sábado, febrero 28

Iñaki Gabilondo

Matices al Informe sobre la Atención a los Menores Extranjeros No Acompañados en Asturias.

Hemos conocido a través de diversos medios de información  el Informe sobre la Atención a los Menores Extranjeros No Acompañados en Asturias que la Procuradora General de Asturias presentó el pasado lunes en la Junta General del Principado de Asturias.

Felicitamos
a la Procuradora por el citado informe, veraz y oportuno ( si bien corto e insuficiente), como felicitamos a todos los que lo han hecho posible: Menores, Educadores, SOS RACISMO ASTURIAS, Asturias Acoge, Aso. Azahra, Ruta contra el Racismo, Eduardo Romero, Manos Extendidas, abogados..... a quienes nos dieron voz .....(especialmente a los Educadores  Sociales amenazados con sanciones por contar la VERDAD).

A este respecto señalar que desgraciadamente SIGUEN SIENDO LAS COSAS ASÍ  a día de hoy ( poco ha cambiado la realidad)

Hacemos nuestro todo el informe tanto las conclusiones como las recomendaciones, si bien tenemos que decir que dado el periodo estudiado ( 2006-2007) este Informe se quedad corto, demasiado corto. Todo lo narrado en este informe se multiplico en este año 2008( si bien a finales del mismo el proceso de deterioro y discriminación se detuvo).


A falta de una valoración más detallada que esperamos realizar en breve y del informe que  sobre Menores  no Acompañados  la Organización SOS RACISMU ASTURIAS presentara en torno al día 21 de marzo , si quisiéramos  realizar algunas aportaciones al trabajo de la Procuradora General .En este informe echamos de menos que se hiciese referencia a  varias cosas, tales como:

  1. Que se  hablase de  menores tratados como mayores, detenidos, esposados y abandonados a su suerte por el IAASIFA y Fiscalía de menores
  2. De falta de medios para atender a estos menores de acuerdo a las leyes del menor
  3. Menores tratados como mayores y encerrados en CIEs.
  4. Menores en la calle, si...si en la calle.
  5. Policía entrando en centros a buscar a chicos indocumentados por la desidia del IAASIFA y Fiscalía.
  6. Del sufrimiento de estos menores y de su indefensión por quien lo debió proteger (IAASIFA Y Fiscalía).
  7. De ataques a los centros de menores, .....
  8. Del silencio de los Consejeros y Directoras de infancia.
  9. De  algunos guetos inmundos para estos menores llamados Centros Residenciales
  10. Menores cuya primera acogida la realizan los cuerpos policiales, pues como inmigrantes son antes peligrosos que menores en peligro.
  11. Menores alojados en albergues con adultos por decisión de las Administraciones (Delegado Gobierno, IAASIFA, fiscalia, policía).
  12. Menores a los que no se les informa de su derecho a pedir la nacionalidad española.
  13. Menores durmiendo en colchonetas o sobre mantas.
  14. Menores de edad viviendo solos, de forma obligada,en pensiones
  15. De  mentiras, silencios, connivencias, doble moral, xenofobia...... De quienes ven al menor como un mero negocio
  16. De persecuciones a quienes no callaron. De ascensos a quienes si callaron ( y callan)
  17. De la Asociación Azhara y como los despreciaron a pesar de su gran trabajo.....por no ser fiel y callar.
  18. De menores delinquiendo por ser mas eficaz  y protector el servicio de reforma que el de protección.
e

Colectivo SocialyJusticia

jueves, febrero 26

Doce meses a la cola


Un joven marroquí, a punto de cumplir la mayoría de edad, lleva casi un año en el Materno sin documentación ni tutela.

26/02/2009 S.D.M.

Vive en un limbo legal desde que demostró judicialmente que era menor de edad. Es un niño pero no tiene ni tutores ni documentación, ni tampoco residencia. Su partida de nacimiento dice que vio la luz en agosto de1991 en Marruecos, aunque un dictamen de la Fiscalía de Menores de Asturias da por hecho que cumplirá los 18 años en marzo, fecha en la que tendrá que abandonar la unidad de primera acogida en la que reside e irse a la calle. Lo peor es que lleva 12 meses alojado en un centro del Principado solicitando a la Consejería de Bienestar Social que se haga cargo de él. Ha enviado cartas de su puño y letra y otras a través de SOS Racismo. Quedan apenas tres semanas para su mayoría de edad y no ha obtenido ninguna respuesta.

El dictamen de la Procuradora General del recomendaba a la Administración que agilizara el proceso de protección de estos menores, que incluye la acogida pese a que haya dudas sobre su edad, que la estancia máxima en una unidad de primera acogida sea de 45 días y que tramite su documentación y su residencia sin esperar a los nueve meses que como máximo fija la ley.

Sin embargo, ninguno de estos aspectos parece cumplirse en Asturias a la luz de este último caso de un menor marroquí, que responde a las iniciales A.A.. El lleva desde marzo del 2008, es decir hace 12 meses, en el Principado sin que se le haya facilitado ninguna documentación. Es más, sufrió un intento de repatriación, al considerar que era mayor de edad, que se frenó judicialmente gracias a la intervención de asociaciones de apoyo a los inmigrantes. Esta ayuda no le libró de pasar 40 días en un centro de internamiento en Valencia.

Con la premura de su inmediata mayoría de edad, impuesta por la fiscalía, porque insiste en que nació en el mes de agosto, A.A. sigue remitiendo escritos a Bienestar Social. El pasado 10 de febrero dirigió una carta al Instituto Asturiano de Infancia y Familias solicitando que el Gobierno regional asumiera su tutela, que le concediera una cartilla sanitaria, el pasaporte y la tarjeta de residencia temporal en España, además de su traslado a un centro adecuado, integrándole un programa de transición a la actividad de vida independiente. Díez días después, la presidenta de SOS Racismo, Carmen Prado, volvió a hacer lo mismo, exponiendo todo su caso. Prado recurrió también a la fiscalía. Nadie les ha contestado.

A pesar de las alabanzas que ha recibido el informe de la Procuradora, organizaciones como el Colectivo Social y Justicia creen que se ha quedado corto, ya que los problemas más graves se registraron en el 2008 y el estudio sólo analiza hasta el 2007. Así hablan de menores detenidos, esposados y abandonados, de ataques a los centros y de niños durmiendo en colchones.

http://www.lavozdeasturias.es/noticias/noticia.asp?pkid=478337

miércoles, febrero 25

¿Quitarnos de encima a los menores o cumplir la ley ?

http://www.noticiasdegipuzkoa.com/ediciones/2009/02/25/opinion/d25opi4.1422843.php

Cartas al Director

¿Quitarnos de encima a los menores o cumplir la ley?

ocurrió la semana pasada. El día 16 llegó a Elgeta el primer chico de los 16 que, según los planes de reestructuración de los servicios de protección de la Diputación, debe acoger el denominado centro terapéutico. Fue verlo y romper el chaval a llorar. No era para menos. La mayoría de los cristales rotos, un solo baño y sin condiciones mínimas, sin canalización y expulsando los residuos directamente al exterior, una pésima instalación eléctrica, rota y con todos los cables salidos, con un perro muy agresivo en la entrada... La empresa que lleva esta instalación es Urgatzi.

¿Qué es lo que está ocurriendo? Después de todo lo sucedido con el centro de acogida de Tolosa, de infausto recuerdo, ¿es que no hemos aprendido nada? O tal vez sí. Tal vez de lo que se trata es de aplicar, directamente, un maltrato que desanime a estos chavales a buscar la protección de las instituciones guipuzcoanas. ¿Será que nos sumamos a esa política, que ya se practica en otras comunidades, de hacer todo lo posible para quitarnos de encima a esos menores?

Este último episodio viene a ilustrar noticias inquietantes que venimos conociendo en las últimas semanas y que coinciden en tratar a los chavales con extrema dureza y dejándoles claro que no tienen ningún futuro aquí: ni de papeles, ni de formación, ni de integración en el entorno. La contratación de profesionales sin cualificación como educadores para que cumplan tareas básicamente de contención hacia los menores. La calificación de Elgeta como "centro de no retorno," cerrando las puertas a toda posibilidad de integración en territorio guipuzcoano.

Así se entiende que en no pocos centros estén consiguiendo que los chavales se acaben yendo. Eso sí, ¡firmando un papel en que dicen que lo hacen voluntariamente! La palma, en este sentido, se la lleva Zarautz: de 23 chicos consiguieron que se fueran 20.

Desde SOS Racismo denunciamos estas prácticas que atentan contra los derechos de estos menores y que suponen una violación clara de las obligaciones que fija la actual legislación, por lo que estamos realizando las gestiones a nuestro alcance para que cese esta práctica de maltrato institucional.

Peio M. Aierbe SOS Arrazakeria

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Col•lectiu DRARI دراري d'Investigació Acció Participativa pels Drets de l'Infant
الجماعى DRARI دراري للبحوث التشاركيه العمل من اجل حقوق الطفل

martes, febrero 24

Asturias carece de un modelo de atención a los menores extranjeros

Felgueroso reclama al Ejecutivo que evite la improvisación en la toma de decisiones.

24/02/2009 PABLO ZARIQUIEGUI

Patio del Centro Materno Infantil.
Foto:ARCHIVO / A. ALVAREZ
MÁS INFORMACIÓN

Asturias carece de un modelo concreto de atención a los menores extranjeros no acompañados que residen en centros de acogida. Así de claro lo dice María Antonia Fernández Felgueroso, procuradora general, en su informe sobre la situación de este colectivo presentado ayer en la Junta General del Principado. La procuradora hace hincapié, a modo de conclusión, en la "ausencia" o "indefinición institucional" del modelo de atención a estos menores. Felgueroso reclama a la Administración autonómica que acometa una "planificación" para corregir las deficiencias registradas. La oficina de la procuradora hizo público ayer su informe tras haber estudiado pormenorizadamente la situación de los menores extranjeros que residen en los centros, entre ellos, la controvertida unidad de primera acogida del Materno Infantil.

El avance de la investigación recomienda a la Consejería de Bienestar Social que acometa una serie de medidas para mejorar la situación de los menores alojados. Reclama primero que establezca un análisis de situación, de las demandas y de las previsiones del fenómeno. Solicita también un estudio de los recursos y medios disponibles y, en su caso, de los que serían necesarios. Y recomienda, sobre todo, la definición de un modelo de intervención con la puesta en marcha de "directrices y criterios de actuación generales y estables" que eviten la "improvisación" en la toma de decisiones. El informe de la procuradora insta también a la Administración del Principado a articular los mecanismos de coordinación entre Bienestar Social, Educación y Salud para lograr una atención integral de los menores. Lo que siguen son las principales recomendaciones de la procuradora.

