miércoles, febrero 11

Bono se da 24 horas para decidir si da o no vía libre a citar al fiscal general por los malos tratos a menores

MADRID, 10 Feb. (EUROPA PRESS) -


   El presidente del Congreso, José Bono, ha decidido darse un plazo de 24 horas para resolver en qué sentido deshace el empate registrado esta mañana en la Mesa de la Cámara baja ante las peticiones de la oposición de citar al fiscal general del Estado, Cándido Conde Pumpido, por el informe del Defensor del Pueblo que destapó malos tratos en los centros de internamiento de menores.

   El órgano de gobierno de la Cámara baja analizó hoy sendas peticiones de comparecencia del fiscal general presentadas por el PP y por el grupo de ERC-IU-ICV a raíz de que el Defensor del Pueblo hiciera público un informe desvelando numerosos casos de malos tratos y vejaciones en los centros de menores de distintas comunidades autónomas.

   Los cuatro representantes del PP apoyaron las peticiones de comparecencia mientras que dos socialistas y los dos nacionalistas (CiU y PNV) se pronunciaron en contra recordando que las citaciones del fiscal general están muy tasadas en el Parlamento y sólo se permite aquellas que se refieren a instrucciones de carácter general, pero nunca en relación con casos concretos.

   Según se informó a Europa Press en fuentes parlamentarias, los 'populares' insistieron en la conveniencia de citar a Conde Pumpido alegando que no se trata de pedir explicaciones al fiscal por un sumario concreto sino de responder a un informe de una institución como el Defensor del Pueblo.

   A diferencia de otras ocasiones, Bono no se alineó con ninguno de los dos bloques de la Mesa, por lo que persistía la igualdad. El presidente decidió darse un plazo de 24 horas para tomar una decisión que deshaga el empate. Así las cosas, el órgano de gobierno de la Cámara volverá a reunirse mañana para tomar una decisión definitiva.

http://www.europapress.es/epsocial/infancia-00327/noticia-bono-da-24-horas-decidir-si-da-no-via-libre-citar-fiscal-general-malos-tratos-menores-20090210185009.html

La Fiscalía abre diligencias a un centro foral por negar la entrada a un menor extranjero

La Fiscalía abre diligencias a un centro foral por negar la entrada a un menor extranjero
Un grupo de jóvenes guineanos, a las puertas del centro de la Cruz Roja de Vitoria. / JESÚS ANDRADE
La Fiscalía de la Audiencia Provincial de Vitoria ha abierto diligencias para investigar por qué los responsables del centro de la Cruz Roja que acoge a una treintena de menores extranjeros no acompañados rechazaron a un joven que fue trasladado por agentes de la Policía Local a media tarde del lunes. Al parecer, el argumento esgrimido por los educadores fue que las instalaciones forales estaban saturadas y que no había sitio para nadie más. Todo ello, aludiendo a órdenes de sus superiores.
El joven, nacido en 1992 y de nacionalidad ganesa, se topó con los municipales en la plaza de España y tras ser conducido a los servicios sociales del Consistorio, éstos lo derivaron a Zabaltzen (nombre con el que se conocen las instalaciones de la Cruz Roja), puesto que la acogida de este tipo de chicos es responsabilidad de la Diputación. Sin embargo, hasta en dos ocasiones el ingreso del menor fue rechazado, lo que obligó a los agentes a llevarle a un centro municipal.
Los hechos han sido puestos en conocimiento del Ministerio Público, que pedirá explicaciones al Departamento foral de Política Social y Asuntos Sociales, dirigido por la peneuvista Covadonga Solaguren. Este nuevo capítulo de controversia en torno al creciente fenómeno de la llegada de menores que cruzan en solitario el Estrecho se produjo sólo unas horas después de que la diputada estuviera reunida en el Palacio de Justicia con el fiscal jefe, Josu Izaguirre, y el edil de Intervención Social, Peio López de Munain, para abordar la «saturación» que sufren los centros forales destinados a acoger a estos chicos.
En el encuentro, desvelado por EL CORREO, la Fiscalía transmitió a Solaguren su «gran preocupación», y le advirtió de que no puede enviarlos al Centro Municipal de Acogida Social -conocido como el 'Camas'- «porque no pueden dormir menores en instalaciones para mayores». No hay que olvidar que el Ministerio Público es el encargado de velar por que estos jóvenes sean debidamente atendidos por la institución competente, la Diputación.
Los traslados «excepcionales» y «puntuales» fueron ayer confirmados por el diputado general, Xabier Agirre, quien puntualizó que han sido cinco. «Contaron con el acuerdo del Ayuntamiento y la Fiscalía», apostilló. Este extremo fue matizado por fuentes del Ministerio Público, que recalcaron que «nosotros ni hemos autorizado ni tenemos que autorizar nada. Sólo nos lo deben notificar, como éste es el caso».

«Volver el catalejo»

Agirre, con semblante muy serio, justificó los traslados por tratarse de un momento en el que «estábamos debordados», y recordó que Álava acoge en estos momentos a cien menores, «más que en toda la comunidad de Madrid y que Galicia». Por ello, reiteró su exigencia a los ministerios de Interior y de Justicia para que pongan «orden» porque «llegará el momento en que estemos absolutamente saturados».
El diputado general evitó poner nombre y apellidos a sus sospechas, pero sí deslizó que los chavales extranjeros «que llegan a nuestro territorio también lo son un día antes». De ahí que se preguntara «por qué esas comunidades de donde nos los mandan no comunican los traslados a las fiscalías respectivas». «Sería bueno volver el catalejo, los prismáticos, para ver qué está pasando, en vez de criticar de manera absolutamente errónea a comunidades que están dando el callo con los menores», zanjó el diputado general.
Al margen del caso anterior, la Fiscalía también ha abierto diligencias para investigar la negativa de los responsables del centro foral Bosco Etxea a acoger a una menor española que el lunes fue trasladada allí por la Ertzaintza. Al parecer, la chica ya estuvo internada aquí, se marchó y luego volvió reclamando una plaza.

http://www.elcorreodigital.com/alava/20090211/alava/fiscalia-abre-diligencias-centro-20090211.html

martes, febrero 10

El Consejo General de Educadores pide investigar la actuación de sus profesionales

SOCIEDAD

El Consejo de Educadores pide investigar la actuación de sus profesionales

EFE - 10/02/2009 13 : 11

Madrid, 10 feb (EFE).- El Consejo General de Educadores Sociales pedirá a sus colegios oficiales la apertura de una investigación sobre la actuación de los educadores en los centros de menores, y ha denunciado que la contratación de los profesionales más adecuados "se incumple sistemáticamente en la mayoría de las CCAA".

En relación al informe del Defensor del Pueblo sobre los centros de menores con trastornos de conducta y en situación de dificultad social -que detecta vulneraciones de sus derechos-, el presidente del Consejo General de Colegios de Educadores Sociales, Alberto Fernández de Sanmamed Santos, destaca la supervisión tan "precaria" que existe desde la administración de estas instalaciones.

En un documento remitido a Efe, Fernández demanda mecanismos de inspección y evaluación, así como de selección de posibles adjudicatarios para evitar situaciones tan graves como las que se mencionan en el informe del Defensor.

Denuncia además la inexistencia de una estructura organizativa y protocolos de actuación comunes en los centros, que en la mayoría de los casos "se deja en manos de las entidades privadas a las que se concede el servicio".

En este contexto, Fernández de Sanmamed afirma que "contratar al profesional más adecuado es algo que se incumple sistemáticamente en la mayoría de las comunidades desde el momento en que trabajan personas sin titulación universitaria o con una titulación inadecuada.

"En muchas ocasiones nos encontramos que solicitan perfiles de personal de seguridad para realizar labores supuestamente "educativas", indica al respecto.

A su juicio, resulta esencial analizar las condiciones laborales y perfiles profesionales de las personas contratadas en los centros, así como la permanencia de los equipos educativos.

"Podría ser un indicador más para llegar a entender otra parte de esta lamentable situación", agrega el presidente del Consejo General, que expresa su "absoluta repulsa" del procedimiento de los centros de menores investigados por el Defensor del Pueblo. EFE msr/ero

http://www.elconfidencial.com/cache/2009/02/10/94_consejo_educadores_investigar_actuacion_profesionales.html

¿Quién /vigila a los negligentes?


En la pantalla del ordenador esta el reciente informe del Sr. Defensor del Pueblo y aquí en la mesa el articulo de opinion del diario el Pais del domingo pasado comentando dicho informe: Menores desprotegidos.

Era conocida la situación que denuncia el Sr. Defensor del Pueblo, pero supongo que cuesta creer que en estos tiempos, en una democracia, con funcionarios de oposición en puestos y cargos de responsabilidad, con politicos a los que se llena la boca con el maltrato de genero, con celosos defensores de los derechos del menor y del niño como son los Sres. Fiscales de Menores, ocurran hechos de malos tratos a niños y del grado en que se producen.

Si algo es llamativo en el Informe, a parte de la constatación de los malos tratos, es que habla de desesperanza en la medida que habla de igualdad y tolerancia. Me explico:

Viene a decirse en el informe:

  • que en las Comunidades Autonomas del signo politico que sean se permiten y/o toleran la existencia de malos tratos a menores.

  • que en el Sistema de Protección de esas comunidades trabajan profesionales que con su actitud propician la existencia de malos tratos a menores.

  • que los Sres Fiscales de Menores como buenos representantes de la Justicia, a imagen de esta, no se quitan la venda de los ojos y con su actitud permiten y toleran los malos tratos a quienes debian ser sus defendidos.

La desesperanza, antes mencionada, surge de la general negligencia de instituciones y personas que debian garantizar la protección del menor y no lo hacen, ademas, esto ocurre por igual en este territorio nacional.

¿Quién controla/vigila a los negligentes?

El Informe del Sr. Defensor puede servir como un aldabonazo pero mucho me temo que transcurrido un tiempo la arrogancia y la displicencia vuelvan a ser motores para que las cosas vuelvan a ocurrir como hasta ahora y los niños sean nuevamente maltratados.

El articulo del Pais termina con que - en referencia a los defensores, Comunidades Autonomas y sistemas de protección - “ninguno queda en buen lugar”: Personalmente diria que en peor lugar quedan los niños maltratados y desprotegidos ya que, si nadie lo remedia, quedan en las mismas manos.

Les queda un futuro gris a estos menores, no solo por su trayectoria y antecedentes, posiblemente traumaticos y dolorosos, sino tambien por el mal trato a que les llevaran sus cuidadores, que no educadores.

Urge una intervencion que garantice el cumplimiento de los derechos individuales de los menores frente a las decisiones administrativas, mientras esto no ocurra sucedera como en la institución familiar cerrada en la que los padres se creen dueños de sus hijos.

