miércoles, febrero 17

Congreso Diputados aprueba petición Pnv-Eaj de unificar criterios cálculo edad menores migrantes

http://www.noticiasdegipuzkoa.com/2010/02/17/sociedad/euskadi/el-gobierno-debera-homogeneizar-el-criterio-de-calculo-para-saber-la-edad-de-los-menores-extranjeros

El Gobierno deberá homogeneizar el criterio de cálculo para saber la edad de los menores extranjeros

EL CONGRESO RESPALDA LA PETICIÓN DEL PNV DE UNIFICAR LOS CRITERIOS QUE APLICAN LOS FISCALES

Olabarria puso como ejemplo un chico de Gambia acogido en Álava y que luego resultó tener 37 años y ser de Guinea

leire gondra - Miércoles, 17 de Febrero de 2010 - Actualizado a las 08:10h.

Madrid. Aunque parezca que los menores extranjeros acompañados tienen siempre menos de 18 años, no siempre ocurre así. Es más, el diputado del Grupo Vasco, Emilio Olabarria, expuso ayer en el Congreso de los Diputados el caso de un chaval de Gambia acogido en Álava que finalmente resultó tener 37 años y ser de Guinea Ecuatorial. Y no es el único caso de este tipo. Por eso, ayer la Cámara Baja respaldó la moción del Grupo Vasco con la que se pretende homogeneizar, en colaboración con las Comunidades Autónomas, los criterios para determinar la edad de los menores extranjeros que llegan no acompañados, de manera que se podrá garantizar "que los menores que se acojan, sean menores de verdad". Esta moción se aprobó por inmensa mayoría e incorporó una enmienda del Grupo Catalán CIU.

El ejemplo que ayer expuso Olabarria es sintomático: entre el 60% y el 80% de los supuestos menores no acompañados acogidos son falsos menores.

Así, el diputado vasco achacó esta situación a los "criterios dispersos" que aplican los fiscales a la hora de establecer las edades de los menores, que en ocasiones se centran en pruebas médicas, y en otras simplemente aceptan la documentación que los propios supuestos menores les aportan. Además, el jeltzale explicó que se dan muchos casos de chavales que entran sin documentación y que meses después acaban teniendo unos papeles "pretendidamente expedidos en su país de origen y que luego se comprueba que es documentación falsa". "Luego, hay un problema en virtud del cual organizaciones mafiosas están falsificando documentos", expuso Olabarria.

Por otra parte, el diputado vasco planteó la gran diferencia que existe entre las diferentes comunidades autónomas en cuanto a número de menores acogidos, ya que mientras que en la CAV el número asciende a 800, en Madrid se reducen a 120 y en la Comunidad Valenciana a 100. "Estamos dispuestos a acoger a los menores que nos correspondan, pero que sean realmente menores", puntualizó.

El jeltzale definió toda esta problemática como "una patología perversa que hay que corregir". Así, según defendió Olabarria, "las pruebas médicas óseas son en estos momentos la prueba más fiable para calcular la edad de los menores extranjeros que llegan no acompañados" por lo que "en aras a garantizar el buen funcionamiento de los Servicios Sociales de Acogida y en aras a dar un óptimo servicio a estos menores, es de justicia que el criterio para determinar su edad sea homogéneo y lo más científico posible".

Olabarria celebró "la aprobación de esta iniciativa, que si bien no va a corregir el problema de fondo, sí puede ayudar a garantizar que los menores que se acojan, sean realmente menores".

http://www.deia.com/2010/02/17/sociedad/luz-verde-a-unificar-los-criterios-para-saber-la-edad-de-menores-extranjeros
aprobado en el congreso

Luz verde a unificar los criterios para saber la edad de menores extranjeros

El Congreso de los Diputados respaldó la moción presentada por el Grupo Vasco

Leire Gondra - Miércoles, 17 de Febrero de 2010 - Actualizado a las 07:26h

Debería de ser una obviedad, pero no lo es: no todos los menores extranjeros no acompañados que son atendidos por los diferentes servicios sociales del Estado, tienen menos de 18 años. Es más, el diputado del Grupo Vasco, Emilio Olabarria, expuso ayer en el Congreso de los Diputados el caso de un chaval de Gambia acogido en Araba que finalmente resultó tener 37 años y ser de Guinea Ecuatorial. Y no es el único caso de este tipo. Por eso, ayer la Cámara Baja respaldó la moción del Grupo Vasco con la que se pretende homogeneizar, en colaboración con las Comunidades Autónomas, los criterios para determinar la edad de los menores extranjeros que llegan no acompañados de manera que se podrá garantizar "que los menores que se acojan, sean menores de verdad". Esta moción se aprobó por inmensa mayoría e incorporando una enmienda de CiU.

El ejemplo que ayer expuso Olabarria es sintomático: entre el 60% y el 80% de los supuestos menores no acompañados acogidos en Araba son falsos menores.

Así, el diputado vasco achacó esta situación a los "criterios dispersos" que aplican los fiscales a la hora de establecer las edades de los menores, que en ocasiones se centran en pruebas médicas y en otras simplemente aceptan la documentación que los propios supuestos menores les aportan.

Además, el jeltzale explicó que se dan muchos casos de chavales que entran sin documentación y que meses después acaban teniendo unos papeles "pretendidamente expedidos en su país de origen y que luego se comprueba que es documentación falsa". "Luego, hay un problema en virtud del cual organizaciones mafiosas están falsificando documentos", expuso Olabarria.

Por otra parte, el diputado vasco planteó la gran diferencia que existe entre las diferentes comunidades autónomas en cuanto a número de menores acogidos, ya que mientras que en la CAV el número asciende a 800, en Madrid se reducen a 120 y en la Comunidad Valenciana a 100. "Estamos dispuestos a acoger a los menores que nos correspondan, pero que sean realmente menores", puntualizó.

El jeltzale definió toda esta problemática como "una patología perversa que hay que corregir". Así, según defendió Olabarria, "las pruebas médicas óseas son en estos momentos la prueba más fiable para calcular la edad de los menores extranjeros que llegan no acompañados" por lo que "en aras a garantizar el buen funcionamiento de los servicios sociales de acogida y en aras a dar un óptimo servicio a estos menores que llegan, es de justicia que el criterio para determinar su edad sea homogéneo y lo más científico posible".

Olabarria celebró "la aprobación de esta iniciativa, que si bien no va a corregir el problema de fondo, sí puede ayudar a garantizar que los menores que se acojan, sean realmente menores", concluyó.

La administración le cambió la vida a mi hija radicalmente. Tenía tres años y medio

http://anprodefa.org/?p=515

La administración le cambió la vida a mi hija radicalmente. Tenía tres años y medio

Mi nombre es Francisco Cárdenas. El 12 de marzo de 2009 la Administración de Cataluña secuestró a mi hija. Desde entonces no he parado de luchar por intentar recuperarla. Era una niña feliz, alegre, querida, con un entorno privilegiado. De repente, la intransigencia de la Administración responsable pone en marcha todos sus mecanismos. La Dirección General de Atención a la Infancia (DGAIA) y el Instituto Catalán de Acogimiento y Adopción (ICAA) raptan de una manera increíble a mi hija.

Es la lucha contra un mastodonte sin sentimientos. Por encima de lo que digan los papeles es mi hija. Por suerte, las instituciones todavía no mandan en nuestros corazones.

Esta web la hacemos muchas personas, con muchas cosas en común: sobretodo un amor infinito por nuestra nena.

En esta sección de la web explicaré brevemente todo el proceso vivido desde que me es retirada la nena. Los contactos con la Administración, con políticos, con expertos, con el Defensor del Pueblo, con infinidad de personas… El inmenso apoyo que he recibido para intentar revertir la situación que los responsables de la adopción en Cataluña han creado.

Reivindico los derechos de los padres, sean de acogida, en preadopción o biológicos, frente a las ingerencias desproporcionadas de la Administración encargada de la protección de la infancia. Por ejemplo, se nos cita siempre en horario laboral cuando se exige que tengamos un trabajo fijo para mantener a los hijos, con la incoherencia que supone saltarse el trabajo cada mes para dar cuenta de lo que pasa en casa. O el sentimiento de impotencia ante técnicos que intentan entrar en tu intimidad, tus sentimientos, porque el supuesto interés del menor lo justifica todo.

La administración le cambió la vida a mi hija radicalmente. Tenía tres años y medio, y tres de su vida se han hecho desaparecer. Sin poder hablar, sin poder opinar. Desaparecen tres años de una forma brutal, radical. ¿Y pretenden que eso no tenga consecuencias futuras?

A mí, como acogedor, no me han considerado como padre.

No éramos una familia de acogida. Nunca hubiéramos aceptado un bebé para al cabo de dos, tres… años desprendernos de él. No estábamos preparados para eso, sino para ser padres adoptivos.

www.esmihija.es

Video denuncia

http://www.tv3.cat/videos/1528879/Perd-la-seva-filla-en-acollida

Tánger dieciséis de febrero 2010. Imagina que diste a luz el domingo pasado en un hospital público marroquí. Un niño precioso.

Tánger dieciséis de febrero 2010

Imagina que diste a luz el domingo pasado en un hospital público marroquí. Un niño precioso.

Imagina que te dieron el alta al día siguiente, lunes.

Imagina que volviste a casa, cansada, sangrando del post-parto, con dolores aún en un útero que lucha por volver a su sitio.

Imagina que en casa te está esperando tu niña de dos años y dos meses y tu pareja.

Imagina que esta mañana mientras bañabas al bebé comenzaste a ver que le costaba respirar.

Imagina que corriste al hospital público marroquí.

Imagina que te dijeron que no podían atenderte.

Imagina que fuíste dos veces.

Imagina que la tercera vez tu bebé dejó de respirar casi en la puerta del hospital.

Imagina que pediste auxilio por tu bebé muerto.

Imagina que se lo llevaron a la morgue del hospital.

Imagina que a ti, a tu niña de dos años y dos meses y a tu pareja os llevaron a comisaría.

 

Ahora imagínate retorciéndote de dolor en las entrañas, el dolor agrio de la muerte de tu hijo, el dolor de un útero que te recuerda recién parida, el dolor de una leche que sube a tus senos duros como piedras. Pero imagínate NEGRA, imagínate AFRICANA, imagínate POBRE, imagínate SIN PAPELES.

 

Estás sentada, doblada sobre tu vientre en aquel sucio despacho de policías que van y vienen y te hablan en una lengua que no entiendes. Allí te miro e intento traducirte las preguntas que me parecen estúpidas, crueles e inhumanas.

Quieren saber qué haceis en su reino, cómo habeis entrado y cuánto tiempo llevais aquí. Quieren saber cómo os llamais, cómo se llaman vuestros padres y porqué habeis venido.

Tu pareja grita y pide piedad. Sabe que todas las preguntas van dirigidas a justificar una deportación al desierto. Tu pareja grita y te tranquiliza llamándote "honey".

Tu niña sonríe, juega con su gorro y canta "haleluya".

La policía busca un intérprete de árabe a inglés para hacer el parte y llevaros a Tribunal.

Me dices que si te deportan al desierto y allí te violan no crees que aguantarás el dolor, que aún estás recién parida.

