domingo, febrero 8

Los menores estan indefensos ante la Adminsitración

SUSANA HIDALGO - MADRID - 08/02/2009 08:00

Joaquín Olmedo es un abogado de Cádiz especializado en menores que una y otra vez se encuentra con trabas por parte de la Administración y de los centros de acogida para realizar su trabajo. Ahora mismo, está llevando el caso de un chaval cuya familia quiere sacarle de un centro de acogida de Cádiz y no hay manera de que se pueda comunicar con él. "La dirección del centro no me deja hablar con él, no me dan información", se queja Olmedo, que agrega que la Administración, en este caso la andaluza, es "poco transparente" y "reacia" a entregar documentación.
Un centro de Cádiz no deja a un profesional hablar con su defendido

No es el único letrado que encuentra dificultades a la hora de realizar su trabajo, según consta en el informe del Defensor del Pueblo y corroboran varios profesionales. El informe del Defensor se refiere a centros donde están acogidos niños con problemas de conducta, pero abogados que trabajan en centros de reforma (donde están los menores infractores) también ponen de manifiesto las trabas que encuentran. Por ejemplo, Janet Ortiz, abogada de oficio, lleva el caso de una supuesta agresión por parte de un vigilante a un niño en el reformatorio El Pinar I (Madrid). "He llamado a la dirección del centro y me dicen que no me preocupe, que no ha sido nada, que el chaval sólo tiene un hematoma", explica, perpleja, Ortiz.

Otro trabajador social del mismo centro de reforma afirma que los menores, como previamente han cometido un delito, siempre van a ser tratados como delincuentes. "Si un técnico de seguridad les pega, la dirección siempre va a dar la razón al vigilante", afirma.

Además, los letrados señalan que el principal problema ya no es sólo que ellos no pueden trabajar con toda la información, sino que los chicos no tienen manera de hacer llegar su denuncia a alguien fuera de un centro de acogida.
"Estás loco"

"Si un crío es agredido por alguien del centro y pide un abogado, los responsables le dicen que ni hablar, que si está loco...", afirma Manuel (nombre ficticio), trabajador social en un centro de acogida de Madrid. Esta versión la corrobora el abogado Joaquín Olmedo: "En los centros de protección, el principal problema que hay es la indefensión de los propios chicos, cómo trasladan fuera la denuncia", se pregunta. Estos niños, al contrario de los que están en un reformatorio, no tienen un abogado de oficio al que poder llamar en caso de necesidad porque no han cometido ningún delito. Así que, si les pasa algo, tienen que tener la suerte de que algún educador quiera apoyarles y trasladar la queja al exterior. "Si se hace, tiene que ser con cuidado porque corremos el riesgo de perder el empleo", señala una educadora social que prefiere permanecer en el anonimato.
Los educadores tienen que ayudar a los críos a hacer pública la queja

El informe del Defensor del Pueblo señala que cada comunidad autónoma tiene su propia normativa a la hora de configurar los derechos del menor a defenderse. En Andalucía, por ejemplo, la teoría dice que los chicos "siempre tienen la posibilidad de hacer valer o reclamar sus derechos, debiendo recibir una contestación expresa a sus reclamaciones".

El reglamento de Castilla-La Mancha señala que "de cualquier queja formulada en el centro por los menores se da traslado a la Delegación de Bienestar Social". Y el de Madrid afirma: "Los menores, para reclamar sus derechos, podrán dirigirse al director del centro o solicitar ser oídos ante la Comisión de Tutela del Menor. En cualquier caso los menores siempre pueden dirigirse al Ministerio Fiscal".
En la práctica

Todo esto ocurre en la teoría. En la práctica, el Defensor del Pueblo detectó durante su investigación que los niños tenían muchas dificultades cuando querían plantear una queja. Por ejemplo, en Casa Joven Juan Carlos I de Guadalajara, gestionado por la Fundación O Belén, los chicos entrevistados por el Defensor denunciaron que no les dejan formular reclamaciones por escrito, ni denunciar a sus abogados alguna contención (reducción en el suelo de manera violenta) realizada.

Pero si los niños no pueden denunciar, los fiscales, con sus inspecciones, son los que tienen que controlar las irregularidades en los centros. Sin embargo, el Defensor del Pueblo asegura que las inspecciones son "escasas" e insta a que se faciliten los cauces adecuados que permitan a los menores poner en conocimiento del Ministerio Fiscal las situaciones que atenten contra sus derechos, y al Ministerio a que "extreme su vigilancia" sobre los chicos.

http://www.publico.es/espana/actualidad/198471/menores/frente/indefension/judicial

sábado, febrero 7

Cuando la Administración genera marginalidad entre los menores

INFANCIA // NUMEROSAS COMUNIDADES AUTÓNOMAS RECURREN A SUBTERFUGIOS PARA NO REGULARIZAR

Patricia Manrique, Redacción Cantabria

Pese a ser una obligación de la Administración, muchos menores inmigrantes no acompañados alcanzan la mayoría de edad sin tener sus papeles en regla. Esto, denuncian organizaciones sociales, les aboca a la exclusión.
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OTRA VEZ SERÁ. Los menores prueban múltiples métodos para llegar a la península.

Cumplir los 18 años es de todo menos emocionante cuando se es un menor extranjero no acompañado. “¿Cómo miraríamos a un padre y a una madre que el día que su hijo o hija cumple 18 años lo hecha a la calle?”, se pregunta Vicenç Galea, del colectivo catalán Drari, juristas por los derechos de la infancia.

La legislación española considera que los menores, extranjeros o autóctonos, que no tienen quién se haga cargo de ellos están en una situación de riesgo y vulnerabilidad por lo que la Administración debe hacerse cargo de ellos y tutelarlos. Actualmente, son las comunidades autónomas las que asumen estas responsabilidades. Pero al alcanzar la mayoría de edad, los menores extranjeros se encuentran en una situación de suma precariedad. Aunque existen programas de emancipación en diferentes comunidades, la falta de recursos hace que las plazas sean insuficientes y sólo unos pocos chicos puedan hacer uso de ellas. Pero en muchos casos, el problema reside en un generalizado caos administrativo que hace que no tengan la documentación en regla. En otros, es compleja la regularización de su situación una vez han salido del centro en el que estaban tutelados, y les resulta casi imposible conseguir un permiso de trabajo que les permita renovar, más tarde, la residencia. Y eso que proveerles de los papeles es una obligación de la Administración establecida legalmente.

Aunque, según la Ley de Extranjería, la Administración dispone de un máximo de nueve meses para proveer al menor de un permiso de residencia, la tónica general es la negligencia, actitud que varias organizaciones que trabajan con estos menores interpretan como mala fe.

Hay “muchos chicos indocumentados o a medio documentar: un problema casi imposible de solucionar, porque cuando ya tienen 18 años se convierten en un inmigrante más quedándoles solamente para regularizar su situación la vía del arraigo”, explica Galea. En Cataluña “las administraciones se toman el plazo máximo de nueve meses, como mínimo, y hasta que no pasa ese tiempo con el menor entre manos no empiezan a plantearse lo de la residencia. La solicitan más tarde y el chaval ha perdido un tiempo de antigüedad porque en su dosier se pone la fecha del día en que se la pidieron. Durante un tiempo no ha existido, ha estado en un limbo”, denuncia. Además, afirma Galea, aunque la falta de permiso de residencia no es impedimento legal para cursar estudios, en la práctica sucede así. Y tras semejante itinerario, “cuando se le concede la residencia, ya queda poco tiempo para que estudie y pueda llegar a los 18 años con un diploma”.

En otros casos, como en Melilla, se marea a los menores que cumplen la mayoría de edad pidiéndoles documentos que para ellos es prácticamente imposible conseguir: “Conociéndoles perfectamente y teniéndolos tutelados les han pedido que presenten un certificado marroquí de que están solteros o un certificado de antecedentes penales. Todo es una trampa”, señala José Palazón, de la asociación pro derechos de la infancia Prodein. Hasta noviembre del año pasado, la Administración melillense les retenía, además, la documentación, dejándoles, cuando no estaban en el centro de tutela, expuestos a ser detenidos y expulsados. Tras ser amonestada por el Defensor del Pueblo, la Consejería de Bienestar Social aceptó entregar su documentación a los chavales y solicitar el certificado de tutela con carácter inmediato. Pero aquellos que habían alcanzado la mayoría de edad con anterioridad no se vieron beneficiados y han quedado en situación irregular.

El menor M., que había estado ocho años en el centro de acogida del Fuerte de la Purísima, un antiguo cuartel militar en las afueras de la ciudad, vive ahora en una chabola junto al centro y ya ha sido detenido por la policía alguna vez. I. es de Fez y ha estado cuatro años en La Purísima. El 23 de enero fue una vez más a las oficinas de Extranjería a solicitar su documentación. Tiene un precontrato, es carpintero. Esta vez le han cogido la solicitud, cree que porque el personal que le atendió era nuevo. Ahora le toca esperar. “Cuando cumplí 18 años me echaron a la calle. Entonces el permiso de residencia todavía no estaba caducado, pero ahora no quieren renovármelo, no quieren darme lo mío, para que pueda irme de aquí y buscarme la vida como los demás, para sentirme como los demás. Me piden el pasaporte marroquí y no sé qué..., pero ¿cómo? Si yo llevo toda mi vida aquí. Si me dan la residencia puedo ir a Marruecos a pedirlo, pero si no tengo la residencia ¿podré volver a entrar? Es política: dicen que tienes que largarte de aquí”, cuenta por teléfono. Tan sólo cuatro días después, dos compañeros suyos se toparon con lo que a Palazón le parece que será la futura estrategia de la Administración de Melilla: les solicitaron el empadronamiento, que el centro no había tramitado. Cuando fueron ahí a pedirlo, como ya son mayores de 18 años, no se lo tramitaron. “Se consigue dar un paso adelante, y ellos encuentran otra forma de seguir haciendo lo mismo”, observa con cansancio José Palazón.

En Asturias, donde la llegada de chavales extranjeros es un fenómeno relativamente nuevo –apenas tres años–, también “se buscan fórmulas ‘elegantes’ para que el incumplimiento de la legislación no chirríe: retrasar la documentación, complicar los trámites burocráticos, etc.”, apunta Luis Manuel Rodríguez, del Colectivo SocialyJusticia. Como la Ley de Extranjería prevé que, aunque hayan alcanzado la mayoría de edad, se les puede conceder un per- miso por una vía especial si la falta de permisos de residencia se debe al mal funcionamiento de una administración, los colectivos asturianos que se ocupan de estos menores están intentando trabajar esta vía.