Oviedo 10 de Febrero de 2009

Juan Aurelio Sánchez Fernández

lunes, febrero 9

Síndic pide readmision 13 menores no acompañados sudsaharianos abandonados por DGAIA

SOCIEDAD | Por 'irregularidades'

El Síndic pide la readmisión de 13 subsaharianos en centros de menores

  • Concluye que las pruebas realizadas a los 13 jóvenes no son exactas
  • Añade que no fueron tutelados y que no pudieron ejercer su derecho de defensa
  • Capdevila responde que son pruebas 'validadas con una alta fiabilidad'
  • Los vecinos y asociaciones del barrio celebran la decisión de Ribó

Barcelona

El Síndic de Greuges, Rafael Ribó, ha pedido a la Conselleria de Acción Social y Ciudadanía de la Generalitat de Cataluña la readmisión de 13 jóvenes subsaharianos no acompañados que fueron expulsados en diciembre del centro de menores El Bosc de Barcelona tras constatar que se han producido "irregularidades" en el proceso.

Los adolescentes se sometieron a pruebas radiológicas de mandíbula que dieron como resultado que eran mayores de edad, aunque ellos aseguraban ser menores de 18 años.

En una resolución, el Síndic afirma que este tipo de pruebas "proporcionan únicamente un grado de aproximación a la edad real de los sujetos y no pueden tener más valor que los documentos que acreditan la minoría de edad".

Añade que los inmigrantes tenían pasaporte que certificaba que eran menores de edad, así como que no existía ningún informe policial que certificase que dichos documentos eran falsos. El Síndic criticó la "falta de coordinación" en la derivación a la red de adultos.

Asegura que, en ningún momento, la Dirección General de Atención a la Infancia y la Adolescencia (DGAIA) tuteló a los menores, ni se tramitó la documentación que les autorizase a residir legalmente y añadió que los implicados "tampoco disfrutaron del derecho a ser escuchados ni tampoco se les notificó la resolución administrativa de expulsión, y por lo tanto, no pudieron ejercer su derecho de defensa".

Ribó sugiere a la Conselleria la elaboración de un protocolo de actuación que especifique el circuito de intervenciones y criterios de actuación a ejecutar cuando haya dudas sobre la edad de los menores no acompañados.

La Generalitat defiende la validez de las pruebas

La consellera de Acción Social y Ciudadanía, Carme Capdevila, ha defendido la validez de las pruebas radiológicas de mandíbula realizadas en diciembre a los 13 jóvenes que fueron expulsados del centro de menores El Bosc, ya que los resultados determinaron que eran mayores de edad.

En declaraciones a los medios tras presentar un proyecto en Barcelona, Capdevila ha defendido que se trata de pruebas "validadas con una alta fiabilidad" y ha asegurado que continuarán utilizándolas en el caso de que los afectados no aporten documentación. Ha añadido que dicha documentación fue aportada 'a posteriori' de las pruebas y no antes de las mismas.

Capdevila ha declarado que los exámenes de mandíbula determinaron que los jóvenes superaban la mayoría de edad "con creces". Añadió que los menores sí que fueron atendidos por la Dirección General de Atención a la Infancia y la Adolescencia (DGAIA).

Los vecinos defienden que son menores

La Federación de Asociaciones de Vecinos de Barcelona (FAVB), el Casal dels Infants y el Colegio de Educadores Sociales de Catalunya (CEESC) han celebrado la resolución del Síndic y han afirmado que esperan que ésta "haga cambiar las malas prácticas" de la DGAIA.

Las tres instituciones han asegurado en un comunicado, como ya hicieron en diciembre, que los adolescentes tienen pasaportes que acreditan que son menores de edad y han vuelto a señalar que las pruebas de mandíbula tienen un margen de error de hasta dos años por encima y por debajo, así como que se fueron expulsados "vulnerando el derecho de protección y tutela".

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Col•lectiu DRARI دراري d'Investigació Acció Participativa pels Drets de l'Infant
الجماعى DRARI دراري للبحوث التشاركيه العمل من اجل حقوق الطفل
Colectivo DRARI دراري de Investigación Acción Participativa por los Derechos del Niño
DRARI دراري Haurren Eskubideen Aldeko Ikerketa Ekintza Partaidetza Kolektiboa
Collectif DRARI دراري de Recherche et d'Action Participative pour les Droits de l'Enfant
Collective DRARI دراري of Participative Investigation Action by the Rights of the Child

General: DRARI.Col.lectiu.IAP.Drets.Infant@gmail.com
Juristes i casos de menors.Juristas y casos de menores: DRARI.Jurista@gmail.com

www.DRARI-Col-lectiu-IAP-Drets-Infant.blogspot.com
www.DRARI-Col-lectiu-JURISTA-Drets-Infant.blogspot.com
XARXA-RED-SAREA-XABACA : http://www.menoressolos.blogspot.com
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ANDALUCÍA ACOGE DENUNCIA LA RETENCIÓN IRREGULAR DE UNA FAMILIA CON UN HIJO MENOR EN EL CENTRO DE INTERNAMIENTO DE CAPUCHINOS

Sevilla, 6 de febrero de 2009

ANDALUCÍA   ACOGE  DENUNCIA   LA RETENCIÓN  IRREGULAR DE UNA FAMILIA CON UN HIJO MENOR EN EL CENTRO DE INTERNAMIENTO DE CAPUCHINOS

La organización interpone un recurso de apelación y eleva quejas al Defensor del Pueblo y al Consejo General del Poder Judicial

La organización Andalucía Acoge ha interpuesto recurso contra un auto dictado por el Juzgado de Motril, que ordena la reclusión de una familia con un hijo menor en el Centro de Internamiento de Capuchinos (Málaga), por considerar que se han cometido irregularidades graves en la fundamentación del mismo. El abogado de esta organización, José Luis Rodríguez Candela, afirma que se violan todos los requisitos legales con la orden de internamiento de un menor en estos centros que, por otro lado, carecen de las condiciones adecuadas para la estancia de niños. Además, se denuncian otras anomalías en la decisión judicial, como las referencias a artículos derogados de la Ley de Extranjería y su Reglamento en la fundamentación del auto, el uso de la figura del auto colectivo para la privación de libertad donde no se analizan las circunstancias personales, o la justificación del internamiento por estancia irregular cuando lo correcto según la Ley hubiera sido un expediente de devolución, ya que los inmigrantes fueron detenidos en alta mar.

A todos estos despropósitos, se une la dilación a la hora de pasar a disposición judicial, pues la familia llega a la costa de Motril a bordo de una patera el viernes 30 de enero y no son puestos a disposición judicial hasta el lunes 2 de febrero. Esta situación se ve agravada por la presencia en el centro del menor, de poco más de un año de edad, pues según la Ley, para que un menor sea internado con sus padres es necesario un informe favorable del Ministerio Fiscal y la existencia en el centro de un módulo que garantice la unidad e intimidad familiar, requisitos que no se han cumplido en este caso. La madre y el hijo permanecen, separados del padre, en un módulo donde no existen condiciones favorables para la estancia de un menor (sin calefacción, sin áreas especiales para esparcimiento del menor, sin baño adecuado, etc.). No es el primer caso de retención de una familia con menores, pues el pasado mes noviembre se denunció un caso similar en este mismo centro, con un procedimiento de expulsión plagado de irregularidades. En esta ocasión, la familia proviene de Sudán, un país con un grave conflicto bélico, por lo que su devolución sería un hecho intolerable.

Por todo ello, además de la presentación del recurso de reforma contra el auto, Andalucía Acoge ha elevado una queja al Defensor del Pueblo solicitando la puesta en libertad de esta familia, así como al Consejo General del Poder Judicial denunciando la actuación del juez en este caso tanto por dilación como por el uso de preceptos ya desfasados.

A su vez, desde esta organización se reitera la necesidad de control de estos centros por parte de organizaciones sociales, teniendo en cuenta la gran cantidad de denuncias de vulneración de libertades y derechos fundamentales de las personas allí internadas. Estas irregularidades en los centros de internamiento, así como la falta de transparencia en su gestión, ha desembocado en una campaña, lanzada por la plataforma Migreurop de la que forman parte 32 asociaciones europeas y africanas, en la que se rechaza la multiplicación de estos centros como dispositivo que fundamenta la política migratoria de la Unión Europea.

domingo, febrero 8

Despedidos por hablar

FSP-UGT denuncia que dos educadores del centro de menores inmigrantes de Tegueste han perdido su trabajo por informar de los altercados que se viven en ese establecimiento

07-02-2009
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Varios menores del centro de Tegueste con uno de los consejeros autonómicos que visitaron el centro hace unas semanas. jonay rodríguez

BELÉN MOLINA | SANTA CRUZ DE TENERIFE Dos trabajadores del centro para menores extranjeros no acompañados de Tegueste, justo los que resultaron lesionados en diversos altercados ocurridos entre menores y educadores a finales de diciembre y comienzos de enero, han sido despedidos, supuestamente por dar a conocer a La Opinión de Tenerife y a otro medio de comunicación las condiciones en que ejercían sus funciones.
El despido se produjo el 30 de enero, dos días después de que este periódico publicara que en ese centro de Tegueste se habían producido tres altercados en tan solo una semana, entre el 31 de diciembre y el 7 de enero.
Un comunicado de la Federación de Servicios Públicos de UGT afirma que "los representantes del personal laboral de los deamenac (dispositivos de emergencia para la atención de menores extranjeros no acompañados) de Tenerife y la propia federación sindical denuncian públicamente el despido de dos trabajadores del centro de Tegueste por el supuesto hecho de ejercer el derecho a la libertad de expresión".

Causas. El comunicado de FS´P-UGT añade que "los trabajadores fueron citados la semana pasada por la dirección del centro que, aunque oficialmente expresara como causa de despido el bajo rendimiento laboral, en ambos casos comunicó "de palabra" a los educadores que la razón real era haber dado información a la prensa sobre lo que ha pasado en el centro en los últimos meses".
"Los dos trabajadores fueron acusados por el director de ser los informantes de los hechos publicados estas últimas semanas en periódicos de la Isla en referencia a la situación de inseguridad y desprotección que vive el personal laboral de dicho deamenac, debido a las reiteradas acciones supuestamente delictivas (agresiones físicas, verbales, robos, etc) llevadas a cabo por un reducidísimo grupo de menores que parecen tener total impunidad y protección por parte del equipo directivo del mencionado centro".
La nota de FSP-UGT prosigue que "la propia consejera de Bienestar Social del Gobierno autónomo y el presidente de Mundo Nuevo (ONG que gestiona los deamenac de Canarias) reconocieron públicamente hace unos días la existencia de conflictos en los centros, y en especial en el de Tegueste, alegando incluso que hay menores que no deberían estar allí", por lo que ahora resultan del todo reprobables y denunciables las represalias y actitudes antidemocráticas mostradas por uno de los directivos de esa entidad que, sin duda, cuenta con el beneplácito de los máximos responsables de la misma".
El sindicato pide la readmisión de los dos despedidos. En su comunicado dicen confiar en que "una entidad dedicada principalmente a la educación en valores, entre ellos los que se corresponden con los de un estado de derecho, deseche "prácticas oscuras".