Un policía se me acerca y me pregunta : ¿Por qué haceis ésto? ¿Por placer?. Este amable policía llama "esto" a acompañar a unos padres sumidos en el dolor, a comprar algo de comida para una niña que lleva todo el día sin probar bocado y a intentar traer un poco de humanidad o al menos de buen trato a esa puñetera comisaría.

Entonces le miro, me horroriza su frialdad, y le contesto, lo hacemos por amor. Veo en él a esos seres que comen, cagan y hacen de policía para poder seguir comiendo y cagando. Siento lástima.

Detienen a tu pareja en comisaría y me dicen que como caso humanitario te dejan dormir en casa. Mañana tienes que pasar el Tribunal junto a tu marido.

Te hundes. Es la primera vez que te veo enderezar ese vientre que te duele. Gritas y lloras hasta que un policía te manda callar.

No lo soporto, me puede la escena y le pido por favor que entienda que tu hijo ha muerto hoy, que estás recién parida, que te duelen las entrañas.

Me responde con desprecio que en este reino hay unas leyes, que aquí se hace lo que dice el procurador del rey y que tú eres una NEGRA CLANDESTINA.

Mañana iremos al Tribunal, mañana un hombre de este reino decidirá si te tiran a ti y a tu niña al desierto de madrugada. A partir de ahí la suerte decidirá si serás violada, si tu hija será raptada o porqué no violada también.

 

Imagínate que todo eso te ha pasado hoy.

Imagínate que a todas nos duelen sus entrañas.

Imagínate que a todas nos duelen nuestras entrañas.


Helena Maleno Garzón 
Investigadora
Especialista Migraciones
Colectivo Caminando Fronteras
00212670952205
0034664301609

martes, febrero 16

nota de prensa Grupo de Sociología de la Infancia sobre Immf

NOTA DE PRENSA GRUPO DE SOCIOLOGÍA DE LA INFANCIA

Con estupor y con disgusto nos venimos enterando, a través de la prensa, de medidas adoptadas por el Instituto del Menor y la Familia, dependiente del Gobierno de la Comunidad de Madrid, que no parecen estar guiadas por el principio de actuación en el mejor interés del niño, consagrado en la Convención Internacional sobre los Derechos del Niño, suscrita por España e incorporada a nuestro ordenamiento jurídico.
Nos referimos a decisiones como la de cerrar el Programa de Adaptación a la Vida Independiente (que no ha sido otra cosa que adaptar los recursos de protección a la situación de los niños, en lugar de adaptar a los niños a los recursos) o la de vulnerar el derecho a la protección a algunos niños extranjeros, utilizando de forma inadecuada una prueba oseométrica de discutida validez.
A partir de 1990, a raíz de la aprobación de la Convención de los Derechos del Niño, la Comunidad de Madrid fue pionera en la organización de los medios para ajustar las actuaciones que tiene atribuidas por Ley, a los compromisos con el bienestar de la infancia que se derivan de aquella. La creación de la Comisión de Tutela del Menor, la del Instituto Madrileño de Atención a la Infancia, el primer Plan de Atención a la Infancia de la Comunidad de Madrid, la Ley de Garantías de la Infancia y la Adolescencia, la Ley del Defensor del Menor (único con esta específica denominación en España) vieron la luz en los primeros años 90. Posteriormente la Ley de Consejos Locales de Infancia y el segundo Plan de Atención a la Infancia, así como la Ley autonómica de Servicios Socialesvinieron a completar y a reafirmar, respectivamente, los avances promovidos por las normas y el Plan anteriores.
Lo más destacable de los documentos y normas mencionados, además de su voluntad de impulsar la aplicación de los derechos de los niños, niñas y adolescentes en esta Comunidad, es que todos ellos estaban fundamentados en criterios de buenas prácticas, a los que se llegaba a través de la investigación científica y la observación de experiencias positivas realizadas en el ámbito nacional e internacional, así como de recomendaciones de instituciones diversas especializadas en la atención a la infancia y en la defensa de los derechos de los niños.
Las medidas adoptadas por el Instituto Madrileño del Menor y la Familia, que vamos conociendo en los últimos años, suponen un retroceso claro y grave en la forma de tratar a los niños y en la consideración de la infancia como un grupo de población con derechos. La sustitución de un sistema de protección a las personas menores de edad, fundamentado en criterios científicos, por un sistema de ocurrencias sin base teórica ni práctica, está conduciendo, a nuestro juicio, a una situación de vulneración de los derechos de los niños, niñas y adolescentes en nuestra Comunidad, que necesita corregirse con urgencia.

GRUPO DE SOCIOLOGÍA DE LA INFANCIA Y LA ADOLESCENCIA.

COLEGIO DE POLITÓLOGOS Y SOCIOLOGOS DE MADRID (COLPOLSOC)
C/ Ferraz, 100 (Paseo de Carruajes). 28003 MADRID.
C.E. <grupoinfancia@colpolsoc.org> Web <http://www.colpolsocmadrid.org/#portada>


I
LUSTRE COLEGIO NACIONAL DE DOCTORES Y LICENCIADOS EN CIENCIAS POLÍTICAS Y SOCIOLOGÍA <colegio@colpolsoc.org>

Recomendaciones. Drogodependencia en menores extranjeros no acompañados : su derecho a una educación y salud de calidad

180179 EKIMEN 2000
DROGODEPENDENCIA EN MENORES EXTRANJEROS NO ACOMPAÑADOS (MENA): SU DERECHO A UNA EDUCACION Y SALUD DE CALIDAD.
ERANDIO, EKIMEN 2000, 2007, pp. 17. Biblioteca: Archivo.
Descriptores: DROGODEPENDENCIAS/ MENORES
Resumen original:
La emigración "masiva" es un fenómeno relativamente reciente en Euskadi que ha ido tomando forma en losúltimos años, planteando nuevos retos sociales a investigar y a tener en cuenta en la intervención social con este colectivo. En esta investigación se pretende poner de relieve la relación de dos aspectos sociales que inquietan a la ciudadanía y a los poderes públicos: los/as menores extranjeros/as no acompañados y su relación con las Drogas.
Este binomio debe contemplarse desde una perspectiva amplia que permita conocer algunas de las peculiaridades de los usos de drogas por estos/as menores y acercarnos a los principales factores de riesgo que pueden estar incidiendo en sus consumos problemáticos.

José Luis González Armengol, juez decano de Madrid : Soy partidario de que la edad penal se reduzca a los 13 años

http://www.elpais.com/articulo/madrid/Soy/partidario/edad/penal/reduzca/anos/elpepuespmad/20100216elpmad_4/Tes

ENTREVISTA: JOSÉ LUIS GONZÁLEZ ARMENGOL Juez decano de Madrid

"Soy partidario de que la edad penal se reduzca a los 13 años"

F. JAVIER BARROSO - Madrid - 16/02/2010

En pleno debate sobre posibles cambios en la Ley del Menor, el juez decano de Madrid, José Luis González Armengol (ilerdense de 48 años) introdujo ayer una variante nueva. El magistrado cree que la edad penal se debería reducir de los 14 a los 13 años. Asegura que es necesario que una tutela judicial de las medidas educativas para evitar que los jóvenes terminen cayendo en la delincuencia. Sólo a través de la educación se conseguiría rehabilitarlos.

"Los menores de 11 años ya saben diferenciar entre el bien y el mal"

"Debe primar la rehabilitación en todas las medidas educativas"

Pregunta. ¿Por qué es partidario de que la edad penal se reduzca un año?

Respuesta. Me baso en un estudio del Comité Económico y Social del Parlamento Europeo. Este organismo hace una comparativa sobre la delincuencia juvenil muy interesante. Allí hacen un repaso a los diferentes países y se ven claras diferencias que van desde los siete años de la edad penal en Suiza hasta los 14 o 15 de otros países. Por ejemplo, en Inglaterra está en 10 años.

P. ¿Cuál es entonces su propuesta para España?

R. Soy partidario de que se reduzca la edad penal de los 14 a los 13 años. Es decir, a partir de esa edad el menor debería ser sometido a un control de las medidas educativas. No se trata, por tanto, de medidas penales.

P. ¿Qué se conseguiría con ese cambio de edad?

R. La experiencia nos demuestra que cuanto antes pase un chaval infractor por un centro educativo con un control judicial, éste tendrá más posibilidades de rehabilitarse y no caer en la delincuencia. Lógicamente habría que mantener la diferencia de la gravedad de las medidas entre los menores de 16 años, como ocurre en la actualidad con la Ley del Menor.

P. Pero su medida sí obligaría a cambiar esta ley

R. Sí, desde luego. Habría que cambiarla y ver qué medidas se adoptan.

P. ¿Pero ese cambio sería para todos los jóvenes o se diferencia por delitos?

R. No, sería para todos los jóvenes. De otra forma se llegaría a una aberración jurídica al hacer distinciones entre jóvenes peligrosos y no peligrosos y rebajar la edad penal únicamente para los delitos más graves.

P. ¿Considera que estarían preparados los jóvenes de 13 años para ser ingresados en un centro de reforma o de internamiento?

R. Hay estudios psicológicos que demuestran que los menores de entre 10 y 11 años sí saben diferenciar entre el bien y el mal. Otros estudios ya apuntan a que hay jóvenes que a partir de los 12 años ya pueden convertirse en potenciales delincuentes si no se logra una correcta actuación con ellos.

P. Hay sectores de la sociedad que piden ese cambio, ¿no?

R. Lógicamente estamos viendo un clamor social que está pidiendo medidas para actuar con los menores. En todo caso, deben primar la rehabilitación en todas las medidas educativas que se planteen. Ahora mismo existe un socavón penal hasta los 14 años. Antes de esa edad, el menor no tiene ninguna responsabilidad.

P. ¿Propone entonces un agravamiento de las penas?

R. En mi planteamiento, no. Mantendría los ocho años para los casos muy graves. No es lógico que un menor pague más de los ocho años que están fijados en la actualidad por un homicidio, por ejemplo, cuando el Código Penal recoge una condena de 10 años para los adultos para este delito.

P. ¿No se podría agravar el problema de los menores con esta reducción de edad?

R. Lo que es necesario es reducir la impunidad que viven algunos jóvenes, de forma que se les vaya tratando y adaptando para que vivan en sociedad. Debemos generar mecanismos de protección hacia la sociedad y no ver sólo el planteamiento punitivo que pudiera surgir de esta medida. Se evitaría que los chavales estén por la calle, campen a sus anchas y se profesionalicen en el ámbito de la delincuencia.

P. Pero a los 18 años esos jóvenes cambiarían de nuevo de jurisdicción.

R. Es la consecuencia de la Ley del Menor, que hace que los menores de 18 años salgan sin antecedentes penales. Se da un nuevo socavón entre una edad penal y otra.

Joven extutelado demanda a Diputación General Aragón por no documentarle debidamente y reclama la multa de 600€ que tuvo que pagar por ello

http://www.elperiodicodearagon.com/noticias/noticia.asp?pkid=560172

Servicios Sociales.

Un inmigrante extutelado reclama a la DGA por no tener papeles. Argumenta que Menores debía tramitar su permiso según la ley. Reclama el cobro de una multa de 600 euros que pagó por no estar legal.

