sábado, marzo 5

.PRESENTACIÓN DE LA OFICINA DE LA INFANCIA Y LA ADOLESCENCIA DEL ARARTEKO


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Ararteko-Telebista: PRESENTACIÓN DE LA OFICINA DE LA INFANCIA Y LA ADOLESCENCIA DEL ARARTEKO

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PRESENTACIÓN DE LA OFICINA DE LA INFANCIA Y LA ADOLESCENCIA DEL ARARTEKO

Presentación de la oficina de la infancia y la adolescencia

El ararteko Iñigo Lamarca ha presentado hoy en Vitoria-Gasteiz, la Oficina de la Infancia y la Adolescencia.

La reforma acometida en la institución del Ararteko que cristalizó en un nuevo reglamento de organización y funcionamiento publicado el año pasado contemplaba la puesta en marcha de algunos órganos administrativos inexistentes hasta ese momento, entre los que se encuentra la Oficina de la Infancia y la Adolescencia que hoy presentamos.

1. La Oficina viene a reforzar, poniendo especial atención y sistematización, el trabajo que el Ararteko viene desarrollando hasta la fecha en la defensa de los y las menores. Así, le da un nuevo impulso, focalizando la atención y desplegando actuaciones específicas para los niños, niñas y adolescentes.

Porque la preocupación y el interés por la situación de las personas menores, y especialmente por aquellas que se encuentran en situación de especial vulnerabilidad, no es de hoy, sino que viene siendo una constante en la actividad del Ararteko desde sus comienzos. Muestra de ello es el creciente espacio que ha ido ganando el capítulo dedicado a las personas menores en el informe que anualmente se presenta al Parlamento Vasco o el importante número de informes extraordinarios que, referidos directamente a problemáticas específicas de niños, niñas y adolescentes, o con apartados particulares dentro de diagnósticos más generales, se han elaborado hasta la fecha.

2. En esta línea de dotar de nuevo impulso, focalizar la atención y desplegar actuaciones específicas para niños, niñas y adolescentes, nos aplicamos como uno de nuestros elementos rectores el derecho de éstos y estas a ser oídos y a participar en las decisiones de los asuntos en los que son concernidos. Nos proponemos, así, trabajar para que la distancia entre las personas menores y el Ararteko vaya siendo cada día más pequeña, facilitando el conocimiento mutuo y espacios donde las posibilidades de comunicación directa se multipliquen. Entendemos que para escuchar su voz, hay dos cuestiones básicas:

- Que la institución del Ararteko sea conocida también por los niños, las niñas y adolescentes, como un referente cuando se trata de derechos humanos y de derechos de la infancia. Para ello, debemos utilizar lenguajes cercanos, "amigables", familiares a ellos: nuestro primer intento es este portal web "La isla de los derechos" (www.ararteko.net/laisladelosderechos).

- La segunda es la que tiene que ver con posibilitar espacios de participación. Hasta la fecha se han venido abriendo espacios para recoger la opinión y perspectiva de los y las menores de manera puntual, vinculada a actuaciones concretas (informes extraordinarios, ponencias, etc.). Queremos que estos espacios se amplíen en número, activándose siempre que tramitemos una queja o realicemos una actuación en la que niños, niñas y adolescentes estén concernidos. Pero, sobre todo, queremos dotar de estabilidad a un órgano de participación, consulta y asesoramiento de las propias personas menores: es la finalidad del Consejo de la Infancia y la Adolescencia constituido hace escasos meses. 12 chicos y chicas que departen con el Ararteko y su adjunta una vez al trimestre sobre algunos de los temas que, según su opinión, más les preocupan.

3. Continuamos con la labor de atención a situaciones de especial vulnerabilidad, lo que supone en ocasiones comenzar conociendo mejor su realidad. La investigación de nuevas problemáticas detectadas, a lo que responden los informes extraordinarios, y el seguimiento de realidades ya analizadas son los principales instrumentos para este cometido. Además, visitas, diálogo con profesionales, entrevistas y reuniones con organizaciones sociales y personas responsables de las administraciones públicas, peticiones de información, becas de investigación, lecturas de documentos elaborados por observatorios y recursos de atención a la infancia y la adolescencia nutren de información significativa este ámbito. Con este objetivo y en lo que respecta al año 2011, en breve se presentará públicamente el informe extraordinario sobre Infancias vulnerables.
Por último, junto a estos estudios en profundidad y al seguimiento habitual de las recomendaciones recogidas en informes anteriores, esperamos inaugurar en breve una nueva metodología eminentemente práctica, a medio camino entre la queja de oficio y el informe extraordinario que, desde una perspectiva de diagnóstico de un derecho básico, actúe como antena de situaciones o problemáticas de las que no haya constancia de actuaciones anteriores.

4. No olvidamos en nuestra agenda de trabajo la difusión de los derechos de la infancia, o lo que es lo mismo, sensibilizar, hacer llegar información y suscitar reflexión en relación con los derechos de la infancia, tanto entre la población adulta y profesionales que trabajan directamente con la infancia, como entre los propios niños, niñas y adolescentes.

5. Y todo esto desde la apuesta de trabajar con otros, en colaboración, ojalá "en complicidad". El trabajo en red, el trabajo colectivo y colaborativo es un requisito imprescindible en una sociedad cada vez más compleja y especializada. Es éste, al menos, uno de los principios con los que deseamos se identifique nuestra práctica. En consecuencia, son y serán múltiples los encuentros, intercambios y espacios de trabajo con administraciones públicas y organizaciones comprometidas con la infancia, con otras Defensorías del Pueblo en sus áreas de menores, con universidades y recursos para la gestión del conocimiento en torno a la realidad de la infancia. Y tanto desde propuestas lideradas por la Oficina de la Infancia y la Adolescencia, como en respuesta a solicitudes de colaboración formuladas: lo primordial no es quien toma la iniciativa, sino lo que construimos juntos.

Y todo esto sin descuidar la atención e investigación de las quejas y demandas de las y los menores o relacionadas con ellos, en torno a actuaciones públicas supuestamente incorrectas o irregulares, uno de los cometidos primordiales de la institución del Ararteko para la defensa de los derechos de las personas en relación con las actuaciones y las políticas públicas de las administraciones.

Vitoria-Gasteiz, 28 de febrero de 2011

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Guide pratique des mineurs étrangers non accompagnés Mena en Belgique. Situation administrative, juridique et sociale. Editions Jeunesse & Droit

www.sdj.be/admin/docs/Courrieraccompagnement190707_DEF.doc

Guide pratique des mineurs étrangers non accompagnés Mena en Belgique. Situation administrative, juridique et sociale. Editions Jeunesse & Droit

     Le SDJ de Bruxelles publie le Guide pratique des MENA en Belgique Avec l'annexe ! Le bon de commande se trouve en dernière page du document annexé.
    Beaucoup de chemin a été fait depuis l'adoption de la Loi Tabitha sur la tutelle des mineurs étrangers non accompagnés (MENA). En Belgique, tout mineur non accompagné, au sens de la Loi, bénéficie, dans le cadre d'un régime juridique particulier, de la désignation d'un tuteur chargé de le représenter, de l'assister, de défendre ses intérêts et de veiller à ce que ses droits soient respectés.
    La matière est en constante évolution et les choses sont loin d'être simples.
    Les professionnels qui interviennent dans l'accompagnement et la défense des MENA sont quotidiennement confrontés à de nombreuses questions liées à divers aspects de la matière (la tutelle, l'asile, le séjour, l'accueil, l'enfermement, la scolarité, les droits sociaux), dont la complexité peut parfois décourager.
    Et pourtant les enjeux sont fondamentaux. Il s'agit notamment de soutenir le jeune dans l'élaboration d'un (nouveau) projet de vie et dans la recherche de solutions adéquates et durables.
    En offrant aux tuteurs, aux avocats et à tous les autres professionnels concernés par ces situations difficiles et complexes une information précise, détaillée et actuelle sur les lois et pratiques en vigueur, cet ouvrage constitue un recueil utile mais surtout un outil de travail indispensable pour ces professionnels.
    Sommaire du guide
    L'ouvrage, qui contient 780 pages, se décompose en quatre parties :
    §    La première partie présente la Loi sur la tutelle. Après un bref rappel des faits ayant mené à l'adoption de cette Loi et une énumération des sources internationales sur lesquelles elle se fonde, sont expliquées les différentes missions du Service des Tutelles, les missions des tuteurs, la procédure de désignation de ceux-ci et enfin les moyens déployés et «déployables » dans la recherche et la mise en œuvre de solutions durables pour le mineur.
    §    La deuxième partie présente d'une part les différentes structures d'accueil existant pour les MENA, les différents types d'hébergements pour les demandeurs d'asile et les non-demandeurs d'asile et le nouveau modèle d'accueil en cours de discussion entre le gouvernement fédéral et les Communautés ; elle aborde d'autre part la question de l'enfermement des MENA dans des centres fermés et la procédure de demande de mise en liberté. Elle se termine enfin sur une présentation de l'accueil de ces mineurs à l'avenir dans des centres ouverts d'observation et d'orientation (COO).
    §    La troisième partie aborde les différentes possibilités pour les MENA d'obtenir le droit de séjourner en Belgique : la procédure d'asile, l'autorisation de séjour selon la Circulaire du 15 septembre 2005 relative au séjour des MENA ou selon l'Article 9, Alinéa 3 de la Loi du 15 décembre 1980, la procédure pour les victimes de la traite des êtres humains et le regroupement familial. Sont également expliquées à la fin de cette partie les possibilités d'éloignement des MENA et les autres procédures possibles devant le Juge des référés.
    §    La quatrième partie aborde la question de la protection sociale des MENA, leurs différents droits sociaux tels que l'accès à l'enseignement, l'accès aux services de l'aide à la jeunesse, à l'aide sociale, aux soins de santé, le droit aux allocations familiales et le droit au travail.