Pese a que la Comunidad Autónoma Vasca tiene mejor reputación, Ana Stern, de SOS Racismo Guipúzcoa, insiste en que “resolver la cuestión de la documentación es básico. Para invertir bien en menores de edad, tenemos que invertir en mayores de edad: si no, nos encontramos con unas bolsas de pobreza y de exclusión que cada vez irán creciendo más. Se trata de una cuestión transautonómica, transnacional”.

En cuanto a Madrid, Juan Ignacio de la Mata, abogado de la Coordinadora de Barrios, constata que la documentación necesaria “primero no se tramita y lo que se tramita se hace en contra de la ley y del espíritu que debe regir las actuaciones en materia de protección, que es el interés superior del menor. Este interés superior integra el derecho a una correcta documentación”. A su juicio, con estas negligencias “se está abocando a los chavales tutelados a la marginalidad porque la no documentación genera desintegración social”. “En general, la administración pública usa todos los subterfugios que puede para eludir el compromiso”, subraya Galea. En ello coincide Rodríguez, desde Asturias: “Se copian para todo menos para lo bueno”.

http://www.diagonalperiodico.net/spip.php?article7283

viernes, febrero 6

Ante las declaraciones del Sr. Defensor del Pueblo.



En aras de aclarar la situación comenzare diciendo que hay Centros de Protección de Menores y Centros de Reforma. Los Centros de Protección dependen en Asturias de la Consejería de Bienestar Social, y los centros de reforma de la Consejería de Justicia, en este último caso se les denomina menores infractores y el Juez de Menores les ha impuesto la medida de internamiento durante un tiempo.

Los menores de Protección son menores que la Consejería de Bienestar Social a través del Instituto Asturiano de Atención Social a la Infancia, Familia y Adolescencia (I.A.A.S.I.F.A), protege – bien ejerciendo la guarda o la tutela – .

Según la Real Academia de la Lengua proteger es: Amparar, favorecer, defender.

Me referire a los menores que el I.A.A.S.I.F.A. ampara.

Desde hace años se viene denunciando la situación en que se encuentran los niños y menores internos en el Centro Materno – Infantil, menores que son objeto de protección.

La prensa regional, aunque desde opticas distintas, viene informando de situaciones lamentables que se vienen produciendo en este Centro.

Algun politico ha coincidido con las reivindicaciones de los trabajadores y del Comité de Empresa en la valoración de la situación y son “vox populi” los comentarios de los vecinos del Centro, de la Fiscalía de Menores, de la Consejería, y de otras autoridades acerca de los reiterados, por antiguos, problemas de este Centro, sin que hasta el momento se hayan producido cambios adecuados y soluciones a los mismos.

A parte de las autoridades regionales mencionadas, conocedoras de los problemas, también a nivel nacional y supranacional hay estamentos sabedores de la problemática existente en el Centro Materno Infantil de Oviedo.

Esto viene a cuento de las ultimas manifestaciones realizadas por el Sr. Defensor del Pueblo en relacion a los posibles malos tratos que se daban a los menores de Protección alojados en centros especificos.

El Sr. Defensor del Pueblo es conocedor desde el año 2002 de la situación de excesiva permanencia – institucionalización – de los niños en el Materno. En varias conversaciones con el Sr. Fiscal de Menores sobre la situación de mal trato institucional que se producía al tener a los niños alojados “sine die” me informaba verbalmente de que se transmitía a la Consejería las preocupaciones existentes, no obstante la Fiscalía no tenia la capacidad de cambiar la situación.

No debe, por tanto, extrañarse el Sr. Fiscal de los pronunciamientos del Sr. Defensor del Pueblo respecto a los Centros de Proteccion especificos, su señoria conoce – dicho antes - la situación del Materno y entiendo que si se queja es porque con sus declaraciones el Sr. Defensor del Pueblo esta cuestionando la tibieza en un trabajo, como es la defensa de los intereses superiores del menor, que le corresponde ejercer a la Fiscalía.

La Consejería, así mismo, a través de la Sra Consejera sale al paso de las declaraciones del Sr. Defensor del Pueblo suavizando la situación, realizando declaraciones interesadas ya que los Centros de Protección dependen de la misma.

No hace mucho la Sra Consejera en declaraciones a la prensa reconocía que uno de los males que existe en el I.A.A.S.I.F.A. es que desde hace años no se ha atendido adecuadamente a la Protección, ya que han cambiado los perfiles de los menores y sus necesidades y no ha habido una correcta adecuación a los mismos.

Llama la atención, por otra parte Sra Consejera, que Ud. se refiera a que han pasado muchos años sin que se adecuara el Sistema de Protección a las realidades actuales. Dos precisiones:

  • La primera es recordarle que desde la epoca del Sr. Marqués en su dia Presidente del Principado de Asturias, hasta la fecha la Consejeria que Ud. ahora representa ha estado en manos de los partidos politicos PSOE e I.U. (casi 10 años).

  • La segunda es que los funcionarios, los asesores, etc, siguen siendo los mismos. ¿Qué le hace pensar que lo que no se hicieron en anteriores etapas lo van a hacer ahora?

Volviendo a las declaraciones del Sr. Defensor del Pueblo, me estrañan los silencios de la Sra. Procuradora General del Principado de Asturias y del Observatorio de la Infancia, conocedores también de la situación del Centro Materno – Infantil.

En la defensa de los derechos de los menores no sobra nadie y lo que se ve es que todavía se precisa mas control, supervisión y recursos.
Bienvenidas pues las declaraciones del
Sr. Defensor del Pueblo.
Con todo respeto. Un saludo

Oviedo 6 de febrero de 2009

Juan Aurelio Sánchez Fernández

jueves, febrero 5

Centros de menores: los 'Guantánamos' salen a la luz

Por MARÍA SÁNCHEZ DÍEZ (SOITU.ES)
Actualizado 05-02-2009 08:41 CET

No duró ni dos días dentro. Manuel (nombre ficticio) es un joven psicólogo que en 2007 empezó a trabajar como educador en el centro de menores de La Jarosa (Madrid), que fue cerrado ese mismo año. No soportaba cómo trataban a los chavales. "Lo que me encontré al llegar fue a ocho adolescentes en un estado de ansiedad horrible porque llevaban una semana sin pisar el patio", recuerda. En solo esas dos jornadas vio multitud de irregularidades: agresiones, maltratos, niños en celdas de aislamiento sin supervisión judicial e incluso medicación forzosa. "Recuerdo que a un chico le metían pastillas en el colacao sin su consentimiento", relata.

Convocatoria de una manifestación contra el centro de Picón.

Su testimonio es un clásico de entre todas las denuncias que circulan en internet sobre el trato que reciben los adolescentes en los centros de menores con trastornos de conducta y en situación de dificultad social. Precisamente, Manuel fue uno de los educadores que, con sus quejas, motivaron la investigación del Defensor del Pueblo que ha desvelado los malos tratos en estas instituciones, a las que acuden los menores tutelados por el Estado que manifiestan alguna conducta rebelde o que presentan algún trastorno conductual. Es decir, niños problemáticos.

El informe del Defensor del Pueblo desvela que "muchos" vulneran sistemáticamente los derechos de los adolescentes. Contenciones físicas, medidas de aislamiento, violaciones de la intimidad, tratamiento farmacológico sedante a largo plazo... son algunas de las prácticas que recoge el documento tras la investigación en 27 de los 58 que existen en España.

Los que salen peor parados son los cuatro que pertenecen a la Fundación O'Belen, institución privada que enseguida se ha apresurado a defenderse de las acusaciones y ha achacado la evaluación negativa a que estaba basada en testimonios de menores que están allí por la fuerza. Sin embargo, según los educadores sociales que llevan años denunciando el problema, esto es solo la punta del iceberg. Para personas como Manuel, o como Teresa Blasco, trabajadora social que trata con adolescentes salidos de estos centros, lo que ha desvelado Enrique Múgica no es nada nuevo. "Pero en vez de ir reduciéndose, se ha ido incrementando con los años", lamenta Blasco.

Pedagogía de mano dura

Muchos de los menores internos provienen de entornos sociales complicados y familias desestructuradas cuya tutela les ha sido retirada. Sus edades están comprendidas entre los 12 y los 18 años, pero en ocasiones hay niños mucho más pequeños. "Llegan derivados desde los centros de acogida: allí no quieren trabajar con ellos por ser molestos", explica Daniel, otro psicólogo que trabajó durante casi dos años como educador en una de estas instituciones en Castilla La Mancha, de la que fue despedido [cree que los responsables sospecharon que había denunciado lo que sucedía entre sus paredes]. Cuando cumplen los 18 años, se abren las puertas: "Resulta paradójico, porque se retira la tutela a los padres para meter a los niños en este sitio y, al día siguiente de cumplir la mayoría de edad, se les devuelve suponiendo que no tienen ningún problema, sin control ni seguimiento", indica.

Un ex educador en un centro aporta ejemplos de esta pedagogía de mano dura: una vez vio cómo se encerraba a un chico en un baño durante ocho horas por haber eructado en la comida.

Los educadores reconocen que los menores que van a parar a esos centros son conflictivos: fugas, motines o agresiones son algunos de los episodios que se han registrado y que sirven como carta blanca para funcionar sistemáticamente con un "estilo carcelario" (en palabras del informe del Defensor). "Pero estas instituciones están para educarlos y apoyarles", recuerda Teresa. Aunque no justifica completamente algunas actitudes violentas que puedan tener los chicos, los educadores señalan que el sistema de relaciones que suele establecerse en su interior no contribuye a aplacar conductas violentas. "Al contrario, produce una tensión y una agresividad constante", añade Blasco

Según esta trabajadora social, en los centros de menores reina una pedagogía de mano dura cuya eficacia ponen en tela de juicio. El documento del Defensor, por su parte, asegura que existe una "confusión entre pedagogía y derecho punitivo". Daniel aporta ejemplos que lo ilustran. Cuenta, por ejemplo, que una vez vio cómo se encerraba a un chico en un baño durante ocho horas por haber eructado en la comida. Que ir al instituto se convertía en un privilegio que se ganaban los menores que se portaban bien. Que las sanciones y los premios se aplicaban de forma arbitraria y sin diálogo (punto criticado por el informe del Defensor). Que las llamadas y las visitas de los familiares eran estrictamente vigiladas y utilizadas como castigo. Y que las agresiones "se disfrazaban" de contenciones físicas.