ACCION PROTECTORA

Reducir las demoras en las distintas fases del proceso

La procuradora recomienda específicamente agilizar las distintas fases del proceso de protección de estos menores. Así, reclama a la Administración que facilite la atención inmediata, acogimiento incluido, de estos adolescentes aunque se tengan dudas sobre su minoría de edad. Solicita también que se cumpla la limitación temporal de 45 días que fija la ley para la estancia de los menores en la unidad de primera acogida. Su extensión, según el informe, convierte de facto a este registro en un centro de alojamiento específico para estos menores lo que, a juicio de la procuradora, carece de "amparo legal" y podría dar lugar a impugnaciones. El trabajo conocido ayer insta a la Administración a asumir la tutela del menores de forma inmediata para evitar que, durante la fase de estudio sobre las circunstancias del afectado, el adolescente quede privado o aminorado en sus derechos. Así pues, la fecha de asunción de la tutela deberá ser la misma en la que la Administración conozca la situación de desamparo. Sobre las posibles repatriaciones, la procuradora es clara y afirma que la oportunidad de retorno sólo deberá ser apreciada cuando existan garantías en el interés superior del menor. Asimismo, el informe solicita a la Administración que documente al menor y tramite su residencia con la mayor agilidad posible y sin esperar a los nueve meses previstos en la ley. Sería aconsejable, dice el informe, la elaboración y entrega a los menores de un documento provisional que les permita realizar las gestiones de la vida diaria. Fernández Felgueroso solicita también, que culminada la estancia del menor en la unidad de primera acogida, la Administración, previa audiencia con el afectado, dicte una resolución expresa y motivada sobre la mejor medida de protección aplicable.

EDUCACION Y SANIDAD

Preparar a los menores para su inserción laboral

El desconocimiento del idioma se convierte para estos menores en un verdadero obstáculo en el ejercicio pleno de sus derechos. Por ello resulta imprescindible, según la procuradora, la adopción de programas específicos de inmersión lingüística. Fernández Felgueroso recomienda acompañar la inmersión lingüísticas de acciones formativas que preparan a los menores para el empleo. La Administración debe garantizar también que los menores sean informados plenamente y en un idioma, que entiendan las pruebas y revisiones médicas que se les practiquen y los posibles tratamientos. El informe de la oficina de la procuradora subraya que el consumo de sustancias tóxicas es residual y solicita una mayor atención por parte del sistema sanitario.

Fuente:http://www.lavozdeasturias.es/noticias/noticia.asp?pkid=477901#EnlaceComentarios

martes, febrero 17

Centros de menores 1

uno por otro y la casa sin barrer

Una de las primeras medidas que anuncio que iba a tomar el Sr. Obama es que el penal – prision – campo de concentración de Guantanamo seria desmantelado.

Pocos dias mas tarde el Sr. Mugica, defensor del Pueblo en España denunciaba la existencia de centros de menores donde se inflingian malos tratos fisicos, se administraban medicaciones sin supervisión medica y otras lindezas en beneficio del menor y a gloria de esta sociedad.

Dice el refran que en “todos los lados cuecen fabes”.

De momento ningun Señor en España,con responsabilidades poderosas, salio para tranquilizar las conciencias y anuncio que los guantanamos para menores en España se iban a cerrar.

Los hechos estan ahí y seria dificil poner en duda el trabajo realizado por el gabinete del Sr. Defensor del Pueblo, luego hay que concluir que es cierto que se maltrata, un hecho fehaciente, pero el maltrato es tambien por omision.

La responsabilidad de los menores suele establecerse en torno a los catorce años y aun asi deben ser objeto de protección hasta la mayoria de edad, los dieciocho años según la ley.

Proteger según la R.A.E. es: “Resguardar a una persona, animal o cosa de un perjuicio o peligro, poniéndole algo encima, rodeándole, etc.” Mal vamos si los que deben de proteger golpean, pero muy mal y a peor si los responsables de los menores, la Administración Publica y la Fiscalia de Menores lo permiten y toleran.

La Administración Publica a traves de sus Consejerias de Bienestar Social seria la encargada del Sistema de Protección y por tanto de poner los medios para “arropar” a los menores. Si los medios son escasos o inadecuados a las necesidades de los menores, tal parece el caso, la responsable es la Consejeria correspondiente no los menores de por si sin responsabilidad, o muy atenuada. A veces curre la perversión de culpar a los menores y responsabilizarlos de su conducta cuando es la omisión de ayuda y medios adecuados la causante de que sucedan las cosas que denuncia el Sr. Defensor del Pueblo.

La Fiscalia de Menores es la encargada de que efectivamente se cumplan los derechos de los menores y de exigir a la Administración Publica que en primer lugar cumpla la ley, y en segundo lugar que dote de los medios adecuados a las instituciones especificas donde estan “sus menores protegidos.”

Otro refran dice “Uno por otro y la casa sin barrer”. Tal parece que es lo que esta sucediendo en nuestros pequeños y particulares guantanamos que denuncia el Sr. Defensor del Pueblo. Asi estan los Sistemas de Protección “sucios y sin barrer”.

Las responsabilidades no son de los menores, los menores vienen sufriendo las irresponsabilidades de sus protectores y estos si, estos son responsables.

JASF

Comparecencia del Defensor del Pueblo,


INFORME SOBRE CENTROS DE PROTECCIÓN DE MENORES CON TRASTORNOS DE CONDUCTA
Y EN SITUACIÓN DE DIFICULTAD SOCIAL

Comparecencia del Defensor del Pueblo,
Excmo. Sr. D. Enrique Múgica Herzog,
Ante la Comisión Mixta de Relaciones con el Defensor del Pueblo
Palacio del Senado
Plaza de la Marina Española, s/n.
Madrid 17 de febrero de 2009. 10:00 horas


Pincha Aquí para leerla completa

o visita:http://www.defensordelpueblo.es/

Pumpido alerta del "grave" maltrato a menores que negó el fiscal de Madrid

Pumpido alerta del "grave" maltrato a menores que negó el fiscal de Madrid


CARLOS E. CUÉ - Santiago - 17/02/2009

 

Las fiscalías autonómicas, especialmente la de Madrid, no parecen muy preocupadas por el informe del Defensor del Pueblo sobre el maltrato a menores con trastornos de conducta. Pero el fiscal general, Cándido Conde-Pumpido, no piensa lo mismo. La carta que ha enviado a Enrique Múgica utiliza un tono muy duro para anunciar la apertura de "diligencias preprocesales". Múgica explicará hoy en el Senado el contenido del informe.

    Cándido Conde-pumpido Tourón


Pumpido señala que "algunas de las conclusiones [del informe] ponen de manifiesto prácticas que pudieran ser contrarias a los derechos de los menores internos y pueden perjudicar su desarrollo físico o psíquico y su rehabilitación". El fiscal general explica que "ante la gravedad de los hechos denunciados", ha puesto a la fiscal de menores Consuelo Madrigal a investigarlo.

La carta que poco después recibió Múgica de Madrigal, a la que ha tenido acceso EL PAÍS, es aún más dura. Ella anuncia además que ha remitido el informe del Defensor a los fiscales superiores de todas las autonomías y las secciones de menores provinciales para que tomen medidas.

Madrigal trata de tranquilizar al Defensor sobre la posible actitud de los fiscales sobre este informe. "Quiero transmitirle la seguridad de que [el texto] está siendo objeto del mayor interés en el ámbito del Ministerio Fiscal donde los temas que se tratan constituyen una tradicional preocupación, como se refleja en las observaciones que anualmente formulan los fiscales de menores en sus informes".

Sin embargo, el asunto no parece haber preocupado mucho a los gobiernos autonómicos, especialmente al de Madrid, el más afectado porque las denuncias más graves son de esta comunidad. Y el fiscal jefe de Madrid, Manuel Moix, ha llegado a calificar de "correcto" el trato a los menores. No es el criterio de Madrigal, que habla en su carta de la "gravedad y repercusión de los hechos investigados, que afectan a derechos fundamentales".

http://www.elpais.com/articulo/sociedad/Pumpido/alerta/grave/maltrato/menores/nego/fiscal/Madrid/elpepisoc/20090217elpepisoc_6/Tes

Múgica acusa al fiscal de menores de Madrid de "contar Alicia el país de maravillas"

EUROPA PRESS
Actualizado 17-02-2009 11:02 CET

MADRID.-  El Defensor del Pueblo, Enrique Múgica, afirmó hoy que el fiscal jefe del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, Manuel Moix, y la Consejera regional de Asuntos Sociales, Engracia Hidalgo, "parecía que estaban contando 'Alicia en el país de las maravillas'" cuando comparecieron para negar las irregularidades en los centros de menores de la Comunidad que había denunciado un informe de la institución.

EP (EUROPA PRESS)

El Defensor del Pueblo, Enrique Múgica, afirmó hoy que el fiscal jefe del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, Manuel Moix, y la Consejera regional de Asuntos Sociales, Engracia Hidalgo, "parecía que estaban contando 'Alicia en el país de las maravillas'" cuando comparecieron para negar las irregularidades en los centros de menores de la Comunidad que había denunciado un informe de la institución.

"Me ha parecido insólita la comparecencia de la consejera de Asuntos Sociales de la Comunidad de Madrid, responsable en última instancia del contenido de estos informes, y del Fiscal Jefe del Tribunal Superior de Justicia. Más parecía que estaban contando 'Alicia en el país de las maravillas', declaró Múgica.

En declaraciones a los medios previas a su intervención ante la Comisión Mixta del Senado para Relaciones con el Defensor del Pueblo, Múgica incidió en que este informe, que recoge las conclusiones de una investigación en 27 de los 58 centros para jóvenes con problemas de conducta que hay en España, "sigue en la pauta" de la Institución "de preocuparse por los menores".

"Hemos recorrido 27 centros y hemos sacado conclusiones en algunos casos esperanzadoras y en otros desalentadoras. En estas, los menores no reciben el tratamiento que debieran y que por lo tanto, cuando salen de esos centros a los 18 años, tienen que adaptarse a la vida en condiciones poco gratas", explicó Múgica, para incidir en que estos jóvenes "se encuentran desarmados ante la vida" y eso se debe "desterrar", al igual que "el método de corregir y castigar".