    A la fin de l'ouvrage se trouvent différents schémas, des modèles de requêtes ainsi qu'un lexique reprenant une courte définition des termes souvent utilisés.
    Grâce au soutien du Fonds Houtman (ONE), des exemplaires gratuits de ce guide seront offerts, sur demande (voir bon en annexe), aux personnes suivantes  :
    ·    Associations membres de la Plate-forme « Mineurs en exil »
    ·    Tuteurs agréés par le SPF Justice (Service des Tutelles)
    ·    Avocats volontaires (BAJ) ayant suivi la formation MENA
    ·    Centres d'accueil qui hébergent des MENA (fédéraux, communautaires ou autres)
    ·    Services Droit des Jeunes
    ·    Services d'Aide à la Jeunesse
    ·    Services travaillant avec des MENA sous mandat des SAJ ou du Juge de la Jeunesse
    ·    Ecoles organisant des classes-passerelles
    ·    Juges de la Jeunesse et Parquets Jeunesse
    ·    Tribunaux et Auditorats du Travail
    ·    Juges de Paix

    Il sera offert 1 exemplaire par institution ou service. Des exemplaires supplémentaires pourront être achetés au prix de 25 € (frais d'envoi inclus).
    Le bon de commande se trouve en annexe.
    Bien à vous,    C van Zeebroeck    Service droit des Jeunes -    Plate-forme Mineurs en exil
    Rue du Marché aux Poulets, 30    1000 Bruxelles
    Tél.: 02/210.94.91    Fax : 02/209.61.60 www.sdj.be - www.mena.be

www.sdj.be/admin/docs/Courrieraccompagnement190707_DEF.doc

viernes, marzo 4

Las ONG podrán ver a los inmigrantes en el CIE sin cita previa Un juez obliga a Interior a fijar las normas para visitar a los 'sin papeles'

http://www.toumai.es/noticias/actualidad/209-espana/5382-las-ongs-podran-visitar-el-cie-de-aluche-sin-cita-previa

Las ONG's podrán visitar el CIE de Aluche sin cita previa

El juez del Juzgado de Instrucción número 6 de Madrid dictó el auto y el Ministerio del Interior se verá obligado a cumplirlo. Además, los miembros de estas organizaciones tendrán tiempo ilimitado en sus visitas.

A partir de ahora, los miembros de las Organizaciones No Gubernamentales que acudan al Centro de Internamiento de Extranjeros (CIE) de Madrid, el más grande que hay en España, podrán visitar sin cita previa a los sin papeles que están retenidos en estas dependencias.

La medida arroja algo de luz en unos espacios caracterizados hasta la fecha por su opacidad y donde están encerrados un máximo de 60 días los inmigrantes que carecen de documentación en regla.

Con las normas de gestión de estas visitas dictadas ahora, se acata lo que dice la Ley de Extranjería en su artículo 62 

040311ciemadrid

bis, cuyo apartado tercero señala lo siguiente: «Las organizaciones constituidas legalmente en España para la defensa de los inmigrantes y los organismos internacionales pertinentes podrán visitar los centros de internamiento. Reglamentariamente se desarrollarán las condiciones de las mismas».

Hasta ahora, los miembros de las ONG que visitaban a las personas en situación irregular disponían únicamente de 15 minutos, debían guardar cola a la intemperie, y realizaban el encuentro con una mampara de por medio.

Según las nuevas normas de consiguiente aplicación (que entraron en vigor el 28 de febrero), la duración de las visitas será «ilimitada», se realizarán «sin mampara que impida el contacto físico y directo», «sin presencia policial alguna», y no hará falta cita previa «al objeto de no dañar los intereses y derechos de los internos».

La ejecución del auto por parte del Ministerio del Interior (entidad que regula los centros de detención en todo el país) será inmediata.

http://medios.mugak.eu/noticias/noticia/275979

Las ONG podrán ver a los inmigrantes en el CIE sin cita previa

Un juez obliga a Interior a fijar las normas para visitar a los 'sin papeles'

El Mundo, PEDRO SIMÓN, 2011-03-04

El juez del Juzgado de Instrucción número 6 de Madrid dictó el auto y el Ministerio del Interior se ha visto obligado a cumplirlo. A partir de ahora, las Organizaciones No Gubernamentales (ONG) que acudan al Centro de Internamiento de Extranjeros (CIE) de Madrid, el más grande que hay en España, podrán visitar sin cita previa a los sin papeles que están retenidos en estas dependencias.

La medida arroja algo de luz en unos espacios caracterizados hasta la fecha por su opacidad y donde están encerrados un máximo de 60 días los inmigrantes que carecen de documentación en regla. Con las normas de gestión de estas visitas dictadas ahora, se acata lo que dice la Ley de Extranjería en su artículo 62 bis, en cuyo apartado tercero se señala lo siguiente: «Las organizaciones constituidas legalmente en España para la defensa de los inmigrantes y los organismos internacionales pertinentes podrán visitar los centros de internamiento. Reglamentariamente se desarrollarán las condiciones de las mismas».

Hasta ahora, los miembros de las ONG que visitaban a las personas en situación irregular disponían únicamente de 15 minutos, debían guardar cola a la intemperie, y realizaban el encuentro con una mampara de por medio.

Según las nuevas normas de consiguiente aplicación (que entraron en vigor el 28 de febrero), la duración de las visitas será «ilimitada», se realizarán «sin mampara que impida el contacto físico y directo», «sin presencia policial alguna», y no hará falta cita previa «al objeto de no dañar los intereses y derechos de los internos».

Durante el encuentro, no habrá limitación en el número de integrantes de los internos o de las ONG, siendo la única restricción la capacidad de la cabina. Las organizaciones podrán «entregar y recibir» de los inmigrantes retenidos «todo tipo de documentación [algo impensable hasta la fecha] sin que ésta sea controlada por los funcionarios policiales de seguridad y custodia del centro, salvo en la medida de comprobar que, efectivamente, se trata de documentación y no de objetos peligrosos».

jueves, marzo 3

xerrada Nens i Nenes Soldat a Sierra Leone, per Chema Caballero, Barcelona 17 març 2011

From: Montserrat Munté Sent: Thursday, February 17, 2011 12:39 PM Subject: DES DE L'ACAT
Per la vostra informació i possible difusió us adjunto l'anunci d'un acte organitzat per l'ACAT (Acció dels Cristians per l'Abolició de la Tortura) Ja sabem que per alguns us queda molt lluny, però si podreu fer difusió.
Cordialment Montserrat Munté, vicepresidenta de l'ACAT (Acció dels Cristians per l'Abolició de la Tortura)
 PER SI US VA MILLOR US ANOTO LES DADES DE L'ADJUNT
 
NENS I NENES SOLDATS
Ens en parlarà
CHEMA CABALLERO, missioner xaverià que ha viscult molt anys a SIERRA LEONE
Dijous, 17 de març del 2011, a les 19,30h
LLIBRERIA CLARET (SALA CASALDÁLIGA)
Roger de Llúria, 5 - Barcelona

La radio, un instrumento para integrar a los jóvenes. Marta González Novo y Patricia Cruzado charlan con Nacho de la Mata, abogado de la Fundación Raíces

http://www.cadenaser.com/cultura/audios/radio-instrumento-integrar-jovenes/csrcsrpor/20110227csrcsrcul_15/Aes/

La radio, un instrumento para integrar a los jóvenes

Marta González Novo y Patricia Cruzado charlan con Nacho de la Mata, abogado de la Fundación Raíces. Esta organización del barrio de Hortaleza apoya a jóvenes en riesgo de exclusión en el ámbito jurídico, social y educativo. La educadora Olga Morla dirige el programa radiofónico Los sonidos de mi barrio, donde se les da voz a jóvenes como Arturo.

Llévatelo

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La Abogacía dice que el Reglamento de Extranjería 'penaliza' a los hijos de los inmigrantes en situación regular

http://www.integralocal.es/index.php?accion=detalleGeneral&seccion=25&tipo=2&id=6123

La Abogacía dice que el Reglamento de Extranjería 'penaliza' a los hijos de los inmigrantes en situación regular

Fecha: 01-03-2011
El informe reconoce el "trabajo" realizado en el borrador de reglamento y destaca mejoras en asuntos como los menores no acompañados.

La Subcomisión de Extranjería del Consejo General de la Abogacía Española (CGAE), ha elaborado un informe sobre el borrador de Reglamento de Extranjería presentado por el Gobierno en el que se denuncia que el texto "penaliza" a los hijos de los inmigrantes que se encuentran legalmente en España, porque deben esperar dos años viviendo 'sin papeles' para poder regularizar su situación.

Según el informe difundido por la organización, este periodo de dos años de residencia previa que se exige a los hijos menores de los inmigrantes "debe ser eliminado o al menos disminuido", ya que "una anormal actuación de los padres, por respeto del interés superior del menor, no debe repercutir en los derechos del mismo", señalan.

Este informe, que sucede a una reunión mantenida la pasada semana entre la institución y la secretaria de Estado de Inmigración y Emigración, Anna Terrón, reconoce el "trabajo" realizado en el borrador de reglamento y destaca mejoras en asuntos como los menores no acompañados.

No obstante, sobre este asunto, los expertos proponen que se determine la edad de estos supuestos menores "de conformidad con su documentación y en caso de duda, pese a que pueda iniciarse otros procedimientos adicionales en averiguación de la edad, prevalecezca la presunción iuris tantum de minoridad".

Asimismo, el Consejo solicita al Gobierno que garantice "la asistencia letrada independiente de los menores no acompañados desde el momento de su localización y a lo largo de todo el procedimiento de repatriación, incluyendo el proceso de determinación de la edad y protección por desamparo".

El informe, recoge la "especial preocupación" de la Abogacía por algunos aspectos del Reglamento relacionados con el derecho de defensa, la asistencia letrada y la Justicia Gratuita. En este sentido, pide que se garantice la asistencia letrada "en todas las fases de los procedimientos administrativos que conlleven privación de libertad u audiencia personal", en lo supuestos de repatriación de menores y trata de personas.

Además, el informe del  CGAE recoge anotaciones al texto del Reglamento de Extranjería en temas como las situaciones jurídicas derivadas de la irregularidad sobrevenida; el procedimiento de arraigo laboral y familiar como vías de acceso excepcional a la autorización de residencia y trabajo; la migración circular y retorno voluntario; o la renovación de las autorizaciones y residencias de larga duración.