Barreiro: "No entramos en el juego de mentidos y desmentidos"

José Barreiro, director del dispositivo de emergencia para la atención de menores extranjeros no acompañados de Tegueste, indicó a preguntas de este periódico que el despido de los dos educadores se había producido "porque es necesario rebajar el ratio de trabajadores conforme van saliendo los menores", tanto por traslados como por cumplimiento de la mayoría de edad o la derivación a otros centros de menores, como el de Las Mercedes, que acoge a los menores a punto de alcanzar la mayoría de edad.
Barreiro, al igual que Juan José Domínguez, director de Mundo Nuevo, la Organización No Gubernamental que gestiona estos centros, prefirió no entrar "en el juego de mentidos y desmentidos" y no hacer comentarios al comunicado remitido a los medios de comunicación por la Federación de Servicios Públicos de UGT. Sin embargo, ambos mostraron su rechazo "a demonizar" a un grupo de menores, a los que los trabajadores señalan como principales causantes de los altercados que se han vivido en el centro, con el resultado de varios educadores lesionados y la presentación de denuncias ante la Guardia Civil de Tacoronte, que tuvo que intervenir en una de las ocasiones.
En ese centro para menores extranjeros de Tegueste estaban acogidos a finales de año 144 menores y en la actualidad la cifra ha bajado a 130, después de que algunos cumpliesen 18 años y, por lo tanto, tuviesen que abandonar esa medida de protección, tres fuesen enviados a centros en la Península y los restantes fuesen derivados el centro de La Esperanza o al de Las Mercedes.
Los trabajadores despedidos estudian emprender acciones legales contra la ONG, en tanto que Mundi Nuevo dijo confiar en que así "se aclaren las cosas".




http://www.laopinion.es/secciones/noticia.jsp?pRef=2009020800_9_198714__Sociedad-Despedidos-hablar

Menores desprotegidos



EDITORIAL DEL PAIS


El Gobierno no ha podido permanecer impasible, a pesar de ser materia que compete a las autonomías, ante la gravedad de la situación de un buen número de centros de menores que describe el Defensor del Pueblo en su informe anual remitido al Parlamento. La ministra de Educación, Mercedes Cabrera, ha solicitado la intervención de la Fiscalía General del Estado ante hechos que pueden vulnerar la Ley de Protección del Menor y posiblemente hasta el Código Penal.


No son pocas las veces que el Defensor del Pueblo se ha hecho eco de graves anomalías en el funcionamiento de los centros de menores. Pero nunca había realizado una investigación tan amplia -27 centros de los 58 existentes- como exhaustiva sobre los métodos "educativos" y "terapéuticos" empleados; el diagnóstico no puede ser más alarmante: recurso frecuente al castigo corporal, a la medicación descontrolada, al aislamiento en sitios cerrados y a la violación generalizada de la intimidad epistolar y telefónica. Niños y adolescentes desarraigados o con "trastornos de conducta", respecto de los que las Administraciones asumen un deber de tutela y de ayuda terapéutica y educativa, se ven sometidos a un régimen de vida incluso más duro del que rige en los centros de internamiento de menores delincuentes.

De los 27 centros investigados por el Defensor del Pueblo, 25 tienen encomendada la gestión a entidades privadas, la mayoría sin ánimo de lucro. Teóricamente es irrelevante que la gestión sea pública o privada, siempre que se cumplan los objetivos de tratamiento de la ley y exista la adecuada supervisión de la Administración autónoma. El informe del Defensor del Pueblo apunta a lo contrario: no se cumplen o se vulneran los objetivos de la ley, y la supervisión de la Administración autónoma brilla por su ausencia. Quizás porque en no pocos casos la cesión no es transparente y tiende a degradar el servicio con sucesivas contratas a empresas del mismo grupo de la adjudicataria de la gestión.

El informe del Defensor del Pueblo no debe ser un grito en el desierto. Lo debe oír el Gobierno, al que atañe la aplicación de una ley estatal como la del menor. Y, sobre todo, los Gobiernos autónomos que asumen la responsabilidad directa de su gestión y los fiscales de menores, a los que la ley atribuye la defensa de sus derechos. Ninguno queda en buen lugar.

http://www.elpais.com/articulo/opinion/Menores/desprotegidos/elpepiopi/20090208elpepiopi_3/Tes

Los menores estan indefensos ante la Adminsitración

SUSANA HIDALGO - MADRID - 08/02/2009 08:00

Joaquín Olmedo es un abogado de Cádiz especializado en menores que una y otra vez se encuentra con trabas por parte de la Administración y de los centros de acogida para realizar su trabajo. Ahora mismo, está llevando el caso de un chaval cuya familia quiere sacarle de un centro de acogida de Cádiz y no hay manera de que se pueda comunicar con él. "La dirección del centro no me deja hablar con él, no me dan información", se queja Olmedo, que agrega que la Administración, en este caso la andaluza, es "poco transparente" y "reacia" a entregar documentación.
Un centro de Cádiz no deja a un profesional hablar con su defendido

No es el único letrado que encuentra dificultades a la hora de realizar su trabajo, según consta en el informe del Defensor del Pueblo y corroboran varios profesionales. El informe del Defensor se refiere a centros donde están acogidos niños con problemas de conducta, pero abogados que trabajan en centros de reforma (donde están los menores infractores) también ponen de manifiesto las trabas que encuentran. Por ejemplo, Janet Ortiz, abogada de oficio, lleva el caso de una supuesta agresión por parte de un vigilante a un niño en el reformatorio El Pinar I (Madrid). "He llamado a la dirección del centro y me dicen que no me preocupe, que no ha sido nada, que el chaval sólo tiene un hematoma", explica, perpleja, Ortiz.

Otro trabajador social del mismo centro de reforma afirma que los menores, como previamente han cometido un delito, siempre van a ser tratados como delincuentes. "Si un técnico de seguridad les pega, la dirección siempre va a dar la razón al vigilante", afirma.

Además, los letrados señalan que el principal problema ya no es sólo que ellos no pueden trabajar con toda la información, sino que los chicos no tienen manera de hacer llegar su denuncia a alguien fuera de un centro de acogida.
"Estás loco"

"Si un crío es agredido por alguien del centro y pide un abogado, los responsables le dicen que ni hablar, que si está loco...", afirma Manuel (nombre ficticio), trabajador social en un centro de acogida de Madrid. Esta versión la corrobora el abogado Joaquín Olmedo: "En los centros de protección, el principal problema que hay es la indefensión de los propios chicos, cómo trasladan fuera la denuncia", se pregunta. Estos niños, al contrario de los que están en un reformatorio, no tienen un abogado de oficio al que poder llamar en caso de necesidad porque no han cometido ningún delito. Así que, si les pasa algo, tienen que tener la suerte de que algún educador quiera apoyarles y trasladar la queja al exterior. "Si se hace, tiene que ser con cuidado porque corremos el riesgo de perder el empleo", señala una educadora social que prefiere permanecer en el anonimato.
Los educadores tienen que ayudar a los críos a hacer pública la queja

El informe del Defensor del Pueblo señala que cada comunidad autónoma tiene su propia normativa a la hora de configurar los derechos del menor a defenderse. En Andalucía, por ejemplo, la teoría dice que los chicos "siempre tienen la posibilidad de hacer valer o reclamar sus derechos, debiendo recibir una contestación expresa a sus reclamaciones".

El reglamento de Castilla-La Mancha señala que "de cualquier queja formulada en el centro por los menores se da traslado a la Delegación de Bienestar Social". Y el de Madrid afirma: "Los menores, para reclamar sus derechos, podrán dirigirse al director del centro o solicitar ser oídos ante la Comisión de Tutela del Menor. En cualquier caso los menores siempre pueden dirigirse al Ministerio Fiscal".
En la práctica

Todo esto ocurre en la teoría. En la práctica, el Defensor del Pueblo detectó durante su investigación que los niños tenían muchas dificultades cuando querían plantear una queja. Por ejemplo, en Casa Joven Juan Carlos I de Guadalajara, gestionado por la Fundación O Belén, los chicos entrevistados por el Defensor denunciaron que no les dejan formular reclamaciones por escrito, ni denunciar a sus abogados alguna contención (reducción en el suelo de manera violenta) realizada.

Pero si los niños no pueden denunciar, los fiscales, con sus inspecciones, son los que tienen que controlar las irregularidades en los centros. Sin embargo, el Defensor del Pueblo asegura que las inspecciones son "escasas" e insta a que se faciliten los cauces adecuados que permitan a los menores poner en conocimiento del Ministerio Fiscal las situaciones que atenten contra sus derechos, y al Ministerio a que "extreme su vigilancia" sobre los chicos.

http://www.publico.es/espana/actualidad/198471/menores/frente/indefension/judicial

sábado, febrero 7

Cuando la Administración genera marginalidad entre los menores

INFANCIA // NUMEROSAS COMUNIDADES AUTÓNOMAS RECURREN A SUBTERFUGIOS PARA NO REGULARIZAR

Patricia Manrique, Redacción Cantabria

Pese a ser una obligación de la Administración, muchos menores inmigrantes no acompañados alcanzan la mayoría de edad sin tener sus papeles en regla. Esto, denuncian organizaciones sociales, les aboca a la exclusión.
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OTRA VEZ SERÁ. Los menores prueban múltiples métodos para llegar a la península.

Cumplir los 18 años es de todo menos emocionante cuando se es un menor extranjero no acompañado. “¿Cómo miraríamos a un padre y a una madre que el día que su hijo o hija cumple 18 años lo hecha a la calle?”, se pregunta Vicenç Galea, del colectivo catalán Drari, juristas por los derechos de la infancia.