El informe del Defensor del Pueblo que hoy se presenta ante el Senado, fue difundido a principios del mes de febrero y destapa irregularidades en la atención a los niños internados, como vulneraciones de derechos y castigos "desproporcionados".

Más menores que se la juegan en patera

  • Se cree que 11 de los 55 inmigrantes llegados a Tenerife esta noche son menores de edad
  • De los 21 fallecidos en el naufragio del domingo en Lanzarote, 16 tenían menos de 18 años
Archivado en:

Por SOITU.ES
Actualizado 17-02-2009 10:52 CET

Otra vez más, la inmigración tiene rostro de niño. De los 55 inmigrantes que viajaban en la patera arribada esta noche al puerto tinerfeño de Arona, se cree que 11 son menores de edad. Es un dato que deberá ser verificado por las pruebas oseométricas pero que no se aleja demasiado de la tendencia de los últimos tiempos. Cada vez más menores llegan a las islas. De hecho, la mayoría de los fallecidos en el naufragio de una barcaza este domingo frente a las costas de Lanzarote, lo eran. Y es que niños y adolescentes están sustituyendo a padres y madres a bordo de estas barcazas porque la Ley de Extranjería les ampara. Los expertos aseguran que mandar a los pequeños a España es una inversión mucho más segura. Ellos no van a ser deportados. [Lee el reportaje sobre las nuevas víctimas de las pateras]

http://www.soitu.es/soitu/2009/02/17/actualidad/1234862192_354004.html

lunes, febrero 16

IU-ICV: los centros de menores deben ser de gestion pública


IU-ICV presenta en el Congreso una iniciativa para que los centros de menores sean gestionados por entidades públicas

MADRID, 13 Feb. (EUROPA PRESS) -


Izquierda Unida e Iniciativa Per Catalunya Verds registraron hoy en el Congreso de los Diputados un proyecto de ley para reformar la Ley ( de Protección Jurídica) del Menor con el objetivo que los centros de internamiento estén gestionados por entidades públicas.

En rueda de prensa en la Cámara baja, el diputado de IU, Gaspar Llamazares, señaló que tras la "solidez" de las denuncias del Defensor del Pueblo sobre malos tratos en algunos de estos centros, "es necesario modificar la normativa para que dejen de estar en manos privadas".

Llamazares tachó "fraude de ley" que las ONG y las "organizaciones sinónimo de lucro se hayan hecho con el control del 73 por ciento" de estos centros, porque "ésa no era la voluntad del legislador". "La privatización ha entrado por la puerta falsa y hay que recuperar el caracter público y resocializador de estos centros", aseveró.

El diputado de IU considera necesario que los centros sean de gestión pública para acabar "con la deriva carcelaria y el deficiente trabajo de reinserción de los menores". Además, pedirá explicaciones al Fiscal General del Estado, Cándido Conde-Pumpido, para que explique cómo es posible que se haya producido este "fraude de ley".

Además, pidió que hasta que se produzca esta reforma normativa, "se deben garanticen los derechos de los menores en todos los centros a través de una Carta de Derechos, ya que los menores están menos protegidos en estos centros que los penados en las cárceles".

Migraciones con cara de niño

La llegada a España de menores extranjeros no acompañados «lejos de ser el fin de su aventura, puede suponer el comienzo de un penoso calvario»

Migraciones con cara de niño
/ EFE
«Niños y adolescentes están sustituyendo al padre y la madre en la estrategia migratoria» de muchas familias que viven al sur del Estrecho, «la frontera más desigual del mundo» entre la pobreza africana y la riqueza europea.
Lo apunta Isabel Lázaro, directora del Encuentro sobre Menores Extranjeros No Acompañados (MENA) celebrado esta semana en la Universidad Pontificia Comillas. Para Lázaro, la llegada a España de esos chavales, lejos de ser «el final de su aventura migratoria, es en muchos casos el comienzo de un penoso calvario» por la tensión entre legislación de extranjería y obligaciones internaciones de protección de la infancia.

De hecho, advierte la profesora de Derecho Internacional Privado y directora de la Cátedra Santander de Derecho y Menores, ni las normas jurídicas ni el sistema de protección han sido capaces de ofrecer una respuesta eficaz a una realidad que, a falta de un Registro centralizado, ni siquiera ofrece datos oficiales fiables.
Aunque las estimaciones sobre el colectivo son difíciles por su movilidad y reticencias a identificarse, Beatriz Moroy, alumna colaboradora de la Cátedra, cifra entre 3.000 y 5.000 los menores solos en España, la mayoría repartidos entre Canarias, Andalucía, Madrid y Cataluña. Su perfil es cada vez más diverso. Y se sabe que hay un grupo muy vulnerable y casi «invisible» de menores, sobre todo niñas, víctimas de las redes de prostitución.

Desamparo y movilidad

«No sabemos cuántas chicas son, pero las hay, y pasan por mayores», añade Bartolomé Martínez, asesor responsable del Área de Inmigración del Defensor del Pueblo. los menores quedan bajo el manto protector 'sin fronteras' de la Convención de Derechos del Niño. En España, el Ministerio Fiscal los pone a disposición de los servicios de protección de las comunidades autónomas, y de ahí la inquietud del experto por algunos casos de chicos y chicas internados junto a mayores de edad cuando «era evidente que eran menores», aunque prefirieran ponerse años para no separarse del grupo con el que llegaron.

Una medida decisiva es la declaración de desamparo, obligatoria cuando el menor se encuentra solo y sin asistencia de un adulto responsable de él. Pero no siempre se aplica con diligencia. Algunas comunidades, señala Lázaro, optan por «figuras intermedias de atención inmediata», que aseguran sus necesidades básicas pero lo dejan en cierta precariedad legal y le privan de la necesaria protección, ya que el desamparo conlleva la tutela automática de la Administración Pública y el consiguiente impulso a su integración social.

La atención inmediata, coincide Julieta Moreno-Torres desde la Oficina malagueña del Servicio de Protección de Menores andaluz, crea una «especie de ficción jurídica» protectora -falta un tutor legal- que puede prolongarse. A su juicio, la falta de identificación no debería ser excusa para aplazar el desamparo.

El escenario de los menores extranjeros no acompañados se hace más complejo por su movilidad, en busca, como dice Lázaro, del «sistema autonómico que les protege mejor». Al faltar cauces para ese vaivén, surgen situaciones confusas como la permanencia de su tutela en la comunidad «de origen», y se produce una sobrecarga de los servicios de protección en zonas distintas de las de mayor presión migratoria. En cuanto a recursos, predomina absolutamente el acogimiento residencial, a veces en centros especializados, y rara vez hay propuestas para su acogimiento familiar. Pocos tienen familiares en España, y aún menos que estén dispuestos a acogerlos y puedan asumir esa tarea.

http://www.eldiariomontanes.es/20090215/sociedad/destacados/migraciones-cara-nino-20090215.html

viernes, febrero 13

¿Quién es O´Belen?

Por regla general, cuando queremos conocer los objetivos reales de cualquier institución, lo mejor que podemos hacer, sin duda, es ver qué personas la forman. De esta manera, podemos atisbar qué intereses pueden tener, a quién defienden y si su trayectoria personal es coherente con lo que dicen representar.

 

Pues bien, veamos qué es la Fundación O´Belen, según ellos mismos.

 

"El enorme sufrimiento de una niña llamada Belén, gesta el nacimiento de la Asociación O´Belén el 13 de febrero de 1990.

El nombre de Belén es para que no se nos olviden nunca los niños a los que no llegamos, y la letra O porque puede ser cualquiera, O Belén, O Luis, O Pedro, O Sonia...

 

El 22 de junio de 1999 nos convertimos en fundación en la Notaría de Doña María Teresa Iglesias, en Azuqueca de Henares (Guadalajara). Nuestros fundadores son D. Manuel Ureña, D. Manuel Pizarro, D. Javier Herrero, D. Jose Morales, D. Emilio Pinto y D. Angel Rodriguez".

 

Ante los nobles y desinteresados objetivos que dice perseguir esta Fundación, es de suponer que sus fundadores sean personalidades ligadas tanto a las labores humanitarias como al mundo de las ciencias humanas (psicología, pedagogía, educación social, etc.). De lo contrario, ¿por qué se dedicarían a la educación de menores "problemáticos"?

 

Juguemos al quién es quién, y veamos qué se esconde detrás de esta benéfica institución:

 

Manuel Ureña: Teólogo. Fue obispo de Ibiza, Formentera, Alcalá de Henares y Murcia. Actualmente es Arzobispo de Zaragoza.

 

Manuel Pizarro: Ex presidente de Endesa. Número dos en las listas del Partido Popular en las pasadas elecciones generales.

 

Javier Herrero: Consejero delegado de Iberdrola.

 

Jose Morales: Subdirector territorial para Madrid de Ibercaja.

 

Emilio Pinto: Presidente de la Fundación Internacional O´Belen. Diplomado en Magisterio. Ex portavoz del Partido Popular de Sigüenza.

 

Carlos Moreno: Gerente de la Fundación Internacional O´Belen. Ex concejal en Sigüenza por el Partido Popular. Portavoz del grupo de no adscritos en la Diputación de Guadalajara tras ser expulsado del Partido Popular.

 

María Calvo: Responsable del Departamento de Relaciones Externas de la fundación Internacional O´Belen. Ex concejal en Guadalajara por el Partido Popular.

 

Jose Carlos Moratilla: Coordinador de Delegaciones de la FIOB en toda España. Ex presidente de la Diputación de Guadalajara por el PSOE (inició su carrera política en el CDS).

 

En resumen, en lugar de eminentes psicólogos, pedagogos y educadores, así como destacadas figuras comunitarias, nos encontramos con un curioso elenco de políticos profesionales derechistas de segunda fila e importantes empresarios, todos ellos bendecidos por un Arzobispo. Estas son algunas de las personalidades más relevantes que pululan por O´Belen.

 

Esta Fundación se financia en más de un 90% del dinero que le entrega las administraciones, es decir, del dinero de nuestros impuestos. Sin embargo, cuenta con patrocinadores, entre los que destacan Ibercaja, Peugeot, Grupo Lábaro, Alvargómez Gestión Inmobiliaria y la Diputacion de Guadalajara (es decir, más dinero público). 