(EFE)

Un centro de menores en Zaragoza.

Un aviso: el suicidio de Hammid

No obstante, el capítulo más duro lo protagonizan las celdas de contención, en las que se aísla a los menores como castigo durante periodos que pueden alcanzar las 24 horas. "Son habitaciones acolchadas que recuerdan a las de los psiquiátricos del siglo XIX", explica Daniel. "No tienen ninguna ventilación y los chavales están allí sin control ni vigilancia. Las paredes están recubiertas de caucho negro; la habitación, insonorizada y se les mete descalzos para que no puedan hacer ruido al dar patadas". Según el Defensor del Pueblo, este castigo no solo atenta contra la salud psíquica de los menores, sino contra su dignidad. "Tan honda puede llegar a ser su soledad que los niños, antes de entrar en esas celdas, reclaman a veces una medicación que les ayude a soportar la angustia del emparedamiento", dice el informe.

"No tienen ninguna ventilación. Las paredes están recubiertas de caucho negro; la habitación, insonorizada y se les mete descalzos para que no puedan hacer ruido al dar patadas".

Fue precisamente en una de estas salas de castigo del centro de Picón de Jarama donde Hammid, un niño marroquí de 12 años, fue encontrado muerto el pasado mes de diciembre. Suicidio. A finales del mismo mes, otro chico de 17 años trató de quitarse la vida. El suceso hizo saltar las alarmas más aún. El diagnóstico del Defensor al respecto del uso de estos habitáculos no puede ser más claro: empleados con la "atrocidad pseudocientífica" de garantizar la seguridad de los menores en momentos de descontrol, "se priva a los niños de todo estímulo sensorial hasta anular su resistencia". El informe indica además cómo algunos responsables han justificado su uso para lograr que "el niño toque fondo". Según la experiencia directa de Manuel y Daniel y la indirecta de Teresa esta filosofía de "anular" y "hundir" a los adolescentes para que "resurjan de sus cenizas" está más que presente en la forma de actuar de los educadores.

No son casos sin remedio

De pronto, Daniel interrumpe la conversación telefónica: "Espera un momento, ¿quieres ponerte tú?". La respuesta es negativa. "No, lo siento, no quiere hablar". Este psicólogo guarda buena relación con muchos de los internos con los que trabajó en sus días como educador y, en el momento de producirse la entrevista, viaja con uno de ellos en un autobús. Algo que preocupa mucho a los educadores es que los centros transmitan la idea de que estos adolescentes no tienen remedio. "Se criminaliza a jóvenes como si fueran asesinos en serie cuando lo único que les pasa es que tienen problemas", critica Manuel. "Son las víctimas, eso nos tiene que quedar muy claro. En muchas ocasiones han sufrido abusos y han vivido situaciones muy difíciles", añade.

(EFE)

Enrique Múgica, Defensor del Pueblo.

Pero el efecto más grave que han diagnosticado del paso por estas instituciones, desde el punto de vista educativo, es que los propios menores asuman que merecen ser tratados así. La vivencia de estos educadores es que trabajar con ellos fuera de los centros y con otra dinámica arroja resultados positivos. "La fórmula para educar a chicos con problemas es la comprensión y la empatía", coinciden.

Entonces, ¿por qué los empleados acceden a actuar de este modo? Según Blasco, sus trabajadores se subdividen en dos grupos: los que salen escandalizados y los que se adaptan a esa dinámica de funcionamiento. Generalmente, suelen ser recién licenciados poco cualificados para la tarea que se les viene encima. "No creo que actúen así por sadismo, estoy convencido de que lo hacen pensado que es lo más beneficioso para los menores", afirma Daniel. La situación tampoco es fácil para ellos: en Picón de Jarama, por ejemplo, 48 trabajadores han desfilado por el centro en el último año. "Para que uno acceda a quedarse más de un mes, tienen que pasar antes otros quince", ilustra.

Difícil de denunciar, difícil de probar

Pero, si tan evidente era la situación, ¿por qué no se ha perseguido antes? En primer lugar, porque los chicos no se atreven a denunciar su situación y, si lo hacen, es cuando ya han salido. "No tienen legitimidad para interponer denuncias. Lo tienen que hacer sus representantes legales, que es la comunidad que los tutela", explica Sonia Rello, abogada especializada en menores que ha trabajado en el caso del suicidio de Hammid. O sea, que se da la retorcida paradoja de que tendrían que ser los propios educadores contra quienes quieren actuar los que se acercaran a un juzgado.

Se da la retorcida paradoja de que tendrían que ser los propios educadores contra quienes quieren actuar los que se acercaran a un juzgado.

En segundo, porque "todo se justifica con razones educativas": se alega que el menor estaba muy alterado, que fue necesario encerrarle o cualquier otro pretexto que excuse las actuaciones más dudosas. Y en tercero, porque el hermetismo de estas instituciones es absoluto. "Son verdaderos búnkers", coincide Teresa. Ni a los abogados ni a las asociaciones se les permite el acceso para hablar con los internos.

Un ejemplo de la dificultad de que estas denuncias salgan adelante viene de la mano del caso de Younes, un chico de 16 años que en 2002 recibió una paliza por parte de dos educadores y tres guardias de seguridad. A pesar de reconocer su culpabilidad, los tribunales decidieron absolver a los acusados, por considerar que no se podía probar probar cuál de los cinco había sido el responsable. Los denunciantes fueron obligados a pagar los 10.104 euros de costas del juicio.

El informe que acaba de sacar a la luz el Defensor del Pueblo promete traer cola. Se enviará al Senado para que lo estudie y ya ha conseguido que la ministra Mercedes Cabrera pida la intervención de la Fiscalía General del Estado. Y en la Comunidad de Madrid, el PSOE ha exigido que se rescinda el contrato con O'Belen. Al impacto mediático de los maltratos desvelados, se suman dos recientes fallos del Tribunal Constitucional que dictaminan que los menores pueden actuar al margen de la administración de tutela cuando ésta actúa contra sus intereses. Esto podría ser fundamental a la hora de abrir las puertas a nuevas denuncias, según Rello. Todos reciben la noticia del informe con alivio y esperanza, aunque dicen que llega muy tarde. Y recuerdan que todavía queda mucho por salir a la luz.


Para saber más:

El Gobierno propone a las CCAA hacer un diagnóstico de los centros de menores,Archivado en:,asuntos sociales, violencia, menor

El Gobierno propone a las CCAA hacer un diagnóstico de los centros de menores

EFE
Actualizado 04-02-2009 14:42 CET

Madrid.- El Ministerio de Educación, Política Social y Deporte ha mostrado su disposición a coordinar con las Comunidades Autónomas, que tienen las competencia de los centros de menores, la elaboración de un diagnóstico de su funcionamiento, para evaluar si es preciso consensuar un reglamento.


Lo ha explicado la ministra de este departamento, Mercedes Cabrera, tras presidir la primera reunión de la Comisión para el seguimiento de las políticas de discapacidad.

Cabrera ha explicado que ya ha hablado con el ministro de Justicia, Mariano Fernández Bermejo, y con el fiscal general del Estado, Cándido Conde-Pumpido, para trasladarles la petición de que se abra una investigación para aclarar si los hechos denunciados en el informe del Defensor del Pueblo sobre los centros de menores son constitutivos de delito.

La ministra ha recordado que "la exigencia de responsabilidades es competencia exclusiva de las CCAA" y que a su departamento correspondería "un trabajo más directo" con las Comunidades Autónomas, "una labor de coordinación, de diagnóstico de la situación, y desde luego de poner los medios necesarios para que no se produzcan situaciones" como las relatadas en el informe.

En este sentido, ha explicado que al ministerio no le correspondería imponer un reglamento común de funcionamiento de los centros, aunque ofrece la coordinación para consensuarlo.

Cabrera estima necesario trabajar con las administraciones autonómicas para evitar que haya disparidad en la regulación de estos centros.

"La disparidad debe ser, en todo caso, en el tratamiento de cada uno de los menores, porque probablemente estemos hablando de menores con situaciones distintas que conviven en un mismo centro, en esa dirección debemos trabajar", ha concluido.

El Gobierno pedirá que la Fiscalía investigue el maltrato de menores

EFE
Actualizado 03-02-2009 13:24 CET

Madrid.- La ministra de Educación, Política Social y Deporte, Mercedes Cabrera, pedirá a la Fiscalía General del Estado que investigue los presuntos maltratos que se cometen en centros de menores, según un informe del Defensor del Pueblo.

(EFE)

La ministra de Educación, Política Social y Deporte, Mercedes Cabrera, durante la rueda de prensa en la que explicó los últimos datos sobre la gestión del fondo extraordinario de 400 millones para el despliegue de la Ley de Dependencia.

A preguntas de la prensa, Cabrera ha anunciado que pondrá en conocimiento de la Fiscalía los hechos descritos en ese informe.

"Estos hechos tienen que ser investigados y eso le corresponde a la Fiscalía General del Estado y, por lo tanto, voy a pedirle que efectivamente lo haga", ha apostillado.

Aunque es una cuestión de competencia "exclusiva" de las CCAA, el asunto es de tal importancia que el Ministerio "no puede quedarse al margen", así que contactará con las comunidades "al nivel que sea necesario", ha subrayado la ministra.

"Confiamos, evidentemente, en que las comunidades atiendan y respondan a este informe del Defensor del Pueblo", y el Ministerio estará siempre en "colaboración" con ellas para coordinar, conocer y hacer lo necesario para saber qué es lo que está ocurriendo, ha insistido.

La ministra ha recordado que hay un Observatorio de la Infancia, que depende de su departamento, y "que se va a poner en marcha para contribuir a ese mejor conocimiento de lo que puede haber sucedido".

Muchos centros de menores están llevando a cabo "prácticas contrarias" a sus derechos y la mayoría realizan contenciones físicas y mecánicas en situaciones de alteración del menor, en ocasiones con una agresividad "desproporcionada", según el

En soitu.es

Sobre las Declaraciones de la Consejería en torno al Informe del Defensor del Pueblo

Nos han sorprendido las supuestas declaraciones de la Consejería de B. Social en el sentido de su disconformidad con el "Informe que sobre los Centros de Protección de Menores y trastornos de la Conducta en situación de dificultad Social" ha realizado el Defensor del Pueblo.