La legislación española considera que los menores, extranjeros o autóctonos, que no tienen quién se haga cargo de ellos están en una situación de riesgo y vulnerabilidad por lo que la Administración debe hacerse cargo de ellos y tutelarlos. Actualmente, son las comunidades autónomas las que asumen estas responsabilidades. Pero al alcanzar la mayoría de edad, los menores extranjeros se encuentran en una situación de suma precariedad. Aunque existen programas de emancipación en diferentes comunidades, la falta de recursos hace que las plazas sean insuficientes y sólo unos pocos chicos puedan hacer uso de ellas. Pero en muchos casos, el problema reside en un generalizado caos administrativo que hace que no tengan la documentación en regla. En otros, es compleja la regularización de su situación una vez han salido del centro en el que estaban tutelados, y les resulta casi imposible conseguir un permiso de trabajo que les permita renovar, más tarde, la residencia. Y eso que proveerles de los papeles es una obligación de la Administración establecida legalmente.

Aunque, según la Ley de Extranjería, la Administración dispone de un máximo de nueve meses para proveer al menor de un permiso de residencia, la tónica general es la negligencia, actitud que varias organizaciones que trabajan con estos menores interpretan como mala fe.

Hay “muchos chicos indocumentados o a medio documentar: un problema casi imposible de solucionar, porque cuando ya tienen 18 años se convierten en un inmigrante más quedándoles solamente para regularizar su situación la vía del arraigo”, explica Galea. En Cataluña “las administraciones se toman el plazo máximo de nueve meses, como mínimo, y hasta que no pasa ese tiempo con el menor entre manos no empiezan a plantearse lo de la residencia. La solicitan más tarde y el chaval ha perdido un tiempo de antigüedad porque en su dosier se pone la fecha del día en que se la pidieron. Durante un tiempo no ha existido, ha estado en un limbo”, denuncia. Además, afirma Galea, aunque la falta de permiso de residencia no es impedimento legal para cursar estudios, en la práctica sucede así. Y tras semejante itinerario, “cuando se le concede la residencia, ya queda poco tiempo para que estudie y pueda llegar a los 18 años con un diploma”.

En otros casos, como en Melilla, se marea a los menores que cumplen la mayoría de edad pidiéndoles documentos que para ellos es prácticamente imposible conseguir: “Conociéndoles perfectamente y teniéndolos tutelados les han pedido que presenten un certificado marroquí de que están solteros o un certificado de antecedentes penales. Todo es una trampa”, señala José Palazón, de la asociación pro derechos de la infancia Prodein. Hasta noviembre del año pasado, la Administración melillense les retenía, además, la documentación, dejándoles, cuando no estaban en el centro de tutela, expuestos a ser detenidos y expulsados. Tras ser amonestada por el Defensor del Pueblo, la Consejería de Bienestar Social aceptó entregar su documentación a los chavales y solicitar el certificado de tutela con carácter inmediato. Pero aquellos que habían alcanzado la mayoría de edad con anterioridad no se vieron beneficiados y han quedado en situación irregular.

El menor M., que había estado ocho años en el centro de acogida del Fuerte de la Purísima, un antiguo cuartel militar en las afueras de la ciudad, vive ahora en una chabola junto al centro y ya ha sido detenido por la policía alguna vez. I. es de Fez y ha estado cuatro años en La Purísima. El 23 de enero fue una vez más a las oficinas de Extranjería a solicitar su documentación. Tiene un precontrato, es carpintero. Esta vez le han cogido la solicitud, cree que porque el personal que le atendió era nuevo. Ahora le toca esperar. “Cuando cumplí 18 años me echaron a la calle. Entonces el permiso de residencia todavía no estaba caducado, pero ahora no quieren renovármelo, no quieren darme lo mío, para que pueda irme de aquí y buscarme la vida como los demás, para sentirme como los demás. Me piden el pasaporte marroquí y no sé qué..., pero ¿cómo? Si yo llevo toda mi vida aquí. Si me dan la residencia puedo ir a Marruecos a pedirlo, pero si no tengo la residencia ¿podré volver a entrar? Es política: dicen que tienes que largarte de aquí”, cuenta por teléfono. Tan sólo cuatro días después, dos compañeros suyos se toparon con lo que a Palazón le parece que será la futura estrategia de la Administración de Melilla: les solicitaron el empadronamiento, que el centro no había tramitado. Cuando fueron ahí a pedirlo, como ya son mayores de 18 años, no se lo tramitaron. “Se consigue dar un paso adelante, y ellos encuentran otra forma de seguir haciendo lo mismo”, observa con cansancio José Palazón.

En Asturias, donde la llegada de chavales extranjeros es un fenómeno relativamente nuevo –apenas tres años–, también “se buscan fórmulas ‘elegantes’ para que el incumplimiento de la legislación no chirríe: retrasar la documentación, complicar los trámites burocráticos, etc.”, apunta Luis Manuel Rodríguez, del Colectivo SocialyJusticia. Como la Ley de Extranjería prevé que, aunque hayan alcanzado la mayoría de edad, se les puede conceder un per- miso por una vía especial si la falta de permisos de residencia se debe al mal funcionamiento de una administración, los colectivos asturianos que se ocupan de estos menores están intentando trabajar esta vía.

Pese a que la Comunidad Autónoma Vasca tiene mejor reputación, Ana Stern, de SOS Racismo Guipúzcoa, insiste en que “resolver la cuestión de la documentación es básico. Para invertir bien en menores de edad, tenemos que invertir en mayores de edad: si no, nos encontramos con unas bolsas de pobreza y de exclusión que cada vez irán creciendo más. Se trata de una cuestión transautonómica, transnacional”.

En cuanto a Madrid, Juan Ignacio de la Mata, abogado de la Coordinadora de Barrios, constata que la documentación necesaria “primero no se tramita y lo que se tramita se hace en contra de la ley y del espíritu que debe regir las actuaciones en materia de protección, que es el interés superior del menor. Este interés superior integra el derecho a una correcta documentación”. A su juicio, con estas negligencias “se está abocando a los chavales tutelados a la marginalidad porque la no documentación genera desintegración social”. “En general, la administración pública usa todos los subterfugios que puede para eludir el compromiso”, subraya Galea. En ello coincide Rodríguez, desde Asturias: “Se copian para todo menos para lo bueno”.

http://www.diagonalperiodico.net/spip.php?article7283

viernes, febrero 6

Ante las declaraciones del Sr. Defensor del Pueblo.



En aras de aclarar la situación comenzare diciendo que hay Centros de Protección de Menores y Centros de Reforma. Los Centros de Protección dependen en Asturias de la Consejería de Bienestar Social, y los centros de reforma de la Consejería de Justicia, en este último caso se les denomina menores infractores y el Juez de Menores les ha impuesto la medida de internamiento durante un tiempo.

Los menores de Protección son menores que la Consejería de Bienestar Social a través del Instituto Asturiano de Atención Social a la Infancia, Familia y Adolescencia (I.A.A.S.I.F.A), protege – bien ejerciendo la guarda o la tutela – .

Según la Real Academia de la Lengua proteger es: Amparar, favorecer, defender.

Me referire a los menores que el I.A.A.S.I.F.A. ampara.

Desde hace años se viene denunciando la situación en que se encuentran los niños y menores internos en el Centro Materno – Infantil, menores que son objeto de protección.

La prensa regional, aunque desde opticas distintas, viene informando de situaciones lamentables que se vienen produciendo en este Centro.

Algun politico ha coincidido con las reivindicaciones de los trabajadores y del Comité de Empresa en la valoración de la situación y son “vox populi” los comentarios de los vecinos del Centro, de la Fiscalía de Menores, de la Consejería, y de otras autoridades acerca de los reiterados, por antiguos, problemas de este Centro, sin que hasta el momento se hayan producido cambios adecuados y soluciones a los mismos.

A parte de las autoridades regionales mencionadas, conocedoras de los problemas, también a nivel nacional y supranacional hay estamentos sabedores de la problemática existente en el Centro Materno Infantil de Oviedo.

Esto viene a cuento de las ultimas manifestaciones realizadas por el Sr. Defensor del Pueblo en relacion a los posibles malos tratos que se daban a los menores de Protección alojados en centros especificos.

El Sr. Defensor del Pueblo es conocedor desde el año 2002 de la situación de excesiva permanencia – institucionalización – de los niños en el Materno. En varias conversaciones con el Sr. Fiscal de Menores sobre la situación de mal trato institucional que se producía al tener a los niños alojados “sine die” me informaba verbalmente de que se transmitía a la Consejería las preocupaciones existentes, no obstante la Fiscalía no tenia la capacidad de cambiar la situación.

No debe, por tanto, extrañarse el Sr. Fiscal de los pronunciamientos del Sr. Defensor del Pueblo respecto a los Centros de Proteccion especificos, su señoria conoce – dicho antes - la situación del Materno y entiendo que si se queja es porque con sus declaraciones el Sr. Defensor del Pueblo esta cuestionando la tibieza en un trabajo, como es la defensa de los intereses superiores del menor, que le corresponde ejercer a la Fiscalía.

La Consejería, así mismo, a través de la Sra Consejera sale al paso de las declaraciones del Sr. Defensor del Pueblo suavizando la situación, realizando declaraciones interesadas ya que los Centros de Protección dependen de la misma.

No hace mucho la Sra Consejera en declaraciones a la prensa reconocía que uno de los males que existe en el I.A.A.S.I.F.A. es que desde hace años no se ha atendido adecuadamente a la Protección, ya que han cambiado los perfiles de los menores y sus necesidades y no ha habido una correcta adecuación a los mismos.

Llama la atención, por otra parte Sra Consejera, que Ud. se refiera a que han pasado muchos años sin que se adecuara el Sistema de Protección a las realidades actuales. Dos precisiones:

  • La primera es recordarle que desde la epoca del Sr. Marqués en su dia Presidente del Principado de Asturias, hasta la fecha la Consejeria que Ud. ahora representa ha estado en manos de los partidos politicos PSOE e I.U. (casi 10 años).

  • La segunda es que los funcionarios, los asesores, etc, siguen siendo los mismos. ¿Qué le hace pensar que lo que no se hicieron en anteriores etapas lo van a hacer ahora?

Volviendo a las declaraciones del Sr. Defensor del Pueblo, me estrañan los silencios de la Sra. Procuradora General del Principado de Asturias y del Observatorio de la Infancia, conocedores también de la situación del Centro Materno – Infantil.