El centro de menores de Ilundáin no abrirá hasta 3 ó 4 meses después de su inauguración. Asuntos sociales aún no ha convocado el concurso para la gestión del servicio

http://www.noticiasdenavarra.com/2011/03/03/sociedad/navarra/el-centro-de-menores-de-ilundain-no-abrira-hasta-3-o-4-meses-despues-de-su-inauguracion

El centro de menores de Ilundáin no abrirá hasta 3 ó 4 meses después de su inauguración

asuntos sociales aún no ha convocado el concurso para la gestión del servicio

En mayo del año pasado se acabaron las obras y la previsión era que las instalaciones se abriesen en enero

jesús morales - Jueves, 3 de Marzo de 2011

El nuevo centro de menores de Ilundáin, proyectado para el cumplimiento de medidas judiciales, aún tardará "dos o tres meses" en empezar a funcionar, a pesar de que fue inaugurado a principios del pasado mes de febrero. El motivo es que Asuntos Sociales aún no ha adjudicado, de hecho ni siquiera lo ha convocado, el concurso para otorgar la gestión del servicio, a pesar de que las previsiones en mayo del año pasado era que las instalaciones comenzasen su actividad en enero.

pamplona. La directora general de Familia, Loren Albeniz, negó ayer, no obstante, que "exista algún retraso en la licitación" y dijo que cualquier decisión que se está adoptando en torno al centro es "de la mano del Juzgado de Menores". "En el mes de octubre se recepcionó la obra y hasta el mes de enero se licitó el equipamiento. Ahora se está ultimando el pliego de condiciones del concurso para adjudicar la gestión, que podría estar resuelta en dos o tres meses", según pronosticó.

Hasta ahora, el centro de referencia en Navarra en este ámbito es la residencia de la Fundación Haritz Berri, situada también en Ilundáin. Por ella han pasado más de 400 menores en los últimos diez años por orden de los jueces, que han entendido que la gravedad de sus conductas eran merecedoras de su internamiento, la opción más severa establecida por la legislación para jóvenes de entre 14 y 18 años.

Atendiendo a la diversidad de medidas y al número de condenas de internamiento impuestas cada año, el Gobierno de Navarra ideó un nuevo centro en Ilundáin, con capacidad para 20 plazas (el doble de las actuales), integrado en el entorno de Aranguren y diseñado para potenciar el proceso socieducativo destinado a los menores.

Las instalaciones, que consta de 2.358 metros cuadrados útiles, fueron visitadas en mayo del año pasado por representantes de las instituciones forales y locales, entre ellos la consejera de Asuntos Sociales, Maribel García Malo. En aquel momento se dieron por acabadas las obras y se fijó en enero el momento en que abriría sus puertas el centro, una vez que fuese equipado.

En esa misma visita, se informó de que el departamento de Asuntos Sociales, Familia, Juventud y Deporte estaba ultimando el pliego de condiciones del concurso para la gestión del nuevo servicio, el cual se debería adjudicar antes de finalizar el año para cumplir esa previsión de que empezara a funcionar en enero de este año.

Superadas e incumplidas esas previsiones, a principios del mes de febrero Miguel Sanz presidió el acto de inauguración durante otra visita oficial que realizaron nuevamente distintas autoridades. En esta ocasión, no se ofrecieron fechas sobre la entrada en servicio de las instalaciones, que ya habían sido convenientemente equipadas y habían quedado listas para comenzar su actividad.

Una vez que se hagan públicas las condiciones del concurso, las entidades o sociedad privadas interesadas podrán presentar las correspondientes ofertas, que deberán ser analizadas y puntuadas por una mesa de contratación, que decidirá la adjudicación.

Inauguración oficial del nuevo centro de menores de Ilundáin, celebrada el pasado 2 de febrero y presidida por Miguel Sanz.

Inauguración oficial del nuevo centro de menores de Ilundáin, celebrada el pasado 2 de febrero y presidida por Miguel Sanz.

La Fundació Natzaret abre un nuevo piso tutelado para diez menores víctimas de maltratos Su director, Guillem Cladera, recalca el hecho de que el 90% de estos niños no retorna a la familia de origen y se emancipa dentro del colectivo

http://www.diariodemallorca.es/part-forana/2011/03/03/fundacio-natzaret-abre-nuevo-piso-tutelado-diez-menores-victimas-maltratos/650219.html

La Fundació Natzaret abre un nuevo piso tutelado para diez menores víctimas de maltratos

Su director, Guillem Cladera, recalca el hecho de que el 90% de estos niños no retorna a la familia de origen y se emancipa dentro del colectivo

Una de las habitaciones dobles del nuevo piso tutelado de Manacor.
Una de las habitaciones dobles del nuevo piso tutelado de Manacor.  s. sansó.

S.S. La Fundació Natzaret abrió ayer su nuevo piso tutelado en la Vía Portugal de Manacor. La vivienda dará cobijo a diez menores de entre tres y trece años de la comarca, derivados por el Consell y que han tenido que separarse de sus familias debido a malos tratos psíquicos, físicos o sexuales.
El piso alquilado de 190 metros cuadrados, que substituye el que hasta ahora ofrecía la parroquia de Els Dolors junto a la rectoría, cuenta con hasta ocho habitaciones, cuatro baños, y dispondrá de una psicóloga coordinadora, cuatro educadores sociales y dos auxiliares de noche.
El director de la fundación, Guillem Cladera, destacó la importancia del cambio: "Hemos pasado a habitaciones donde los menores dormían de tres o de cuatro en cuatro, ha tener casi todas las habitaciones individuales. Ahora además tenemos calefacción y una sala de tutorías".
Por lo que respecta al posible retorno de los niños con sus progenitores, la respuesta es clara: "Más de 90% se acaban emancipando con nosotros mediante formación e inserción laboral. Es muy complicado que vuelvan".
Natzaret, además de este piso en Manacor, cuenta con otros dos centros concertados con el Consell en Palma, uno con catorce plazas para usuarios de entre 9 y 14 años, y otro de ocho para menores de entre 14 y 18. "Después por nuestra cuenta disponemos de otros dos pisos de cuatro plazas cada uno para chavales de 18 a 21 años".
Al acto de inauguración acudieron, además de representantes políticos del Govern y los Servicios Sociales del Ayuntamiento, algunos de los más de 200 niños que Natzaret tutela en la isla.

Seminario “No puedo más. Violencia y dolor. Estrategias para el abordaje de las conductas violentas en adolescentes” Del 08 al 09 de abril de 2011 en Zaragoza

Seminario "No puedo más. Violencia y dolor. Estrategias para el abordaje de las conductas violentas en adolescentes"

Fecha:
Del 08 al 09 de abril de 2011 en Zaragoza

Organización: Euskadi eta Nafarroako Famili Terapia Eskola


Información:
 Tel.: 94 475 78 80
Web: http://www.avntf-evntf.com/homeescuela.asp

E-mail: evntf@avntf-evntf.com

martes, marzo 1

Una familia denuncia la prohibición de la Junta para llamar a su hija por teléfono

"Aprodeme" <aprodeme2011@gmail.com>,
Una familia denuncia la prohibición de la Junta para llamar a su hija por teléfono
Martes, 01 de Marzo de 2011 13:19 | Escrito por Begoña Cisneros
Aranda - Noticias

Muy dura es la lucha que la burgalesa afincada en Aranda de Duero, Pilar Martín Alonso, está manteniendo contra la sección de menores de la administración autónoma desde que en el mes de marzo de 2010. Fue entonces cuando el departamento de Servicios Sociales de Burgos decidió apartarla de su hija Alba a los nueve años, alegando el desamparo de la menor y asumiendo la tutela legal de la niña la superiora de un hogar infantil de la Junta en Mojados (Valladolid). A la restricción de visitas quincenales se ha sumado un  empeoramiento de la situación dejando a la madre acudir al centro vallisoletano una vez al mes. Por si esto fuera poco, la última comisión de valoración ha decidido prohibir las comunicaciones telefónicas semanales con la pequeña durante los próximos dos meses.

 

El gerente territorial de Servicios Sociales, Ignacio Díez Azcárraga, alega en el documento que deja sin efecto las comunicaciones telefónicas, que la menor ha pedido a otros menores los números de teléfono de sus familias, algo que "cabe suponer que esta conducta de la menor ha sido solicitada por su madre". En el escrito también señala que se ha constatado que la madre "ha contactado con familiares de alguno de los menores a efectos de obtener información sobre su hija". Por tanto, entienden desde la gerencia que el comportamiento de la madre "está teniendo consecuencias indeseables en su propia hija y en otros menores del centro, dado que hace un uso inadecuado de las conversaciones telefónicas". Pilar Martín asegura que las acusaciones que se hacen desde la Gerencia son inciertas y que a ella no se la ocurriría hacer eso "sabiendo que ello repercutiría gravemente en el bienestar de su hija y del resto de los menores tutelados".

 

De todas formas, no entienden los padres cómo también se le ha prohibido llamar por teléfono a la niña a su padre, el ribereño Carlos Santaolalla, cuando a él no se le incluye en la supuesta sanción que se alega desde la administración. "He pedido que me sean aclarados los términos de la comunicación como las consecuencias indeseables en la menor y en otros menores, ¿qué consecuencias son esas?", se pregunta el padre.

 

Para los padres de la menor, "lo que están haciendo es tratar de romper el vínculo de Alba con su familia". Aseguran sentirse en una completa indefensión y no entienden que la pequeña lleve casi un año viviendo en esta situación cuando podía vivir con su familia, ya que cuentan con un marco familiar idóneo, aseguran. "Esperamos que recapitulen y vuelvan a autorizar llamadas semanales como hasta ahora, ya que tienen autorización verbal y escrita, de los padres para grabar las conversaciones desde hace varias semanas. con esto se evitarian las fabulaciones que han dado lugar a este escrito", indican.



Casualmente, el escrito en el que se comunica a esta familia que durante dos meses no podrán telefonear a su hija, está fechado el 22 de diciembre de 2010, dos meses antes de celebrarse esa comisión a la que se alude ( el 16 de febrero de 2011). Para Pilar Martín, "este es uno de los muchos errores que llevan cometidos, porque son un montón y yo no quiero que queden impunes", como el hecho de que desde hace seis meses se comunicase el cambio de dirección de los padres y lleguen los documentos a día de hoy una dirección que no existe, explican.