16/02/2010 M. E. C. 

Un grupo de inmigrantes andando por la calle Conde Aranda. Foto:ROGELIO ALLEPUZ. Edición impresa en PDF

Esta noticia pertenece a la edición en papel. Ver archivo (pdf)

Un joven inmigrante de 18 años que estuvo tutelado por el Gobierno de Aragón cuando era menor ha presentado una reclamación patrimonial por la que le pide al Ejecutivo autonómico que le abone la multa de 600 euros que tuvo que pagar por no tener el permiso de residencia en regla. Una tramitación que, según denunció ayer la Asociación Pro Derechos del Menor Tutelado (Aprodemt), debería haber iniciado el servicio de Menores de la DGA "obviando la obligación legal de hacerlo a los menores que lleven más de 9 meses tutelados".

El joven, llamado Bilan y de nacionalidad marroquí, estuvo en régimen de tutela durante más de un año. Vivió la mayor parte del tiempo en la residencia Villacampa, un centro público concertado por el Instituto Aragonés de Servicios Sociales (IASS) y gestionado por la Fundación Federico Ozanam.

Según explican desde Aprodemt, "el artículo 35.4 de la anterior ley de extranjería (que estaba en vigor en el momento en que se produjeron los hechos) y el vigente artículo 62 del reglamento que desarrolla dicha norma" establecen que los servicios de Menores tienen "la obligación legal" de tramitar el permiso de residencia a los menores que lleven más de nueve meses tutelados.

MALA SUERTE

Al día siguiente de que el joven terminase su estancia en el centro tutelado por haber cumplido la mayoría de edad, agentes de la Policía Nacional le pidieron la documentación, "algo frecuente en la zona de Conde de Aranda, que es donde el menor se mueve", indicaron desde el colectivo. Fue detenido por carecer de permiso de estancia en España y se inició el procedimiento preferente de expulsión, que finalmente cerró la Subdelegación del Gobierno, atendiendo a los antecedentes del caso, con una multa de 600 euros.

El joven, en su reclamación, solicita al Gobierno de Aragón que se haga cargo de la cuantía de la multa. Argumenta que de haberse atenido a la legalidad el procedimiento, jamás le hubiesen podido imponer dicha sanción, ya que aun en el caso de no haber podido obtener una renovación de la tarjeta de residencia, habría dispuesto de tres meses más antes de poder considerarse su situación administrativa como irregular.

Fuentes del Departamento de Servicios Sociales indicaron ayer a este diario que el caso será investigado, pero matizaron que la DGA tiene la potestad de recomendar o no la obtención del servicio de residencia.

http://www.elperiodicodearagon.com/noticias/noticia.asp?pkid=560171

TESTIMONIO.

"Me echaron a la calle" El adolescente marroquí que ha interpuesto la reclamación asegura sentirse "muy dolido" por el trato recibido por los servicios de Menores.

16/02/2010 M. E. C.

Bilan tiene ahora 18 años y medio. Nació en Tánger, en Marruecos, pero apostó por España para lograr una vida mejor. De los tres años que lleva en el país, más de uno lo ha pasado en un centro para menores inmigrantes no acompañados, es decir, que están bajo la tutela de la DGA. Según la ley, estos menores deberían salir de los centros, al cumplir la mayoría de edad, con un programa de inserción que asegure su integración en la sociedad española.

Bilan asegura que ese no fue su caso. "Me echaron a la calle, sin papeles, sin ayuda. Todo esto me ha dolido mucho, por eso me he decidido a reclamar", asegura. Tras pasar por casas de amigos ahora se encuentra alojado en casa de su novia, con sus padres, --"la conocí cuando todavía estaba en el centro", relata--, aunque asegura que está tratando de buscar trabajo para tener un alojamiento propio.

"Se limitaron a hacerme el pasaporte y me dijeron que no me podían hacer la documentación porque era tarde. Yo no entendía nada", asegura este joven marroquí que ahora tiene su permiso de residencia en regla gracias al apoyo de la Asociación Pro Derechos del Menor Tutelado. "Estudié varias cosas, como carpintería, hice prácticas, pero ahora trabajo en lo que puedo: descargando camiones, en lo que sea...", indica. También ha viajado a Barcelona --"conozco gente allí"-- para ver si consigue un trabajo estable. "Me ha dolido mucho lo que ha pasado", insiste.

Y su denuncia es ratificada por Aprodemt. "Fue obligado a salir del centro al cumplir la mayoría de edad, sin papeles, sin trabajo, sin medios económicos y sin lugar para residir, contraviniendo la Ley de Infancia y Adolescencia de Aragón", explican.

Según este colectivo, otros antiguos menores tutelados con situaciones parecidas están valorando la presentación de reclamaciones similares. Se han registrado ya otras tres solicitudes de acceso a sus expedientes.

Sos Racismu critica Gobierno Principau por marginar y criminalizar a los menores migrantes al no ejercer la Tutela

http://www.lavozdeasturias.es/noticias/noticia.asp?pkid=542620

POLEMICA CON LOS INDOCUMENTADOS.

La política del menor enfrenta a SOS Racismo con el Principado

El colectivo dice que los marginan y Bienestar que "ignoran el proceso".

16/02/2010 C. GARCIA

La actuación del Principado con los menores indocumentados que llegan a Asturias abre un nuevo frente entre Bienestar Social y Sos Racismo. Minutos después de la denuncia de la asociación que acusaba a la consejería de contribuir a criminalizar y abocar a la marginalidad a los jóvenes "en vez de intentar integrarlos en la sociedad y darle una formación", Bienestar Social respondió a las críticas e invitó a Sos Racismo a visitar la red de protección a menores y a conocer los mecanismos de coordinación entre todas las administraciones que intervienen en el caso de menores extranjeros no acompañados para evitar "acusaciones sin fundamento".

El Principado considera que las acusaciones vertidas por Ana Taboada, abogada de la asociación, demuestran "una profunda ignorancia sobre el funcionamiento del sistema de protección de menores en Asturias". Explican que es el fiscal de menores quien fija la edad. Y si es menor es cuando la consejería asume la tutela porque es su responsabilidad pero si es mayor de edad, entonces, explican, no puede hacer nada.

Taboada insiste en denunciar "ensañamiento" con los menores --sobre todo marroquíes y subsaharianos-- ya que lo que "han hecho ha sido denunciar que ha habido malas conductoras por parte de los menores y no los ha documentado como era su obligación legal". Un argumento que, a juicio del Gobierno regional, demuestra que está "empeñada en confundir y desprestigiar la labor no sólo de la administración pública si no de muchos profesionales y organizaciones sociales que trabajan cada día en este ámbito".

Frente a esto Taboada insiste que en vez de "no hacer nada y abocarle a un situación de marginalidad le hubiera dado los papeles y podría volver a trabajar". Y pone dos ejemplos. El primero el de un menor del que ahora no saben nada y que "pese a que decía que era menor de edad el juez se apoyó el prueba de radiología que decía q tenía 18 a más años". Y cuando "le quedaban unas semanas para sacar el pasaporte con el que iba acreditar la edad, lo deportaron. Volvió a Asturias pero lo detuvieron de nuevo. Cuando iba a tener ya el documentación en su poder fue nuevamente deportado".

El segundo, es el de un joven que llegó a estar interno en Villabona y que todavía está pendiente de ser deportado porque "ha pesado más su conducta que todo lo que ha tenido que pasar".

PROYECTO Para defender su política, entre otras medidas, el Principado asegura que desde junio funciona en Asturias un proyecto pionero de intervención con menores de origen marroquí, recomendado por el defensor del Pueblo Andaluz a la Consejería de Bienestar Social y Vivienda, que lleva años funcionando en Andalucía con "excelentes resultados".

El proyecto se desarrolla en el centro de menores Assalam, en el Fundoma en Oviedo con la colaboración de la Asociación Cepaim, la misma que gestiona el proyecto en Andalucía. Además habló del programa Itaca está dirigido a personas mayores de 18 años, que han pasado ya por pisos tutelados, como preparación y paso intermedio para su vida independiente.

http://www.europapress.es/asturias/noticia-sos-racismu-acusa-bienestar-social-criminalizar-inmigrantes-no-documentados-lugar-tutelarlos-20100215130927.html

SOS Racismu acusa a Bienestar Social de "criminalizar" a los inmigrantes no documentados en lugar de "tutelarlos"

Indican que las instrucciones de Interior han motivado una "ola de represión excacerbada" por parte de la Policía Nacional en Asturias

   OVIEDO, 15 Feb. (EUROPA PRESS) -

   La organización Sos Racismu acusó hoy a la Consejería de Bienestar Social del Principado de contribuir a criminalizar y abocar a la marginalidad a jóvenes ex tutelados que al llegar a la mayoría de edad se quedan en la calle "sin documentación, acosados por la Policía y con ejecución de expulsiones".

   En rueda de prensa, la letrada Ana Taboada se refirió en concreto al caso de dos chicos, originarios de Marruecos, que tras residir en Asturias fueron expulsados del país por no tener la documentación en regla. A su juicio, el Gobierno está colaborando con las fuerzas del Orden y actúa "con prejuicios y de forma desmotivada".

   El primero de los casos es el de un menor que llegó en los bajos de un autobús desde Marruecos y cursó en Asturias estudios de soldadura. Con los años, la Administración, en lugar de hacerle una cédula que permitiese tramitarle la residencia legal, "lo expulsó de la red de protección de menores no acompañados y lo dejó en la calle. Tras deambular por Avilés y Oviedo, "fue detenido un día antes de que llegaran sus papeles de Marruecos" y fue expulsado en base a unas pruebas óseas, según las cuales tenía 18 años o más.

   Según informó Ana Taboada, el joven regresó a España solo una semana después debajo de otro autobús y "el día que le iban a entregar el pasaporte fue nuevamente deportado". Para la representante legal de Sos Racismu las administraciones públicas competentes "no lo documentaron como era su deber" y su pasaporte, según el cual el joven nació en noviembre del 92, continúa en el Consulado Marroquí de Algeciras a la espera de ser deportado.

   El otro joven permaneció interno en el centro penitenciario de Villabona durante cinco meses "pese a ser menor de edad". Posteriormente fue enviado aun centro de Valencia desde donde se le expulsó a Marruecos. El joven regresó a Asturias, donde "al mínimo error le abrieron un nuevo procedimiento de expulsión". Así, fue detenido en Gijón, donde permaneció un fin de semana en los calabozos, "sin que la abogada recibiese información sobre su situación ni sobre los motivos de la detención". En la actualidad se encuentra en Madrid, a la espera de ser deportado.

   Para Itxaso Aguirre y Ana Taboada ambos casos ponen de manifiesto que existe un "especial ensañamiento" contra los inmigrantes y que "lo único que ha hecho la Consejería es centrarse en las malas conductas y no hacer nada por documentarles, como es su obligación".

   "Seguirán cruzando la frontera en los bajos de camiones hasta que en algún sitio les hagan caso. Les están abocando a la marginalidad", subrayaron. Asimismo, consideraron que el proceso biológico y verbal del menor está aún en formación y "no se puede equiparar su actitud a los deberes de la Administración".