En la defensa de los derechos de los menores no sobra nadie y lo que se ve es que todavía se precisa mas control, supervisión y recursos.
Bienvenidas pues las declaraciones del
Sr. Defensor del Pueblo.
Con todo respeto. Un saludo

Oviedo 6 de febrero de 2009

Juan Aurelio Sánchez Fernández

jueves, febrero 5

Centros de menores: los 'Guantánamos' salen a la luz

Por MARÍA SÁNCHEZ DÍEZ (SOITU.ES)
Actualizado 05-02-2009 08:41 CET

No duró ni dos días dentro. Manuel (nombre ficticio) es un joven psicólogo que en 2007 empezó a trabajar como educador en el centro de menores de La Jarosa (Madrid), que fue cerrado ese mismo año. No soportaba cómo trataban a los chavales. "Lo que me encontré al llegar fue a ocho adolescentes en un estado de ansiedad horrible porque llevaban una semana sin pisar el patio", recuerda. En solo esas dos jornadas vio multitud de irregularidades: agresiones, maltratos, niños en celdas de aislamiento sin supervisión judicial e incluso medicación forzosa. "Recuerdo que a un chico le metían pastillas en el colacao sin su consentimiento", relata.

Convocatoria de una manifestación contra el centro de Picón.

Su testimonio es un clásico de entre todas las denuncias que circulan en internet sobre el trato que reciben los adolescentes en los centros de menores con trastornos de conducta y en situación de dificultad social. Precisamente, Manuel fue uno de los educadores que, con sus quejas, motivaron la investigación del Defensor del Pueblo que ha desvelado los malos tratos en estas instituciones, a las que acuden los menores tutelados por el Estado que manifiestan alguna conducta rebelde o que presentan algún trastorno conductual. Es decir, niños problemáticos.

El informe del Defensor del Pueblo desvela que "muchos" vulneran sistemáticamente los derechos de los adolescentes. Contenciones físicas, medidas de aislamiento, violaciones de la intimidad, tratamiento farmacológico sedante a largo plazo... son algunas de las prácticas que recoge el documento tras la investigación en 27 de los 58 que existen en España.

Los que salen peor parados son los cuatro que pertenecen a la Fundación O'Belen, institución privada que enseguida se ha apresurado a defenderse de las acusaciones y ha achacado la evaluación negativa a que estaba basada en testimonios de menores que están allí por la fuerza. Sin embargo, según los educadores sociales que llevan años denunciando el problema, esto es solo la punta del iceberg. Para personas como Manuel, o como Teresa Blasco, trabajadora social que trata con adolescentes salidos de estos centros, lo que ha desvelado Enrique Múgica no es nada nuevo. "Pero en vez de ir reduciéndose, se ha ido incrementando con los años", lamenta Blasco.

Pedagogía de mano dura

Muchos de los menores internos provienen de entornos sociales complicados y familias desestructuradas cuya tutela les ha sido retirada. Sus edades están comprendidas entre los 12 y los 18 años, pero en ocasiones hay niños mucho más pequeños. "Llegan derivados desde los centros de acogida: allí no quieren trabajar con ellos por ser molestos", explica Daniel, otro psicólogo que trabajó durante casi dos años como educador en una de estas instituciones en Castilla La Mancha, de la que fue despedido [cree que los responsables sospecharon que había denunciado lo que sucedía entre sus paredes]. Cuando cumplen los 18 años, se abren las puertas: "Resulta paradójico, porque se retira la tutela a los padres para meter a los niños en este sitio y, al día siguiente de cumplir la mayoría de edad, se les devuelve suponiendo que no tienen ningún problema, sin control ni seguimiento", indica.

Un ex educador en un centro aporta ejemplos de esta pedagogía de mano dura: una vez vio cómo se encerraba a un chico en un baño durante ocho horas por haber eructado en la comida.

Los educadores reconocen que los menores que van a parar a esos centros son conflictivos: fugas, motines o agresiones son algunos de los episodios que se han registrado y que sirven como carta blanca para funcionar sistemáticamente con un "estilo carcelario" (en palabras del informe del Defensor). "Pero estas instituciones están para educarlos y apoyarles", recuerda Teresa. Aunque no justifica completamente algunas actitudes violentas que puedan tener los chicos, los educadores señalan que el sistema de relaciones que suele establecerse en su interior no contribuye a aplacar conductas violentas. "Al contrario, produce una tensión y una agresividad constante", añade Blasco

Según esta trabajadora social, en los centros de menores reina una pedagogía de mano dura cuya eficacia ponen en tela de juicio. El documento del Defensor, por su parte, asegura que existe una "confusión entre pedagogía y derecho punitivo". Daniel aporta ejemplos que lo ilustran. Cuenta, por ejemplo, que una vez vio cómo se encerraba a un chico en un baño durante ocho horas por haber eructado en la comida. Que ir al instituto se convertía en un privilegio que se ganaban los menores que se portaban bien. Que las sanciones y los premios se aplicaban de forma arbitraria y sin diálogo (punto criticado por el informe del Defensor). Que las llamadas y las visitas de los familiares eran estrictamente vigiladas y utilizadas como castigo. Y que las agresiones "se disfrazaban" de contenciones físicas.

(EFE)

Un centro de menores en Zaragoza.

Un aviso: el suicidio de Hammid

No obstante, el capítulo más duro lo protagonizan las celdas de contención, en las que se aísla a los menores como castigo durante periodos que pueden alcanzar las 24 horas. "Son habitaciones acolchadas que recuerdan a las de los psiquiátricos del siglo XIX", explica Daniel. "No tienen ninguna ventilación y los chavales están allí sin control ni vigilancia. Las paredes están recubiertas de caucho negro; la habitación, insonorizada y se les mete descalzos para que no puedan hacer ruido al dar patadas". Según el Defensor del Pueblo, este castigo no solo atenta contra la salud psíquica de los menores, sino contra su dignidad. "Tan honda puede llegar a ser su soledad que los niños, antes de entrar en esas celdas, reclaman a veces una medicación que les ayude a soportar la angustia del emparedamiento", dice el informe.

"No tienen ninguna ventilación. Las paredes están recubiertas de caucho negro; la habitación, insonorizada y se les mete descalzos para que no puedan hacer ruido al dar patadas".

Fue precisamente en una de estas salas de castigo del centro de Picón de Jarama donde Hammid, un niño marroquí de 12 años, fue encontrado muerto el pasado mes de diciembre. Suicidio. A finales del mismo mes, otro chico de 17 años trató de quitarse la vida. El suceso hizo saltar las alarmas más aún. El diagnóstico del Defensor al respecto del uso de estos habitáculos no puede ser más claro: empleados con la "atrocidad pseudocientífica" de garantizar la seguridad de los menores en momentos de descontrol, "se priva a los niños de todo estímulo sensorial hasta anular su resistencia". El informe indica además cómo algunos responsables han justificado su uso para lograr que "el niño toque fondo". Según la experiencia directa de Manuel y Daniel y la indirecta de Teresa esta filosofía de "anular" y "hundir" a los adolescentes para que "resurjan de sus cenizas" está más que presente en la forma de actuar de los educadores.

No son casos sin remedio

De pronto, Daniel interrumpe la conversación telefónica: "Espera un momento, ¿quieres ponerte tú?". La respuesta es negativa. "No, lo siento, no quiere hablar". Este psicólogo guarda buena relación con muchos de los internos con los que trabajó en sus días como educador y, en el momento de producirse la entrevista, viaja con uno de ellos en un autobús. Algo que preocupa mucho a los educadores es que los centros transmitan la idea de que estos adolescentes no tienen remedio. "Se criminaliza a jóvenes como si fueran asesinos en serie cuando lo único que les pasa es que tienen problemas", critica Manuel. "Son las víctimas, eso nos tiene que quedar muy claro. En muchas ocasiones han sufrido abusos y han vivido situaciones muy difíciles", añade.

(EFE)

Enrique Múgica, Defensor del Pueblo.

Pero el efecto más grave que han diagnosticado del paso por estas instituciones, desde el punto de vista educativo, es que los propios menores asuman que merecen ser tratados así. La vivencia de estos educadores es que trabajar con ellos fuera de los centros y con otra dinámica arroja resultados positivos. "La fórmula para educar a chicos con problemas es la comprensión y la empatía", coinciden.

Entonces, ¿por qué los empleados acceden a actuar de este modo? Según Blasco, sus trabajadores se subdividen en dos grupos: los que salen escandalizados y los que se adaptan a esa dinámica de funcionamiento. Generalmente, suelen ser recién licenciados poco cualificados para la tarea que se les viene encima. "No creo que actúen así por sadismo, estoy convencido de que lo hacen pensado que es lo más beneficioso para los menores", afirma Daniel. La situación tampoco es fácil para ellos: en Picón de Jarama, por ejemplo, 48 trabajadores han desfilado por el centro en el último año. "Para que uno acceda a quedarse más de un mes, tienen que pasar antes otros quince", ilustra.

Difícil de denunciar, difícil de probar

Pero, si tan evidente era la situación, ¿por qué no se ha perseguido antes? En primer lugar, porque los chicos no se atreven a denunciar su situación y, si lo hacen, es cuando ya han salido. "No tienen legitimidad para interponer denuncias. Lo tienen que hacer sus representantes legales, que es la comunidad que los tutela", explica Sonia Rello, abogada especializada en menores que ha trabajado en el caso del suicidio de Hammid. O sea, que se da la retorcida paradoja de que tendrían que ser los propios educadores contra quienes quieren actuar los que se acercaran a un juzgado.

Se da la retorcida paradoja de que tendrían que ser los propios educadores contra quienes quieren actuar los que se acercaran a un juzgado.

En segundo, porque "todo se justifica con razones educativas": se alega que el menor estaba muy alterado, que fue necesario encerrarle o cualquier otro pretexto que excuse las actuaciones más dudosas. Y en tercero, porque el hermetismo de estas instituciones es absoluto. "Son verdaderos búnkers", coincide Teresa. Ni a los abogados ni a las asociaciones se les permite el acceso para hablar con los internos.

Un ejemplo de la dificultad de que estas denuncias salgan adelante viene de la mano del caso de Younes, un chico de 16 años que en 2002 recibió una paliza por parte de dos educadores y tres guardias de seguridad. A pesar de reconocer su culpabilidad, los tribunales decidieron absolver a los acusados, por considerar que no se podía probar probar cuál de los cinco había sido el responsable. Los denunciantes fueron obligados a pagar los 10.104 euros de costas del juicio.

El informe que acaba de sacar a la luz el Defensor del Pueblo promete traer cola. Se enviará al Senado para que lo estudie y ya ha conseguido que la ministra Mercedes Cabrera pida la intervención de la Fiscalía General del Estado. Y en la Comunidad de Madrid, el PSOE ha exigido que se rescinda el contrato con O'Belen. Al impacto mediático de los maltratos desvelados, se suman dos recientes fallos del Tribunal Constitucional que dictaminan que los menores pueden actuar al margen de la administración de tutela cuando ésta actúa contra sus intereses. Esto podría ser fundamental a la hora de abrir las puertas a nuevas denuncias, según Rello. Todos reciben la noticia del informe con alivio y esperanza, aunque dicen que llega muy tarde. Y recuerdan que todavía queda mucho por salir a la luz.