En concreto no gustaría preguntarle a la Sra. Consejera:

  1. ¿No es "Miraflores" un Centro ESPECIALIZADO donde ingresan menores con trastornos de conducta y/o dificultad Social?. Nosotros afirmamos que así es , la denominación es lo de menos. Entonces ¿ por qué la anterior Consejera no lo comunico a la Oficina del Defensor del Pueblo?.
  2. ¿Por qué si el Defensor del Pueblo y el Coordinador de la fiscalia de menores de Asturias están por regular ( al tratarse de Derechos Fundamentales) la materia a través de una Ley Orgánica hay este empeño por su parte en afirmar que es como "actua un padre"? . Sra. Consejera si un padre actuase de la forma que lo hace la Consejería con los menores ingresados en las Unidades de Régimen Especial, se le retiraría al menos la guardia.
  3. ¿Por qué hay tanto miedo a que un juez autorice los ingresos, y supervise las medidas y procedimientos?. ¿Lo que es una garantía para los menores de "reforma" (CIM "Sograndio"), no lo es para los menores desprotegidos?. Esperamos que al menos reconozca que es curiosa esta reflexión.
  4. ¿Se informa a los menores con anterioridad y por escrito de las razones, duración, objetivos y forma de recurrir cuando ingresan en una Unidad Especial. ¿Se les permite alegar algo al respecto?.¿ Por qué si van a limitarse sus derechos, pudiendo ser encerrado en una "camarilla" no se les presta asistencia jurídica gratuita e independiente para defenderse?.
  5. En el citado Informe el Defensor del Pueblo realiza 57 Recomendaciones. Nosotros afirmamos que casi ninguna de las Generales (13) se cumplen en Asturias y en relación a las Específicas le preguntamos a modo de ejemplo:
  • ¿Para cuándo autorización y supervisión judicial de los internamientos?
  • ¿Para cuando todos los Centros de menores tendránun Reglamento de Régimen Interno, donde esta claramente delimitado el procedimiento de quejas y sugerencias, el régimen de infracciones y sanciones, y los protocolos que deben seguirse para aplicar medidas de contención en situaciones de crisis de los menores, entre otros aspectos. Debidamente aprobado y conforme con la ley?.Por último y muy importante conocido y entendido por los menores.
  • ¿Los menores recluidos en "camarillas" ( en aislamiento) reciben diariamente la visita del médico o psicológo? .¿ Puede este modificar o suspender el aislamiento?, tal y como recomienda el Defensor.
  • ¿Existen protocolos de intervención en casos de crisis de los menores que supongan la adopción de medidas de contención física o farmacológica o, en su caso, de aislamiento, en los que se determinen las personas encargadas de cada función, su forma de actuación, la autorización, y los informes que, con posterioridad, deberán remitirse a la entidad pública de protección de menores?.
  • ¿ Va la Consejería de Vda. y B. Social a acometer reformas para la adecuación de centros de la Administración?¿Va a dotarlos de los recursos económicos necesarios para tal fin?.
No nos haga reír Sra Consejera solo hay que ver la lamentable situación del Centro Materno-Infantil.


Oviedo , a 5 de febrero de 2009


Colectivo SocialyJusticia
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Enlaces a el Informe (parte 1 y 2)
http://estaticos.elmundo.es/documentos/2009/02/02/informe2.pdf
http://estaticos.elmundo.es/documentos/2009/02/02/informe1.pdf
Mas info:http://www.centrosdemenores.com/

Los trabajadores del Materno Infantil retoman las movilizaciones

Asturias

BIENESTAR SOCIAL RECHAZA QUE EXISTA SATURACION.

El Comité de empresa convoca concentraciones todos los miércoles.

El comité de empresa de la Consejería de Bienestar Social acordó retomar las movilizaciones por la situación que atraviesa Centro Materno Infantil. Así lo indicó ayer Belén Quiroga, presidenta del comité. Los representantes del comité y trabajadores del Materno mantuvieron ayer una concentración junto a la sede de la consejería y repetirán las movilizaciones todos los miércoles. Quiroga indicó que, a día de ayer, la unidad de primera acogida daba alojamiento a 17 menores inmigrantes no acompañados, más tres que se encuentran fugados. La presidenta del comité reclamó ayer a la Administración que ponga plazos para buscar salidas que terminen con la saturación del centro.

La Consejería de Bienestar Social indicó que las movilizaciones "carecen de fundamento". Matizó que los trabajadores conocen desde el primer día que la consejería está trabajando en la reestructuración de la red de atención a la infancia. La Administración negó que se pueda hablar, a día de hoy, de saturación y recordó que la unidad cuenta con 23 personas en su plantilla educativa.

Fuente: JPZ/La Voz de Asturias

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Asturias


Amenaza cumplida. El comité de empresa de la Consejería de Bienestar Social y Vivienda dio, el pasado mes de enero, un ultimátum al nuevo equipo gestor: si en veinte días no se solucionaban los problemas de saturación del Centro Materno Infantil de Oviedo, donde residen menores y adolescentes tutelados por el Principado, los trabajadores saldrían de nuevo a la calle a protestar.

Y dicho y hecho, ayer, transcurrido el periodo habilitado por el comité, los sindicatos volvieron a reunirse y, en decisión tan plenaria como unánime, anunciaron su vuelta a las calles para protestar. De mano, se concentraron ayer mismo ante la sede de la consejería, en Oviedo, manifestación que volverán a protagonizar, a partir de ahora, todos los miércoles.
Eso no significa, explicó la presidenta del comité, la representante de Comisiones Obreras Belén Quiroga, que el nuevo equipo «no haya dado pasos», como es el hecho de que «ahora en la unidad de primera acogida hay 17 menores para 16 plazas», y en la unidad de bebés «haya más personal».
Sin embargo, Quiroga asegura que «realmente, en el Materno hay diecisiete porque hay cuatro fugados», y «en la unidad de bebés sigue habiendo más niños que plazas». Por ese motivo, mientras no se hagan realidad «los nuevos centros de los que hemos sabido por el periódico», en referencia a la reapertura de la unidad del Fundoma y la creación de dos nuevos centros, «nosotros saldremos a la calle todas las semanas». El motivo es, explicó, «que la situación es insostenible, porque la plantilla lleva dos años soportando la saturación».
Desde Bienestar Social se reiteró ayer el compromiso de agilizar «al máximo», la reapertura del Fundoma, que depende ahora de que Función Pública acepte la contratación de personal, así como de la firma de un acuerdo para gestionar los otros dos centros.

Fuente: CH T./ El Comercio

miércoles, febrero 4

La Fiscalía avala la normativa sobre centros de menores

La Fiscalía avala la normativa sobre centros de menores


Aunque el informe del Defensor del Pueblo, Enrique Múgica, dado a
conocer el pasado lunes, cuestiona la legalidad del Decreto 48/2003,que
regula el funcionamiento de los centros de menores en Asturias, la
Fiscalía defiende la valía de la normativa autonómica. El Fiscal del
Menor, Jorge Fernández Caldevilla, manifestó ayer que la decisión del
ingreso en los centros que cuentan con "unidades de restricción", como
el que se encuentra en Miraflores (Noreña) no requiere, como mantiene
Múgica, una autorización judicial.

"En su día entendimos que la administración puede ingresar a un menor
sin la autorización del juez, porque ahí va a hacer una vida ordinaria".
Y añadió más. "Igual que la consejería decide el recurso más adecuado
para el menor dentro de la red del Principado y de los centros
concertados, una de las opciones es poder ingresarlo ahí".

Fernández Caldevilla explicó, en cualquier caso, que el centro de
Miraflores, "cuenta con unidades de restricción" y "habitaciones donde
el menor puede ser aislado" pero que "solo se utilizan si hay reacciones
violentas contra otros menores o educadores". El centro de Miraflores se
creó en el año 2003, a raíz de una petición de la Fiscalía, que
demandaba un equipamiento para derivar a los menores más problemáticos.
El fiscal aprovechó para alabar las instalaciones de Miraflores, un
centro que, a su juicio, está "muy bien dotado".

LEY ORGANICA CONVENIENTE Para el fiscal, el reglamento que existe en el
Principado "da la suficiente cobertura legal", y en este sentido
reconoció que todos los ingresos que se realizan en Miraflores son
comunicados al Ministerio Fiscal. No obstante, considera que la
elaboración de una ley orgánica que regule todo el funcionamiento de
centros de menores "sería conveniente a la hora de unificar las
actuaciones en toda España".

La Consejería de Bienestar Social , por su parte, coincide con Jorge
Fernández Caldevilla al manifestar que la autorización del juez "no hace
falta porque forma parte de nuestra red", y recuerdan también que la
Fiscalía es informada de todos los traslados. "Si un padre tampoco
necesita autorización judicial para castigar a su hijo sin salir de
casa", añadieron fuentes de la consejería, que aclararon de todos modos
que esas medidas que implican privación de libertad "se toman en muy
pocas ocasiones". Una vez que han sido reconducidos, apuntó la
consejería, "pueden llegar a salir solos".

Desde la consejería que dirige Noemí Martín se aclaró que los menores
trasladados al centro de Miraflores lo son por "conductas violentas y
desestructuradas". Además, las mismas fuentes aseguraron que todos los
casos de problemas de adicción detectados en menores se tratan con la
Consejería de Salud.


http://www.lavozdeasturias.es/noticias/noticia.asp?pkid=473742#EnlaceComentarios

martes, febrero 3

Múgica duda de la legalidad de la norma sobre centros de menores ( en Asturias)

EL INFORME SOBRE LA SITUACION DE ESTOS EQUIPAMIENTOS REFLEJA QUE ASTURIAS INCUMPLE LA LEY.

El defensor del pueblo denuncia ingresos sin autorización judicial.

03/02/2009 J. CUEVAS/La Voz de Asturias

Asturias podría estar incumpliendo la ley en materia de centros de menores. Así lo cree el Defensor del pueblo, Enrique Múgica, que en un informe sobre la situación de estos equipamientos en España pone en duda la legalidad de las normativas autonómicas que los regulan en el Principado y en Galicia, en un marco que Múgica define como "particular".

Múgica se refiere al Decreto 48/2003 del 5 de junio, por el que el Principado de Asturias aprueba el reglamento sobre normas de régimen interior de centros de alojamiento de menores, y carga contra la potestad que se concede a la Consejera de Bienestar Social para ordenar el ingreso en una de estas unidades de alojamiento (Unidades de Régimen Especial). En el informe,al que ha tenido acceso LA VOZ, se recuerda que dicha norma "no prevé expresamente la necesidad de solicitar autorización judicial para el ingreso de menores en estos centros".