 

Unos dicen haber decidido dedicar sus vidas a mejorar la sociedad en la que vivimos, atendiendo de manera altruista a niños desamparados. Otros dicen que sus centros no son más que un mero negocio. En la práctica, nos encontramos a políticos y empresarios (banqueros y constructores) que dicen dedicarse a atender a niños desamparados desinteresadamente por el bien de la sociedad. Que cada cual saque sus propias conclusiones.

http://fundacionobelenno.blogspot.es/

Los niños que son protegidos y los niños de los que nos protegen

ANÁLISIS // TRATAMIENTO DE MENORES EN LOS SERVICIOS SOCIALES de Cantabria
Miriam Gómez

Bajo el muy utilizado "interés del menor" se han desarrollado leyes y recursos que protegen a los menores. Algunos de estos niños y adolescentes y sus familias denuncian en el estado español la falta de respeto a sus derechos fundamentales. En Cantabria la situación no es mejor que en otras comunidades.

En el tratamiento de menores se incluye tanto el interés por protegerlos de sus familias, cuyo desatino es habitualmente la pobreza, como resguardar a la sociedad de aquellos que antes han sido “protegidos” y después cometen algún delito. Los dispositivos creados a tal efecto no contribuyen a la socialización de los menores ni de sus familias y, en demasiadas ocasiones, vulneran los derechos del menor.

Según la ley 7/1999 de 28 de Abril de Protección de la Infancia y Adolescencia se llama situación de riesgo a “aquella que perjudica el desarrollo personal o social de la infancia y adolescencia”. En estos casos, la administración pública interviene a través de medidas de prevención que deben poner en marcha las Unidades Básicas de Acción Social de los ayuntamientos. Deben aprovechar la red de apoyos que rodean a las familias, ya que en muchas ocasiones sería suficiente. Pero apenas cuentan con recursos y lo que antes era “riesgo” se convierte con demasiada frecuencia en “desamparo”.

La situación de desamparo, según la misma Ley, se produce cuando hay abandono, enfermedad mental o drogodependencia de los progenitores, maltrato físico o psíquico, incumplimiento de los deberes de protección, etc. En esos casos, la tutela pasa a manos del Gobierno de Cantabria.

En esta comunidad, existen 225 expedientes de guarda o tutela de menores. De ellos, 179 se encuentran en acogimiento residencial, el 80%. Demasiados según evaluó la propia Consejería de Empleo y Bienestar Social ya en 2005.

El acogimiento familiar, que depende de la Dirección General de Servicios Sociales, podría realizarse con otras personas de su familia extensa o en otras familias que se ofrecen para ello. Sin embargo, esta modalidad apenas se utiliza en Cantabria, pese a ser un medio que requiere menos recursos y que ofrece mejores condiciones.

Acogimiento residencial

El acogimiento residencial puede ser en el centro de acogida infantojuvenil, público, o en unidades familiares, pisos tutelados y unidades de socialización, gestionados por fundaciones o empresas privadas subcontratadas por la administración. La Asociación Nuevo Futuro, la Fundación Cruz de los Ángeles y Cuin lo gestionan en Cantabria.

Según sus propios educadores, en estos centros se cubren algunas de las necesidades básicas de los niños, pero no las necesidades emocionales, cognitivas o sociales. Desde el propio colectivo de educadores se demanda la creación de centros públicos, ya que la guarda o tutela está en manos de la Administración pública. En Cantabria, tan sólo existe un centro público y, a cambio, 12 privados.

La precariedad de las condiciones laborales y los bajos sueldos –unos 1000 euros– hacen difícil cumplir la necesidad de estabilidad de los niños, que ven como sus referentes cambian frecuentemente. Además, se mezcla en una misma “unidad familiar” a niños y niñas que van desde los tres hasta los dieciocho años, y con problemáticas muy distintas. En cada unidad hay hasta ocho niños viviendo. Generalmente se trata de viviendas unifamiliares con no más de cuatro habitaciones. Los problemas de conducta son frecuentes y muchas veces los chantajes son el medio de control: negación de derechos como el de comunicación con sus amigos y seres queridos (regulado por Naciones Unidas en un mínimo de dos a la semana), de tener objetos personales o de disfrutar de su tiempo libre.

Cuando estos problemas de conducta son “incontrolables”, existen tres medios disuasorios que suponen una mayor vulneración de derechos: la administración de medicación, el aislamiento de sus compañeros durante horas y el envío del niño a una unidad de socialización.

Unidades de socialización

Estas últimas son recursos destinados a adolescentes de 12 a 18 años que presentan ‘mala conducta’. Según la Consejería de Sanidad y Servicios Sociales, deben “propiciar un entorno agradable y acogedor”, pero las casas no tienen elementos decorativos para evitar incidentes. También deben “asegurar la privacidad de los adolescentes”, lo que se traduce en la colocación de vallas como si de una cárcel se tratara. La unidad está provista de una habitación de aislamiento o “de contención”, en la que los niños pueden pasar días, semanas, meses e incluso, en algún caso, años. Se trata de una habitación diseñada para que no haya autoagresiones: en la práctica, esto se traduce en que no haya nada que pueda servir de entretenimiento o aprendizaje.

Si bien lo lógico sería intervenir con sus propias familias, pues una vez concluido el acogimiento temporal vuelven con ellas, dicha intervención es prácticamente inexistente. El programa de intervención familiar cuenta con un solo equipo para toda Cantabria.

Cárceles de menores

En el último lugar de esta cadena de “recursos sociales y educativos” se encuentra la cárcel de menores o Centro de Educación Social, de la Fundación Diagrama, entidad que cuenta con varias denuncias por maltrato en otras comunidades.

Las condiciones de los niños y adolescentes en este centro no difieren de lo descrito para la unidad de socialización, aunque parecen respetarse algunos derechos fundamentales como la comunicación con sus familias y amigos y la posesión de objetos personales o de entretenimiento, que no se utiliza como chantaje.

En este caso, las sanciones utilizan la privación de tiempo libre y el aislamiento, para faltas muy graves como agresiones o en casos de reiterada negativa a realizar las actividades propuestas.

Por último, cabe preguntarse si es lógica una inversión de 1.307.000 euros, presupuestados en 2007, para reeducar a 13 niños y adolescentes: 3 de ellos en medio cerrado, sin posibilidad de salir del centro, y el resto en medio semiabierto, es decir, con posibilidad de salir fines de semana o para actividades de ocio o extraescolares semanalmente.

.............................* Miriam Gómez es pedagoga terapeuta.

http://www.diagonalperiodico.net/cantabria/spip.php?article98

Vizcaya es la segunda provincia del Estado que más inmigrantes menores acoge

  • En 2008 llegaron 440 chavales, una cifra sólo superada por Canarias.
  • La Diputación pide un sistema de cupos para repartirlos más equitativamente.
  • "Los educadores tienen que consolar a niños llorando por la noche".

"Es muy común que un educador tenga que consolar a un niño llorando por la noche en un centro de acogida de inmigrantes". Lo relata Juan Mari Aburto, diputado de Asuntos Sociales de la Diputación de Vizcaya. El territorio es el segundo del Estado que más menores inmigrantes acoge, por detrás de Canarias. El año pasado, llegaron a Vizcaya 440 chavales extranjeros no acompañados.

"Ninguno de ellos eligió Vizcaya como primer destino. Vinieron de otros puntos del Estado", señaló este jueves Aburto. ¿Insinúa que otras provincias les mandan aquí?, preguntaron los periodistas. "He dicho lo que he dicho; no más", contestó.

Los propios menores en los centros de acogida reconocen que los educadores de otras provincias españolas les "aconsejan" venir a Vizcaya

Aún hay inmigrantes acogidos sin escolarizar

Aburto cree que esos 440 menores inmigrantes son "demasiados como para ofrecer a todos la atención que requieren". Por eso, solicita un sistema de cupos para repartir a los inmigrantes menores de edad equitativamente por el Estado.

Ejemplo de esta "atención insuficiente" son los centros de Artzentales y El Vivero (Artxanda). Éstos ya han introducido mejoras tras los altercados e incendios registrados el año pasado. Así, se ha bajado el número de acogidos y se han puesto en marcha programas de formación. Pero eso sí, los chavales de estos albergues están sin escolarizar.

Otras mejoras

Además, la Diputación abrió en 2008 siete nuevos dispositivos para atender a este colectivo. Se trata de pisos de acogida, servicios de atención...

Y ahora, a los servicios sociales les preocupa que cada vez vienen más inmigrantes menores de 15 años. "14 años de edad en Marruecos no es lo mismo que en Bilbao. Estos chavales quieren trabajar ya, y aquí les tenemos que meter en el colegio", narra Aburto. Dice que "es muy duro y muy difícil para ellos". A todo esto, hay que sumar la tristeza que sienten estos niños alejados de sus familias.


jueves, febrero 12

-JORNADAS Se buscan nuevas respuestas educativas

mesedez zabaldu irakasle, ikasle,  eta interesa izan dezaketen pertsonei, MILA ESKER 
por favor, os rogamos difusión entre el profesorado, el alumnado y a quien creais que le puede interesar. muchas gracias.


 

HEZKUNTZA ERANTZUN BERRIEN BILA - JARDUNALDIAK

Otsailaren 16tik 19ra – 19:30

Bolunta (Zabalbide 1, BILBAO)

Sarrera doan

 

Otsailaren 16an, astelehena 19:30

“Begirada inklusiboa haurren garapenerari

Guillermo Gorostiza (psikologoa eta psikomotrizista)

 

Otsailaren 17an, asteartea 19:30

“Elkarbizitzan eta kulturartekotasunean esperientziak”

Zaldupe Ondarroako Eskola Publikoa

Mungia BHI

 

Otsailaren 18an, asteazkena 19:30

“Egitate arrazisten prebentzio eta kudeaketarako eskuliburuaren aurkezpena” Kepa Otero (SOS Arrazakeria)

 

Otsailaren 19an, osteguna 19:30

“Aurriritziak eta diskriminazioak: ekiteko hezi”

Juan Gómez Lara (Amani kolektiboa)

 

 

SE BUSCAN NUEVAS RESPUESTAS EDUCATIVAS

JORNADAS

16 a 19 de Febrero – 19:30

Bolunta (Zabalbide 1, BILBAO)

Entrada Libre

 

16 de Febrero, lunes 19:30

“Una mirada inclusiva hacia el desarrollo infantil”

Guillermo Gorostiza (psicólogo y psicomotricista)

 

17 de Febrero, martes 19:30 

“Experiencias en interculturalidad y convivencia” (EUSK)

Zaldupe Ondarroako Eskola Publikoa

Mungia BHI

 

18 de Febrero, miércoles 19:30

“Presentación del manual de prevención y gestión de incidentes racistas en las aulas” Kepa Otero (SOS Racismo – SOS Arrazakeria)

 

19 de Febrero, jueves 19:30

“Prejuicios y discriminaciones: educar para actuar”

Juan Gomez Lara (Colectivo Amani)

 

SOS Racismo - Bizkaiko SOS Arrazakeria

Zumarraga 3, behesolairua (48006 Bilbao)

Tel: 944 790 310 Tel/Fax: 944 790 498

www.sosracismo.org 


 

 

 

Múgica alaba los centros de menores Andaluces pero ve limitada su utilidad,

Domingo, 08 de Febrero de 2009 10:58 ANDALUCÍA - NOTICIAS DE ANDALUCÍA

Un informe del Defensor sobre los centros de menores ha desatado la alarma. Los andaluces son alabados por sus condiciones y trato, pero se cuestiona su utilidad: sólo admiten niños en desamparo cuando los trastornos de conducta ya no son exclusivos de familias desestructuradas. Tras la mayoría de edad, no hay seguimiento.