Para saber más:

El Gobierno propone a las CCAA hacer un diagnóstico de los centros de menores,Archivado en:,asuntos sociales, violencia, menor

El Gobierno propone a las CCAA hacer un diagnóstico de los centros de menores

EFE
Actualizado 04-02-2009 14:42 CET

Madrid.- El Ministerio de Educación, Política Social y Deporte ha mostrado su disposición a coordinar con las Comunidades Autónomas, que tienen las competencia de los centros de menores, la elaboración de un diagnóstico de su funcionamiento, para evaluar si es preciso consensuar un reglamento.


Lo ha explicado la ministra de este departamento, Mercedes Cabrera, tras presidir la primera reunión de la Comisión para el seguimiento de las políticas de discapacidad.

Cabrera ha explicado que ya ha hablado con el ministro de Justicia, Mariano Fernández Bermejo, y con el fiscal general del Estado, Cándido Conde-Pumpido, para trasladarles la petición de que se abra una investigación para aclarar si los hechos denunciados en el informe del Defensor del Pueblo sobre los centros de menores son constitutivos de delito.

La ministra ha recordado que "la exigencia de responsabilidades es competencia exclusiva de las CCAA" y que a su departamento correspondería "un trabajo más directo" con las Comunidades Autónomas, "una labor de coordinación, de diagnóstico de la situación, y desde luego de poner los medios necesarios para que no se produzcan situaciones" como las relatadas en el informe.

En este sentido, ha explicado que al ministerio no le correspondería imponer un reglamento común de funcionamiento de los centros, aunque ofrece la coordinación para consensuarlo.

Cabrera estima necesario trabajar con las administraciones autonómicas para evitar que haya disparidad en la regulación de estos centros.

"La disparidad debe ser, en todo caso, en el tratamiento de cada uno de los menores, porque probablemente estemos hablando de menores con situaciones distintas que conviven en un mismo centro, en esa dirección debemos trabajar", ha concluido.

El Gobierno pedirá que la Fiscalía investigue el maltrato de menores

EFE
Actualizado 03-02-2009 13:24 CET

Madrid.- La ministra de Educación, Política Social y Deporte, Mercedes Cabrera, pedirá a la Fiscalía General del Estado que investigue los presuntos maltratos que se cometen en centros de menores, según un informe del Defensor del Pueblo.

(EFE)

La ministra de Educación, Política Social y Deporte, Mercedes Cabrera, durante la rueda de prensa en la que explicó los últimos datos sobre la gestión del fondo extraordinario de 400 millones para el despliegue de la Ley de Dependencia.

A preguntas de la prensa, Cabrera ha anunciado que pondrá en conocimiento de la Fiscalía los hechos descritos en ese informe.

"Estos hechos tienen que ser investigados y eso le corresponde a la Fiscalía General del Estado y, por lo tanto, voy a pedirle que efectivamente lo haga", ha apostillado.

Aunque es una cuestión de competencia "exclusiva" de las CCAA, el asunto es de tal importancia que el Ministerio "no puede quedarse al margen", así que contactará con las comunidades "al nivel que sea necesario", ha subrayado la ministra.

"Confiamos, evidentemente, en que las comunidades atiendan y respondan a este informe del Defensor del Pueblo", y el Ministerio estará siempre en "colaboración" con ellas para coordinar, conocer y hacer lo necesario para saber qué es lo que está ocurriendo, ha insistido.

La ministra ha recordado que hay un Observatorio de la Infancia, que depende de su departamento, y "que se va a poner en marcha para contribuir a ese mejor conocimiento de lo que puede haber sucedido".

Muchos centros de menores están llevando a cabo "prácticas contrarias" a sus derechos y la mayoría realizan contenciones físicas y mecánicas en situaciones de alteración del menor, en ocasiones con una agresividad "desproporcionada", según el

En soitu.es

Sobre las Declaraciones de la Consejería en torno al Informe del Defensor del Pueblo

Nos han sorprendido las supuestas declaraciones de la Consejería de B. Social en el sentido de su disconformidad con el "Informe que sobre los Centros de Protección de Menores y trastornos de la Conducta en situación de dificultad Social" ha realizado el Defensor del Pueblo.

En concreto no gustaría preguntarle a la Sra. Consejera:

  1. ¿No es "Miraflores" un Centro ESPECIALIZADO donde ingresan menores con trastornos de conducta y/o dificultad Social?. Nosotros afirmamos que así es , la denominación es lo de menos. Entonces ¿ por qué la anterior Consejera no lo comunico a la Oficina del Defensor del Pueblo?.
  2. ¿Por qué si el Defensor del Pueblo y el Coordinador de la fiscalia de menores de Asturias están por regular ( al tratarse de Derechos Fundamentales) la materia a través de una Ley Orgánica hay este empeño por su parte en afirmar que es como "actua un padre"? . Sra. Consejera si un padre actuase de la forma que lo hace la Consejería con los menores ingresados en las Unidades de Régimen Especial, se le retiraría al menos la guardia.
  3. ¿Por qué hay tanto miedo a que un juez autorice los ingresos, y supervise las medidas y procedimientos?. ¿Lo que es una garantía para los menores de "reforma" (CIM "Sograndio"), no lo es para los menores desprotegidos?. Esperamos que al menos reconozca que es curiosa esta reflexión.
  4. ¿Se informa a los menores con anterioridad y por escrito de las razones, duración, objetivos y forma de recurrir cuando ingresan en una Unidad Especial. ¿Se les permite alegar algo al respecto?.¿ Por qué si van a limitarse sus derechos, pudiendo ser encerrado en una "camarilla" no se les presta asistencia jurídica gratuita e independiente para defenderse?.
  5. En el citado Informe el Defensor del Pueblo realiza 57 Recomendaciones. Nosotros afirmamos que casi ninguna de las Generales (13) se cumplen en Asturias y en relación a las Específicas le preguntamos a modo de ejemplo:
  • ¿Para cuándo autorización y supervisión judicial de los internamientos?
  • ¿Para cuando todos los Centros de menores tendránun Reglamento de Régimen Interno, donde esta claramente delimitado el procedimiento de quejas y sugerencias, el régimen de infracciones y sanciones, y los protocolos que deben seguirse para aplicar medidas de contención en situaciones de crisis de los menores, entre otros aspectos. Debidamente aprobado y conforme con la ley?.Por último y muy importante conocido y entendido por los menores.
  • ¿Los menores recluidos en "camarillas" ( en aislamiento) reciben diariamente la visita del médico o psicológo? .¿ Puede este modificar o suspender el aislamiento?, tal y como recomienda el Defensor.
  • ¿Existen protocolos de intervención en casos de crisis de los menores que supongan la adopción de medidas de contención física o farmacológica o, en su caso, de aislamiento, en los que se determinen las personas encargadas de cada función, su forma de actuación, la autorización, y los informes que, con posterioridad, deberán remitirse a la entidad pública de protección de menores?.
  • ¿ Va la Consejería de Vda. y B. Social a acometer reformas para la adecuación de centros de la Administración?¿Va a dotarlos de los recursos económicos necesarios para tal fin?.
No nos haga reír Sra Consejera solo hay que ver la lamentable situación del Centro Materno-Infantil.


Oviedo , a 5 de febrero de 2009


Colectivo SocialyJusticia
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Enlaces a el Informe (parte 1 y 2)
http://estaticos.elmundo.es/documentos/2009/02/02/informe2.pdf
http://estaticos.elmundo.es/documentos/2009/02/02/informe1.pdf
Mas info:http://www.centrosdemenores.com/

La Administración genera marginalidad entre los menores.

Pese a ser una obligación de la Administración, muchos menores inmigrantes no acompañados alcanzan la mayoría de edad sin tener sus papeles en regla. Esto, denuncian organizaciones sociales, les aboca a la exclusión.

Cumplir los 18 años es de todo menos emocionante cuando se es un menor extranjero no acompañado. “¿Cómo miraríamos a un padre y a una madre que el día que su hijo o hija cumple 18 años lo hecha a la calle?”, se pregunta Vicenç Galea, del colectivo catalán Drari, juristas por los derechos de la infancia.

La legislación española considera que los menores, extranjeros o autóctonos, que no tienen quién se haga cargo de ellos están en una situación de riesgo y vulnerabilidad por lo que la Administración debe hacerse cargo de ellos y tutelarlos. Actualmente, son las comunidades autónomas las que asumen estas responsabilidades. Pero al alcanzar la mayoría de edad, los menores extranjeros se encuentran en una situación de suma precariedad. Aunque existen programas de emancipación en diferentes comunidades, la falta de recursos hace que las plazas sean insuficientes y sólo unos pocos chicos puedan hacer uso de ellas. Pero en muchos casos, el problema reside en un generalizado caos administrativo que hace que no tengan la documentación en regla. En otros, es compleja la regularización de su situación una vez han salido del centro en el que estaban tutelados, y les resulta casi imposible conseguir un permiso de trabajo que les permita renovar, más tarde, la residencia. Y eso que proveerles de los papeles es una obligación de la Administración establecida legalmente.

Aunque, según la Ley de Extranjería, la Administración dispone de un máximo de nueve meses para proveer al menor de un permiso de residencia, la tónica general es la negligencia, actitud que varias organizaciones que trabajan con estos menores interpretan como mala fe.

Hay “muchos chicos indocumentados o a medio documentar: un problema casi imposible de solucionar, porque cuando ya tienen 18 años se convierten en un inmigrante más quedándoles solamente para regularizar su situación la vía del arraigo”, explica Galea. En Cataluña “las administraciones se toman el plazo máximo de nueve meses, como mínimo, y hasta que no pasa ese tiempo con el menor entre manos no empiezan a plantearse lo de la residencia. La solicitan más tarde y el chaval ha perdido un tiempo de antigüedad porque en su dosier se pone la fecha del día en que se la pidieron. Durante un tiempo no ha existido, ha estado en un limbo”, denuncia. Además, afirma Galea, aunque la falta de permiso de residencia no es impedimento legal para cursar estudios, en la práctica sucede así. Y tras semejante itinerario, “cuando se le concede la residencia, ya queda poco tiempo para que estudie y pueda llegar a los 18 años con un diploma”.