EXCESIVA PRIVATIZACIÓN

   Por otra parte, lamentaron que "se ha privatizado de forma exacerbada la protección de los menores no acompañados en Asturias". Al respecto, explicaron que se les deriva a centros privados donde no se les mezcla con asturianos ni jóvenes de otras nacionalidades con lo que se potencia su supuesta conflictividad.

   Además criticaron el protocolo del Proyecto Ícaro "de preparación a la vida adulta", por el que se les "mete en pensiones" y se les controla de forma periódica mediante educadores de Organizaciones No Gubernamentales. "Son menores y necesitan un acogimiento integral", reivindicaron.

   Para Sos Racismu, las Instrucciones de la Dirección General del Ministerio del Interior "se están llevando en Asturias al pie de la letra" y han desembocado en una "ola de represión exacerbada por parte de la Policía Nacional, que detiene a todo ciudadano que les parezca sospechoso por su color de piel".

domingo, febrero 14

Araba 60% menores migrantes tiene más de 28 años según RX de la Policía

http://www.elcorreo.com/vizcaya/prensa/20100211/alava/menores-extranjeros-tiene-anos-20100211.html
El PNV pide en el Congreso sin éxito que el Ministerio de Justicia exija a la Fiscalía más control de estos chicos
11.02.2010 ADOLFO LORENTE a.lorente@diario-elcorreo.com VITORIA.
La larga polémica surgida en Álava en torno a los menores extranjeros no acompañados, 'menas', acogidos por la Diputación llegó ayer al Congreso de la mano del PNV, que pidió sin mucho éxito al ministro de Justicia, Francisco Caamaño, que exija a la Fiscalía una mayor control de estos «ficticios» menores. El diputado jeltzale Emilio Olabarría no se anduvo con rodeos y aseguró sin ambages que «entre un 60 y un 80% de estos chicos tiene entre 28 y 32 años, según la Brigada de Extranjería y Fronteras» -un dato luego corroborado por la prueba ósea-. «Estamos hablando incluso de un caso de delincuencia», apostilló. Caamaño, que habló de «casos aislados», pidió tiempo para que puede aplicarse la Ley de Extranjería.
Desde el estrado, Olabarría relató «una historia real como la vida misma» que tenía como protagonista a un chico «barbado» -mostró incluso su foto- que cuando fue detenido en Las Palmas en 2006 dijo que había nacido en Guinea en 1978. En 2009, cuando llegó a Vitoria, presentaba un nuevo pasaporte expedido en su país de origen apenas unas semanas antes y que decía que era menor de edad. ¿Dónde ha conseguido este nuevo pasaporte emitido además en su país de origen? Para el PNV, la respuesta apunta a la existencia de redes de falsificación e inmigración ilegal, como también se viene apuntando desde la Diputación alavesa. Cuando el diputado peneuvista se refirió a este caso, bromeó con el ministro asegurando que el menor tenía la misma barba que él y una edad incluso superior.
Cupos entre comunidades
Estas acusaciones coinciden con el contenido de documentos a los que ha tenido acceso EL CORREO, que evidencian una treintena de casos en los que la reseña policial de Canarias habla de 'menores' acogidos en Álava desde 2009 con edades de hasta 28 años. Lo paradójico, sin embargo, es que pese a llevar tres años en España, consiguen el pasaporte un par de semanas antes de pedir ayuda a la Diputación.
Respecto a la nueva Ley de Extranjería, que al final no incluye los cupos entre comunidades autónomas exigido por el PNV en su tramitación, Olabarría advirtió de que es un instrumento que no va a permitir solucionar este problema. «Se habla de establecer convenios entre comunidades pero todos sabemos que esto es imposible», recalcó tajante. El actual «desequilibrio» es evidente, ya que si Euskadi acoge a 800 'menas', Madrid, siempre según el PNV, sólo 120, Valencia no llega a cien y La Rioja se ha negado a tener ninguno. «De todos es conocido que muchos territorios pagan el billete a estos jóvenes para que se vayan a Vitoria, Bilbao o San Sebastián, donde hay una amplia red de servicios, pero ya «desbordados».
Por ello, como mal menor, pidió que la Fiscalía de Álava establezca un protocolo único de actuación para determinar la edad de estos chicos, y que lo haga, por ejemplo, a través del Instituto de Medicina Legal. Caamaño, muy cortés, ofreció su mano y llamó a la «lealtad institucional».

Delincuentes menores juntos con inocentes. Comunidad Madrid promueve una reforma de la Ley del Menor para que se castigue con más penas a los asesinos

http://medios.mugak.eu/noticias/noticia/236271

Delincuentes menores juntos con inocentes

El Mundo, PEDRO BLASCO, 2010-02-11
Ley del Menor. La presidenta de la Comunidad promueve una reforma de la Ley del Menor para que se castigue con más penas a los asesinos. Ayer se reunió un grupo de expertos Es insuficiente. No protege a la víctima ni garantiza la rehabilitación de los infractores. Es la opinión del PP. La Ley del Menor es joven y ha sido reformada varias veces. Tiene aspectos positivos, pero también carencias. Cada vez que se produce un crimen grave, los ciudadanos se preguntan sobre su utilidad. Muchos creen que tiene problemas importantes y que es preciso dar otra vuelta de tuerca.

Ayer, el Grupo Popular de la Asamblea de Madrid convocó a varios expertos. Van a hacer una propuesta al Pleno, que la aprobará, para que el Gobierno central reforme la Ley. Será una Proposición No de Ley (PNL) en la que se instará al Ejecutivo central a proteger a la víctima y castigar al culpable. Para que sea útil tendrá un articulado con las propuestas que sirvan para resolver los problemas actuales, según dijo David Pérez (PP).

Todas las opiniones fueron interesantes, pero sin duda, la de Javier San Sebastián, presidente de la Fundación O'Belén, fue la más clara. Su fundación gestiona centros de reforma de menores y sabe de qué habla porque convive con los infractores y sabe de sus problemas.

Considera que en los centros terapéuticos y de protección se mezclan perfiles muy distintos.

Hay chicos con problemas psiquiátricos severos, que se manifiestan en forma de trastornos de la conducta, algunos de los cuales delinquen, y chicos abandonados que han sido recogidos. Hay inmigrantes que necesitan protección. Todos juntos sin mucha relación en sus problemas. El representante de la fundación señaló que hay algunos con trastorno disocial, delincuentes habituales y menores de 14 y 12 años.

Cree que se producen mezclas de jóvenes con diferentes problemáticas sin que los gestores de los centros tengan un apartado administrativo y legal para que puedan hacer las cosas bien. «Si no tenemos herramientas, no tenemos amparo y nos cierran los cuartos de contención, ¿cómo vamos a poner intervenir de forma adecuada?», se preguntó Javier San Sebastián.

El Defensor del Menor, Arturo Canalda, se ha convertido en predicador en el desierto. Cada vez que se produce un crimen horrible, o se conoce que el Rafita, asesino de Sandra Palo, comete un delito, le preguntan y contesta lo mismo: hay que cambiar la Ley. Pero Canalda no es legislador.

Ayer reiteró que los problemas más importantes son dos: los delitos especialmente graves, que exigen respuestas graves. Hay menores de 14 años que delinquen y que no son objeto de la ley porque la norma establece que no tienen responsabilidad penal.

Sus propuestas son claras. Para los menores de 14 años que delinquen sería necesario establecer medidas educativas obligatorias. Los crímenes horribles deben tener tratamiento excepcional consecuente con la gravedad. No deberían salir hasta que se comprobara que realmente se han rehabilitado.

David Pérez (PP) cree que lo que se pretende es «subsanar errores y los fallos detectados». Tomás Gómez (PSOE) dijo ayer que no es preciso cambiar la Ley y que lo que tiene que hacer Aguirre es «cumplir con sus obligaciones». Maru Menéndez, portavoz del PSOE en la Cámara, acusó a Aguirre de querer usurpar el papel de Rajoy.

La experiencia de otros países

>El algunos países los infractores tienen la misma pena que los mayores, aunque con atenuantes. La edad penal es de 12 años en Holanda, 10 en Francia, siete en Suiza, 14 en Alemania, 10 en Inglaterra, 12 en Irlanda y Portugal y 14 en España.

>Los expertos coinciden: cuanto más joven llega el menor al centro, más posibilidades tiene de éxito su rehabilitación. Son precisos equipos multidisciplinares en los juzgados, así como en los centros de reinserción y demás instituciones.

60 inmigrantes falsificaron edad en 2009 en País Valencià para pasar como menores. Fiscalía y Benestar Social pactan protocolo actuación para delitos cometidos por menores de 14 años

http://www.lasprovincias.es/v/20100211/comunitat/inmigrantes-falsifican-edad-para-20100211.html

60 inmigrantes falsifican su edad para ocupar plaza en un centro de menores

Fiscalía y Bienestar Social pactan un protocolo para actuar de forma más eficaz en delitos cometidos antes de tener 14 años

11.02.10 - 01:10 A. RALLO | VALENCIA.
Eran adultos pero se hacían pasar por menores de edad. Disponían de documentación auténtica, pero con datos falsos. Por ejemplo, el pasaporte como tal es legal, pero el contenido, ya sea el nombre o la edad, es ficticio. Unos 60 inmigrantes, de varios países subsaharianos, han utilizado esta estrategia en el último año para recibir asistencia en el centro de menores del barrio de Monteolivete, en Valencia. Un fraude a la Generalitat.
Este fue uno de los asuntos que se trató ayer en la reunión que los responsables de la Fiscalía mantuvieron con la consellera de Bienestar Social, Angélica Such, de quien depende el citado centro. La Fiscalía de Menores de Valencia detectó este problema a finales de 2008. Desde el centro sospechaban de algunas personas, cuya apariencia física no terminaba de encajar con alguien menor de 18 años. Efectivamente, no lo eran. ¿Pero cómo demostrar que realmente tenían más edad?
El Ministerio Público activó un protocolo de actuación. Consistía en realizar radiografías de los huesos. La madurez ósea se puede determinar, en parte, por el grado de mineralización de los huesos de la mano y muñeca. De esta forma se consiguió resolver el problema. Todos los adultos pasaron al centro de Extranjería, mientras se tramitaba su orden de expulsión.
Otra de las novedades que se anunció ayer fue la elaboración de un protocolo para que Bienestar Social actúe de manera más rápida con los menores de 14 años que han cometido un delito grave -agresiones sexuales o lesiones- pero que quedan impunes al no haber cumplido la edad penal (14 años). También se intervendrá con la víctima y su familia.
La Fiscal Jefe, Teresa Gisbert, opinó sobre la posibilidad de rebajar la edad penal. Dijo que no se trata de «aplicar el Código Penal a niños» -algo a lo que se opone- sino de «aplicar una ley específica para menores que tiene una finalidad también educativa». Gisbert consideró necesario aplicar esto al menor que «comete un delito grave o una reiteración».
Bienestar Social también informó de que en verano se abrirá un centro con 20 plazas en el barrio de Campanar para atender a menores con trastornos de conducta.