Por este motivo, prosigue, debe cuestionarse la legalidad de la norma que, como explica, "prevé aplicar a estos menores medidas que implican una restricción de su libertad personal". Al afectar estas medidas a un derecho fundamental como es la libertad, la materia "requeriría ser regulada por una Ley Orgánica", aconseja Enrique Múgica al Ejecutivo asturiano ( N. Editor:es decir no es competencia de Asturias).


El toque de atención del Defensor del Pueblo tiene lugar una semana después de que varios educadores remitieran una denuncia a su oficina por la supuesta restricción de la libertad y de las comunicaciones que tiene lugar en el Centro de Miraflores, en Noreña.

El centro, de 18 plazas para menores que ya hayan cumplido los 12 años de edad, se incluye en la categoría de unidades de régimen especial, que es precisamente la que incurriría en esa posible ilegalidad por trasladar la competencia sobre el ingreso a la consejería y no al juez.

Por otra parte, el informe redactado por el Defensor del Pueblo denuncia que Asturias es, junto con Menorca y la ciudad de Ceuta, el único territorio en el que, a pesar de que no existe ningún centro para menores en situación de desprotección social( N.E.: para tratar toxicomanías o salud mental), tampoco se deriva a los menores en desprotección a centros de otras comunidades autónomas.

Fuentes consultadas ayer explicaron, sin embargo, que el Centro de Miraflores y el que gestiona La Cruz de los Angeles en Oviedo( NE: realmente esta en Lugones-Siero) son los dos equipamientos a los que se deriva/ o va a derivar a los menores con problemas como la adicción a los disolventes.

Castigados sin salir

http://www.lavozdeasturias.es/noticias/noticia.asp?pkid=473515

El Defensor del Pueblo destapa malos tratos en los centros de menor



Critica la excesiva 'agresividad' contra los jóvenes


Ana del Barrio | Madrid. El MUNDO

El Defensor del Pueblo ha dado un fuerte tirón de orejas a los centros de acogida de menores y ha denunciado que utilizan un régimen disciplinario demasiado duro y que incluso emplean celdas de aislamiento, que en nada favorecen la protección social del menor.

La Institución pública ha puesto el dedo en la llaga y ha destapado en un informe monográfico el descontrol existente en los centros de menores -que dependen de las comunidades autónomas-, a los que acuden jóvenes con problemas de inadaptación social y familiar o con trastornos de conducta.

El aguafuerte que pinta el Defensor del Pueblo podría ser digno de las 'Pinturas Negras' de Goya: menores atados por las muñecas, niños a los que se prohíbe acudir a la escuela o a los que ni siquiera se deja salir al patio durante una semana.

El informe también señala el uso excesivo de los fármacos para tratar a los jóvenes con trastornos psicológicos: "Hemos constatado la tendencia a medicar profusamente los trastornos psicosociales de los menores, con el grave riesgo que puede conllevar para su salud la ingesta continuada y en altas dosis de medicaciones psiquiátricas".

Sin ventilación ni comunicación exterior

Y lanza un dardo a los profesionales de los centros: "Atiborrar de pastillas a los adolescentes en los centros de acogimiento residencial revela abulia profesional en lugar de implicación personal en el tratamiento".

El Defensor del Pueblo asegura haber sido testigo "de la existencia y funcionamiento en los centros de celdas de aislamiento verdaderamente atroces, denominadas 'salas de tiempo fuera' o 'salas de baja estimulación'". La descripción que realiza el informe de estas salas es sobrecogedora: "Son de reducido tamaño, con portones blindados de hierro, sin ventilación ni comunicación alguna al exterior, en las que los menores pueden permanecer recluidos por tiempo indeterminado, lo que provoca una atmósfera asfixiante y un gran rechazo entre los menores".

El estudio también critica "las contenciones físicas" y las medidas de aislamiento, una práctica habitual en estos centros y denuncia que en ocasiones la "agresividad es desproporcionada", como el caso del centro Baix Maestrat en Castellón, donde un vigilante rompió un brazo a un adolescente cuando intentaba reducirle.

Los centros están gestionados por entidades privadas y no existe un reglamento interno ni inspecciones regulares

Entre los centros peor valorados por los menores en el informe figuran tres gestionados por la Fundación O' Belén en Madrid -Paracuellos del Jarama-, Castellón y Guadalajara; uno en Cantabria, administrado por Cruz de los Ángeles, y otro en Chavea (Pontevedra), gestionado por LAR.

El presidente de la Fundación O' Belén, Emilio Pinto, negó a elmundo.es las acusaciones del Defensor: "Es falso que existan celdas de aislamiento. También niego con total rotundidad que se ate a los menores. Aquellos que tienen trastornos bipolares reciben medicación en función de lo que recete el psiquiatra, que forma parte de la plantilla del centro".

El estudio no destapa tan sólo incidentes con los castigos físicos sino que desvela un problema estructural de los centros -gestionados en su mayoría por entidades privadas- donde no existe un criterio sobre la estructura que deben tener, ni un reglamento interno ni un sistema de inspecciones adecuadas.

Al final, el menor se convierte en víctima de la burocracia y de una situación en la que apenas se le deja opinar. El informe relata el caso de una niña rumana, de 12 años, que fue ingresada en un centro cerrado, con rejas incluidas, después de haber sufrido un aborto unos meses antes, debido a la posibilidad de que el autor del embarazo estuviese en el entorno familiar.

"Sólo tuve relación con el chico al que quiero. ¿Tanto mal he hecho para que me encierren aquí? En mi país, tenemos relaciones y nos casamos muy pronto... Este centro no es para mí: aquí aprendo cosas de los chicos mayores que no me gustan", asegura la pequeña en el est


Un informe denuncia el uso de celdas de aislamiento 'atroces' y que, en ocasiones, "se atiborra de pastillas" a los adolescentes.


http://www.elmundo.es/elmundo/2009/02/02/espana/1233599983.html

lunes, febrero 2

Guipúzcoa cierra el centro de menores de Tolosa, el más conflictivo de Euskadi


Los jóvenes inmigrantes serán ubicados en un nuevo edificio en Martutene

KARIM ASRY - San Sebastián - 31/01/2009

El centro de acogida de urgencia de menores extranjeros no acompañados de Tolosa, el más conflictivo de Guipúzcoa, y tal vez el de toda Euskadi, tiene los días contados. La Diputación foral, responsable de la tutela de los menores, ha decidido poner un punto final a un centro que fue calificado de "potencialmente explosivo" por el Ararteko. Éste comenzó a funcionar años atrás como solución provisional a un problema, el de los jóvenes inmigrantes sin familia, para el que ninguna institución ha encontrado una solución adecuada en toda España.

Las instalaciones cerrarán en las próximas semanas y gran parte de los acogidos serán trasladados a un nuevo centro en el barrio donostiarra de Martutene, en una zona muy alejada del centro de la ciudad. El cierre, según precisaron fuentes forales, es parte de una reorganización general de los servicios de acogida de la diputación, que tendrá como guía el decreto del Gobierno vasco aprobado en julio pasado, que establece que los menores deberán ser atendidos en centros de menor tamaño y con más educadores que en la actualidad.

Una multitud de problemas se solapan a la hora de encontrar la solución adecuada para estos jóvenes, que llegan desorientados a la península en busca de una vida que sus países de origen no pueden darles (el 80% son de Marruecos). La Diputación, por ejemplo, está teniendo enormes dificultades para conseguir edificios y pisos donde alojarlos debido, en gran parte, al rechazo vecinal inducido por la estigmatización de estos menores cada vez que salen en los medios de comunicación asociados a algún incidente violento.

En el centro de Tolosa, la polémica estalló a raíz de varios episodios violentos protagonizados por algunos de sus inquilinos. Tras dos agresiones sexuales consecutivas en menos de una semana entre julio y agosto, se creó una alarma social que destrozó meses de trabajo educativo y ahondó en la brecha entre estos jóvenes y la sociedad de acogida. Cada vez que hay sucesos de este tipo, indica la misma fuente, hay "una desestabilización general en toda la red de acogida" guipuzcoana. El perfil de algunos de estos menores, los violentos, los más visibles, eclipsa los esfuerzos de integración de los demás, según resalta la Diputación. Esta minoría es la protagonista de las recurrentes agresiones a los vigilantes y cuyo comportamiento también provocó que los vecinos de Tolosa hicieran público su malestar en varias ocasiones.

Por otro lado, se está registrando un "fuerte aumento" del número de chavales que llega, que hace que cualquier incremento de los recursos termine quedándose corto. No obstante, centro de Tolosa mantuvo serias deficiencias en sus instalaciones a lo largo de toda su existencia. Hasta ahora había sido la puerta de entrada en el sistema de acogida guipuzcoano. En su informe de 2007 al Parlamento vasco, el Ararteko recalcó el "preocupante "nivel de deterioro" de sus instalaciones. Actualmente viven en el centro unos 48 chavales en un edificio previsto para una veintena. Y, aunque se ha ido ampliando, muchos duermen en el suelo a día de hoy. El Defensor del Pueblo vasco, que está terminando su informe del año 2008, encontró deficiencias similares en su última visita.

La Diputación, que se niega a hablar de fracaso en el caso del centro de Tolosa, resalta, por ejemplo, que muchos de los jóvenes acogidos participaron en las comparsas de los carnavales de la localidad. Los chavales cuentan que algunos incluso tienen novias en el pueblo. Su proyecto de vida, añaden los jóvenes, sólo lo imaginan de este lado del Estrecho.

"Unifiquemos criterios"

La red guipuzcoana acogió a un total de 371 menores extranjeros en 2008, frente a los 225 de 2007 (hay unos 230 bajo tutela). Su llegada parece inmune a la disuasión que pretende el Gobierno central al endurecer su posición frente a la inmigración. "Están llegando oleadas de chavales de golpe", precisa Diputación, que tiene que lidiar con el rechazo vecinal y los enormes problemas que arrastra el colectivo. Por ejemplo, el devastador consumo de disolvente para drogarse actúa como caldo de cultivo que propicia otros delitos (uno de los menores cifra en 15 el número quienes inhalan la sustancia en Tolosa). La falta de implicación de otras comunidades, como Navarra, que tutela muchísimos menos casos en proporción a su población, tampoco ayuda.