En otros casos, como en Melilla, se marea a los menores que cumplen la mayoría de edad pidiéndoles documentos que para ellos es prácticamente imposible conseguir: “Conociéndoles perfectamente y teniéndolos tutelados les han pedido que presenten un certificado marroquí de que están solteros o un certificado de antecedentes penales. Todo es una trampa”, señala José Palazón, de la asociación pro derechos de la infancia Prodein. Hasta noviembre del año pasado, la Administración melillense les retenía, además, la documentación, dejándoles, cuando no estaban en el centro de tutela, expuestos a ser detenidos y expulsados. Tras ser amonestada por el Defensor del Pueblo, la Consejería de Bienestar Social aceptó entregar su documentación a los chavales y solicitar el certificado de tutela con carácter inmediato. Pero aquellos que habían alcanzado la mayoría de edad con anterioridad no se vieron beneficiados y han quedado en situación irregular.

El menor M., que había estado ocho años en el centro de acogida del Fuerte de la Purísima, un antiguo cuartel militar en las afueras de la ciudad, vive ahora en una chabola junto al centro y ya ha sido detenido por la policía alguna vez. I. es de Fez y ha estado cuatro años en La Purísima. El 23 de enero fue una vez más a las oficinas de Extranjería a solicitar su documentación. Tiene un precontrato, es carpintero. Esta vez le han cogido la solicitud, cree que porque el personal que le atendió era nuevo. Ahora le toca esperar. “Cuando cumplí 18 años me echaron a la calle. Entonces el permiso de residencia todavía no estaba caducado, pero ahora no quieren renovármelo, no quieren darme lo mío, para que pueda irme de aquí y buscarme la vida como los demás, para sentirme como los demás. Me piden el pasaporte marroquí y no sé qué..., pero ¿cómo? Si yo llevo toda mi vida aquí. Si me dan la residencia puedo ir a Marruecos a pedirlo, pero si no tengo la residencia ¿podré volver a entrar? Es política: dicen que tienes que largarte de aquí”, cuenta por teléfono. Tan sólo cuatro días después, dos compañeros suyos se toparon con lo que a Palazón le parece que será la futura estrategia de la Administración de Melilla: les solicitaron el empadronamiento, que el centro no había tramitado. Cuando fueron ahí a pedirlo, como ya son mayores de 18 años, no se lo tramitaron. “Se consigue dar un paso adelante, y ellos encuentran otra forma de seguir haciendo lo mismo”, observa con cansancio José Palazón.

En Asturias, donde la llegada de chavales extranjeros es un fenómeno relativamente nuevo –apenas tres años–, también “se buscan fórmulas ‘elegantes’ para que el incumplimiento de la legislación no chirríe: retrasar la documentación, complicar los trámites burocráticos, etc.”, el Colectivo SocialyJusticia. Como la Ley de Extranjería prevé que, aunque hayan alcanzado la mayoría de edad, se les puede conceder un per- miso por una vía especial si la falta de permisos de residencia se debe al mal funcionamiento de una administración, los colectivos asturianos que se ocupan de estos menores están intentando trabajar esta vía.

Pese a que la Comunidad Autónoma Vasca tiene mejor reputación, Ana Stern, de SOS Racismo Guipúzcoa, insiste en que “resolver la cuestión de la documentación es básico. Para invertir bien en menores de edad, tenemos que invertir en mayores de edad: si no, nos encontramos con unas bolsas de pobreza y de exclusión que cada vez irán creciendo más. Se trata de una cuestión transautonómica, transnacional”.

En cuanto a Madrid, Juan Ignacio de la Mata, abogado de la Coordinadora de Barrios, constata que la documentación necesaria “primero no se tramita y lo que se tramita se hace en contra de la ley y del espíritu que debe regir las actuaciones en materia de protección, que es el interés superior del menor. Este interés superior integra el derecho a una correcta documentación”. A su juicio, con estas negligencias “se está abocando a los chavales tutelados a la marginalidad porque la no documentación genera desintegración social”. “En general, la administración pública usa todos los subterfugios que puede para eludir el compromiso”, subraya Galea. En ello coinciden desde Asturias: “Se copian para todo menos para lo bueno”.

Sobre Centros de Menores . Defensor Pueblo

RECOMENDACIONES

I. DE CARÁCTER GENERAL

1. Que se lleven a cabo las investigaciones que permitan conocer los datos básicos sobre la incidencia de este problema en nuestra sociedad(..).
2. Que se preste atención especial al desarrollo de protocolos que delimiten el ámbito de atención a menores con trastornos de conducta y en situación de dificultad social, y definan criterios de calidad, evaluación, seguimiento y buenas prácticas en esta intervención, en el marco del Plan Estratégico Nacional de Infancia y Adolescencia 2006-2009.

4. Que, (::) se preste especial atención al cumplimiento de la normativa referida a la adecuación de las instalaciones, con carácter previo a la aprobación de cualquier proyecto que conlleve el acogimiento residencial de menores. De esta manera, se debe evitar la habilitación de nuevos recursos que no reúnan las condiciones(.).
5. Que se valore la conveniencia de establecer un marco jurídico general sobre los menores con trastornos de conducta y en situación de
dificultad social, determinando los supuestos, requisitos y condiciones en los que las entidades públicas de protección de menores pueden aplicar
programas específicos que contemplen la utilización de medidas de contención de carácter no sancionador.
6. Que el derecho a la asistencia jurídica gratuita sea reconocido en todo caso a los menores y a sus padres, u otros representantes legales, en el marco de los procedimientos de desamparo y los dirigidos a adoptar medidas de protección en el ejercicio de la tutela administrativa.

7. Que las administraciones públicas intensifiquen las medidas de prevención y de protección que permitan garantizar a los menores en situación de dificultad social el pleno desarrollo de su personalidad y evitar así que esas situaciones deriven en el desamparo del menor o incluso en conductas contempladas por la Ley Orgánica 5/2000,.

9. Que se intensifiquen las actuaciones dirigidas a establecer dispositivos y recursos intermedios y de rehabilitación de las situaciones de dificultad social desde los ámbitos educativo, sanitario y social que hagan innecesaria la institucionalización

10. Que, en los casos en que el interés del menor requiera su atención en régimen de acogimiento residencial, se diversifiquen los proyectos de atención(..)de forma que se elimine la práctica de
atender en un mismo programa a menores que requieren medidas de protección y a aquellos que cumplen una medida de justicia juvenil.
11. Que se revise el actual modelo de especialidades de psiquiatría y psicología clínica para incluir, como áreas de capacitación preferente, en la infancia y la adolescencia.
12. Que se conceda la prioridad que merecen a las conclusiones contenidas en el documento “La Estrategia en Salud Mental del Sistema Nacional de Salud” en relación con la atención infanto-juvenil, y que se pongan en práctica sus recomendaciones, en especial las siguientes:
o Realización de intervenciones preventivas en la primera infancia y la adolescencia.
o Materialización de las intervenciones comunitarias orientadas mejorar la dinámica social en áreas geográficas con riesgo social alto(..).
o Estudio y evaluación de intervenciones orientadas a informar y a educar sobre los riesgos que tiene para la salud las sustancias adictivas en adolescentes.
o Protocolización de procesos de atención relativos a trastorno mental(..) infanto-juvenil y trastorno generalizado del desarrollo.
o Implantación de un modelo de coordinación entre servicios sociales, educación y justicia, que garantice la continuidad de los cuidados (...)
13. Que se promueva el acceso de todos los menores a los recursos públicos destinados al diagnóstico y tratamiento de las situaciones de dificultad social derivadas de los trastornos de conducta, sin discriminación alguna, en función de su condición de menores tutelados o no tutelados por la administración pública.

II. ESPECÍFICAS
15. Que la resolución administrativa que pone fin al procedimiento, y mediante la que se acuerda el ingreso de un menor en un centro para menores con necesidades especiales, esté siempre debidamente motivada(..). Dicha resolución deberá ser notificada de modo personal tanto a los padres, cuando no exista resolución judicial que lo prohíba, como al propio menor, en la forma adecuada a su edad y circunstancias,de acuerdo con la Ley 30/1992.

16. Que se solicite la autorización judicial en los términos previstos en el artículo 763 de la Ley 1/2000, de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil, siempre que el internamiento del menor se produzca por razón de
trastorno psíquico(...) y asimismo (..) autorización judicial para el ingreso en todos aquellos centros que apliquen medidas que conlleven alguna limitación de los derechos que los menores.
20. Que, de acuerdo con lo previsto en el artículo 21 de la Ley Orgánica 1/1996, de 15 de enero, de Protección Jurídica del Menor, se procure que el menor permanezca internado durante el menor tiempo posible, salvo que convenga a su interés. En consecuencia, no deberá supeditarse el alta a la carencia de recursos intermedios.

22.Se respete el derecho del menor a ser oído y se le escuche siempre antes de que se adopte una decisión que le afecte.
23. Que, en aquellos casos en que los menores, no estén de acuerdo con la medida de protección adoptada, (..) arbitrar los cauces para que puedan plantear una reclamación o recurso, con asistencia jurídica cualificada.
25. Que se establezca en todos los centros un sistema de quejas y reclamaciones, de las que deberá tener constancia, en todo caso, la entidad pública (..).
26. Que se permitan y faciliten, salvo resolución judicial en contrario, las relaciones con la familia del menor, debiendo quedar establecida en el proyecto individualizado la frecuencia de las mismas, .

28. Que, por la entidad pública(...)se garantice que todo menor en edad de escolarización obligatoria, sea matriculado en un centro docente y asista con regularidad y normalidad al mismo. En el supuesto de que no se considere adecuada la asistencia de algún menor al centro educativo, se le facilitará la atención educativa individualizada que requiera mediante el oportuno profesorado facilitado por la Administración educativa.

30. Que la prescripción y administración de fármacos a los menores(...)se lleve a cabo de conformidad y en los estrictos términos el artículo 9.3. de la Ley 41/2002, de 14 de noviembre.

31. Que, en todo caso, se informe adecuadamente al menor del tratamiento médicopara que pueda dar su consentimiento informado al mismo.
(...), cuando el menor no sea capaz (..) de comprender el alcance de la intervención, se requiera el consentimiento de la entidad pública competente, como representante legal de aquél, después de haber escuchado al menor si tiene doce años.
En el supuesto de que hubiere cumplido los dieciséis años y no prestara su consentimiento para someterse al tratamiento prescrito, se requerirá la pertinente autorización judicial, conforme a lo previsto en el
artículo 9.3.c. de la Ley 41/2002.

33. Que, en todo caso, cuando se trate de una actuación de grave riesgo, según el criterio del facultativo, los padres sean informados y su opinión tenida en cuenta para la toma de la decisión correspondiente.

34. Que , procedan a su elaboración de una norma que regule el funcionamiento de los centros, detallando los contenidos mínimos que deben tener los reglamentos de régimen interno, el procedimiento de quejas y sugerencias, el régimen de infracciones y sanciones, y los protocolos que deben seguirse para aplicar medidas de contención en situaciones de crisis de los menores, entre otros aspectos.