En un informe sobre 27 centros de toda España (3 andaluces),  el Defensor del Pueblo español, Enrique Múgica, denuncia infraestructuras antiguas y deficientes, métodos de castigo que van desde días en salas de aislamiento a control físico con correas y medicación, registros de los chavales desnudos y en cuclillas y hasta análisis de orina tras las salidas para detectar sustancias tóxicas.
En este análisis, los centros andaluces no sólo aprueban el examen, sino que sus instalaciones, programas educativos y normas son puestos como ejemplos a seguir. Sin embargo, la vía de ingreso limita la utilidad de estos centros de los que los menores suelen salir más por cumplir la edad que por haber completado el programa terapéutico  y una vez fuera, no se sigue su evolución.
En otras comunidades, los padres sólo ceden a la administración la guarda del menor pero mantienen la patria potestad, pero en Andalucía el menor debe ser declarado en desamparo y, para ello, la familia ha de renunciar a su tutela (la otra vía de ingreso es por autorización judicial en caso de trastorno psíquico, aunque según testimonios de profesionales de los centros recogidos en el informe no siempre se exige dicha autorización). Por tanto el sistema deja fuera a los cada vez más menores de familias normalizadas y con un nivel económico elevado donde la convivencia resulta imposible pero cuyos padres sólo quieren ayuda para sus hijos y no renunciar a ellos. El Defensor del Pueblo andaluz, José Chamizo, ya ha reclamado varias veces el cambio de este requisito.
Más allá de las alabanzas que el informe dedica a las “acogedoras” instalaciones de La Granja II en Alcalá de Guadaíra (Sevilla), a la importancia que Vado de los Bueyes en Lucena (Córdoba) concede a la intervención psicoterapéutica o a las fases de observación, intervención y preparación para la salida del programa educativo aplicado en el Dulce Nombre de María (Málaga), la prueba de fuego que permite una valoración positiva del sistema andaluz la constituyen los testimonios recogidos de los propios menores.
Lejos de los abusos de la contención física y el aislamiento, la sobremedicación o las sanciones humillantes denunciados por menores de otras comunidades, los  entrevistados en Andalucía se muestran “contentos”, valoran como “provechosa” su estancia, consideran las normas “razonables” y mantienen una “buena relación” con los educadores, de quienes perciben “cariño”.
Lo cierto es que los centros andaluces cuentan con una normativa específica de funcionamiento que no existe en otras comunidades, que incluso insta a evitar términos como régimen disciplinario o sancionador y a clasificar los conflictos que puedan surgir como faltas leves, graves o muy graves. Tanto el centro de Córdoba como el de Málaga cuentan con salas de contención, como el 68% de las instalaciones visitadas, pero carecen de puertas, un sistema de alerta vigila el interior y su uso ha de ser autorizado por la dirección.
La separación del resto del grupo es una medida de corrección admitida (como restringir recreos, asignar tareas complementarias o retirar la paga) pero suele llevarse a cabo antes en la propia habitación que en salas de aislamiento. Se permite la contención física excepcional basada en la intervención de varias personas para controlar al menor, pero no se usan correas ni se administran fármacos injustificadamente. Los registros personales y de habitaciones son escasos porque, según entienden los profesionales de La Granja II o Dulce Nombre de María “dado que el objetivo es normalizar a los menores, no se aplica un régimen muy estricto”.
El informe revela así que los centros son impecables, pero es la utilidad del sistema la que plantea dudas. No llega al perfil de menores que hoy requieren ayuda ni está claro que resuelva sus problemas. Laura Blanco

http://www.diariojaen.es/index.php/menuandalucia/67-notandalucia/2586-mugica-alaba-los-centros-de-menores-pero-ve-limitada-su-utilidad

miércoles, febrero 11

Tutela pública de gestión privada

El 95% de los centros de protección de menores es concertado - Cuestan la mitad que los de la Administración; sus educadores cobran 800 euros

J. A. AUNIÓN 09/02/2009

Se trata de buscar organizaciones muy especializadas, dice la Comunidad de Madrid

Las autonomías han eludido sus responsabilidades, sostiene Javier Urra

El Defensor destaca la entrega de los educadores y su mala situación laboral

Los profesionales reclaman más coordinación en la atención al menor

La normativa no da seguridad ni a niños ni a trabajadores, dicen los expertos

El estudio considera escasos los controles a los centros; los Gobiernos discrepan

Pero en ese momento, las Administraciones, en la gran mayoría de los casos, delegan de nuevo hacia otro lado, en las asociaciones y fundaciones que gestionan 55 de los 58 centros de protección de menores que ha contabilizado el informe del Defensor del Pueblo sobre estas residencias para chavales con trastornos de conducta y en dificultad social, competencia de las autonomías. Sólo hay dos centros públicos en Cataluña y otro en Castilla y León, y al menos este último tiene una parte de la atención concertada.

Hoy, tras la publicación de ese estudio, está bastante más que en entredicho el servicio que ofrecen algunos de ellos. El texto habla de castigos físicos, de celdas, del oxímoron terrible que parecía ya olvidado de la "colleja educativa". Y ni siquiera se trata sólo de esas irregularidades en sí. Más allá, late en el fondo de la polvareda que se ha levantado la conveniencia de que una atención pública tan delicada como es la de los menores más conflictivos se deje en manos privadas. Se trata, una vez más, del encarnizado debate que se ha dado con muchos servicios públicos, pero con la diferencia de que en la sanidad o la educación hay comunidades que apuestan claramente por la gestión pública (Castilla-La Mancha, por poner un ejemplo) y otras son acusadas permanentemente de privatización (como Madrid).

En la Comunidad de Madrid, una portavoz explica que los centros de protección de menores con problemas de conducta requieren recursos muy especializados, por eso buscan asociaciones y fundaciones con larga tradición. Además, menciona un acuerdo entre poderes públicos y sindicatos para contratar este tipo de servicios. El responsable de relaciones sociales del Ararteko (equivalente vasco al Defensor del Pueblo), Fermín Barceló, habla de algo parecido, de una situación heredada de hace décadas en la que estos servicios eran considerados de beneficencia y, por tanto, quedaban a merced de la buena voluntad de los particulares (asociaciones, órdenes religiosas...).

Sin embargo, para Javier Urra, psicólogo forense y ex Defensor del Menor de la Comunidad de Madrid, las Administraciones se han "desresponsabilizado" del problema. Un problema que va en aumento -asegura el Defensor del Pueblo que hay unos 11.000 menores en residencias y pisos de acogida-, aunque las situaciones más complicadas son relativamente pocas: unos 800 menores ocupan plazas en los centros por problemas graves de conducta. Pero es muy incómodo, porque se trata de atender a unos chavales a veces agresivos, antisociales, con problemas de autocontrol, pero, al fin y al cabo, menores que deben ser tratados como tales, con todas las prevenciones y cuidados y las acciones educativas que puedan sacarles adelante.

Así, Barceló señala otra razón de la gestión privada de esos servicios: el dinero. Según el informe del Defensor del Pueblo, el coste medio diario de una plaza en un centro privado es de 127 euros al día, y en uno público, entre 300 y 350 euros. El ahorro es un argumento repetido, más o menos veladamente, a favor de la gestión privada de los servicios públicos, amén de una presunta mayor eficiencia, flexibilidad y capacidad de reacción ante los problemas, como ocurre con este mismo debate en la sanidad o la educación.

Pero como ocurre en la sanidad o la educación, esa diferencia de costes la pagan muchas veces las condiciones laborales de los trabajadores. El sueldo medio de los educadores de estos centros es "excesivamente bajo", de unos 800 euros mensuales de media, según el informe del Defensor.

En la Fundación O'Belén, algunas de cuyas residencias son de las peor paradas del informe, el sueldo base de los educadores es de 977 euros al mes, 886 euros si se trata de un educador auxiliar, según el convenio colectivo de la fundación de 2006. Sin embargo, Antonio Tort, de la directiva de la asociación Dianova, dice que los sueldos de sus empleados están "algo por encima" de lo que establece el convenio del sector de la intervención social (entre 1.134 y 1.431, dependiendo del nivel de formación). Además, Tort habla de una baja rotación de sus trabajadores (en torno al 15%).

Entre Dianova y O'Belén acumulan 12 de los 58 centros estudiados por el Defensor. El primero no sale especialmente mal parado en el informe. Entre los dos gestionan cada año unos 17 millones de euros (unos cinco Dianova y cerca de 12 O'Belén), más del 90% procedentes del pago en concepto de servicios sociales que les aportan las Administraciones. Entre las otras 39 entidades que gestionan este tipo de centros hay de todo. Desde órdenes religiosas (aunque pocas), como la Orden Hospitalaria Hermanos de San Juan de Dios (con un centro en Palencia), a una sociedad mercantil, Empresa de Servicios Integrados Clece, dedicada a todo tipo de servicios de limpieza, catering o atención social, presente en Guipúzcoa.

Muchas voces dentro del entorno de la atención a menores se quejan de que se trata, sin más, de empresas que tienen un presupuesto y han de cuadrar las cifras como objetivo primordial, pero éstas defienden su función social y su falta de ánimo de lucro. Ésa es la figura jurídica (de asociación o fundación) que tiene la mayoría. Pero las malas condiciones que, en general, señala el informe del Defensor están ahí: los sueldos, una "alta rotación" de los empleados y, en definitiva, una falta de seguridad imprescindible en un trabajo en el que recibir insultos, tal vez que te rompan el coche e incluso ser víctima de una agresión es parte de la cotidianidad.