El problema, resalta el ente foral, debe tener una solución a nivel español. Las instituciones vascas han solicitado al Ejecutivo central una reunión monográfica sobre la situación de los menores para "unificar criterios" en educación o en cuestiones como su regularización. Tal vez así se impida que, cada vez que uno de ellos se fuga de una comunidad a otra, todo el esfuerzo realizado caiga por tierra.

http://www.elpais.com/articulo/pais/vasco/Guipuzcoa/cierra/centro/menores/Tolosa/conflictivo/Euskadi/elpepiesppvs/20090131elpvas_2/Tes

La Oficina del Defensor del Pueblo confirma las denuncias de tortura y maltrato en centros de menores


Hoy se ha presentado el informe que recoge los resultados de más de 1 año de investigación en centros de menores terapéuticos.

La investigación que da sus frutos ahora comenzó en Abril de 2007, tras la experiencia como trabajador en el centro de menores "La Jarosa" de un participante de la asamblea y la queja presentada por varios ex-trabajadores de Casa Joven en la misma semana. La copia exacta de la denuncia presentada por nuestro compañero podéis encontrarla aquí: http://www.otromadrid.org/articulo/3661/obelen-menores-montin-fuga-tortura/

Sólo se han modificado los nombres de los chavales implicados, el resto está tal cual se presentó.

Por el momento no podemos dar mucha más información. Sólo recordar que aquí se han publicado cartas de un chico y de una chica recludosen este centro:

Os animamos a tod@s a participar en la manifestación de solidaridad con los chicos y chicas de Picón del próximo 28 de Febrero.

La noticia en Antena3, El Mundo y El Pais

Colectivos de inmigrantes y de ayuda a los refugiados consideran que la reforma favorece asimilacionismo frente la integración


La Directiva de la vergüenza guía los cambios en la ley Rebelión - Spain
El Colectivo Drari, que se dedica a la ayuda de menores extranjeros no acompañados, entiende que esta Ley no protege los derechos humanos, no respeta los ...
Colectivos de inmigrantes y de ayuda a los refugiados consideran que la reforma favorece asimilacionismo frente la integración
La Directiva de la vergüenza guía los cambios en la ley
El rechazo a la Ley por parte de los movimientos de inmigrantes ha sido unánime. El Colectivo DRARI, que se dedica a la ayuda de menores extranjeros no acompañados, entiende que esta Ley no protege los derechos humanos, no respeta los derechos del niño ni protege a la familia. Para Víctor Saéz, de la Asociación de Chilenos en España, la reforma supone "un cercenamiento más de los derechos de los inmigrantes para satisfacer el consumo interno".

En esta línea, las fuentes consultadas hablan del rédito electoral que dan las medidas promovidas contra los derechos de los migrantes. Así se expresa Rafael Lara, del área de inmigración de la Asociación Pro-Derechos Humanos de Andalucía APDHA: "Desde nuestra posición, la impresión que da es que en España endurecer las normativas de extranjería es electoralmente rentable y de que el PSOE, ante el mensaje negativo que el PP ha estado enviando en relación a esta cuestión, no ha querido perder el paso y, aprovechando la coyuntura de la sentencia del Constitucional, ha planteado una reforma restrictiva con el objetivo de que se visualice ante la opinión pública que ellos están dispuestos a ser tan duros con los extranjeros como el que más". El Congreso de los Diputados ha aprobado, con un 80% de votos a favor, una reforma que, según José María Trillo de la ODS Patio Maravillas, no tiene diferencias sustanciales con la que planteó el PP durante esta legislatura. El secretario general de la Comisión Española de Ayuda al Refugiado CEAR, Alfredo Abad, lamenta que no se haya buscado el consenso ni la opinión del Foro para la Integración Social de los inmigrantes. A su juicio, es preocupante que en el texto se presente la política migratoria desde la base del control. Abad profundiza en el hecho de que la reforma plantea un modelo asimilacionista y no entienda, como solicitan las organizaciones, la integración desde un punto de vista bidireccional: "Estamos ante un error grave y una actuación política que necesita corregirse en la dirección de defender los derechos humanos y consolidar los compromisos internacionales de nuestro país, por ejemplo con la firma de la Convención para la defensa de los derechos de los trabajadores migrantes y sus familias, que las organizaciones sociales hemos pedido reiteradamente al Gobierno", ha declarado Abad a este periódico.

'Trabajadores desechables'

Sáez critica el fondo ideológico de la reforma que da a los trabajadores inmigrantes la categoría de desechables: "útiles en la medida en que sirven al capital". En su opinión, "es fruto de las presiones que la derecha y los empresarios han ejercido sobre el Gobierno". Para Trillo, la política de la UE ha sido el factor clave del cambio: "la legislación española se había quedado a la izquierda de la que plantean países como Francia o Italia, y con esta reforma se ha acoplado a su paso. A su vez se recoge el espíritu de la Directiva de Retorno, llamada 'de la vergüenza', endureciendo el internamiento en los Centros de Internamiento de Extranjeros (CIE) de las personas en situación irregular".

La poca vertebración de los movimientos de inmigrantes y los actores sociales que trabajan por su integración es uno de los factores que, según las fuentes, determina la escasa respuesta social ante el borrador. Sáez admite que "no hemos tenido la capacidad de generar un movimiento amplio que haya sido capaz de poner en cuestionamiento de manera más profunda la Ley de Extranjería. La Red Estatal por los Derechos de los inmigrantes REDI ha avanzado en esa dirección pero aún de manera insuficiente". Para Trillo, las múltiples realidades de la inmigración hacen más complicada su articulación como movimiento: "Falta base y las estructuras organizativas creadas hasta ahora no dan mucho más de sí, o por débiles o por estar enmarañadas en una red burocrática- asistencial que las sustenta".

Estos grupos coinciden en la necesidad de fortalecer un frente transversal "de unidad y lucha", en palabras de Sáez, que se posicione de forma clara en defensa de los derechos de las personas, independientemente de cuál sea su país de origen. Según Trillo, "existe la necesidad de articular políticamente a los inmigrantes en el conocimiento y ejercicio de sus derechos como realidad diferente con la meta de transformar nuestras sociedades mediante la movilización, concienciación y educación en la diversidad, desarrollando valores como el respeto la tolerancia y la solidaridad".

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Col•lectiu DRARI دراري d'Investigació Acció Participativa pels Drets de l'Infant
الجماعى DRARI دراري للبحوث التشاركيه العمل من اجل حقوق الطفل
Colectivo DRARI دراري de Investigación Acción Participativa por los Derechos del Niño
DRARI دراري Haurren Eskubideen Aldeko Ikerketa Ekintza Partaidetza Kolektiboa
Collectif DRARI دراري de Recherche et d'Action Participative pour les Droits de l'Enfant
Collective DRARI دراري of Participative Investigation Action by the Rights of the Child

General: DRARI.Col.lectiu.IAP.Drets.Infant@gmail.com
Juristes i casos de menors.Juristas y casos de menores: DRARI.Jurista@gmail.com

www.DRARI-Col-lectiu-IAP-Drets-Infant.blogspot.com
www.DRARI-Col-lectiu-JURISTA-Drets-Infant.blogspot.com
XARXA-RED-SAREA-XABACA :
http://www.menoressolos.blogspot.com
Per deixar de rebre correu escriu al remetent.Para dejar de recibir correo escribe al remitente

La Administración genera marginalidad entre los menores.

Pese a ser una obligación de la Administración, muchos menores inmigrantes no acompañados alcanzan la mayoría de edad sin tener sus papeles en regla. Esto, denuncian organizaciones sociales, les aboca a la exclusión.

Cumplir los 18 años es de todo menos emocionante cuando se es un menor extranjero no acompañado. “¿Cómo miraríamos a un padre y a una madre que el día que su hijo o hija cumple 18 años lo hecha a la calle?”, se pregunta Vicenç Galea, del colectivo catalán Drari, juristas por los derechos de la infancia.

La legislación española considera que los menores, extranjeros o autóctonos, que no tienen quién se haga cargo de ellos están en una situación de riesgo y vulnerabilidad por lo que la Administración debe hacerse cargo de ellos y tutelarlos. Actualmente, son las comunidades autónomas las que asumen estas responsabilidades. Pero al alcanzar la mayoría de edad, los menores extranjeros se encuentran en una situación de suma precariedad. Aunque existen programas de emancipación en diferentes comunidades, la falta de recursos hace que las plazas sean insuficientes y sólo unos pocos chicos puedan hacer uso de ellas. Pero en muchos casos, el problema reside en un generalizado caos administrativo que hace que no tengan la documentación en regla. En otros, es compleja la regularización de su situación una vez han salido del centro en el que estaban tutelados, y les resulta casi imposible conseguir un permiso de trabajo que les permita renovar, más tarde, la residencia. Y eso que proveerles de los papeles es una obligación de la Administración establecida legalmente.

Aunque, según la Ley de Extranjería, la Administración dispone de un máximo de nueve meses para proveer al menor de un permiso de residencia, la tónica general es la negligencia, actitud que varias organizaciones que trabajan con estos menores interpretan como mala fe.

Hay “muchos chicos indocumentados o a medio documentar: un problema casi imposible de solucionar, porque cuando ya tienen 18 años se convierten en un inmigrante más quedándoles solamente para regularizar su situación la vía del arraigo”, explica Galea. En Cataluña “las administraciones se toman el plazo máximo de nueve meses, como mínimo, y hasta que no pasa ese tiempo con el menor entre manos no empiezan a plantearse lo de la residencia. La solicitan más tarde y el chaval ha perdido un tiempo de antigüedad porque en su dosier se pone la fecha del día en que se la pidieron. Durante un tiempo no ha existido, ha estado en un limbo”, denuncia. Además, afirma Galea, aunque la falta de permiso de residencia no es impedimento legal para cursar estudios, en la práctica sucede así. Y tras semejante itinerario, “cuando se le concede la residencia, ya queda poco tiempo para que estudie y pueda llegar a los 18 años con un diploma”.

En otros casos, como en Melilla, se marea a los menores que cumplen la mayoría de edad pidiéndoles documentos que para ellos es prácticamente imposible conseguir: “Conociéndoles perfectamente y teniéndolos tutelados les han pedido que presenten un certificado marroquí de que están solteros o un certificado de antecedentes penales. Todo es una trampa”, señala José Palazón, de la asociación pro derechos de la infancia Prodein. Hasta noviembre del año pasado, la Administración melillense les retenía, además, la documentación, dejándoles, cuando no estaban en el centro de tutela, expuestos a ser detenidos y expulsados. Tras ser amonestada por el Defensor del Pueblo, la Consejería de Bienestar Social aceptó entregar su documentación a los chavales y solicitar el certificado de tutela con carácter inmediato. Pero aquellos que habían alcanzado la mayoría de edad con anterioridad no se vieron beneficiados y han quedado en situación irregular.