Problemática de los menores infractores. Los Mena, el cannabis y el fracaso escolar, principales problemas de los jóvenes ceutíes

http://www.elpueblodeceuta.es/201002132204.html
*politica* - SáBADO, 13 DE FEBRERO DE 2010
PROBLEMÁTICA DE LOS MENORES INFRACTORES. Los MENA, el cannabis y el fracaso escolar, principales problemas de los jóvenes ceutíes
* CEUTA Cristina Marzán ceuta*@elpueblodeceuta.es

A la vez que comparte rasgos comunes con el resto de la península y Europa, incluso con otros puntos de contacto con la problemática de
menores en otro territorios como Sudamérica y Asia, en Ceuta tenemos esas pequeñas peculiaridades que se derivan de una zona fronteriza donde abundan los MENA, menores no acompañados, que no tienen nada que ver con los niños de la calle; un fenómeno totalmente distinto, aclaró el letrado, Juan Manuel Gómez Letrán.

Sobre estos menores no acompañados, el abogado quiso romper una lanza ya que no es el más problemático ni el responsable de delitos más violentos. Sin embargo, alcanzan mayor repercusión mediática, lamentó.
Otro de los conflictos del territorio ceutí que se desprenden de los datos de la Ciudad Autónoma es la cercanía con el principal país
productor de cannabis del mundo que, de alguna manera, salpica a la problemática del menor infractor.

Gómez Letrán quiso destacar el tercer y último punto que en mayor medida afecta a los menores ceutíes, el fracaso escolar. A este respecto, el abogado lamentó que tengamos una bolsa importante de niños de entre 14 y 16 años sin oficio y con factores muy criminígenos que pueden acabar llegando al mundo de las drogas. Pese a todos estos hándicaps, Juan Manuel Gómez Letrán aseguró que se están dedicando muchos esfuerzos personales y profesionales, y presupuestos para intentar prevenir el que los menores acaben en ese círculo de delincuencia de adultos y una vida paralela.

Muere en el hospital el menor magrebí que sufrió una caída grave en Nivaria

http://www.eldia.es/2010-02-14/SUCESOS/6-Muere-hospital-menor-magrebi-sufrio-caida-grave-Nivaria.htm

Muere en el hospital el menor magrebí que sufrió una caída grave en Nivaria

El adolescente marroquí se precipitó desde la ventana de su habitación, en un segundo piso del edificio del centro de emergencia para menores extranjeros no acompañados de La Esperanza. El primer informe médico del HUC determinó que la víctima padeció politraumatismos graves en la cabeza y otras lesiones internas.

EL ACCIDENTE SE PRODUJO EN LAS INSTALACIONES del centro de emergencia para menores inmigrantes no acompañados en octubre de 2008./ p. fumero

PEDRO FUMERO, Tenerife

El adolescente marroquí que resultó herido grave al caerse de una ventana en el centro de emergencia para menores extranjeros no acompañados del municipio de El Rosario hace más de un año falleció recientemente en el Hospital Universitario de Canarias (HUC).

La muerte se produjo como consecuencia de una evolución negativa de las importantes lesiones registradas en el accidente, ocurrido el 18 de octubre de 2008 en las instalaciones del complejo Nivaria, ubicado en pleno monte de La Esperanza.

El fallecimiento se produjo concretamente el miércoles de la semana pasada, según una de las fuentes consultadas por EL DÍA.

La víctima, que tenía 16 años de edad cuando se produjo el incidente, sufrió una caída desde la ventana de su habitación, situada en la segunda planta del edificio, según informó el Gobierno de Canarias en un comunicado remitido horas después del suceso.

Llegó en una barcaza

Supuestamente, el inmigrante llegó a las costas canarias en una barcaza en septiembre de 2008.

El magrebí fallecido sufrió el percance a las 21:50 horas de la noche y fue identificado como Y.D., según trascendió.

Tras percatarse del hecho, al encontrar al adolescente inconsciente y sangrando abundantemente, el equipo educativo del Nivaria avisó al Centro Coordinador de Emergencias y Seguridad (Cecoes) del Gobierno de Canarias.

Hasta el recurso social acudieron agentes de la Guardia Civil, el Cuerpo Nacional de Policía y la Policía Local de El Rosario.

Además, la sala operativa del 112 activó a una ambulancia medicalizada y otra de soporte vital básico. El personal sanitario que atendió al afectado dictaminó que sufrió múltiples fracturas y hemorragia intraventricular.

De los primeros informes elaborados por los agentes de la Unidad Orgánica de la Policía Judicial de la Guardia Civil se desprendió "la hipótesis de que el menor se había situado en la cornisa de la ventana con la intención de esconderse para fumar" y sufrió la caída.

Desde su llegada al hospital, el joven marroquí quedó ingresado en la Unidad de Cuidados Intensivos del HUC.

El primer parte médico emitido por el hospital advirtió de que el paciente sufría politraumatismo craneoencefálico grave y otras lesiones internas.

CURSO Menores Migrantes Sin Referentes Familiares. Intervención Socioeducativa e Intercultural. Catalunya 09-11 abril 2010

CURSO
Menores Migrantes Sin Referentes Familiares.
Intervención Socioeducativa e Intercultural


Grupo de Investigación IDEO

Quinta Edición. Cabrera de Mar, Catalunya, 09-11 abril 2010
Información del curso : http://www.ujaen.es/investiga/ideo/docs/curso%20BCN.pdf

Lugar : Alberg Torre Ametller, Cabrera de Mar
Fechas : 09 a 11 de abril de 2010
Destinatarios : profesionales del sector y estudiantes
Número de plazas : 20
Dinamizador del curso y contacto para información e inscripción :
Antonio Salvador Jiménez Hernández Grupo Ideo <ajimene@hotmail.com>

Ponente invitado : Vicenç Galea i Montero, educador social, Col·lectiu DRARI دراري
Fecha límite de inscripción : 22 marzo 2010
Primera sesión a distancia : 26 marzo 2010
Matrícula : 130 €, incluye :
15 horas presenciales, 15 horas a distancia, dos noches de alojamiento, manutención, material del curso, libro y cd.

sábado, febrero 13

El PP lleva como "experto" en menores a Javier San Sebastián, presidente de Fundación O'Belén, denunciada por el Defensor del Pueblo y Amnistía Internacional por maltratar a menores

http://emiliopinto.blogspot.com/2010/02/el-pp-lleva-como-experto-en-menores-al.html

Jueves 11 de febrero de 2010

El PP lleva como "experto" en menores al presidente de una entidad denunciada por el defensor del pueblo

Sabemos por la agencia EFE que el PP ha llevado como "experto" a la Asamblea de Madrid para criticar la Ley de Protección del Menor a Javier San Sebastián, actual presidente de la Fundación O´Belén.

Este psiquiatra infantil, hermano de la periodista Isabel San Sebastián, ha lamentado también que "se cierren los cuartos de contención" en las casas de acogida para menores maltratados, desamparados o rechazados por sus familias. Las celdas de aislamiento fueron prohibidas para menores por la ONU en su resolución 45/113 de 1990 por generar en los adolescentes autolesiones y riesgo de suicidio. Se dá la dramática circunstancia de que bajo custodia de la fundación presidida por San Sebastián se han suicidado ya al menos tres adolescentes de entre 12 y 14 años.

Tanto el Defensor del Pueblo como Amnistía Internacional han sacado a la luz pública en sendos informes los métodos brutales que se emplean por la fundación O´Belén, sin embargo la Comunidad de Madrid continúa financiando abundantemente a la entidad, creada por un grupo de ex-concejales del mismo partido.

San Sebastián, amparado por el PP de la Comunidad de Madrid llega en esta comparecencia al punto de pedir que se "endurezca" la Ley de Protección del Menor, ideada precisamente para amparar a aquellos niños, niñas y adolescentes en situación más dificil de la sociedad. Es evidente que no es mediante los brutales métodos aplicados por estas empresas como puede darse una segunda oportunidad a los chavales bajo tutela de los servicios sociales.

Insitimos, el fondo de estas supuesta ONG´s no es otro que aprovecharse del lucrativo negocio que suponen los niños con problemas, ya que la Comunidad de Madrid entrega, según el Defensor del Pueblo, alrededor de 3.800 euros mensuales por menor a cada una de las entidades que se encargan de "protegerles". (Aquí puede leerse un extenso artículo de Intervíu sobre este asunto, titulado "Chicos malos, grandes negocios")

Más información http://www.centrosdemenores.com/

El juez Borja Llona García de Gipuzkoa insta ahora a la administración a que siga el procedimiento que recoge la Ley de Extranjería, es decir, que le renueve permiso de residencia por dos años

http://www.cadenaser.com/sociedad/articulo/autoridades-vuelven-incumplir-ley-permisos-menores-inmigrantes/serpro/20100211csrcsrsoc_1/Tes

Las autoridades vuelven a incumplir la ley con los permisos de los menores inmigrantes

El juez Borja Llona García insta ahora a la administración a que siga el procedimiento que recoge la Ley de Extranjería, es decir, que le renueve permiso de residencia por dos años

NICOLÁS CASTELLANO / CADENA SER   11-02-2010

Un juzgado de Guipúzcoa ha corregido una polémica decisión de la subdelegación del Gobierno relacionada con un menor inmigrante. La subdelegación le dió un permiso de residencia hasta que cumpliera los 18 años; algo que no está recogido en la ley y que -por cierto- no sólo se aplica en esta provincia.

La sentencia del juzgado número 1 de Donostia corrige la decisión de la subdelegación del Gobierno en Guipúzcoa que había otorgado a un menor marroquí un permiso de residencia sólo hasta el día anterior a su 18 cumpleaños.

El juez Borja Llona García insta ahora a la administración a que siga el procedimiento que recoge la Ley de Extranjería, es decir, que le renueve permiso de residencia por dos años. En la sentencia se deja claro que la Ley de Extranjería no recoge la posibilidad de dar permiso durante el tiempo mínimo hasta que el menor en cuestión cumpla la mayoría de edad. Pero además, el juez le dice a la subdelegación que usar informes de las entidades protectoras para denegar los permisos de residencia a los menores tampoco está recogido en la ley.

La sentencia se apoya en las recomendaciónes que viene haciendo en los últimos años el defensor pueblo que ha documentado estas prácticas en numerosas subdelegaciones de Gobierno de toda España.

El juez Borja Llona García de Gipuzkoa insta ahora a la administración a que siga el procedimiento que recoge la Ley de Extranjería, es decir, que le renueve permiso de residencia por dos años

http://www.cadenaser.com/sociedad/articulo/autoridades-vuelven-incumplir-ley-permisos-menores-inmigrantes/serpro/20100211csrcsrsoc_1/Tes

Las autoridades vuelven a incumplir la ley con los permisos de los menores inmigrantes

El juez Borja Llona García insta ahora a la administración a que siga el procedimiento que recoge la Ley de Extranjería, es decir, que le renueve permiso de residencia por dos años

NICOLÁS CASTELLANO / CADENA SER   11-02-2010

Un juzgado de Guipúzcoa ha corregido una polémica decisión de la subdelegación del Gobierno relacionada con un menor inmigrante. La subdelegación le dió un permiso de residencia hasta que cumpliera los 18 años; algo que no está recogido en la ley y que -por cierto- no sólo se aplica en esta provincia.