"Yo lo dejé por las condiciones laborales, no por el trabajo, aunque es muy duro, pero siempre compensa por los chavales", asegura Carlos Ayuso hablando de su paso, allá por 2000, por el centro de Azuqueca de Henares gestionado por O'Belén. Cobraba entonces unas 100.000 pesetas (600 euros) y doblaba muchas veces el horario que ponía en su contrato, dice este maestro, que hoy trabaja en un centro escolar que atiende a jóvenes con problemas de conducta, lo que incluye a chavales de centros de protección y de reforma de menores (estos últimos acogen a chicos condenados por algún delito). Unos chavales, además, que necesitan figuras de referencia, personas que se ganen su confianza y no estén continuamente cambiando.

En cualquier caso, Ayuso defiende con insistencia la dedicación y el esfuerzo de los empleados de esos centros. También el Defensor: "Hemos podido constatar, en muchos casos, la entrega generosa de estos profesionales [...] Y, en otros, los difíciles equilibrios que han de realizar, obligados a moverse en el delicado espacio existente entre la necesidad de imponer unas normas para garantizar sus puestos de trabajo o dejarse guiar por el cariño y el sentido común [...] Entre aplicar métodos estrictamente punitivos y disciplinarios o métodos pedagógicos. Una elección difícil en la que siempre sale mal parada la libertad. Y la libertad es un atributo esencial en la tarea de los educadores".

Así, muchas veces quedan relegadas las intervenciones educativas con los jóvenes y sólo quedan los elementos de contención, dice el Defensor. Por la falta de formación de la que se quejan los educadores, pero también por la inexistencia de políticas coordinadas de intervención. Hay una variedad de programas que "no responde a una planificación previa basada en las necesidades de los menores, y, de hecho, en la práctica, se deriva a los menores, no en razón de indicaciones diagnósticas, sino más bien de las plazas vacantes". Tampoco hay planificación territorial, de modo que Asturias, Extremadura, Baleares o La Rioja no tienen centros y estos chavales se desplazan a otras comunidades, muchas veces no precisamente al lado. Por ejemplo, en el momento en que se hizo el informe (2008), La Rioja tenía a tres jóvenes en un centro andaluz.

Pero no sólo falta organización entre los centros, sino entre la enorme variedad de recursos que existen en torno a los menores (las residencias son, o deberían ser, el último cartucho, cuando todo lo demás falla), entre ayuntamientos, Gobiernos autónomos, fiscalías de menores, a veces servicios duplicados o multiplicados con nuevos nombres y distintas concesiones de todo tipo. A Álvaro Hernando, director del aula educativa de Tetuán, en Madrid, donde trabaja Carlos Ayuso, le preocupa esa descoordinación. Insistiendo en la "falsa rentabilidad" de una inversión que, aunque sea más barata, no funciona, habla de cómo se diluyen las responsabilidades en esa maraña de recursos. "Una cosa es el valor del trabajo de las ONG, de las asociaciones, y otra delegar la responsabilidad del Estado en ellas", se queja el profesor de Derecho de la Universidad Carlos III Ignacio Campoy. Y aunque él cree que la gestión privada no es la ideal, si se usa debe hacerse con un gran control, añade. Y, al parecer, en ese punto hay muchas lagunas, empezando por la normativa.

Javier Urra señala una gran diferencia entre estos centros de protección y los de reforma, para menores que han cometido delitos. Aunque en estos últimos también se ha dado recientemente un giro hacia la gestión privada (asociaciones y empresas llevan más del 70% de estos centros, según el último recuento que hizo este periódico en 2007), con ellos hay normativas y reglamentos claros, normas de actuación y régimen interno que han de cumplir todos.

Aunque el batiburrillo legal va más allá (cada comunidad ha desarrollado de una manera distinta la ley de protección jurídica del menor de 1996, con situaciones dispares sobre cómo atender a los menores tutelados, incluso cuándo hacerse cargo de ellos), Fermín Barceló, de Ararteko, insiste en las normas de las residencias: "Muchas veces, entre la ley y el pliego de condiciones de los concursos públicos para conceder el servicio no hay nada". Aunque es cierto que hay excepciones: el Defensor del Pueblo señala normativa muy específica en Andalucía, País Vasco, Comunidad Valenciana o Castilla y León.

Urra, independientemente de que se trate de centros públicos o privados, explica una serie de requisitos mínimos que han de cumplirse y que, aunque seguro que hay residencias y profesionales que ya lo hacen, ahora no están garantizados para todos. Primero, que los centros cuenten con un personal que goce de buenas condiciones laborales, de un equipo directivo estable y unos trabajadores con experiencia. Además, deben estar muy claros los derechos, pero también los deberes de los menores (es muy importante que estos chicos, dice, aprendan que hay que respetar normas).

Es probable, añade, que haya que castigarles en alguna ocasión, y también que haya que separarles del grupo, pero todo eso debe tener unos límites muy claros y muy regulados, para protección de los chavales pero también de los trabajadores, añade Urra. La Comunidad de Madrid va a aprobar esta semana un protocolo de actuación con la Fiscalía de Menores para que el órgano judicial supervise y autorice cada decisión relevante (véase, un castigo) en las residencias.

Pero, por mucho que se regule, siempre habrá que establecer un estricto control. Las comunidades insisten en la calidad y continuidad de las inspecciones a los centros. Andalucía habla, como mínimo, de una al año. La Comunidad de Madrid y Cataluña, de inspecciones constantes (por sorpresa en el caso catalán) para revisar desde las instalaciones y la alimentación hasta la preparación de la plantilla de profesionales y el plan educativo. Para el Defensor del Pueblo, "ninguna de las Administraciones hace un seguimiento frecuente [...] y muy pocas mantienen un contacto regular y fluido con los menores [...] La vigilancia que los fiscales deberían realizar [...], que debería ser al menos semestral, es muy escasa". En definitiva, la vigilancia de los centros "a través de inspecciones frecuentes y minuciosas, no recibe la importancia que merece".

¿Pasaría lo mismo si fueran centros gestionados directamente por la Administración? Difícil respuesta, pero, en cualquier caso, está claro que, según una de las conclusiones de las 469 páginas del informe del Defensor, los modelos de intervención actuales no funcionan: "Adolecen de una alarmante falta de garantías de los derechos de los menores y limitan en muchos casos sus posibilidades de desarrollo". Y es de esto último, lo de intentar sacar adelante a estos chavales, los más vulnerables y con mayor riesgo de exclusión, de lo que se trata. ¿No?

http://www.elpais.com/articulo/sociedad/Tutela/publica/gestion/privada/elpepisoc/20090209elpepisoc_1/Tes

Menores en cautividad


La Administración genera marginalidad entre los menores.

Pese a ser una obligación de la Administración, muchos menores inmigrantes no acompañados alcanzan la mayoría de edad sin tener sus papeles en regla. Esto, denuncian organizaciones sociales, les aboca a la exclusión.

Cumplir los 18 años es de todo menos emocionante cuando se es un menor extranjero no acompañado. “¿Cómo miraríamos a un padre y a una madre que el día que su hijo o hija cumple 18 años lo hecha a la calle?”, se pregunta Vicenç Galea, del colectivo catalán Drari, juristas por los derechos de la infancia.

La legislación española considera que los menores, extranjeros o autóctonos, que no tienen quién se haga cargo de ellos están en una situación de riesgo y vulnerabilidad por lo que la Administración debe hacerse cargo de ellos y tutelarlos. Actualmente, son las comunidades autónomas las que asumen estas responsabilidades. Pero al alcanzar la mayoría de edad, los menores extranjeros se encuentran en una situación de suma precariedad. Aunque existen programas de emancipación en diferentes comunidades, la falta de recursos hace que las plazas sean insuficientes y sólo unos pocos chicos puedan hacer uso de ellas. Pero en muchos casos, el problema reside en un generalizado caos administrativo que hace que no tengan la documentación en regla. En otros, es compleja la regularización de su situación una vez han salido del centro en el que estaban tutelados, y les resulta casi imposible conseguir un permiso de trabajo que les permita renovar, más tarde, la residencia. Y eso que proveerles de los papeles es una obligación de la Administración establecida legalmente.

Aunque, según la Ley de Extranjería, la Administración dispone de un máximo de nueve meses para proveer al menor de un permiso de residencia, la tónica general es la negligencia, actitud que varias organizaciones que trabajan con estos menores interpretan como mala fe.

Hay “muchos chicos indocumentados o a medio documentar: un problema casi imposible de solucionar, porque cuando ya tienen 18 años se convierten en un inmigrante más quedándoles solamente para regularizar su situación la vía del arraigo”, explica Galea. En Cataluña “las administraciones se toman el plazo máximo de nueve meses, como mínimo, y hasta que no pasa ese tiempo con el menor entre manos no empiezan a plantearse lo de la residencia. La solicitan más tarde y el chaval ha perdido un tiempo de antigüedad porque en su dosier se pone la fecha del día en que se la pidieron. Durante un tiempo no ha existido, ha estado en un limbo”, denuncia. Además, afirma Galea, aunque la falta de permiso de residencia no es impedimento legal para cursar estudios, en la práctica sucede así. Y tras semejante itinerario, “cuando se le concede la residencia, ya queda poco tiempo para que estudie y pueda llegar a los 18 años con un diploma”.

En otros casos, como en Melilla, se marea a los menores que cumplen la mayoría de edad pidiéndoles documentos que para ellos es prácticamente imposible conseguir: “Conociéndoles perfectamente y teniéndolos tutelados les han pedido que presenten un certificado marroquí de que están solteros o un certificado de antecedentes penales. Todo es una trampa”, señala José Palazón, de la asociación pro derechos de la infancia Prodein. Hasta noviembre del año pasado, la Administración melillense les retenía, además, la documentación, dejándoles, cuando no estaban en el centro de tutela, expuestos a ser detenidos y expulsados. Tras ser amonestada por el Defensor del Pueblo, la Consejería de Bienestar Social aceptó entregar su documentación a los chavales y solicitar el certificado de tutela con carácter inmediato. Pero aquellos que habían alcanzado la mayoría de edad con anterioridad no se vieron beneficiados y han quedado en situación irregular.