El menor M., que había estado ocho años en el centro de acogida del Fuerte de la Purísima, un antiguo cuartel militar en las afueras de la ciudad, vive ahora en una chabola junto al centro y ya ha sido detenido por la policía alguna vez. I. es de Fez y ha estado cuatro años en La Purísima. El 23 de enero fue una vez más a las oficinas de Extranjería a solicitar su documentación. Tiene un precontrato, es carpintero. Esta vez le han cogido la solicitud, cree que porque el personal que le atendió era nuevo. Ahora le toca esperar. “Cuando cumplí 18 años me echaron a la calle. Entonces el permiso de residencia todavía no estaba caducado, pero ahora no quieren renovármelo, no quieren darme lo mío, para que pueda irme de aquí y buscarme la vida como los demás, para sentirme como los demás. Me piden el pasaporte marroquí y no sé qué..., pero ¿cómo? Si yo llevo toda mi vida aquí. Si me dan la residencia puedo ir a Marruecos a pedirlo, pero si no tengo la residencia ¿podré volver a entrar? Es política: dicen que tienes que largarte de aquí”, cuenta por teléfono. Tan sólo cuatro días después, dos compañeros suyos se toparon con lo que a Palazón le parece que será la futura estrategia de la Administración de Melilla: les solicitaron el empadronamiento, que el centro no había tramitado. Cuando fueron ahí a pedirlo, como ya son mayores de 18 años, no se lo tramitaron. “Se consigue dar un paso adelante, y ellos encuentran otra forma de seguir haciendo lo mismo”, observa con cansancio José Palazón.

En Asturias, donde la llegada de chavales extranjeros es un fenómeno relativamente nuevo –apenas tres años–, también “se buscan fórmulas ‘elegantes’ para que el incumplimiento de la legislación no chirríe: retrasar la documentación, complicar los trámites burocráticos, etc.”, el Colectivo SocialyJusticia. Como la Ley de Extranjería prevé que, aunque hayan alcanzado la mayoría de edad, se les puede conceder un per- miso por una vía especial si la falta de permisos de residencia se debe al mal funcionamiento de una administración, los colectivos asturianos que se ocupan de estos menores están intentando trabajar esta vía.

Pese a que la Comunidad Autónoma Vasca tiene mejor reputación, Ana Stern, de SOS Racismo Guipúzcoa, insiste en que “resolver la cuestión de la documentación es básico. Para invertir bien en menores de edad, tenemos que invertir en mayores de edad: si no, nos encontramos con unas bolsas de pobreza y de exclusión que cada vez irán creciendo más. Se trata de una cuestión transautonómica, transnacional”.

En cuanto a Madrid, Juan Ignacio de la Mata, abogado de la Coordinadora de Barrios, constata que la documentación necesaria “primero no se tramita y lo que se tramita se hace en contra de la ley y del espíritu que debe regir las actuaciones en materia de protección, que es el interés superior del menor. Este interés superior integra el derecho a una correcta documentación”. A su juicio, con estas negligencias “se está abocando a los chavales tutelados a la marginalidad porque la no documentación genera desintegración social”. “En general, la administración pública usa todos los subterfugios que puede para eludir el compromiso”, subraya Galea. En ello coinciden desde Asturias: “Se copian para todo menos para lo bueno”.

Sobre Centros de Menores . Defensor Pueblo

RECOMENDACIONES

I. DE CARÁCTER GENERAL

1. Que se lleven a cabo las investigaciones que permitan conocer los datos básicos sobre la incidencia de este problema en nuestra sociedad(..).
2. Que se preste atención especial al desarrollo de protocolos que delimiten el ámbito de atención a menores con trastornos de conducta y en situación de dificultad social, y definan criterios de calidad, evaluación, seguimiento y buenas prácticas en esta intervención, en el marco del Plan Estratégico Nacional de Infancia y Adolescencia 2006-2009.

4. Que, (::) se preste especial atención al cumplimiento de la normativa referida a la adecuación de las instalaciones, con carácter previo a la aprobación de cualquier proyecto que conlleve el acogimiento residencial de menores. De esta manera, se debe evitar la habilitación de nuevos recursos que no reúnan las condiciones(.).
5. Que se valore la conveniencia de establecer un marco jurídico general sobre los menores con trastornos de conducta y en situación de
dificultad social, determinando los supuestos, requisitos y condiciones en los que las entidades públicas de protección de menores pueden aplicar
programas específicos que contemplen la utilización de medidas de contención de carácter no sancionador.
6. Que el derecho a la asistencia jurídica gratuita sea reconocido en todo caso a los menores y a sus padres, u otros representantes legales, en el marco de los procedimientos de desamparo y los dirigidos a adoptar medidas de protección en el ejercicio de la tutela administrativa.

7. Que las administraciones públicas intensifiquen las medidas de prevención y de protección que permitan garantizar a los menores en situación de dificultad social el pleno desarrollo de su personalidad y evitar así que esas situaciones deriven en el desamparo del menor o incluso en conductas contempladas por la Ley Orgánica 5/2000,.

9. Que se intensifiquen las actuaciones dirigidas a establecer dispositivos y recursos intermedios y de rehabilitación de las situaciones de dificultad social desde los ámbitos educativo, sanitario y social que hagan innecesaria la institucionalización

10. Que, en los casos en que el interés del menor requiera su atención en régimen de acogimiento residencial, se diversifiquen los proyectos de atención(..)de forma que se elimine la práctica de
atender en un mismo programa a menores que requieren medidas de protección y a aquellos que cumplen una medida de justicia juvenil.
11. Que se revise el actual modelo de especialidades de psiquiatría y psicología clínica para incluir, como áreas de capacitación preferente, en la infancia y la adolescencia.
12. Que se conceda la prioridad que merecen a las conclusiones contenidas en el documento “La Estrategia en Salud Mental del Sistema Nacional de Salud” en relación con la atención infanto-juvenil, y que se pongan en práctica sus recomendaciones, en especial las siguientes:
o Realización de intervenciones preventivas en la primera infancia y la adolescencia.
o Materialización de las intervenciones comunitarias orientadas mejorar la dinámica social en áreas geográficas con riesgo social alto(..).
o Estudio y evaluación de intervenciones orientadas a informar y a educar sobre los riesgos que tiene para la salud las sustancias adictivas en adolescentes.
o Protocolización de procesos de atención relativos a trastorno mental(..) infanto-juvenil y trastorno generalizado del desarrollo.
o Implantación de un modelo de coordinación entre servicios sociales, educación y justicia, que garantice la continuidad de los cuidados (...)
13. Que se promueva el acceso de todos los menores a los recursos públicos destinados al diagnóstico y tratamiento de las situaciones de dificultad social derivadas de los trastornos de conducta, sin discriminación alguna, en función de su condición de menores tutelados o no tutelados por la administración pública.

II. ESPECÍFICAS
15. Que la resolución administrativa que pone fin al procedimiento, y mediante la que se acuerda el ingreso de un menor en un centro para menores con necesidades especiales, esté siempre debidamente motivada(..). Dicha resolución deberá ser notificada de modo personal tanto a los padres, cuando no exista resolución judicial que lo prohíba, como al propio menor, en la forma adecuada a su edad y circunstancias,de acuerdo con la Ley 30/1992.

16. Que se solicite la autorización judicial en los términos previstos en el artículo 763 de la Ley 1/2000, de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil, siempre que el internamiento del menor se produzca por razón de
trastorno psíquico(...) y asimismo (..) autorización judicial para el ingreso en todos aquellos centros que apliquen medidas que conlleven alguna limitación de los derechos que los menores.
20. Que, de acuerdo con lo previsto en el artículo 21 de la Ley Orgánica 1/1996, de 15 de enero, de Protección Jurídica del Menor, se procure que el menor permanezca internado durante el menor tiempo posible, salvo que convenga a su interés. En consecuencia, no deberá supeditarse el alta a la carencia de recursos intermedios.

22.Se respete el derecho del menor a ser oído y se le escuche siempre antes de que se adopte una decisión que le afecte.
23. Que, en aquellos casos en que los menores, no estén de acuerdo con la medida de protección adoptada, (..) arbitrar los cauces para que puedan plantear una reclamación o recurso, con asistencia jurídica cualificada.
25. Que se establezca en todos los centros un sistema de quejas y reclamaciones, de las que deberá tener constancia, en todo caso, la entidad pública (..).
26. Que se permitan y faciliten, salvo resolución judicial en contrario, las relaciones con la familia del menor, debiendo quedar establecida en el proyecto individualizado la frecuencia de las mismas, .

28. Que, por la entidad pública(...)se garantice que todo menor en edad de escolarización obligatoria, sea matriculado en un centro docente y asista con regularidad y normalidad al mismo. En el supuesto de que no se considere adecuada la asistencia de algún menor al centro educativo, se le facilitará la atención educativa individualizada que requiera mediante el oportuno profesorado facilitado por la Administración educativa.

30. Que la prescripción y administración de fármacos a los menores(...)se lleve a cabo de conformidad y en los estrictos términos el artículo 9.3. de la Ley 41/2002, de 14 de noviembre.

31. Que, en todo caso, se informe adecuadamente al menor del tratamiento médicopara que pueda dar su consentimiento informado al mismo.
(...), cuando el menor no sea capaz (..) de comprender el alcance de la intervención, se requiera el consentimiento de la entidad pública competente, como representante legal de aquél, después de haber escuchado al menor si tiene doce años.
En el supuesto de que hubiere cumplido los dieciséis años y no prestara su consentimiento para someterse al tratamiento prescrito, se requerirá la pertinente autorización judicial, conforme a lo previsto en el
artículo 9.3.c. de la Ley 41/2002.

33. Que, en todo caso, cuando se trate de una actuación de grave riesgo, según el criterio del facultativo, los padres sean informados y su opinión tenida en cuenta para la toma de la decisión correspondiente.

34. Que , procedan a su elaboración de una norma que regule el funcionamiento de los centros, detallando los contenidos mínimos que deben tener los reglamentos de régimen interno, el procedimiento de quejas y sugerencias, el régimen de infracciones y sanciones, y los protocolos que deben seguirse para aplicar medidas de contención en situaciones de crisis de los menores, entre otros aspectos.

35. Que las entidades públicas de protección de menores comprueben que todos los centros de atención a menores en situación de dificultad social disponen del preceptivo reglamento de régimen interno, debidamente aprobado y conforme a lo previsto en la normativa aplicable.