 

Lo único que pide la familia Santaolalla, señalan, es saber porque, una vez conseguidos los objetivos de un marco idóneo, económico y regulada su situación, la pequeña continua tutelada por la Junta, algo que, le parece "un allanamiento institucional".

CGAE propone mejoras en el Reglamento de Extranjería que garanticen los derechos de los menores extranjeros. * La Abogacía destaca el trabajo realizado por la Secretaría de Estado de Inmigración en la elaboración del Reglamento, si bien sigue mostran

http://www.lawyerpress.com/news/2011_02/28_02_2011_011.html
El CGAE propone mejoras en el Reglamento de Extranjería que garanticen los derechos de los menores extranjeros
28 Feb. 2011 - LAWYERPRESS

El Consejo General de la Abogacía Española solicita al Gobierno que garantice "la asistencia letrada independiente de los menores no acompañados desde el momento de su localización y a lo largo de todo el procedimiento de repatriación, incluyendo el proceso de determinación de la edad y protección por desamparo", en el Informe que la Subcomisión de Extranjería del CGAE ha elaborado sobre el borrador del Reglamento de Extranjería y que ha sido enviado al Ministerio de Trabajo, Inmigración y Emigración.
Los expertos de extranjería del CGAE se muestran "contrarios a penalizar a un menor hijo de residentes legales con dos años de residencia irregular" tal y como recoge el actual borrador del Reglamento de Extranjería, y apuntan que este periodo de carencia "debe ser eliminado o al menos disminuido", ya que "una anormal actuación de los padres, por respeto del interés superior del menor, no debe repercutir en los derechos del mismo", señalan.
No obstante, la Abogacía resalta el importante trabajo realizado por la Secretaría de Estado en la elaboración del Reglamento de Extranjería que aporta diversas mejoras, entre ellas una mayor regulación de la colaboración entre Administraciones, la inclusión de mecanismos que simplifican trámites burocráticos y tienden a dotar de una mayor estabilidad a las autorizaciones de residencia y trabajo. Además, también se apunta "una mejor definición de menor no acompañado y los aspectos relativos al procedimiento de determinación de la edad bajo la dirección del Ministerio Fiscal", si bien los expertos del CGAE también proponen que dicha determinación de la edad "deberá hacerse de conformidad con su documentación y en caso de duda, pese a que pueda iniciarse otros procedimientos adicionales en averiguación de la edad, prevalecerá la presunción iuris tantum de minoridad".
El CGAE presenta este informe tras la reunión mantenida la semana pasada entre su presidente, Carlos Carnicer, y la secretaria de Estado de Inmigración y Emigración, Anna Terrón, en la que la secretaria se comprometió a examinar con todo detalle las cuestiones planteadas por la Abogacía Española y que han sido recogidas en el informe presentado al Ministerio.

TEMAS DESTACADOS
La Abogacía muestra en su Informe su especial preocupación por algunos aspectos del Reglamento relacionados con el derecho de defensa, la asistencia letrada y la Justicia Gratuita. En este sentido, el texto remitido por el CGAE al Ministerio de Trabajo, Inmigración y Emigración recoge la necesidad de garantizar la "asistencia letrada en todas las fases de los procedimientos administrativos que conlleven privación de libertad u audiencia personal (particularmente en los procedimientos de denegación de entrada, devoluciones y procedimientos sancionadores preferentes u ordinarios). Asimismo en lo supuestos de repatriación de menores y trata de personas". El informe insiste también en que el procedimiento preferente de expulsión "deberá quedar limitado a los supuestos más graves, no en los casos de mera estancia irregular".
Además, el informe del CGAE recoge anotaciones al texto del Reglamento de Extranjería en temas como las situaciones jurídicas derivadas de la irregularidad sobrevenida; el procedimiento de arraigo laboral y familiar como vías de acceso excepcional a la autorización de residencia y trabajo; la migración circular y retorno voluntario; renovación de las autorizaciones y residencias de larga duración. La regulación de las situaciones de colectivos vulnerables, como menores, mujeres víctimas de violencia de género o abusos sexuales, trata y refugiados se examina con detalle buscando la máxima protección de estos grupos de personas, mientras que las garantías jurídicas en los procedimientos sancionadores son analizadas especialmente tratando de dotarles de la máxima seguridad jurídica.

http://www.adn.es/politica/20110228/NWS-1337-garantizada-asistencia-abogados-menores-letrada.html

Los abogados piden que los menores tengan garantizada la asistencia letrada

EFE Madrid

El Consejo General de la Abogacía Española (CGAE) ha pedido hoy al Gobierno que garantice que los inmigrantes ilegales que sean menores de edad no acompañados de un adulto tengan la asistencia de un abogado de oficio obligatoria.

Esta es una de las principales preocupaciones expresadas por el CGAE tras analizar el borrador del reglamento de la Ley de Extranjería que la semana pasada les entregó la secretaria de Estado de Inmigración y Emigración, Anna Terrón.

El informe de la abogacía subraya la necesidad de garantizar los derechos de los menores "desde el momento de su localización y a lo largo de todo el procedimiento de repatriación, incluyendo el proceso de determinación de la edad y protección por desamparo".

Así, los expertos de extranjería del CGAE se muestran "contrarios a penalizar a un menor hijo de residentes legales con dos años de residencia irregular" tal y como recoge el actual borrador del Reglamento de Extranjería.

Para los abogados, este periodo de carencia debería ser "eliminado o al menos disminuido", ya que "una anormal actuación" de los padres no debería repercutir en los derechos del menor, han considerado.

Otro aspecto que los abogados ha cuestionado es el del procedimiento para determinar la edad del menor que, en su opinión, "deberá hacerse de conformidad con su documentación" y, en caso de duda y aunque se inicien otros procedimientos para averiguarla, deberá considerársele menor.

Otros asuntos que aborda el informe del CGAE son el del procedimiento preferente de expulsión, que "deberá quedar limitado a los supuestos más graves, no en los casos de mera estancia irregular", y las situaciones jurídicas derivadas de la irregularidad sobrevenida.

El procedimiento de arraigo laboral y familiar como vías de acceso excepcional a la autorización de residencia y trabajo, la migración circular y retorno voluntario y la renovación de las autorizaciones y residencias de larga duración son también aspectos que analizan lo abogados.

«Cataluña es hoy epicentro de concepciones racistas» Alexánder Sequén-Mónchez, escritor, analiza en un ensayo la inmigración en España: «Anuncios como “ecuatorianos abstenerse” o “únicamente españoles” son iguales que los de la época de la segregació

http://www.abc.es/20110301/contraportada/abcp-alexander-sequen-monchez-cataluna-20110301.html

«Cataluña es hoy epicentro de concepciones racistas»

Alexánder Sequén-Mónchez, escritor, analiza en un ensayo la inmigración en España: «Anuncios como "ecuatorianos abstenerse" o "únicamente españoles" son iguales que los de la época de la segregación racial en Estados Unidos»

ERNESTO AGUDO

Denuncia usted que en España existe un racismo soterrado y casi invisible porque está «normalizado».

-Exacto. No nos podemos conformar con enunciados del tipo «la sociedad española es racista » o «la sociedad española no es racista». Lo que hay que preguntarse es si hay racismo.

-Y lo hay...

-Existen una serie de conductas y patrones que parecen inofensivos y son asumidos como hechos plenamente naturales, cuando frases como «merienda de negros» o «república bananera» siempre denigran al inmigrante. Céline fue un antisemita confeso, pero en su caso se pueden diferenciar con claridad las ideas del escritor de su creación. Cosa muy diferente es que columnistas o articulistas que jamás van a escribir grandes obras de la literatura universal reivindiquen locuciones racistas...

-El CIS no detecta graves problemas de este tipo entre nosotros.

-Esas encuestas revelan que los ciudadanos ven como problemas el paro, el terrorismo o la inseguridad, además de la inmigración. Pero un análisis más exhaustivo dejaría claro que muchos de quienes así contestan relacionan tanto el paro como la inseguridad con la inmigración. E incluso el terrorismo, por la llegada de árabes.

-¿Cómo se lucha contra ello?

-Lo primero es la conciencia y la autocrítica desde las dos partes (los inmigrantes y la sociedad puerto), con una mirada retrospectiva, pero también al día a día, a detalles simples como que en España tienen presencia una serie de carteles racistas típicos de la época de la segregación racial en Estados Unidos: «Ecuatorianos abstenerse» o «Únicamente españoles». Ahí tendría que haber una reacción del propio español, pero también del inmigrante. Pero el problema es que la inmigración se acomoda en sus propios guetos. No rompe esos límites.

-¿Por qué esa falta de permeabilidad mutua?

-Una de la razones es que no se ha entendido cuál es el origen de la inmigración. Se sigue considerando que la causa es la pobreza, y yo defiendo que se produce por una causa política. El inmigrante decide romper con su medio porque la política no es capaz de garantizarle ni siquiera el derecho a la vida. Fallan los estados y producen inmigrantes, aun entre quienes tienen dinero.

-Con las revueltas en los países árabes se avecina otra oleada.

-Esta situación va a provocar una respuesta demográfica de enormes dimensiones y Europa debe asumir su responsabilidad. Por el petróleo y por el gas ha mantenido complicidad con los sátrapas y, ¿qué hace ahora? Primero, tarda en la respuesta, y segundo, se organiza para poner una barrera.

-¿Quién gana en amplitud de miras frente al fenómeno, PP o PSOE?

-En la inmigración decir que hay una visión de izquierdas y otra de derechas en la práctica es falso. Haya gobierno socialista o del Partido Popular, el tratamiento de la inmigración es restrictivo. Las regularizaciones masivas como la de 2005 tienen la razón de ser de reconvertir a agentes de la economía informal en cotizantes. Eso sí, Cataluña preocupa muy especialmente...

-¿Por qué?

-Se está convirtiendo en el epicentro donde se multiplican concepciones racistas, como el eslogan fascista de Convergència i Unió de «No cabemos todos». Y precisamente en mi libro critico duramente a tres autores que en Cataluña tienen mucho predicamento: George Borjas (cuya obra contra la inmigración «Heaven's door» no está traducido al español pero sí al catalán), Samuel Huntington y Giovanni Sartori, con su idea de la ciudadanía revocable, que viene a ser el contrato de integración. Es el auge de la «xenelasia» del mundo griego, de la expulsión del extranjero. Y es que en una pasión nacionalista siempre hay elementos racistas.

