acogida.

9) Todas las Administraciones públicas deben asumir sus
responsabilidades en la atención a los menores no acompañados.

Es importante que los gobiernos de las CCAA establezcan acuerdos con las administraciones locales de su territorio para diseñar conjuntamente los recursos y las estrategias necesarias que mejor garanticen la atención e integración de los menores no acompañados. Especialmente importante es la necesidad de superar las actitudes de rechazo social que acompañan en ocasiones a las medidas de acogida y protección de estos menores.

10) Los centros de acogida de menores inmigrantes no acompañados deben presentar garantías de adecuación espacial, sanitaria y educativa. Las CCAA deben garantizar que los menores reciban atención a través del circuito normalizado, concentrando las actividades en centros de 24 horas que proporcionen a los menores recién llegados referentes educativos y afectivos estables.
Octubre de 2006