El menor M., que había estado ocho años en el centro de acogida del Fuerte de la Purísima, un antiguo cuartel militar en las afueras de la ciudad, vive ahora en una chabola junto al centro y ya ha sido detenido por la policía alguna vez. I. es de Fez y ha estado cuatro años en La Purísima. El 23 de enero fue una vez más a las oficinas de Extranjería a solicitar su documentación. Tiene un precontrato, es carpintero. Esta vez le han cogido la solicitud, cree que porque el personal que le atendió era nuevo. Ahora le toca esperar. “Cuando cumplí 18 años me echaron a la calle. Entonces el permiso de residencia todavía no estaba caducado, pero ahora no quieren renovármelo, no quieren darme lo mío, para que pueda irme de aquí y buscarme la vida como los demás, para sentirme como los demás. Me piden el pasaporte marroquí y no sé qué..., pero ¿cómo? Si yo llevo toda mi vida aquí. Si me dan la residencia puedo ir a Marruecos a pedirlo, pero si no tengo la residencia ¿podré volver a entrar? Es política: dicen que tienes que largarte de aquí”, cuenta por teléfono. Tan sólo cuatro días después, dos compañeros suyos se toparon con lo que a Palazón le parece que será la futura estrategia de la Administración de Melilla: les solicitaron el empadronamiento, que el centro no había tramitado. Cuando fueron ahí a pedirlo, como ya son mayores de 18 años, no se lo tramitaron. “Se consigue dar un paso adelante, y ellos encuentran otra forma de seguir haciendo lo mismo”, observa con cansancio José Palazón.

En Asturias, donde la llegada de chavales extranjeros es un fenómeno relativamente nuevo –apenas tres años–, también “se buscan fórmulas ‘elegantes’ para que el incumplimiento de la legislación no chirríe: retrasar la documentación, complicar los trámites burocráticos, etc.”, el Colectivo SocialyJusticia. Como la Ley de Extranjería prevé que, aunque hayan alcanzado la mayoría de edad, se les puede conceder un per- miso por una vía especial si la falta de permisos de residencia se debe al mal funcionamiento de una administración, los colectivos asturianos que se ocupan de estos menores están intentando trabajar esta vía.

Pese a que la Comunidad Autónoma Vasca tiene mejor reputación, Ana Stern, de SOS Racismo Guipúzcoa, insiste en que “resolver la cuestión de la documentación es básico. Para invertir bien en menores de edad, tenemos que invertir en mayores de edad: si no, nos encontramos con unas bolsas de pobreza y de exclusión que cada vez irán creciendo más. Se trata de una cuestión transautonómica, transnacional”.

En cuanto a Madrid, Juan Ignacio de la Mata, abogado de la Coordinadora de Barrios, constata que la documentación necesaria “primero no se tramita y lo que se tramita se hace en contra de la ley y del espíritu que debe regir las actuaciones en materia de protección, que es el interés superior del menor. Este interés superior integra el derecho a una correcta documentación”. A su juicio, con estas negligencias “se está abocando a los chavales tutelados a la marginalidad porque la no documentación genera desintegración social”. “En general, la administración pública usa todos los subterfugios que puede para eludir el compromiso”, subraya Galea. En ello coinciden desde Asturias: “Se copian para todo menos para lo bueno”.

Sobre Centros de Menores . Defensor Pueblo

RECOMENDACIONES

I. DE CARÁCTER GENERAL

1. Que se lleven a cabo las investigaciones que permitan conocer los datos básicos sobre la incidencia de este problema en nuestra sociedad(..).
2. Que se preste atención especial al desarrollo de protocolos que delimiten el ámbito de atención a menores con trastornos de conducta y en situación de dificultad social, y definan criterios de calidad, evaluación, seguimiento y buenas prácticas en esta intervención, en el marco del Plan Estratégico Nacional de Infancia y Adolescencia 2006-2009.

4. Que, (::) se preste especial atención al cumplimiento de la normativa referida a la adecuación de las instalaciones, con carácter previo a la aprobación de cualquier proyecto que conlleve el acogimiento residencial de menores. De esta manera, se debe evitar la habilitación de nuevos recursos que no reúnan las condiciones(.).
5. Que se valore la conveniencia de establecer un marco jurídico general sobre los menores con trastornos de conducta y en situación de
dificultad social, determinando los supuestos, requisitos y condiciones en los que las entidades públicas de protección de menores pueden aplicar
programas específicos que contemplen la utilización de medidas de contención de carácter no sancionador.
6. Que el derecho a la asistencia jurídica gratuita sea reconocido en todo caso a los menores y a sus padres, u otros representantes legales, en el marco de los procedimientos de desamparo y los dirigidos a adoptar medidas de protección en el ejercicio de la tutela administrativa.

7. Que las administraciones públicas intensifiquen las medidas de prevención y de protección que permitan garantizar a los menores en situación de dificultad social el pleno desarrollo de su personalidad y evitar así que esas situaciones deriven en el desamparo del menor o incluso en conductas contempladas por la Ley Orgánica 5/2000,.

9. Que se intensifiquen las actuaciones dirigidas a establecer dispositivos y recursos intermedios y de rehabilitación de las situaciones de dificultad social desde los ámbitos educativo, sanitario y social que hagan innecesaria la institucionalización

10. Que, en los casos en que el interés del menor requiera su atención en régimen de acogimiento residencial, se diversifiquen los proyectos de atención(..)de forma que se elimine la práctica de
atender en un mismo programa a menores que requieren medidas de protección y a aquellos que cumplen una medida de justicia juvenil.
11. Que se revise el actual modelo de especialidades de psiquiatría y psicología clínica para incluir, como áreas de capacitación preferente, en la infancia y la adolescencia.
12. Que se conceda la prioridad que merecen a las conclusiones contenidas en el documento “La Estrategia en Salud Mental del Sistema Nacional de Salud” en relación con la atención infanto-juvenil, y que se pongan en práctica sus recomendaciones, en especial las siguientes:
o Realización de intervenciones preventivas en la primera infancia y la adolescencia.
o Materialización de las intervenciones comunitarias orientadas mejorar la dinámica social en áreas geográficas con riesgo social alto(..).
o Estudio y evaluación de intervenciones orientadas a informar y a educar sobre los riesgos que tiene para la salud las sustancias adictivas en adolescentes.
o Protocolización de procesos de atención relativos a trastorno mental(..) infanto-juvenil y trastorno generalizado del desarrollo.
o Implantación de un modelo de coordinación entre servicios sociales, educación y justicia, que garantice la continuidad de los cuidados (...)
13. Que se promueva el acceso de todos los menores a los recursos públicos destinados al diagnóstico y tratamiento de las situaciones de dificultad social derivadas de los trastornos de conducta, sin discriminación alguna, en función de su condición de menores tutelados o no tutelados por la administración pública.

II. ESPECÍFICAS
15. Que la resolución administrativa que pone fin al procedimiento, y mediante la que se acuerda el ingreso de un menor en un centro para menores con necesidades especiales, esté siempre debidamente motivada(..). Dicha resolución deberá ser notificada de modo personal tanto a los padres, cuando no exista resolución judicial que lo prohíba, como al propio menor, en la forma adecuada a su edad y circunstancias,de acuerdo con la Ley 30/1992.

16. Que se solicite la autorización judicial en los términos previstos en el artículo 763 de la Ley 1/2000, de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil, siempre que el internamiento del menor se produzca por razón de
trastorno psíquico(...) y asimismo (..) autorización judicial para el ingreso en todos aquellos centros que apliquen medidas que conlleven alguna limitación de los derechos que los menores.
20. Que, de acuerdo con lo previsto en el artículo 21 de la Ley Orgánica 1/1996, de 15 de enero, de Protección Jurídica del Menor, se procure que el menor permanezca internado durante el menor tiempo posible, salvo que convenga a su interés. En consecuencia, no deberá supeditarse el alta a la carencia de recursos intermedios.

22.Se respete el derecho del menor a ser oído y se le escuche siempre antes de que se adopte una decisión que le afecte.
23. Que, en aquellos casos en que los menores, no estén de acuerdo con la medida de protección adoptada, (..) arbitrar los cauces para que puedan plantear una reclamación o recurso, con asistencia jurídica cualificada.
25. Que se establezca en todos los centros un sistema de quejas y reclamaciones, de las que deberá tener constancia, en todo caso, la entidad pública (..).
26. Que se permitan y faciliten, salvo resolución judicial en contrario, las relaciones con la familia del menor, debiendo quedar establecida en el proyecto individualizado la frecuencia de las mismas, .

28. Que, por la entidad pública(...)se garantice que todo menor en edad de escolarización obligatoria, sea matriculado en un centro docente y asista con regularidad y normalidad al mismo. En el supuesto de que no se considere adecuada la asistencia de algún menor al centro educativo, se le facilitará la atención educativa individualizada que requiera mediante el oportuno profesorado facilitado por la Administración educativa.

30. Que la prescripción y administración de fármacos a los menores(...)se lleve a cabo de conformidad y en los estrictos términos el artículo 9.3. de la Ley 41/2002, de 14 de noviembre.

31. Que, en todo caso, se informe adecuadamente al menor del tratamiento médicopara que pueda dar su consentimiento informado al mismo.
(...), cuando el menor no sea capaz (..) de comprender el alcance de la intervención, se requiera el consentimiento de la entidad pública competente, como representante legal de aquél, después de haber escuchado al menor si tiene doce años.
En el supuesto de que hubiere cumplido los dieciséis años y no prestara su consentimiento para someterse al tratamiento prescrito, se requerirá la pertinente autorización judicial, conforme a lo previsto en el
artículo 9.3.c. de la Ley 41/2002.

33. Que, en todo caso, cuando se trate de una actuación de grave riesgo, según el criterio del facultativo, los padres sean informados y su opinión tenida en cuenta para la toma de la decisión correspondiente.

34. Que , procedan a su elaboración de una norma que regule el funcionamiento de los centros, detallando los contenidos mínimos que deben tener los reglamentos de régimen interno, el procedimiento de quejas y sugerencias, el régimen de infracciones y sanciones, y los protocolos que deben seguirse para aplicar medidas de contención en situaciones de crisis de los menores, entre otros aspectos.

35. Que las entidades públicas de protección de menores comprueben que todos los centros de atención a menores en situación de dificultad social disponen del preceptivo reglamento de régimen interno, debidamente aprobado y conforme a lo previsto en la normativa aplicable.