«El cálculo egoísta»

Encontrado el cadáver de un subsahariano

http://www.elfarodigital.es/ceuta/sucesos/39247-encontrado-el-cadaver-de-un-subsahariano-.html

Encontrado el cadáver de un subsahariano

Agentes de la Guardia Civil recuperaron a primera hora de la mañana de ayer el cadáver de un inmigrante subsahariano que había pretendido entrar a nado bordeando el espigón de Benzú, ayudado por un chaleco salvavidas. Aparentemente, según las apreciaciones de la Benemérita y las estimaciones iniciales del médico forense, podría tratarse de un adolescente, de unos 16 años, extremo éste que se confirmará en la autopsia que se le realizará en las próximas horas.
Agentes de la Benemérita localizaron el cuerpo flotando en el agua, procediendo a su recuperación y traslado hasta la orilla. El joven había intentado entrar en Ceuta esa misma madrugada, falleciendo en el intento por cruzar un corto recorrido que es el que separa el lado marroquí del español, bordeado y separado únicamente por el espigón de Benzú.
Tras la llegada de la autoridad judicial se procedió al levantamiento del cadáver, pasadas las nueve de la mañana, siendo trasladado hasta el cementerio de Santa Catalina para la práctica de la autopsia que apuntará las causas exactas de su muerte.
El joven había intentado su entrada en solitario, ya que de los exámenes de las cámaras del COS no se ha detectado otras entradas por ese mismo punto en ese periodo horario. Ahora el Instituto Armado intenta la identificación del joven para conocer si tenía familiares en el CETI o compatriotas que le conocieran. El mes pasado la Benemérita recuperó también el cuerpo de otro inmigrante, esta vez magrebí, cuyos restos se encontraron en la playa del Tarajal.

No pudo superar la alambrada

Hace años la Delegación del Gobierno ordenaba blindar los espigones de Benzú y Tarajal colocando alambradas y concertinas, al objeto de hacer más complicada la entrada de los inmigrantes por mar. El joven fallecido ayer no pudo superar siquiera este espigón falleciendo en su intento por alcanzar el otro lado, en este caso la costa ceutí. Un recorrido corto pero complicado.

Las solicitudes para adoptar cayeron un 12% por la crisis Asturias alcanzó el año pasado la cifra récord de 75 adopciones internacionales, el doble que en 2009

http://www.elcomerciodigital.com/v/20110301/asturias/solicitudes-para-adoptar-cayeron-20110301.html

Las solicitudes para adoptar cayeron un 12% por la crisis

Asturias alcanzó el año pasado la cifra récord de 75 adopciones internacionales, el doble que en 2009

01.03.11 - 02:56 L. MAYORDOMO / AGENCIAS | GIJÓN.

20 menos que en 2009 y 56 menos que en 2008. El número de familias asturianas que solicita un niño en adopción -ya sea nacional o internacional- ha ido disminuyendo de forma progresiva en los tres últimos años. Para la directora del Instituto Asturiano de Atención Social a la Infancia, Familias y Adolescencia (IAASIFA), Gloria Fernández, la explicación está clara: el hecho de que en 2010 sólo se registraran 148 solicitudes -78 nacionales y 70 internacionales-, un 12% menos que el año anterior, está vinculado con la influencia de la crisis económica.
Sin embargo, este descenso en el número de solicitudes no evitó que 2010 fuera un año de récord. Nunca antes se habían formalizado en el Principado tantas adopciones internacionales como el año pasado. Fueron 75, el doble que en 2009. «Un número elevadísimo», constató la propia Gloria Fernández, quien explicó que esa cifra responde a una «coincidencia»: en 2010 concluyeron varios procesos abiertos desde hacía tiempo.
En estos momentos, los plazos para optar a una adopción internacional duran 6 meses y, según la directora del IAASIFA, el 99% de las familias obtienen la certificación de idoneidad.
Otro dato significativo de la memoria 2010 del Instituto Asturiano de Atención Social a la Infancia es que el año pasado se abrieron 564 expedientes de protección de menores, entre los que destacan los 56 relativos a menores con problemas de conducta, los siete de niños explotados laboralmente o los de 12 menores que sufrieron abuso sexual.

Perfil de los menores

http://www.laverdad.es/alicante/v/20110301/provincia/perfil-menores-20110301.html

PROVINCIA ALICANTE

Perfil de los menores

01.03.11
La memoria refleja que la edad media de los menores atendidos en los centros es de 16 años y medio. Por tipología del núcleo de convivencia, cabe destacar que el 29% son familia monoparental y el 10% de los chicos se hallaban en situación de desamparo o tutela.
Por lo que respecta al nivel académico de los menores en el momento del ingreso en el centro, el 43,8% tenían estudios de enseñanza secundaria o superior y el 16,7% seguían estudios de tercer ciclo de primaria. El 5,2% tenía conocimientos elementales de lectoescritura y únicamente el 4% se podría calificar de analfabeto.
Por lugar de residencia, el 50% pertenecen a Valencia y provincia, mientras el 37,5% es de Alicante y el 12,5% de Castellón. Sólo 4 menores procedían de otras comunidades (Madrid, Asturias, Cataluña y Castilla-León). El 70% son españoles y el 30% de origen extranjero, siendo los marroquíes el grupo más numeroso (81 menores), seguidos de los colombianos (40 chicos).

La negligencia de las familias en el cuidado, principal causa de la apertura de expedientes Crecen las adopciones internacionales en 2010 y desciende el número de solicitudes Más de tres mil trescientos menores han podido permanecer en el ámbito fami

http://www.lne.es/sociedad-cultura/2011/03/01/negligencia-familias-cuidado-principal-causa-apertura-expedientes/1040077.html

La negligencia de las familias en el cuidado, principal causa de la apertura de expedientes

Oviedo, M. S. M.
La principal causa de la apertura de expedientes es la negligencia de las familias en la atención y trato a los hijos. Ciento cincuenta y un casos corresponden a una situación de necesidad familiar, mientras que 150 han sido por abandono literal, donde se incluyen los menores extranjeros no acompañados, 56 por dificultad de control en la conducta del niño, 76 por algún tipo de maltrato, 7 por explotación laboral y 12 por abuso sexual. Este apartado subió en relación a 2009 cuando se contabilizaron 7 casos.

Gloria Fernández destacó la reducción del número de menores implicados en diligencias por hechos que podrían ser constitutivos de delito, 24 en 2010 frente a los 36 en 2009, 84 en 2008 y 112 en 2007. Por áreas, Oviedo continúa encabezando la lista con 205 expedientes abiertos, seguida de Gijón con 170, Avilés con 79 y Langreo con 59.

Programas de acogida

En 2010 se constituyeron 112 nuevos acogimientos -98 en familia extensa (parentesco) y 14 en familia ajena-. Hasta el 31 de diciembre de 2010 había un total de 773 menores acogidos en el Principado (659 en familia extensa y 114 en familia ajena).

El Instituto de Atención Social a la Infancia promueve programas de acogimiento de niños que no encuentran familia en el programa general de adopción:

1. «Se buscan abrazos». Seis niños con necesidades educativas especiales han pasado a ser acogidos temporalmente por una familia a través de este programa. Actualmente son un total de 49 familias y 31 menores.

2. «Familias canguro». Este programa ha facilitado la acogida temporal de 15 menores mientras se resuelve la situación de las familias biológicas o hasta que puedan ser adoptados.

3. «Familias voluntarias». Son familias que acogen durante los fines de semana y las vacaciones a menores alojados en centros de la red de protección. En 2010 un total de 38 familias se hicieron cargo de 43 menores.

El Instituto de Infancia invirtió más de 800.000 euros en ayudas a familias para promover el acogimiento.
http://www.lne.es/sociedad-cultura/2011/03/01/crecen-adopciones-internacionales-2010-desciende-numero-solicitudes/1040076.html

Crecen las adopciones internacionales en 2010 y desciende el número de solicitudes

Más de tres mil trescientos menores han podido permanecer en el ámbito familiar por los programas del Principado

Gloria Fernández. / Nacho Orejas
Gloria Fernández. / Nacho Orejas 
Sociedad Oviedo, M. S. MARQUÉS
Las adopciones internacionales crecieron en 2010 en Asturias por encima de la media de los últimos años. La directora del Instituto Asturiano de Atención Social a la Infancia, Familia y Adolescencia, Gloria Fernández, aseguró que el pasado año llegaron al Principado 75 niños procedentes de distintos países frente a los 38 que lo hicieron en 2009. Los menores adoptados procedían de Rusia (29), Vietnam (15), Etiopía (13), Colombia (6), China (4), Kazajastán (4), México (1), Panamá (1), Perú (1) y Ucrania (1).

La responsable del Instituto dio a conocer ayer el balance del pasado año y calificó el aumento de la llegada de niños de adopciones internacionales de «casualidad», ya que, según dijo, se dio la circunstancia de que «se resolvieron expedientes que venían de muy atrás».

Para Gloria Fernández, al número «elevadísimo» de adopciones internacionales del pasado año se contrapone al descenso de solicitudes tanto en el ámbito nacional (78 en 2010 frente a las 118 de 2008) como en el internacional (70 en 2010 frente a las 86 en 2008), para lo que no tiene una explicación clara, aunque opina que la actual coyuntura económica puede tener algo que ver con el retraimiento de las familias. En la actualidad hay en el programa de adopción 49 niños en disposición de ser adoptados, de los cuales 19 son mayores de seis años y sólo 15 menores de dos años, esta última es la franja de edad más demandada.

Para la responsable del instituto una de las cifras más satisfactorias de la memoria de actividades son los 3.307 menores que han podido permanecer en su ámbito familiar gracias a los distintos programas que tiene en marcha la Consejería de Bienestar Social. El objetivo, según Gloria Fernández, es evitar la institucionalización, es decir, conseguir que no sea necesario su ingreso en los centros de menores.

En 2010 se abrieron 564 expedientes por una situación de desprotección infantil, 39 más que en 2009, siendo la media de unos 500 en los últimos años. La mayoría de los casos se originan en lo que Gloria Fernández llamó el ocho asturiano: Oviedo (205), Gijón (170) , Avilés (79), Langreo (59) y Mieres (16) y añadió que en 139 de los casos, 26 menos que el año anterior, el IAASIFA asumió la tutela del menor.