La sentencia del juzgado número 1 de Donostia corrige la decisión de la subdelegación del Gobierno en Guipúzcoa que había otorgado a un menor marroquí un permiso de residencia sólo hasta el día anterior a su 18 cumpleaños.

El juez Borja Llona García insta ahora a la administración a que siga el procedimiento que recoge la Ley de Extranjería, es decir, que le renueve permiso de residencia por dos años. En la sentencia se deja claro que la Ley de Extranjería no recoge la posibilidad de dar permiso durante el tiempo mínimo hasta que el menor en cuestión cumpla la mayoría de edad. Pero además, el juez le dice a la subdelegación que usar informes de las entidades protectoras para denegar los permisos de residencia a los menores tampoco está recogido en la ley.

La sentencia se apoya en las recomendaciónes que viene haciendo en los últimos años el defensor pueblo que ha documentado estas prácticas en numerosas subdelegaciones de Gobierno de toda España.

Defensor Pueblo investiga Comuniad Madrid por dejar desamparados a menores inmigrantes. Ministerio de Trabajo habla de "prácticas de dudosa legalidad" en el gobierno de Esperanza Aguirre

http://www.cadenaser.com/sociedad/articulo/defensor-pueblo-investiga-madrid-dejar-desamparados-menores-inmigrantes/csrcsrpor/20100208csrcsrsoc_4/Tes

El Defensor del Pueblo investiga a Madrid por dejar desamparados a menores inmigrantes

El Ministerio de Trabajo habla de "prácticas de dudosa legalidad" en el gobierno de Esperanza Aguirre

NICOLÁS CASTELLANO (CADENA SER)   08-02-2010

El Defensor del Pueblo ha abierto una investigación a la Comunidad de Madrid por un posible incumplimiento de la ley de extranjería al negarse a asumir la tutela de menores inmigrantes con pasaporte en vigor aludiendo que los documentos son falsos y en base a pruebas óseas. Mientras el Ministerio de Trabajo e Inmigración habla directamente de "prácticas de dudosa legalidad" del gobierno de Esperanza Aguirre. Todo a raiz de un caso que el viernes pasado desveló la Cadena SER.

La oficina del Defensor del Pueblo se ha puesto en contacto ya con la Comunidad de Madrid para pedirle explicaciones por su actuación con el menor camerunés al que había retirado la tutela el pasado jueves.

Desde que el viernes la Fundación Raíces y los dos abogados del menor presentaron una queja ante el Defensor del Pueblo. La institución decidió abrir inmediatamente una investigación para que el Instituto del Menor explique por qué se le han repetido las pruebas oseométricas a ese menor y, sobre todo, en qué se basa para no fiarse del pasaporte validado por el propio el embajador camerunés en España y en el que se veía que ese joven había nacido en mayo de 1992. María Luisa Cava de Llano es la adjunta al Defensor lo tiene claro. Entre la imprecisión de la prueba ósea y un pasaporte validado se decanta por fiarse de la documentación.

"Todo lo que sea favorecer la menor o atender al interés del menor, ahí nos van a encontrar", ha dicho María Luisa Cava de LLano, aunque ha manifestado su preocupación por el uso de "estos métodos para no atender a los menores".

El Defensor quiere conocer además otros 18 casos denunciados por ONG's madrileñas. Cava de LLano propone que se reelaboren las tablas de las pruebas óseas de la muñeca que se usan para fijar la edad y que se tengan en cuenta las condiciones étnicas o nutricionales de estos menores para que el margen de error se reduzca y no sea, como ahora, de hasta 18 meses.

El Gobierno asegura que Madrid incurre en casos de "dudosa legalidad"

El Gobierno estatal pide sentido común a la Comunidad de Madrid para que no deje en situación de desamparo a los menores inmigrantes aún cuando esté en duda su edad. Ante la polémica decisión del Instituto del Menor de Madrid de retirar la tutela a 19 menores subsaharianos basándose en pruebas óseas de clínicas privadas que apuntaban a que superaban los 18 años, el Ministerio de Trabajo pide al gobierno de Esperanza Aguirre que antes de dejar a los chicos en la calle los proteja hasta que no haya ninguna duda sobre su edad.

Y más como el caso que la SER contó el pasado viernes, en el que el menor contaba con pasaporte con certificado de autenticidad de su embajada. La directora general de Integración de los Inmigrantes, Estrella Rodríguez, asegura que hay que actuar con sentido común y, ante todo, amparar a los menores y no incurrir en "esta dudosa legalidad".

"Siempre ante la duda, hay que primar la prevención", ha asegurado Estrella Rodríguez. "Luego ya hay tiempo sufucente para investigar", ha añadido. Según Rodríguez, Madrid contraviene la línea de actuación de la mayoría de Comunidades Autónomas que, a instancias de las Fiscalías, suelen fiarse más de los pasaportes auténticos que de las pruebas óseas.

La Comunidad de Madrid se defiende

Ante las acusaciones por desproteger a menores inmigrantes, la Comunidad de Madrid también ha salido a defenderse. Más en concreto, la gerente del Instituto del Menor, Paloma Martín, ha declarado a la SER que si el Defensor del Pueblo abre una investigación y realiza unas conclusiones "serán atendidas y tenidas en consideración".

Martín ha explicado que los abogados de la Comunidad de Madrid han denunciado la posible falsedad de los pasaportes de las personas que "habiendo entrado en España de manera ilegal y sin documentación alguna, fueron declarados mayores de edad por decreto de Fiscalía y cuentan también con orden de expulsión del ministerio de Interior".

La gerente del Instituto del Menor ha argumentado que después de emitirse esa orden de expulsión, han llegado a Madrid seis meses más tarde y han obtenido el pasaporte con fecha posterior a su entrada en España. Martín ha informado de que los servicios jurídicos de la Comunidad de Madrid han consultado al Consulado sobre la autoridad competente para emitir pasaporte y si hay registros donde conste la fecha de nacimiento con anterioridad a la emisión del pasaporte.

novela Lágrimas en el Mar, Pascal Buniet

http://lagrimasenelmar-novela.blogspot.com/2010/02/presentacion-en-la-sala-mac-de-santa.html
novela Lágrimas en el Mar, Pascal Buniet

Sinopsis

John un joven irlandés, se encuentra con un adolescente inmigrante de Mali herido, escondido en un paraje desierto de la costa del sur de Tenerife donde ha llegado la noche anterior a bordo de una patera. El irlandés que vive hundido en una profunda depresión debido a un hecho trágico ocurrido en su pasado decide ayudarlo empujado por recuerdos y sueños que le atormentan, en los cuales aparece un niño negro. El destino pone en contacto a tres personajes distintos, tanto por su cultura como por sus lugares de nacimiento: Irlanda, Mali, Tenerife.

Tienen un solo hilo común en sus vidas: la inmigración.

Distintas historias que se van entrelazando y terminan por construir el perfil de una situación muy actual, en la que la inmigración y sus efectos en las personas que lo viven de cerca son expuestos de manera muy íntima.

viernes 12 de febrero de 2010

Presentacion en la sala Mac de Santa Cruz de Tenerife



La sala Mac, calle Robayna en Santa Cruz se lleno para la presentación de la novela , organizada por la asociación Patio de las culturas. El grupo de percusión formado por jóvenes menores inmigrantes. abrió y clausuro el acto.

Grupo Musica Solidaria


Grupo musical de menores migrantes IES Viera y Clavijo, de el Rosario, Canarias

http://obrasocial.lacaixa.es/jovenes/conc2ganacanarias_es.html

Proyectos ganadores en el ámbito estatal

Canarias

Alumnos de un instituto de El Rosario organizan un intercambio musical con los centros de acogida de menores inmigrantes

La iniciativa Música solidaria surge de un grupo de siete jóvenes del Aula de Solidaridad del IES Viera y Clavijo, situado en el municipio de El Rosario, y consiste en un trabajo de colaboración e intercambio con los centros de acogida de menores de La Esperanza. Con el respaldo del Comité de Derechos Humanos del instituto, y gracias a la coordinación de la entidad Ben Magec-Ecologistas en Acción, los alumnos llevan a cabo una iniciativa solidaria consistente en crear un grupo de música y danza con jóvenes subsaharianos y magrebíes de los centros de acogida.

El proyecto tiene dos vertientes: la de formación interna, basada en el concepto de grupo y el aprendizaje musical, y la de intercambio, que se basa en el conocimiento e integración en la sociedad canaria mediante la música. La iniciativa persigue, por un lado, mejorar los niveles de integración social de los jóvenes inmigrantes recluidos en los centros de menores, mediante la interrelación con los centros de enseñanza secundaria de Tenerife, utilizando la música como argumento para estos encuentros. Por otro lado, también busca propiciar mecanismos de comprensión y tolerancia por parte de los jóvenes canarios hacia "el otro", con el objetivo de contrarrestar las actitudes intolerantes.

Tienen prevista la posibilidad de realizar diferentes conciertos tanto en los IES de Tenerife como en otros centros de acogida de menores. Esta iniciativa se enmarca en el Aula de Solidaridad y el Comité de Derechos Humanos del IES, que forma parte de la Red de Escuelas Solidarias de Canarias.

La Administración genera marginalidad entre los menores.

Pese a ser una obligación de la Administración, muchos menores inmigrantes no acompañados alcanzan la mayoría de edad sin tener sus papeles en regla. Esto, denuncian organizaciones sociales, les aboca a la exclusión.

Cumplir los 18 años es de todo menos emocionante cuando se es un menor extranjero no acompañado. “¿Cómo miraríamos a un padre y a una madre que el día que su hijo o hija cumple 18 años lo hecha a la calle?”, se pregunta Vicenç Galea, del colectivo catalán Drari, juristas por los derechos de la infancia.

La legislación española considera que los menores, extranjeros o autóctonos, que no tienen quién se haga cargo de ellos están en una situación de riesgo y vulnerabilidad por lo que la Administración debe hacerse cargo de ellos y tutelarlos. Actualmente, son las comunidades autónomas las que asumen estas responsabilidades. Pero al alcanzar la mayoría de edad, los menores extranjeros se encuentran en una situación de suma precariedad. Aunque existen programas de emancipación en diferentes comunidades, la falta de recursos hace que las plazas sean insuficientes y sólo unos pocos chicos puedan hacer uso de ellas. Pero en muchos casos, el problema reside en un generalizado caos administrativo que hace que no tengan la documentación en regla. En otros, es compleja la regularización de su situación una vez han salido del centro en el que estaban tutelados, y les resulta casi imposible conseguir un permiso de trabajo que les permita renovar, más tarde, la residencia. Y eso que proveerles de los papeles es una obligación de la Administración establecida legalmente.

Aunque, según la Ley de Extranjería, la Administración dispone de un máximo de nueve meses para proveer al menor de un permiso de residencia, la tónica general es la negligencia, actitud que varias organizaciones que trabajan con estos menores interpretan como mala fe.