35. Que las entidades públicas de protección de menores comprueben que todos los centros de atención a menores en situación de dificultad social disponen del preceptivo reglamento de régimen interno, debidamente aprobado y conforme a lo previsto en la normativa aplicable.

36. Que, a su llegada al centro, se facilite al menor información escrita, redactada en lenguaje claro, sencillo y adaptado a su nivel de comprensión, sobre sus derechos y obligaciones, cuestiones de rganización general, normas de convivencia y funcionamiento del centro y procedimientos para formular peticiones, quejas o recursos.(...).
37. Cuando excepcionalmente, se considere necesaria la práctica de cacheos y otras medidas de registro que incluyan el desnudo integral de los menores, se comunique a los juzgados de primera instancia, y se practiquen dichos registros conforme a los requisitos que exige la jurisprudencia del Tribunal Constitucional.

38. La corrección de conductas contrarias a la convivencia habrá de tener una finalidad educativa, como instrumento de aprendizaje para los menores, y deberá tender siempre a la búsqueda de un efecto
rehabilitador en cada menor.

39. Que el régimen de infracciones y sanciones esté tipificado en el reglamento, y no contemple directa o indirectamente castigos corporales, maltrato psíquico, privación de la alimentación o del descanso, privación del derecho a sus relaciones personales, privación del derecho a la educación obligatoria y de asistencia al centro escolar, ni atente contra la dignidad de la persona mediante acciones que conduzcan a su humillación o ridiculización, y, en ningún caso, establezca restricciones de igual o mayor entidad que las contempladas en la legislación reguladora de la responsabilidad penal de los menores.
Las sanciones deberán ser proporcionales a la infracción cometida, tener en cuenta las circunstancias en las que se ha producido y las características del menor, y su aplicación deberá ser en todo caso supervisada por la Dirección del centro, dando cuenta al servicio especializado de protección de menores. En la mayor medida posible, se alentará el uso de medidas alternativas a la separación del grupo.
40. Que,(...) la sanción de separación del grupo se imponga solamente en los casos en que se manifieste una evidente agresividad o violencia por parte del menor, o cuando éste, reiterada y gravemente, altere la normal convivencia en el centro.
El reglamento de régimen interior deberá recoger la duración de la sanción de separación del grupo, la cual se ajustará a la gravedad de la infracción cometida.
Mientras esté cumpliendo la sanción, el menor dispondrá, como mínimo, de dos horas al aire libre, y deberá asistir, en su caso, a la escuela, centro formativo o centro de trabajo, pudiendo recibir, demás,
las visitas contempladas en su proyecto educativo individual. Durante el horario general de actividades, se programarán ocupaciones alternativas para los menores separados del grupo.
Diariamente, visitará al menor el médico o el psicólogo, que informará a la Dirección del centro sobre el estado de salud física y mental del menor, así como sobre la conveniencia de suspender, modificar o dejar sin efecto la sanción impuesta.
41. Que, (..)se prohíba el uso de la fuerza en el control de los menores, salvo cuando se hayan agotado y hayan fracasado todos los demás medios, y que sólo se utilice de la forma expresamente autorizada y
descrita en el reglamento de régimen interno.
42. Que se aprueben protocolos de intervención en casos de crisis de los menores que supongan la adopción de medidas de contención física
o farmacológica o, en su caso, de aislamiento, en los que se determinen las personas encargadas de cada función, su forma de actuación, la autorización, y los informes que,deberán remitirse a la entidad pública de protección de menores.
43. Que se limite la estancia en aislamiento al tiempo mínimo e imprescindible, y se prohíba, en todo caso, su utilización como medida sancionadora.

46. Que los profesionales (..)refuerzo que les ayuden a afrontar las situaciones de tensión emocional derivadas del desarrollo de su labor.

48. Que se facilite formación específica para realizar posibles contenciones al personal (..)y, en todo caso, a los vigilantes de seguridad, para que realicen sus funciones con pleno respeto.

49. Que,(..)en todos aquellos centros en los que sea necesario acometer reformas para la adecuación de centros , se doten los recursos necesarios .

51. Que(..)la Administración asegure la protección , a través de la inspección y supervisión de todos los centros .
54. Que, siempre que la Administración haya delegado la gestión (..) en entidades privadas exija una total transparencia en la gestión de los gastos,

56. Que, por parte de los fiscales, se visiten periódicamente los centros (..) entrevistándose reservadamente con los menores que así lo soliciten, promoviendo la corrección de las deficiencias.
57. Que se dote a la Fiscalía de los medios para realizar el control del funcionamiento y organización de los centros y de los proyectos educativo.

II Jornadas " Día Internacional de los Derechos de los Menores"

II Jornadas " Día Internacional de los Derechos de los Menores"
Noviembre-09 ASTURIAS

2 Diciembre

DECLARACIÓN DE LAS DEFENSORÍAS DEL PUEBLO SOBRE LAS RESPONSABILIDADES SOBRE LOS MNAs

Introducción

En los últimos meses estamos asistiendo de nuevo a la llegada de menores extranjeros no acompañados a la Comunidad de Canarias. Estos menores se unen a otros jóvenes procedentes del norte de África que también han llegado a nuestro país en los últimos años. Conjuntamente, plantean un reto de extraordinaria magnitud a nuestras instituciones y a nuestra sociedad desde el punto de vista de la capacidad de acogida, de protección, de formación y de inserción social de estos jóvenes.
Esta situación ha planteado un serio problema de capacidad de acogida inmediata a la Comunidad de Canarias, que ha visto desbordados sus recursos de atención dirigidos tanto a la población adulta como a los menores.(:::)
Con independencia de los retos que el fenómeno de la inmigración supone para el diseño y el desarrollo de las políticas sociales, las defensorías del Estado coincidimos en subrayar la necesidad de alcanzar acuerdos entre las distintas administraciones públicas del Estado en un tema tan importante desde el punto de vista de los derechos de los menores. Asimismo, queremos advertir de que, a pesar de su importancia, se trata sólo de un primer paso en la obligación inexcusable que tienen las administraciones públicas de velar por el interés primordial del menor, tal como establece el artículo 3 de la Convención de los Derechos del Niño, y atender sus derechos como los de cualquier otro ciudadano menor de edad que se encuentre en territorio español (Ley 1/1996 de protección jurídica del menor). Cabe recordar, asimismo, que el artículo 2.1 de Convención de los Derechos del Niño prohíbe explícitamente la discriminación del menor por razón de origen nacional. Además, el ordenamiento jurídico español establece claramente que los menores son ante todo menores, principio que debe prevalecer sobre la condición de extranjero.

La Red Europea de Defensores del Menor (ENOC, European Network of Ombudspersons for Children), aprobó en su última reunión anual una declaración instando a los países miembros del Consejo de Europa a tomar las medidas necesarias para asegurar los derechos de los menores no acompañados. Este hecho demuestra la relevancia que adquiere este fenómeno a escala europea y justifica que, dada la especial importancia que tiene para el caso español, las defensorías presentemos una declaración para expresar ante la sociedad española nuestra responsabilidad de velar para que los derechos de estos menores sean garantizados. Subrayar las obligaciones que las distintas administraciones públicas tienen respecto a los menores y recomendar algunas acciones dirigidas a reforzar el cumplimiento de sus derechos.


Principios de actuación

VER Observacion 6ª de las Naciones Unidas(2005)

1) Las Administraciones públicas competentes en las distintas CCAA deben asumir la tutela del menor de forma inmediata, mientras se estudia la realidad del menor y del núcleo familiar de origen. Debe evitarse que la fase de estudio de su situación suponga en la práctica la privación de acceso a recursos socioeducativos y a la formación laboral.

2) Las Administraciones competentes deben empezar a documentar al menor y tramitar su (tarjeta temporal)residencia cuando quede acreditada la dificultad de retorno con su familia, de acuerdo con el artículo 35.4 de la Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social, sin esperar los nueve meses que establece el Reglamento (Real Decreto 2393/2004, de 30 de diciembre), plazo que, de acuerdo con una interpretación conforme a la ley, debe ser considerado un máximo.

3) Los menores no deben ser repatriados a sus países de origen salvo que existan garantías de que la reintegración a su núcleo familiar de origen (o recurso de protección alternativo) asegure el mejor interés para el menor. La decisión debe tener en cuenta el propio punto de vista del menor –que tiene derecho a ser escuchado- y sólo puede llevarse a cabo después de un estudio detenido de los recursos disponibles en su país de origen.

4) Las pruebas médicas previas de determinación de la edad sólo deberán ser realizadas en casos de duda y deberían efectuarse con el asesoramiento de expertos independientes y tecnología moderna que incluya una combinación de pruebas físicas, sociales y psicológicas.
Siempre deberá tomarse como edad de referencia la menor que resulte de las pruebas médicas realizadas.

5) Los menores deberían recibir asistencia jurídica independiente de la Administración, como es el turno de oficio colegial, con el fin de asegurar que los procesos administrativos o judiciales se lleven a cabo teniendo en cuenta su interés superior.

6) Las Comunidades Autónomas deben coordinar sus modelos de atención a los menores inmigrantes no acompañados para evitar “fugas” de los menores a aquellas comunidades que garantizan mejor el proceso de tutela y residencia y que ofrecen mejores recursos socioeducativos.

7) Asimismo, las Comunidades Autónomas y las Delegaciones del Gobierno coordinarán también su actuación en los ámbitos de sus respectivas competencias para evitar disfunciones y asegurar que la propuesta sea la más adecuada al interés del menor en cada caso. Para facilitar la coordinación interinstitucional es necesario disponer de un registro unificado de menores inmigrantes no acompañados compartido por todas las Administraciones públicas con competencias en la cuestión.

8) En la atención a los menores extranjeros no acompañados deben diseñarse y planificarse los recursos necesarios para favorecer su desarrollo integral y facilitar su inserción en la sociedad de acogida.

9) Todas las Administraciones públicas deben asumir sus
responsabilidades en la atención a los menores no acompañados.

Es importante que los gobiernos de las CCAA establezcan acuerdos con las administraciones locales de su territorio para diseñar conjuntamente los recursos y las estrategias necesarias que mejor garanticen la atención e integración de los menores no acompañados. Especialmente importante es la necesidad de superar las actitudes de rechazo social que acompañan en ocasiones a las medidas de acogida y protección de estos menores.

10) Los centros de acogida de menores inmigrantes no acompañados deben presentar garantías de adecuación espacial, sanitaria y educativa. Las CCAA deben garantizar que los menores reciban atención a través del circuito normalizado, concentrando las actividades en centros de 24 horas que proporcionen a los menores recién llegados referentes educativos y afectivos estables.
Octubre de 2006