Las demandas de la situación de desprotección llegan al Instituto a través de los servicios municipales (165 notificaciones), hospitales (53), fiscalía (120), Policía y Guardia Civil (113), entre otros organismos. En 2010 ingresaron en las unidades de primera acogida del Principado por expedientes de maltrato un total de 214 menores, entre ellos 38 de 0 a 1 año y 137 adolescentes.

También se contabiliza un descenso en la llegada de extranjeros no acompañados, 75 frente a los 91 de 2009, que por nacionalidades, fueron 43 marroquíes, 25 rumanos, 4 senegaleses y 3 de Ghana.

El Instituto de Infancia acogió en 2010 a un total de 580 menores que se mantenían alojados a 31 de diciembre de 2010. A lo largo del año hubo 112 ingresos y y 105 bajas por cumplimiento de la mayoría de edad.

Hallan el cadáver de un menor inmigrante cerca de Ceuta El joven habría intentado entrar en la ciudad a nado de madrugada y falleció al no poder alcanzar la costa

http://www.abc.es/20110228/espana/rc-hallan-cadaver-menor-inmigrante-201102280942.html

Hallan el cadáver de un menor inmigrante cerca de Ceuta

El joven habría intentado entrar en la ciudad a nado de madrugada y falleció al no poder alcanzar la costa

EFE / CEUTA Día 28/02/2011 - 11.37h comentarios

La Guardia Civil de Ceuta ha recuperado del mar el cadáver de un inmigrante subsahariano, menor de edad, que presuntamente ha fallecido por asfixia por inmersión al intentar entrar a nado de forma clandestina en la ciudad procedente de Marruecos.

Según ha informado hoy un portavoz de la Guardia Civil, el hallazgo se produjo ayer en las inmediaciones del espigón de Benzú, cerca de la frontera norte con Marruecos. El cadáver estaba flotando en el agua y fue visto por unos vecinos de la zona, los cuales alertaron al Servicio Marítimo de la Guardia Civil, que se encargó de su recuperación y posterior traslado a la orilla.

El joven, según los primeros datos, habría intentado entrar en la ciudad a nado esa misma madrugada y falleció al no poder alcanzar la costa bordeando la distancia desde Marruecos hasta Ceuta. El cuerpo se corresponde, según los primeros indicios, con el de un menor subsahariano de unos 16 años, el cual ha sido trasladado al tanatorio municipal para la práctica de la autopsia que revelará las causas exactas del fallecimiento.

La Guardia Civil ha iniciado los trámites para conseguir la identificación del joven, que habría intentado el pase en solitario, sin la compañía de ningún compatriota.

Hallan el cadáver de un menor inmigrante cerca de Ceuta. El joven habría intentado entrar en la ciudad a nado de madrugada y falleció al no poder alcanzar la costa

http://www.elcorreo.com/vizcaya/rc/20110228/sociedad/hallan-cadaver-menor-inmigrante-201102281039.html

inmigración ilegal

Hallan el cadáver de un menor inmigrante cerca de Ceuta

El joven habría intentado entrar en la ciudad a nado de madrugada y falleció al no poder alcanzar la costa

La Guardia Civil de Ceuta ha recuperado del mar el cadáver de un inmigrante subsahariano, menor de edad, que presuntamente ha fallecido por asfixia por inmersión al intentar entrar a nado de forma clandestina en la ciudad procedente de Marruecos.

Según ha informado hoy un portavoz de la Guardia Civil, el hallazgo se produjo ayer en las inmediaciones del espigón de Benzú, cerca de la frontera norte con Marruecos. El cadáver estaba flotando en el agua y fue visto por unos vecinos de la zona, los cuales alertaron al Servicio Marítimo de la Guardia Civil, que se encargó de su recuperación y posterior traslado a la orilla.

El joven, según los primeros datos, habría intentado entrar en la ciudad a nado esa misma madrugada y falleció al no poder alcanzar la costa bordeando la distancia desde Marruecos hasta Ceuta. El cuerpo se corresponde, según los primeros indicios, con el de un menor subsahariano de unos 16 años, el cual ha sido trasladado al tanatorio municipal para la práctica de la autopsia que revelará las causas exactas del fallecimiento.

La Guardia Civil ha iniciado los trámites para conseguir la identificación del joven, que habría intentado el pase en solitario, sin la compañía de ningún compatriota.

Encuentro Nacional de Educadores de Menores. Grandes retos de la profesión. Grupo Ideo, Jaén, 27 a 29 setiembre 2011

http://www.ujaen.es/investiga/ideo/docs/encuentroNacional.pdf

Encuentro Nacional de Educadores de Menores. Grandes retos de la profesión

Grupo Ideo, Jaén, 27 a 29 setiembre 2011


El Grupo Ideo asume el reto de reunir en la Ciudad de Jaén a profesionales de diferentes lugares de España, con la finalidad de generar un espacio de formación, intercambio, reflexión y búsqueda de estrategias comunes para el progreso y dignificación de la profesión de Educador, Educadora de Menores.

Charlas - Coloquios :
  • La Defensa de los Derechos de la Infancia como garantía de la labor educativa. Vicenç Galea i Montero, Educador Social, Col·lectiu DRARI دراري.
  • Menores migrantes no acompañados en España : Evolución del fenómeno. Violeta Quiroga Raimúndez, Antropóloga, Fundació Pere Tarrés.
  • El proceso de tramitación de la documentación del menor. Juan Ignacio de la Mata Gutiérrez, Letrado, Fundación Raíces.
  • El Educador en el desarrollo de la competencia intercultural. Antonio Salvador Jiménez Hernández, Psicopedagogo, Grupo Ideo.
Temáticas para trabajar en grupos :

  • La labor interdisciplinar del equipo educativo.
  • Orientación académica y laboral. Preparación para la vida autónoma.
  • Análisis comparativo de leyes autonómicas de la infancia.
  • Condiciones laborales de los profesionales.
Plazo de preinscripción : del 01 de marzo al 30 de abril.
Solicita el formulario de preinscripción a : <antonio.jimenez@dedu.uhu.es>

http://www.ujaen.es/investiga/ideo/docs/encuentroNacional.pdf

La Administración genera marginalidad entre los menores.

Pese a ser una obligación de la Administración, muchos menores inmigrantes no acompañados alcanzan la mayoría de edad sin tener sus papeles en regla. Esto, denuncian organizaciones sociales, les aboca a la exclusión.

Cumplir los 18 años es de todo menos emocionante cuando se es un menor extranjero no acompañado. “¿Cómo miraríamos a un padre y a una madre que el día que su hijo o hija cumple 18 años lo hecha a la calle?”, se pregunta Vicenç Galea, del colectivo catalán Drari, juristas por los derechos de la infancia.

La legislación española considera que los menores, extranjeros o autóctonos, que no tienen quién se haga cargo de ellos están en una situación de riesgo y vulnerabilidad por lo que la Administración debe hacerse cargo de ellos y tutelarlos. Actualmente, son las comunidades autónomas las que asumen estas responsabilidades. Pero al alcanzar la mayoría de edad, los menores extranjeros se encuentran en una situación de suma precariedad. Aunque existen programas de emancipación en diferentes comunidades, la falta de recursos hace que las plazas sean insuficientes y sólo unos pocos chicos puedan hacer uso de ellas. Pero en muchos casos, el problema reside en un generalizado caos administrativo que hace que no tengan la documentación en regla. En otros, es compleja la regularización de su situación una vez han salido del centro en el que estaban tutelados, y les resulta casi imposible conseguir un permiso de trabajo que les permita renovar, más tarde, la residencia. Y eso que proveerles de los papeles es una obligación de la Administración establecida legalmente.

Aunque, según la Ley de Extranjería, la Administración dispone de un máximo de nueve meses para proveer al menor de un permiso de residencia, la tónica general es la negligencia, actitud que varias organizaciones que trabajan con estos menores interpretan como mala fe.

Hay “muchos chicos indocumentados o a medio documentar: un problema casi imposible de solucionar, porque cuando ya tienen 18 años se convierten en un inmigrante más quedándoles solamente para regularizar su situación la vía del arraigo”, explica Galea. En Cataluña “las administraciones se toman el plazo máximo de nueve meses, como mínimo, y hasta que no pasa ese tiempo con el menor entre manos no empiezan a plantearse lo de la residencia. La solicitan más tarde y el chaval ha perdido un tiempo de antigüedad porque en su dosier se pone la fecha del día en que se la pidieron. Durante un tiempo no ha existido, ha estado en un limbo”, denuncia. Además, afirma Galea, aunque la falta de permiso de residencia no es impedimento legal para cursar estudios, en la práctica sucede así. Y tras semejante itinerario, “cuando se le concede la residencia, ya queda poco tiempo para que estudie y pueda llegar a los 18 años con un diploma”.

En otros casos, como en Melilla, se marea a los menores que cumplen la mayoría de edad pidiéndoles documentos que para ellos es prácticamente imposible conseguir: “Conociéndoles perfectamente y teniéndolos tutelados les han pedido que presenten un certificado marroquí de que están solteros o un certificado de antecedentes penales. Todo es una trampa”, señala José Palazón, de la asociación pro derechos de la infancia Prodein. Hasta noviembre del año pasado, la Administración melillense les retenía, además, la documentación, dejándoles, cuando no estaban en el centro de tutela, expuestos a ser detenidos y expulsados. Tras ser amonestada por el Defensor del Pueblo, la Consejería de Bienestar Social aceptó entregar su documentación a los chavales y solicitar el certificado de tutela con carácter inmediato. Pero aquellos que habían alcanzado la mayoría de edad con anterioridad no se vieron beneficiados y han quedado en situación irregular.