36. Que, a su llegada al centro, se facilite al menor información escrita, redactada en lenguaje claro, sencillo y adaptado a su nivel de comprensión, sobre sus derechos y obligaciones, cuestiones de rganización general, normas de convivencia y funcionamiento del centro y procedimientos para formular peticiones, quejas o recursos.(...).
37. Cuando excepcionalmente, se considere necesaria la práctica de cacheos y otras medidas de registro que incluyan el desnudo integral de los menores, se comunique a los juzgados de primera instancia, y se practiquen dichos registros conforme a los requisitos que exige la jurisprudencia del Tribunal Constitucional.

38. La corrección de conductas contrarias a la convivencia habrá de tener una finalidad educativa, como instrumento de aprendizaje para los menores, y deberá tender siempre a la búsqueda de un efecto
rehabilitador en cada menor.

39. Que el régimen de infracciones y sanciones esté tipificado en el reglamento, y no contemple directa o indirectamente castigos corporales, maltrato psíquico, privación de la alimentación o del descanso, privación del derecho a sus relaciones personales, privación del derecho a la educación obligatoria y de asistencia al centro escolar, ni atente contra la dignidad de la persona mediante acciones que conduzcan a su humillación o ridiculización, y, en ningún caso, establezca restricciones de igual o mayor entidad que las contempladas en la legislación reguladora de la responsabilidad penal de los menores.
Las sanciones deberán ser proporcionales a la infracción cometida, tener en cuenta las circunstancias en las que se ha producido y las características del menor, y su aplicación deberá ser en todo caso supervisada por la Dirección del centro, dando cuenta al servicio especializado de protección de menores. En la mayor medida posible, se alentará el uso de medidas alternativas a la separación del grupo.
40. Que,(...) la sanción de separación del grupo se imponga solamente en los casos en que se manifieste una evidente agresividad o violencia por parte del menor, o cuando éste, reiterada y gravemente, altere la normal convivencia en el centro.
El reglamento de régimen interior deberá recoger la duración de la sanción de separación del grupo, la cual se ajustará a la gravedad de la infracción cometida.
Mientras esté cumpliendo la sanción, el menor dispondrá, como mínimo, de dos horas al aire libre, y deberá asistir, en su caso, a la escuela, centro formativo o centro de trabajo, pudiendo recibir, demás,
las visitas contempladas en su proyecto educativo individual. Durante el horario general de actividades, se programarán ocupaciones alternativas para los menores separados del grupo.
Diariamente, visitará al menor el médico o el psicólogo, que informará a la Dirección del centro sobre el estado de salud física y mental del menor, así como sobre la conveniencia de suspender, modificar o dejar sin efecto la sanción impuesta.
41. Que, (..)se prohíba el uso de la fuerza en el control de los menores, salvo cuando se hayan agotado y hayan fracasado todos los demás medios, y que sólo se utilice de la forma expresamente autorizada y
descrita en el reglamento de régimen interno.
42. Que se aprueben protocolos de intervención en casos de crisis de los menores que supongan la adopción de medidas de contención física
o farmacológica o, en su caso, de aislamiento, en los que se determinen las personas encargadas de cada función, su forma de actuación, la autorización, y los informes que,deberán remitirse a la entidad pública de protección de menores.
43. Que se limite la estancia en aislamiento al tiempo mínimo e imprescindible, y se prohíba, en todo caso, su utilización como medida sancionadora.

46. Que los profesionales (..)refuerzo que les ayuden a afrontar las situaciones de tensión emocional derivadas del desarrollo de su labor.

48. Que se facilite formación específica para realizar posibles contenciones al personal (..)y, en todo caso, a los vigilantes de seguridad, para que realicen sus funciones con pleno respeto.

49. Que,(..)en todos aquellos centros en los que sea necesario acometer reformas para la adecuación de centros , se doten los recursos necesarios .

51. Que(..)la Administración asegure la protección , a través de la inspección y supervisión de todos los centros .
54. Que, siempre que la Administración haya delegado la gestión (..) en entidades privadas exija una total transparencia en la gestión de los gastos,

56. Que, por parte de los fiscales, se visiten periódicamente los centros (..) entrevistándose reservadamente con los menores que así lo soliciten, promoviendo la corrección de las deficiencias.
57. Que se dote a la Fiscalía de los medios para realizar el control del funcionamiento y organización de los centros y de los proyectos educativo.

II Jornadas " Día Internacional de los Derechos de los Menores"

II Jornadas " Día Internacional de los Derechos de los Menores"
Noviembre-09 ASTURIAS

2 Diciembre

DECLARACIÓN DE LAS DEFENSORÍAS DEL PUEBLO SOBRE LAS RESPONSABILIDADES SOBRE LOS MNAs

Introducción

En los últimos meses estamos asistiendo de nuevo a la llegada de menores extranjeros no acompañados a la Comunidad de Canarias. Estos menores se unen a otros jóvenes procedentes del norte de África que también han llegado a nuestro país en los últimos años. Conjuntamente, plantean un reto de extraordinaria magnitud a nuestras instituciones y a nuestra sociedad desde el punto de vista de la capacidad de acogida, de protección, de formación y de inserción social de estos jóvenes.
Esta situación ha planteado un serio problema de capacidad de acogida inmediata a la Comunidad de Canarias, que ha visto desbordados sus recursos de atención dirigidos tanto a la población adulta como a los menores.(:::)
Con independencia de los retos que el fenómeno de la inmigración supone para el diseño y el desarrollo de las políticas sociales, las defensorías del Estado coincidimos en subrayar la necesidad de alcanzar acuerdos entre las distintas administraciones públicas del Estado en un tema tan importante desde el punto de vista de los derechos de los menores. Asimismo, queremos advertir de que, a pesar de su importancia, se trata sólo de un primer paso en la obligación inexcusable que tienen las administraciones públicas de velar por el interés primordial del menor, tal como establece el artículo 3 de la Convención de los Derechos del Niño, y atender sus derechos como los de cualquier otro ciudadano menor de edad que se encuentre en territorio español (Ley 1/1996 de protección jurídica del menor). Cabe recordar, asimismo, que el artículo 2.1 de Convención de los Derechos del Niño prohíbe explícitamente la discriminación del menor por razón de origen nacional. Además, el ordenamiento jurídico español establece claramente que los menores son ante todo menores, principio que debe prevalecer sobre la condición de extranjero.

La Red Europea de Defensores del Menor (ENOC, European Network of Ombudspersons for Children), aprobó en su última reunión anual una declaración instando a los países miembros del Consejo de Europa a tomar las medidas necesarias para asegurar los derechos de los menores no acompañados. Este hecho demuestra la relevancia que adquiere este fenómeno a escala europea y justifica que, dada la especial importancia que tiene para el caso español, las defensorías presentemos una declaración para expresar ante la sociedad española nuestra responsabilidad de velar para que los derechos de estos menores sean garantizados. Subrayar las obligaciones que las distintas administraciones públicas tienen respecto a los menores y recomendar algunas acciones dirigidas a reforzar el cumplimiento de sus derechos.


Principios de actuación

VER Observacion 6ª de las Naciones Unidas(2005)

1) Las Administraciones públicas competentes en las distintas CCAA deben asumir la tutela del menor de forma inmediata, mientras se estudia la realidad del menor y del núcleo familiar de origen. Debe evitarse que la fase de estudio de su situación suponga en la práctica la privación de acceso a recursos socioeducativos y a la formación laboral.

2) Las Administraciones competentes deben empezar a documentar al menor y tramitar su (tarjeta temporal)residencia cuando quede acreditada la dificultad de retorno con su familia, de acuerdo con el artículo 35.4 de la Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social, sin esperar los nueve meses que establece el Reglamento (Real Decreto 2393/2004, de 30 de diciembre), plazo que, de acuerdo con una interpretación conforme a la ley, debe ser considerado un máximo.

3) Los menores no deben ser repatriados a sus países de origen salvo que existan garantías de que la reintegración a su núcleo familiar de origen (o recurso de protección alternativo) asegure el mejor interés para el menor. La decisión debe tener en cuenta el propio punto de vista del menor –que tiene derecho a ser escuchado- y sólo puede llevarse a cabo después de un estudio detenido de los recursos disponibles en su país de origen.

4) Las pruebas médicas previas de determinación de la edad sólo deberán ser realizadas en casos de duda y deberían efectuarse con el asesoramiento de expertos independientes y tecnología moderna que incluya una combinación de pruebas físicas, sociales y psicológicas.
Siempre deberá tomarse como edad de referencia la menor que resulte de las pruebas médicas realizadas.

5) Los menores deberían recibir asistencia jurídica independiente de la Administración, como es el turno de oficio colegial, con el fin de asegurar que los procesos administrativos o judiciales se lleven a cabo teniendo en cuenta su interés superior.

6) Las Comunidades Autónomas deben coordinar sus modelos de atención a los menores inmigrantes no acompañados para evitar “fugas” de los menores a aquellas comunidades que garantizan mejor el proceso de tutela y residencia y que ofrecen mejores recursos socioeducativos.

7) Asimismo, las Comunidades Autónomas y las Delegaciones del Gobierno coordinarán también su actuación en los ámbitos de sus respectivas competencias para evitar disfunciones y asegurar que la propuesta sea la más adecuada al interés del menor en cada caso. Para facilitar la coordinación interinstitucional es necesario disponer de un registro unificado de menores inmigrantes no acompañados compartido por todas las Administraciones públicas con competencias en la cuestión.

8) En la atención a los menores extranjeros no acompañados deben diseñarse y planificarse los recursos necesarios para favorecer su desarrollo integral y facilitar su inserción en la sociedad de acogida.

9) Todas las Administraciones públicas deben asumir sus
responsabilidades en la atención a los menores no acompañados.

Es importante que los gobiernos de las CCAA establezcan acuerdos con las administraciones locales de su territorio para diseñar conjuntamente los recursos y las estrategias necesarias que mejor garanticen la atención e integración de los menores no acompañados. Especialmente importante es la necesidad de superar las actitudes de rechazo social que acompañan en ocasiones a las medidas de acogida y protección de estos menores.

10) Los centros de acogida de menores inmigrantes no acompañados deben presentar garantías de adecuación espacial, sanitaria y educativa. Las CCAA deben garantizar que los menores reciban atención a través del circuito normalizado, concentrando las actividades en centros de 24 horas que proporcionen a los menores recién llegados referentes educativos y afectivos estables.
Octubre de 2006