Hay “muchos chicos indocumentados o a medio documentar: un problema casi imposible de solucionar, porque cuando ya tienen 18 años se convierten en un inmigrante más quedándoles solamente para regularizar su situación la vía del arraigo”, explica Galea. En Cataluña “las administraciones se toman el plazo máximo de nueve meses, como mínimo, y hasta que no pasa ese tiempo con el menor entre manos no empiezan a plantearse lo de la residencia. La solicitan más tarde y el chaval ha perdido un tiempo de antigüedad porque en su dosier se pone la fecha del día en que se la pidieron. Durante un tiempo no ha existido, ha estado en un limbo”, denuncia. Además, afirma Galea, aunque la falta de permiso de residencia no es impedimento legal para cursar estudios, en la práctica sucede así. Y tras semejante itinerario, “cuando se le concede la residencia, ya queda poco tiempo para que estudie y pueda llegar a los 18 años con un diploma”.

En otros casos, como en Melilla, se marea a los menores que cumplen la mayoría de edad pidiéndoles documentos que para ellos es prácticamente imposible conseguir: “Conociéndoles perfectamente y teniéndolos tutelados les han pedido que presenten un certificado marroquí de que están solteros o un certificado de antecedentes penales. Todo es una trampa”, señala José Palazón, de la asociación pro derechos de la infancia Prodein. Hasta noviembre del año pasado, la Administración melillense les retenía, además, la documentación, dejándoles, cuando no estaban en el centro de tutela, expuestos a ser detenidos y expulsados. Tras ser amonestada por el Defensor del Pueblo, la Consejería de Bienestar Social aceptó entregar su documentación a los chavales y solicitar el certificado de tutela con carácter inmediato. Pero aquellos que habían alcanzado la mayoría de edad con anterioridad no se vieron beneficiados y han quedado en situación irregular.

El menor M., que había estado ocho años en el centro de acogida del Fuerte de la Purísima, un antiguo cuartel militar en las afueras de la ciudad, vive ahora en una chabola junto al centro y ya ha sido detenido por la policía alguna vez. I. es de Fez y ha estado cuatro años en La Purísima. El 23 de enero fue una vez más a las oficinas de Extranjería a solicitar su documentación. Tiene un precontrato, es carpintero. Esta vez le han cogido la solicitud, cree que porque el personal que le atendió era nuevo. Ahora le toca esperar. “Cuando cumplí 18 años me echaron a la calle. Entonces el permiso de residencia todavía no estaba caducado, pero ahora no quieren renovármelo, no quieren darme lo mío, para que pueda irme de aquí y buscarme la vida como los demás, para sentirme como los demás. Me piden el pasaporte marroquí y no sé qué..., pero ¿cómo? Si yo llevo toda mi vida aquí. Si me dan la residencia puedo ir a Marruecos a pedirlo, pero si no tengo la residencia ¿podré volver a entrar? Es política: dicen que tienes que largarte de aquí”, cuenta por teléfono. Tan sólo cuatro días después, dos compañeros suyos se toparon con lo que a Palazón le parece que será la futura estrategia de la Administración de Melilla: les solicitaron el empadronamiento, que el centro no había tramitado. Cuando fueron ahí a pedirlo, como ya son mayores de 18 años, no se lo tramitaron. “Se consigue dar un paso adelante, y ellos encuentran otra forma de seguir haciendo lo mismo”, observa con cansancio José Palazón.

En Asturias, donde la llegada de chavales extranjeros es un fenómeno relativamente nuevo –apenas tres años–, también “se buscan fórmulas ‘elegantes’ para que el incumplimiento de la legislación no chirríe: retrasar la documentación, complicar los trámites burocráticos, etc.”, el Colectivo SocialyJusticia. Como la Ley de Extranjería prevé que, aunque hayan alcanzado la mayoría de edad, se les puede conceder un per- miso por una vía especial si la falta de permisos de residencia se debe al mal funcionamiento de una administración, los colectivos asturianos que se ocupan de estos menores están intentando trabajar esta vía.

Pese a que la Comunidad Autónoma Vasca tiene mejor reputación, Ana Stern, de SOS Racismo Guipúzcoa, insiste en que “resolver la cuestión de la documentación es básico. Para invertir bien en menores de edad, tenemos que invertir en mayores de edad: si no, nos encontramos con unas bolsas de pobreza y de exclusión que cada vez irán creciendo más. Se trata de una cuestión transautonómica, transnacional”.

En cuanto a Madrid, Juan Ignacio de la Mata, abogado de la Coordinadora de Barrios, constata que la documentación necesaria “primero no se tramita y lo que se tramita se hace en contra de la ley y del espíritu que debe regir las actuaciones en materia de protección, que es el interés superior del menor. Este interés superior integra el derecho a una correcta documentación”. A su juicio, con estas negligencias “se está abocando a los chavales tutelados a la marginalidad porque la no documentación genera desintegración social”. “En general, la administración pública usa todos los subterfugios que puede para eludir el compromiso”, subraya Galea. En ello coinciden desde Asturias: “Se copian para todo menos para lo bueno”.

Sobre Centros de Menores . Defensor Pueblo

RECOMENDACIONES

I. DE CARÁCTER GENERAL

1. Que se lleven a cabo las investigaciones que permitan conocer los datos básicos sobre la incidencia de este problema en nuestra sociedad(..).
2. Que se preste atención especial al desarrollo de protocolos que delimiten el ámbito de atención a menores con trastornos de conducta y en situación de dificultad social, y definan criterios de calidad, evaluación, seguimiento y buenas prácticas en esta intervención, en el marco del Plan Estratégico Nacional de Infancia y Adolescencia 2006-2009.

4. Que, (::) se preste especial atención al cumplimiento de la normativa referida a la adecuación de las instalaciones, con carácter previo a la aprobación de cualquier proyecto que conlleve el acogimiento residencial de menores. De esta manera, se debe evitar la habilitación de nuevos recursos que no reúnan las condiciones(.).
5. Que se valore la conveniencia de establecer un marco jurídico general sobre los menores con trastornos de conducta y en situación de
dificultad social, determinando los supuestos, requisitos y condiciones en los que las entidades públicas de protección de menores pueden aplicar
programas específicos que contemplen la utilización de medidas de contención de carácter no sancionador.
6. Que el derecho a la asistencia jurídica gratuita sea reconocido en todo caso a los menores y a sus padres, u otros representantes legales, en el marco de los procedimientos de desamparo y los dirigidos a adoptar medidas de protección en el ejercicio de la tutela administrativa.

7. Que las administraciones públicas intensifiquen las medidas de prevención y de protección que permitan garantizar a los menores en situación de dificultad social el pleno desarrollo de su personalidad y evitar así que esas situaciones deriven en el desamparo del menor o incluso en conductas contempladas por la Ley Orgánica 5/2000,.

9. Que se intensifiquen las actuaciones dirigidas a establecer dispositivos y recursos intermedios y de rehabilitación de las situaciones de dificultad social desde los ámbitos educativo, sanitario y social que hagan innecesaria la institucionalización

10. Que, en los casos en que el interés del menor requiera su atención en régimen de acogimiento residencial, se diversifiquen los proyectos de atención(..)de forma que se elimine la práctica de
atender en un mismo programa a menores que requieren medidas de protección y a aquellos que cumplen una medida de justicia juvenil.
11. Que se revise el actual modelo de especialidades de psiquiatría y psicología clínica para incluir, como áreas de capacitación preferente, en la infancia y la adolescencia.
12. Que se conceda la prioridad que merecen a las conclusiones contenidas en el documento “La Estrategia en Salud Mental del Sistema Nacional de Salud” en relación con la atención infanto-juvenil, y que se pongan en práctica sus recomendaciones, en especial las siguientes:
o Realización de intervenciones preventivas en la primera infancia y la adolescencia.
o Materialización de las intervenciones comunitarias orientadas mejorar la dinámica social en áreas geográficas con riesgo social alto(..).
o Estudio y evaluación de intervenciones orientadas a informar y a educar sobre los riesgos que tiene para la salud las sustancias adictivas en adolescentes.
o Protocolización de procesos de atención relativos a trastorno mental(..) infanto-juvenil y trastorno generalizado del desarrollo.
o Implantación de un modelo de coordinación entre servicios sociales, educación y justicia, que garantice la continuidad de los cuidados (...)
13. Que se promueva el acceso de todos los menores a los recursos públicos destinados al diagnóstico y tratamiento de las situaciones de dificultad social derivadas de los trastornos de conducta, sin discriminación alguna, en función de su condición de menores tutelados o no tutelados por la administración pública.

II. ESPECÍFICAS
15. Que la resolución administrativa que pone fin al procedimiento, y mediante la que se acuerda el ingreso de un menor en un centro para menores con necesidades especiales, esté siempre debidamente motivada(..). Dicha resolución deberá ser notificada de modo personal tanto a los padres, cuando no exista resolución judicial que lo prohíba, como al propio menor, en la forma adecuada a su edad y circunstancias,de acuerdo con la Ley 30/1992.

16. Que se solicite la autorización judicial en los términos previstos en el artículo 763 de la Ley 1/2000, de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil, siempre que el internamiento del menor se produzca por razón de
trastorno psíquico(...) y asimismo (..) autorización judicial para el ingreso en todos aquellos centros que apliquen medidas que conlleven alguna limitación de los derechos que los menores.
20. Que, de acuerdo con lo previsto en el artículo 21 de la Ley Orgánica 1/1996, de 15 de enero, de Protección Jurídica del Menor, se procure que el menor permanezca internado durante el menor tiempo posible, salvo que convenga a su interés. En consecuencia, no deberá supeditarse el alta a la carencia de recursos intermedios.

22.Se respete el derecho del menor a ser oído y se le escuche siempre antes de que se adopte una decisión que le afecte.
23. Que, en aquellos casos en que los menores, no estén de acuerdo con la medida de protección adoptada, (..) arbitrar los cauces para que puedan plantear una reclamación o recurso, con asistencia jurídica cualificada.
25. Que se establezca en todos los centros un sistema de quejas y reclamaciones, de las que deberá tener constancia, en todo caso, la entidad pública (..).
26. Que se permitan y faciliten, salvo resolución judicial en contrario, las relaciones con la familia del menor, debiendo quedar establecida en el proyecto individualizado la frecuencia de las mismas, .

28. Que, por la entidad pública(...)se garantice que todo menor en edad de escolarización obligatoria, sea matriculado en un centro docente y asista con regularidad y normalidad al mismo. En el supuesto de que no se considere adecuada la asistencia de algún menor al centro educativo, se le facilitará la atención educativa individualizada que requiera mediante el oportuno profesorado facilitado por la Administración educativa.

30. Que la prescripción y administración de fármacos a los menores(...)se lleve a cabo de conformidad y en los estrictos términos el artículo 9.3. de la Ley 41/2002, de 14 de noviembre.

31. Que, en todo caso, se informe adecuadamente al menor del tratamiento médicopara que pueda dar su consentimiento informado al mismo.
(...), cuando el menor no sea capaz (..) de comprender el alcance de la intervención, se requiera el consentimiento de la entidad pública competente, como representante legal de aquél, después de haber escuchado al menor si tiene doce años.
En el supuesto de que hubiere cumplido los dieciséis años y no prestara su consentimiento para someterse al tratamiento prescrito, se requerirá la pertinente autorización judicial, conforme a lo previsto en el
artículo 9.3.c. de la Ley 41/2002.