El menor M., que había estado ocho años en el centro de acogida del Fuerte de la Purísima, un antiguo cuartel militar en las afueras de la ciudad, vive ahora en una chabola junto al centro y ya ha sido detenido por la policía alguna vez. I. es de Fez y ha estado cuatro años en La Purísima. El 23 de enero fue una vez más a las oficinas de Extranjería a solicitar su documentación. Tiene un precontrato, es carpintero. Esta vez le han cogido la solicitud, cree que porque el personal que le atendió era nuevo. Ahora le toca esperar. “Cuando cumplí 18 años me echaron a la calle. Entonces el permiso de residencia todavía no estaba caducado, pero ahora no quieren renovármelo, no quieren darme lo mío, para que pueda irme de aquí y buscarme la vida como los demás, para sentirme como los demás. Me piden el pasaporte marroquí y no sé qué..., pero ¿cómo? Si yo llevo toda mi vida aquí. Si me dan la residencia puedo ir a Marruecos a pedirlo, pero si no tengo la residencia ¿podré volver a entrar? Es política: dicen que tienes que largarte de aquí”, cuenta por teléfono. Tan sólo cuatro días después, dos compañeros suyos se toparon con lo que a Palazón le parece que será la futura estrategia de la Administración de Melilla: les solicitaron el empadronamiento, que el centro no había tramitado. Cuando fueron ahí a pedirlo, como ya son mayores de 18 años, no se lo tramitaron. “Se consigue dar un paso adelante, y ellos encuentran otra forma de seguir haciendo lo mismo”, observa con cansancio José Palazón.

En Asturias, donde la llegada de chavales extranjeros es un fenómeno relativamente nuevo –apenas tres años–, también “se buscan fórmulas ‘elegantes’ para que el incumplimiento de la legislación no chirríe: retrasar la documentación, complicar los trámites burocráticos, etc.”, el Colectivo SocialyJusticia. Como la Ley de Extranjería prevé que, aunque hayan alcanzado la mayoría de edad, se les puede conceder un per- miso por una vía especial si la falta de permisos de residencia se debe al mal funcionamiento de una administración, los colectivos asturianos que se ocupan de estos menores están intentando trabajar esta vía.

Pese a que la Comunidad Autónoma Vasca tiene mejor reputación, Ana Stern, de SOS Racismo Guipúzcoa, insiste en que “resolver la cuestión de la documentación es básico. Para invertir bien en menores de edad, tenemos que invertir en mayores de edad: si no, nos encontramos con unas bolsas de pobreza y de exclusión que cada vez irán creciendo más. Se trata de una cuestión transautonómica, transnacional”.

En cuanto a Madrid, Juan Ignacio de la Mata, abogado de la Coordinadora de Barrios, constata que la documentación necesaria “primero no se tramita y lo que se tramita se hace en contra de la ley y del espíritu que debe regir las actuaciones en materia de protección, que es el interés superior del menor. Este interés superior integra el derecho a una correcta documentación”. A su juicio, con estas negligencias “se está abocando a los chavales tutelados a la marginalidad porque la no documentación genera desintegración social”. “En general, la administración pública usa todos los subterfugios que puede para eludir el compromiso”, subraya Galea. En ello coinciden desde Asturias: “Se copian para todo menos para lo bueno”.

Sobre Centros de Menores . Defensor Pueblo

RECOMENDACIONES

I. DE CARÁCTER GENERAL

1. Que se lleven a cabo las investigaciones que permitan conocer los datos básicos sobre la incidencia de este problema en nuestra sociedad(..).
2. Que se preste atención especial al desarrollo de protocolos que delimiten el ámbito de atención a menores con trastornos de conducta y en situación de dificultad social, y definan criterios de calidad, evaluación, seguimiento y buenas prácticas en esta intervención, en el marco del Plan Estratégico Nacional de Infancia y Adolescencia 2006-2009.

4. Que, (::) se preste especial atención al cumplimiento de la normativa referida a la adecuación de las instalaciones, con carácter previo a la aprobación de cualquier proyecto que conlleve el acogimiento residencial de menores. De esta manera, se debe evitar la habilitación de nuevos recursos que no reúnan las condiciones(.).
5. Que se valore la conveniencia de establecer un marco jurídico general sobre los menores con trastornos de conducta y en situación de
dificultad social, determinando los supuestos, requisitos y condiciones en los que las entidades públicas de protección de menores pueden aplicar
programas específicos que contemplen la utilización de medidas de contención de carácter no sancionador.
6. Que el derecho a la asistencia jurídica gratuita sea reconocido en todo caso a los menores y a sus padres, u otros representantes legales, en el marco de los procedimientos de desamparo y los dirigidos a adoptar medidas de protección en el ejercicio de la tutela administrativa.

7. Que las administraciones públicas intensifiquen las medidas de prevención y de protección que permitan garantizar a los menores en situación de dificultad social el pleno desarrollo de su personalidad y evitar así que esas situaciones deriven en el desamparo del menor o incluso en conductas contempladas por la Ley Orgánica 5/2000,.

9. Que se intensifiquen las actuaciones dirigidas a establecer dispositivos y recursos intermedios y de rehabilitación de las situaciones de dificultad social desde los ámbitos educativo, sanitario y social que hagan innecesaria la institucionalización

10. Que, en los casos en que el interés del menor requiera su atención en régimen de acogimiento residencial, se diversifiquen los proyectos de atención(..)de forma que se elimine la práctica de
atender en un mismo programa a menores que requieren medidas de protección y a aquellos que cumplen una medida de justicia juvenil.
11. Que se revise el actual modelo de especialidades de psiquiatría y psicología clínica para incluir, como áreas de capacitación preferente, en la infancia y la adolescencia.
12. Que se conceda la prioridad que merecen a las conclusiones contenidas en el documento “La Estrategia en Salud Mental del Sistema Nacional de Salud” en relación con la atención infanto-juvenil, y que se pongan en práctica sus recomendaciones, en especial las siguientes:
o Realización de intervenciones preventivas en la primera infancia y la adolescencia.
o Materialización de las intervenciones comunitarias orientadas mejorar la dinámica social en áreas geográficas con riesgo social alto(..).
o Estudio y evaluación de intervenciones orientadas a informar y a educar sobre los riesgos que tiene para la salud las sustancias adictivas en adolescentes.
o Protocolización de procesos de atención relativos a trastorno mental(..) infanto-juvenil y trastorno generalizado del desarrollo.
o Implantación de un modelo de coordinación entre servicios sociales, educación y justicia, que garantice la continuidad de los cuidados (...)
13. Que se promueva el acceso de todos los menores a los recursos públicos destinados al diagnóstico y tratamiento de las situaciones de dificultad social derivadas de los trastornos de conducta, sin discriminación alguna, en función de su condición de menores tutelados o no tutelados por la administración pública.

II. ESPECÍFICAS
15. Que la resolución administrativa que pone fin al procedimiento, y mediante la que se acuerda el ingreso de un menor en un centro para menores con necesidades especiales, esté siempre debidamente motivada(..). Dicha resolución deberá ser notificada de modo personal tanto a los padres, cuando no exista resolución judicial que lo prohíba, como al propio menor, en la forma adecuada a su edad y circunstancias,de acuerdo con la Ley 30/1992.

16. Que se solicite la autorización judicial en los términos previstos en el artículo 763 de la Ley 1/2000, de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil, siempre que el internamiento del menor se produzca por razón de
trastorno psíquico(...) y asimismo (..) autorización judicial para el ingreso en todos aquellos centros que apliquen medidas que conlleven alguna limitación de los derechos que los menores.
20. Que, de acuerdo con lo previsto en el artículo 21 de la Ley Orgánica 1/1996, de 15 de enero, de Protección Jurídica del Menor, se procure que el menor permanezca internado durante el menor tiempo posible, salvo que convenga a su interés. En consecuencia, no deberá supeditarse el alta a la carencia de recursos intermedios.

22.Se respete el derecho del menor a ser oído y se le escuche siempre antes de que se adopte una decisión que le afecte.
23. Que, en aquellos casos en que los menores, no estén de acuerdo con la medida de protección adoptada, (..) arbitrar los cauces para que puedan plantear una reclamación o recurso, con asistencia jurídica cualificada.
25. Que se establezca en todos los centros un sistema de quejas y reclamaciones, de las que deberá tener constancia, en todo caso, la entidad pública (..).
26. Que se permitan y faciliten, salvo resolución judicial en contrario, las relaciones con la familia del menor, debiendo quedar establecida en el proyecto individualizado la frecuencia de las mismas, .

28. Que, por la entidad pública(...)se garantice que todo menor en edad de escolarización obligatoria, sea matriculado en un centro docente y asista con regularidad y normalidad al mismo. En el supuesto de que no se considere adecuada la asistencia de algún menor al centro educativo, se le facilitará la atención educativa individualizada que requiera mediante el oportuno profesorado facilitado por la Administración educativa.

30. Que la prescripción y administración de fármacos a los menores(...)se lleve a cabo de conformidad y en los estrictos términos el artículo 9.3. de la Ley 41/2002, de 14 de noviembre.

31. Que, en todo caso, se informe adecuadamente al menor del tratamiento médicopara que pueda dar su consentimiento informado al mismo.
(...), cuando el menor no sea capaz (..) de comprender el alcance de la intervención, se requiera el consentimiento de la entidad pública competente, como representante legal de aquél, después de haber escuchado al menor si tiene doce años.
En el supuesto de que hubiere cumplido los dieciséis años y no prestara su consentimiento para someterse al tratamiento prescrito, se requerirá la pertinente autorización judicial, conforme a lo previsto en el
artículo 9.3.c. de la Ley 41/2002.

33. Que, en todo caso, cuando se trate de una actuación de grave riesgo, según el criterio del facultativo, los padres sean informados y su opinión tenida en cuenta para la toma de la decisión correspondiente.

34. Que , procedan a su elaboración de una norma que regule el funcionamiento de los centros, detallando los contenidos mínimos que deben tener los reglamentos de régimen interno, el procedimiento de quejas y sugerencias, el régimen de infracciones y sanciones, y los protocolos que deben seguirse para aplicar medidas de contención en situaciones de crisis de los menores, entre otros aspectos.

35. Que las entidades públicas de protección de menores comprueben que todos los centros de atención a menores en situación de dificultad social disponen del preceptivo reglamento de régimen interno, debidamente aprobado y conforme a lo previsto en la normativa aplicable.