36. Que, a su llegada al centro, se facilite al menor información escrita, redactada en lenguaje claro, sencillo y adaptado a su nivel de comprensión, sobre sus derechos y obligaciones, cuestiones de rganización general, normas de convivencia y funcionamiento del centro y procedimientos para formular peticiones, quejas o recursos.(...).
37. Cuando excepcionalmente, se considere necesaria la práctica de cacheos y otras medidas de registro que incluyan el desnudo integral de los menores, se comunique a los juzgados de primera instancia, y se practiquen dichos registros conforme a los requisitos que exige la jurisprudencia del Tribunal Constitucional.

38. La corrección de conductas contrarias a la convivencia habrá de tener una finalidad educativa, como instrumento de aprendizaje para los menores, y deberá tender siempre a la búsqueda de un efecto
rehabilitador en cada menor.

39. Que el régimen de infracciones y sanciones esté tipificado en el reglamento, y no contemple directa o indirectamente castigos corporales, maltrato psíquico, privación de la alimentación o del descanso, privación del derecho a sus relaciones personales, privación del derecho a la educación obligatoria y de asistencia al centro escolar, ni atente contra la dignidad de la persona mediante acciones que conduzcan a su humillación o ridiculización, y, en ningún caso, establezca restricciones de igual o mayor entidad que las contempladas en la legislación reguladora de la responsabilidad penal de los menores.
Las sanciones deberán ser proporcionales a la infracción cometida, tener en cuenta las circunstancias en las que se ha producido y las características del menor, y su aplicación deberá ser en todo caso supervisada por la Dirección del centro, dando cuenta al servicio especializado de protección de menores. En la mayor medida posible, se alentará el uso de medidas alternativas a la separación del grupo.
40. Que,(...) la sanción de separación del grupo se imponga solamente en los casos en que se manifieste una evidente agresividad o violencia por parte del menor, o cuando éste, reiterada y gravemente, altere la normal convivencia en el centro.
El reglamento de régimen interior deberá recoger la duración de la sanción de separación del grupo, la cual se ajustará a la gravedad de la infracción cometida.
Mientras esté cumpliendo la sanción, el menor dispondrá, como mínimo, de dos horas al aire libre, y deberá asistir, en su caso, a la escuela, centro formativo o centro de trabajo, pudiendo recibir, demás,
las visitas contempladas en su proyecto educativo individual. Durante el horario general de actividades, se programarán ocupaciones alternativas para los menores separados del grupo.
Diariamente, visitará al menor el médico o el psicólogo, que informará a la Dirección del centro sobre el estado de salud física y mental del menor, así como sobre la conveniencia de suspender, modificar o dejar sin efecto la sanción impuesta.
41. Que, (..)se prohíba el uso de la fuerza en el control de los menores, salvo cuando se hayan agotado y hayan fracasado todos los demás medios, y que sólo se utilice de la forma expresamente autorizada y
descrita en el reglamento de régimen interno.
42. Que se aprueben protocolos de intervención en casos de crisis de los menores que supongan la adopción de medidas de contención física
o farmacológica o, en su caso, de aislamiento, en los que se determinen las personas encargadas de cada función, su forma de actuación, la autorización, y los informes que,deberán remitirse a la entidad pública de protección de menores.
43. Que se limite la estancia en aislamiento al tiempo mínimo e imprescindible, y se prohíba, en todo caso, su utilización como medida sancionadora.

46. Que los profesionales (..)refuerzo que les ayuden a afrontar las situaciones de tensión emocional derivadas del desarrollo de su labor.

48. Que se facilite formación específica para realizar posibles contenciones al personal (..)y, en todo caso, a los vigilantes de seguridad, para que realicen sus funciones con pleno respeto.

49. Que,(..)en todos aquellos centros en los que sea necesario acometer reformas para la adecuación de centros , se doten los recursos necesarios .

51. Que(..)la Administración asegure la protección , a través de la inspección y supervisión de todos los centros .
54. Que, siempre que la Administración haya delegado la gestión (..) en entidades privadas exija una total transparencia en la gestión de los gastos,

56. Que, por parte de los fiscales, se visiten periódicamente los centros (..) entrevistándose reservadamente con los menores que así lo soliciten, promoviendo la corrección de las deficiencias.
57. Que se dote a la Fiscalía de los medios para realizar el control del funcionamiento y organización de los centros y de los proyectos educativo.

II Jornadas " Día Internacional de los Derechos de los Menores"

II Jornadas " Día Internacional de los Derechos de los Menores"
Noviembre-09 ASTURIAS

2 Diciembre

DECLARACIÓN DE LAS DEFENSORÍAS DEL PUEBLO SOBRE LAS RESPONSABILIDADES SOBRE LOS MNAs

Introducción

En los últimos meses estamos asistiendo de nuevo a la llegada de menores extranjeros no acompañados a la Comunidad de Canarias. Estos menores se unen a otros jóvenes procedentes del norte de África que también han llegado a nuestro país en los últimos años. Conjuntamente, plantean un reto de extraordinaria magnitud a nuestras instituciones y a nuestra sociedad desde el punto de vista de la capacidad de acogida, de protección, de formación y de inserción social de estos jóvenes.
Esta situación ha planteado un serio problema de capacidad de acogida inmediata a la Comunidad de Canarias, que ha visto desbordados sus recursos de atención dirigidos tanto a la población adulta como a los menores.(:::)
Con independencia de los retos que el fenómeno de la inmigración supone para el diseño y el desarrollo de las políticas sociales, las defensorías del Estado coincidimos en subrayar la necesidad de alcanzar acuerdos entre las distintas administraciones públicas del Estado en un tema tan importante desde el punto de vista de los derechos de los menores. Asimismo, queremos advertir de que, a pesar de su importancia, se trata sólo de un primer paso en la obligación inexcusable que tienen las administraciones públicas de velar por el interés primordial del menor, tal como establece el artículo 3 de la Convención de los Derechos del Niño, y atender sus derechos como los de cualquier otro ciudadano menor de edad que se encuentre en territorio español (Ley 1/1996 de protección jurídica del menor). Cabe recordar, asimismo, que el artículo 2.1 de Convención de los Derechos del Niño prohíbe explícitamente la discriminación del menor por razón de origen nacional. Además, el ordenamiento jurídico español establece claramente que los menores son ante todo menores, principio que debe prevalecer sobre la condición de extranjero.

La Red Europea de Defensores del Menor (ENOC, European Network of Ombudspersons for Children), aprobó en su última reunión anual una declaración instando a los países miembros del Consejo de Europa a tomar las medidas necesarias para asegurar los derechos de los menores no acompañados. Este hecho demuestra la relevancia que adquiere este fenómeno a escala europea y justifica que, dada la especial importancia que tiene para el caso español, las defensorías presentemos una declaración para expresar ante la sociedad española nuestra responsabilidad de velar para que los derechos de estos menores sean garantizados. Subrayar las obligaciones que las distintas administraciones públicas tienen respecto a los menores y recomendar algunas acciones dirigidas a reforzar el cumplimiento de sus derechos.


Principios de actuación

VER Observacion 6ª de las Naciones Unidas(2005)

1) Las Administraciones públicas competentes en las distintas CCAA deben asumir la tutela del menor de forma inmediata, mientras se estudia la realidad del menor y del núcleo familiar de origen. Debe evitarse que la fase de estudio de su situación suponga en la práctica la privación de acceso a recursos socioeducativos y a la formación laboral.

2) Las Administraciones competentes deben empezar a documentar al menor y tramitar su (tarjeta temporal)residencia cuando quede acreditada la dificultad de retorno con su familia, de acuerdo con el artículo 35.4 de la Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social, sin esperar los nueve meses que establece el Reglamento (Real Decreto 2393/2004, de 30 de diciembre), plazo que, de acuerdo con una interpretación conforme a la ley, debe ser considerado un máximo.

3) Los menores no deben ser repatriados a sus países de origen salvo que existan garantías de que la reintegración a su núcleo familiar de origen (o recurso de protección alternativo) asegure el mejor interés para el menor. La decisión debe tener en cuenta el propio punto de vista del menor –que tiene derecho a ser escuchado- y sólo puede llevarse a cabo después de un estudio detenido de los recursos disponibles en su país de origen.

4) Las pruebas médicas previas de determinación de la edad sólo deberán ser realizadas en casos de duda y deberían efectuarse con el asesoramiento de expertos independientes y tecnología moderna que incluya una combinación de pruebas físicas, sociales y psicológicas.
Siempre deberá tomarse como edad de referencia la menor que resulte de las pruebas médicas realizadas.

5) Los menores deberían recibir asistencia jurídica independiente de la Administración, como es el turno de oficio colegial, con el fin de asegurar que los procesos administrativos o judiciales se lleven a cabo teniendo en cuenta su interés superior.

6) Las Comunidades Autónomas deben coordinar sus modelos de atención a los menores inmigrantes no acompañados para evitar “fugas” de los menores a aquellas comunidades que garantizan mejor el proceso de tutela y residencia y que ofrecen mejores recursos socioeducativos.

7) Asimismo, las Comunidades Autónomas y las Delegaciones del Gobierno coordinarán también su actuación en los ámbitos de sus respectivas competencias para evitar disfunciones y asegurar que la propuesta sea la más adecuada al interés del menor en cada caso. Para facilitar la coordinación interinstitucional es necesario disponer de un registro unificado de menores inmigrantes no acompañados compartido por todas las Administraciones públicas con competencias en la cuestión.

8) En la atención a los menores extranjeros no acompañados deben diseñarse y planificarse los recursos necesarios para favorecer su desarrollo integral y facilitar su inserción en la sociedad de acogida.

9) Todas las Administraciones públicas deben asumir sus
responsabilidades en la atención a los menores no acompañados.

Es importante que los gobiernos de las CCAA establezcan acuerdos con las administraciones locales de su territorio para diseñar conjuntamente los recursos y las estrategias necesarias que mejor garanticen la atención e integración de los menores no acompañados. Especialmente importante es la necesidad de superar las actitudes de rechazo social que acompañan en ocasiones a las medidas de acogida y protección de estos menores.

10) Los centros de acogida de menores inmigrantes no acompañados deben presentar garantías de adecuación espacial, sanitaria y educativa. Las CCAA deben garantizar que los menores reciban atención a través del circuito normalizado, concentrando las actividades en centros de 24 horas que proporcionen a los menores recién llegados referentes educativos y afectivos estables.
Octubre de 2006