33. Que, en todo caso, cuando se trate de una actuación de grave riesgo, según el criterio del facultativo, los padres sean informados y su opinión tenida en cuenta para la toma de la decisión correspondiente.

34. Que , procedan a su elaboración de una norma que regule el funcionamiento de los centros, detallando los contenidos mínimos que deben tener los reglamentos de régimen interno, el procedimiento de quejas y sugerencias, el régimen de infracciones y sanciones, y los protocolos que deben seguirse para aplicar medidas de contención en situaciones de crisis de los menores, entre otros aspectos.

35. Que las entidades públicas de protección de menores comprueben que todos los centros de atención a menores en situación de dificultad social disponen del preceptivo reglamento de régimen interno, debidamente aprobado y conforme a lo previsto en la normativa aplicable.

36. Que, a su llegada al centro, se facilite al menor información escrita, redactada en lenguaje claro, sencillo y adaptado a su nivel de comprensión, sobre sus derechos y obligaciones, cuestiones de rganización general, normas de convivencia y funcionamiento del centro y procedimientos para formular peticiones, quejas o recursos.(...).
37. Cuando excepcionalmente, se considere necesaria la práctica de cacheos y otras medidas de registro que incluyan el desnudo integral de los menores, se comunique a los juzgados de primera instancia, y se practiquen dichos registros conforme a los requisitos que exige la jurisprudencia del Tribunal Constitucional.

38. La corrección de conductas contrarias a la convivencia habrá de tener una finalidad educativa, como instrumento de aprendizaje para los menores, y deberá tender siempre a la búsqueda de un efecto
rehabilitador en cada menor.

39. Que el régimen de infracciones y sanciones esté tipificado en el reglamento, y no contemple directa o indirectamente castigos corporales, maltrato psíquico, privación de la alimentación o del descanso, privación del derecho a sus relaciones personales, privación del derecho a la educación obligatoria y de asistencia al centro escolar, ni atente contra la dignidad de la persona mediante acciones que conduzcan a su humillación o ridiculización, y, en ningún caso, establezca restricciones de igual o mayor entidad que las contempladas en la legislación reguladora de la responsabilidad penal de los menores.
Las sanciones deberán ser proporcionales a la infracción cometida, tener en cuenta las circunstancias en las que se ha producido y las características del menor, y su aplicación deberá ser en todo caso supervisada por la Dirección del centro, dando cuenta al servicio especializado de protección de menores. En la mayor medida posible, se alentará el uso de medidas alternativas a la separación del grupo.
40. Que,(...) la sanción de separación del grupo se imponga solamente en los casos en que se manifieste una evidente agresividad o violencia por parte del menor, o cuando éste, reiterada y gravemente, altere la normal convivencia en el centro.
El reglamento de régimen interior deberá recoger la duración de la sanción de separación del grupo, la cual se ajustará a la gravedad de la infracción cometida.
Mientras esté cumpliendo la sanción, el menor dispondrá, como mínimo, de dos horas al aire libre, y deberá asistir, en su caso, a la escuela, centro formativo o centro de trabajo, pudiendo recibir, demás,
las visitas contempladas en su proyecto educativo individual. Durante el horario general de actividades, se programarán ocupaciones alternativas para los menores separados del grupo.
Diariamente, visitará al menor el médico o el psicólogo, que informará a la Dirección del centro sobre el estado de salud física y mental del menor, así como sobre la conveniencia de suspender, modificar o dejar sin efecto la sanción impuesta.
41. Que, (..)se prohíba el uso de la fuerza en el control de los menores, salvo cuando se hayan agotado y hayan fracasado todos los demás medios, y que sólo se utilice de la forma expresamente autorizada y
descrita en el reglamento de régimen interno.
42. Que se aprueben protocolos de intervención en casos de crisis de los menores que supongan la adopción de medidas de contención física
o farmacológica o, en su caso, de aislamiento, en los que se determinen las personas encargadas de cada función, su forma de actuación, la autorización, y los informes que,deberán remitirse a la entidad pública de protección de menores.
43. Que se limite la estancia en aislamiento al tiempo mínimo e imprescindible, y se prohíba, en todo caso, su utilización como medida sancionadora.

46. Que los profesionales (..)refuerzo que les ayuden a afrontar las situaciones de tensión emocional derivadas del desarrollo de su labor.

48. Que se facilite formación específica para realizar posibles contenciones al personal (..)y, en todo caso, a los vigilantes de seguridad, para que realicen sus funciones con pleno respeto.

49. Que,(..)en todos aquellos centros en los que sea necesario acometer reformas para la adecuación de centros , se doten los recursos necesarios .

51. Que(..)la Administración asegure la protección , a través de la inspección y supervisión de todos los centros .
54. Que, siempre que la Administración haya delegado la gestión (..) en entidades privadas exija una total transparencia en la gestión de los gastos,

56. Que, por parte de los fiscales, se visiten periódicamente los centros (..) entrevistándose reservadamente con los menores que así lo soliciten, promoviendo la corrección de las deficiencias.
57. Que se dote a la Fiscalía de los medios para realizar el control del funcionamiento y organización de los centros y de los proyectos educativo.

II Jornadas " Día Internacional de los Derechos de los Menores"

II Jornadas " Día Internacional de los Derechos de los Menores"
Noviembre-09 ASTURIAS

2 Diciembre

DECLARACIÓN DE LAS DEFENSORÍAS DEL PUEBLO SOBRE LAS RESPONSABILIDADES SOBRE LOS MNAs

Introducción

En los últimos meses estamos asistiendo de nuevo a la llegada de menores extranjeros no acompañados a la Comunidad de Canarias. Estos menores se unen a otros jóvenes procedentes del norte de África que también han llegado a nuestro país en los últimos años. Conjuntamente, plantean un reto de extraordinaria magnitud a nuestras instituciones y a nuestra sociedad desde el punto de vista de la capacidad de acogida, de protección, de formación y de inserción social de estos jóvenes.
Esta situación ha planteado un serio problema de capacidad de acogida inmediata a la Comunidad de Canarias, que ha visto desbordados sus recursos de atención dirigidos tanto a la población adulta como a los menores.(:::)
Con independencia de los retos que el fenómeno de la inmigración supone para el diseño y el desarrollo de las políticas sociales, las defensorías del Estado coincidimos en subrayar la necesidad de alcanzar acuerdos entre las distintas administraciones públicas del Estado en un tema tan importante desde el punto de vista de los derechos de los menores. Asimismo, queremos advertir de que, a pesar de su importancia, se trata sólo de un primer paso en la obligación inexcusable que tienen las administraciones públicas de velar por el interés primordial del menor, tal como establece el artículo 3 de la Convención de los Derechos del Niño, y atender sus derechos como los de cualquier otro ciudadano menor de edad que se encuentre en territorio español (Ley 1/1996 de protección jurídica del menor). Cabe recordar, asimismo, que el artículo 2.1 de Convención de los Derechos del Niño prohíbe explícitamente la discriminación del menor por razón de origen nacional. Además, el ordenamiento jurídico español establece claramente que los menores son ante todo menores, principio que debe prevalecer sobre la condición de extranjero.

La Red Europea de Defensores del Menor (ENOC, European Network of Ombudspersons for Children), aprobó en su última reunión anual una declaración instando a los países miembros del Consejo de Europa a tomar las medidas necesarias para asegurar los derechos de los menores no acompañados. Este hecho demuestra la relevancia que adquiere este fenómeno a escala europea y justifica que, dada la especial importancia que tiene para el caso español, las defensorías presentemos una declaración para expresar ante la sociedad española nuestra responsabilidad de velar para que los derechos de estos menores sean garantizados. Subrayar las obligaciones que las distintas administraciones públicas tienen respecto a los menores y recomendar algunas acciones dirigidas a reforzar el cumplimiento de sus derechos.


Principios de actuación

VER Observacion 6ª de las Naciones Unidas(2005)

1) Las Administraciones públicas competentes en las distintas CCAA deben asumir la tutela del menor de forma inmediata, mientras se estudia la realidad del menor y del núcleo familiar de origen. Debe evitarse que la fase de estudio de su situación suponga en la práctica la privación de acceso a recursos socioeducativos y a la formación laboral.

2) Las Administraciones competentes deben empezar a documentar al menor y tramitar su (tarjeta temporal)residencia cuando quede acreditada la dificultad de retorno con su familia, de acuerdo con el artículo 35.4 de la Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social, sin esperar los nueve meses que establece el Reglamento (Real Decreto 2393/2004, de 30 de diciembre), plazo que, de acuerdo con una interpretación conforme a la ley, debe ser considerado un máximo.

3) Los menores no deben ser repatriados a sus países de origen salvo que existan garantías de que la reintegración a su núcleo familiar de origen (o recurso de protección alternativo) asegure el mejor interés para el menor. La decisión debe tener en cuenta el propio punto de vista del menor –que tiene derecho a ser escuchado- y sólo puede llevarse a cabo después de un estudio detenido de los recursos disponibles en su país de origen.

4) Las pruebas médicas previas de determinación de la edad sólo deberán ser realizadas en casos de duda y deberían efectuarse con el asesoramiento de expertos independientes y tecnología moderna que incluya una combinación de pruebas físicas, sociales y psicológicas.
Siempre deberá tomarse como edad de referencia la menor que resulte de las pruebas médicas realizadas.

5) Los menores deberían recibir asistencia jurídica independiente de la Administración, como es el turno de oficio colegial, con el fin de asegurar que los procesos administrativos o judiciales se lleven a cabo teniendo en cuenta su interés superior.

6) Las Comunidades Autónomas deben coordinar sus modelos de atención a los menores inmigrantes no acompañados para evitar “fugas” de los menores a aquellas comunidades que garantizan mejor el proceso de tutela y residencia y que ofrecen mejores recursos socioeducativos.

7) Asimismo, las Comunidades Autónomas y las Delegaciones del Gobierno coordinarán también su actuación en los ámbitos de sus respectivas competencias para evitar disfunciones y asegurar que la propuesta sea la más adecuada al interés del menor en cada caso. Para facilitar la coordinación interinstitucional es necesario disponer de un registro unificado de menores inmigrantes no acompañados compartido por todas las Administraciones públicas con competencias en la cuestión.

8) En la atención a los menores extranjeros no acompañados deben diseñarse y planificarse los recursos necesarios para favorecer su desarrollo integral y facilitar su inserción en la sociedad de acogida.

9) Todas las Administraciones públicas deben asumir sus
responsabilidades en la atención a los menores no acompañados.

Es importante que los gobiernos de las CCAA establezcan acuerdos con las administraciones locales de su territorio para diseñar conjuntamente los recursos y las estrategias necesarias que mejor garanticen la atención e integración de los menores no acompañados. Especialmente importante es la necesidad de superar las actitudes de rechazo social que acompañan en ocasiones a las medidas de acogida y protección de estos menores.

10) Los centros de acogida de menores inmigrantes no acompañados deben presentar garantías de adecuación espacial, sanitaria y educativa. Las CCAA deben garantizar que los menores reciban atención a través del circuito normalizado, concentrando las actividades en centros de 24 horas que proporcionen a los menores recién llegados referentes educativos y afectivos estables.
Octubre de 2006