36. Que, a su llegada al centro, se facilite al menor información escrita, redactada en lenguaje claro, sencillo y adaptado a su nivel de comprensión, sobre sus derechos y obligaciones, cuestiones de rganización general, normas de convivencia y funcionamiento del centro y procedimientos para formular peticiones, quejas o recursos.(...).
37. Cuando excepcionalmente, se considere necesaria la práctica de cacheos y otras medidas de registro que incluyan el desnudo integral de los menores, se comunique a los juzgados de primera instancia, y se practiquen dichos registros conforme a los requisitos que exige la jurisprudencia del Tribunal Constitucional.

38. La corrección de conductas contrarias a la convivencia habrá de tener una finalidad educativa, como instrumento de aprendizaje para los menores, y deberá tender siempre a la búsqueda de un efecto
rehabilitador en cada menor.

39. Que el régimen de infracciones y sanciones esté tipificado en el reglamento, y no contemple directa o indirectamente castigos corporales, maltrato psíquico, privación de la alimentación o del descanso, privación del derecho a sus relaciones personales, privación del derecho a la educación obligatoria y de asistencia al centro escolar, ni atente contra la dignidad de la persona mediante acciones que conduzcan a su humillación o ridiculización, y, en ningún caso, establezca restricciones de igual o mayor entidad que las contempladas en la legislación reguladora de la responsabilidad penal de los menores.
Las sanciones deberán ser proporcionales a la infracción cometida, tener en cuenta las circunstancias en las que se ha producido y las características del menor, y su aplicación deberá ser en todo caso supervisada por la Dirección del centro, dando cuenta al servicio especializado de protección de menores. En la mayor medida posible, se alentará el uso de medidas alternativas a la separación del grupo.
40. Que,(...) la sanción de separación del grupo se imponga solamente en los casos en que se manifieste una evidente agresividad o violencia por parte del menor, o cuando éste, reiterada y gravemente, altere la normal convivencia en el centro.
El reglamento de régimen interior deberá recoger la duración de la sanción de separación del grupo, la cual se ajustará a la gravedad de la infracción cometida.
Mientras esté cumpliendo la sanción, el menor dispondrá, como mínimo, de dos horas al aire libre, y deberá asistir, en su caso, a la escuela, centro formativo o centro de trabajo, pudiendo recibir, demás,
las visitas contempladas en su proyecto educativo individual. Durante el horario general de actividades, se programarán ocupaciones alternativas para los menores separados del grupo.
Diariamente, visitará al menor el médico o el psicólogo, que informará a la Dirección del centro sobre el estado de salud física y mental del menor, así como sobre la conveniencia de suspender, modificar o dejar sin efecto la sanción impuesta.
41. Que, (..)se prohíba el uso de la fuerza en el control de los menores, salvo cuando se hayan agotado y hayan fracasado todos los demás medios, y que sólo se utilice de la forma expresamente autorizada y
descrita en el reglamento de régimen interno.
42. Que se aprueben protocolos de intervención en casos de crisis de los menores que supongan la adopción de medidas de contención física
o farmacológica o, en su caso, de aislamiento, en los que se determinen las personas encargadas de cada función, su forma de actuación, la autorización, y los informes que,deberán remitirse a la entidad pública de protección de menores.
43. Que se limite la estancia en aislamiento al tiempo mínimo e imprescindible, y se prohíba, en todo caso, su utilización como medida sancionadora.

46. Que los profesionales (..)refuerzo que les ayuden a afrontar las situaciones de tensión emocional derivadas del desarrollo de su labor.

48. Que se facilite formación específica para realizar posibles contenciones al personal (..)y, en todo caso, a los vigilantes de seguridad, para que realicen sus funciones con pleno respeto.

49. Que,(..)en todos aquellos centros en los que sea necesario acometer reformas para la adecuación de centros , se doten los recursos necesarios .

51. Que(..)la Administración asegure la protección , a través de la inspección y supervisión de todos los centros .
54. Que, siempre que la Administración haya delegado la gestión (..) en entidades privadas exija una total transparencia en la gestión de los gastos,

56. Que, por parte de los fiscales, se visiten periódicamente los centros (..) entrevistándose reservadamente con los menores que así lo soliciten, promoviendo la corrección de las deficiencias.
57. Que se dote a la Fiscalía de los medios para realizar el control del funcionamiento y organización de los centros y de los proyectos educativo.

II Jornadas " Día Internacional de los Derechos de los Menores"

II Jornadas " Día Internacional de los Derechos de los Menores"
Noviembre-09 ASTURIAS

2 Diciembre

DECLARACIÓN DE LAS DEFENSORÍAS DEL PUEBLO SOBRE LAS RESPONSABILIDADES SOBRE LOS MNAs

Introducción

En los últimos meses estamos asistiendo de nuevo a la llegada de menores extranjeros no acompañados a la Comunidad de Canarias. Estos menores se unen a otros jóvenes procedentes del norte de África que también han llegado a nuestro país en los últimos años. Conjuntamente, plantean un reto de extraordinaria magnitud a nuestras instituciones y a nuestra sociedad desde el punto de vista de la capacidad de acogida, de protección, de formación y de inserción social de estos jóvenes.
Esta situación ha planteado un serio problema de capacidad de acogida inmediata a la Comunidad de Canarias, que ha visto desbordados sus recursos de atención dirigidos tanto a la población adulta como a los menores.(:::)
Con independencia de los retos que el fenómeno de la inmigración supone para el diseño y el desarrollo de las políticas sociales, las defensorías del Estado coincidimos en subrayar la necesidad de alcanzar acuerdos entre las distintas administraciones públicas del Estado en un tema tan importante desde el punto de vista de los derechos de los menores. Asimismo, queremos advertir de que, a pesar de su importancia, se trata sólo de un primer paso en la obligación inexcusable que tienen las administraciones públicas de velar por el interés primordial del menor, tal como establece el artículo 3 de la Convención de los Derechos del Niño, y atender sus derechos como los de cualquier otro ciudadano menor de edad que se encuentre en territorio español (Ley 1/1996 de protección jurídica del menor). Cabe recordar, asimismo, que el artículo 2.1 de Convención de los Derechos del Niño prohíbe explícitamente la discriminación del menor por razón de origen nacional. Además, el ordenamiento jurídico español establece claramente que los menores son ante todo menores, principio que debe prevalecer sobre la condición de extranjero.

La Red Europea de Defensores del Menor (ENOC, European Network of Ombudspersons for Children), aprobó en su última reunión anual una declaración instando a los países miembros del Consejo de Europa a tomar las medidas necesarias para asegurar los derechos de los menores no acompañados. Este hecho demuestra la relevancia que adquiere este fenómeno a escala europea y justifica que, dada la especial importancia que tiene para el caso español, las defensorías presentemos una declaración para expresar ante la sociedad española nuestra responsabilidad de velar para que los derechos de estos menores sean garantizados. Subrayar las obligaciones que las distintas administraciones públicas tienen respecto a los menores y recomendar algunas acciones dirigidas a reforzar el cumplimiento de sus derechos.


Principios de actuación

VER Observacion 6ª de las Naciones Unidas(2005)

1) Las Administraciones públicas competentes en las distintas CCAA deben asumir la tutela del menor de forma inmediata, mientras se estudia la realidad del menor y del núcleo familiar de origen. Debe evitarse que la fase de estudio de su situación suponga en la práctica la privación de acceso a recursos socioeducativos y a la formación laboral.

2) Las Administraciones competentes deben empezar a documentar al menor y tramitar su (tarjeta temporal)residencia cuando quede acreditada la dificultad de retorno con su familia, de acuerdo con el artículo 35.4 de la Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social, sin esperar los nueve meses que establece el Reglamento (Real Decreto 2393/2004, de 30 de diciembre), plazo que, de acuerdo con una interpretación conforme a la ley, debe ser considerado un máximo.

3) Los menores no deben ser repatriados a sus países de origen salvo que existan garantías de que la reintegración a su núcleo familiar de origen (o recurso de protección alternativo) asegure el mejor interés para el menor. La decisión debe tener en cuenta el propio punto de vista del menor –que tiene derecho a ser escuchado- y sólo puede llevarse a cabo después de un estudio detenido de los recursos disponibles en su país de origen.

4) Las pruebas médicas previas de determinación de la edad sólo deberán ser realizadas en casos de duda y deberían efectuarse con el asesoramiento de expertos independientes y tecnología moderna que incluya una combinación de pruebas físicas, sociales y psicológicas.
Siempre deberá tomarse como edad de referencia la menor que resulte de las pruebas médicas realizadas.

5) Los menores deberían recibir asistencia jurídica independiente de la Administración, como es el turno de oficio colegial, con el fin de asegurar que los procesos administrativos o judiciales se lleven a cabo teniendo en cuenta su interés superior.

6) Las Comunidades Autónomas deben coordinar sus modelos de atención a los menores inmigrantes no acompañados para evitar “fugas” de los menores a aquellas comunidades que garantizan mejor el proceso de tutela y residencia y que ofrecen mejores recursos socioeducativos.

7) Asimismo, las Comunidades Autónomas y las Delegaciones del Gobierno coordinarán también su actuación en los ámbitos de sus respectivas competencias para evitar disfunciones y asegurar que la propuesta sea la más adecuada al interés del menor en cada caso. Para facilitar la coordinación interinstitucional es necesario disponer de un registro unificado de menores inmigrantes no acompañados compartido por todas las Administraciones públicas con competencias en la cuestión.

8) En la atención a los menores extranjeros no acompañados deben diseñarse y planificarse los recursos necesarios para favorecer su desarrollo integral y facilitar su inserción en la sociedad de acogida.

9) Todas las Administraciones públicas deben asumir sus
responsabilidades en la atención a los menores no acompañados.

Es importante que los gobiernos de las CCAA establezcan acuerdos con las administraciones locales de su territorio para diseñar conjuntamente los recursos y las estrategias necesarias que mejor garanticen la atención e integración de los menores no acompañados. Especialmente importante es la necesidad de superar las actitudes de rechazo social que acompañan en ocasiones a las medidas de acogida y protección de estos menores.

10) Los centros de acogida de menores inmigrantes no acompañados deben presentar garantías de adecuación espacial, sanitaria y educativa. Las CCAA deben garantizar que los menores reciban atención a través del circuito normalizado, concentrando las actividades en centros de 24 horas que proporcionen a los menores recién llegados referentes educativos y afectivos estables.
Octubre de 2006