martes, diciembre 29

"Mi hija está mucho peor que cuando entró. No hay educadores, sino vigilantes"


Aunque el ingreso en el centro de Miraflores debería facilitar la reinserción de los menores conflictivos o con un comportamiento violento, la madre de esta chica cree que el objetivo está muy lejos de conseguirse. Cuando han pasado más de dos años desde que la Consejería de Bienestar Social se hizo cargo de su tutela, asegura que "mi hija está mucho peor que cuando entró". Según asegura, el trato que reciben los menores hace que lleguen a plantearse medidas drásticas para abandonar el centro. "Si tengo que robar para que me lleven a Sograndio, robo", le dijo en una ocasión su hija. Otro de los problemas se refiere a la educación. En el caso de su hija, no ha asistido al instituto durante este tiempo, pese a que fue uno de los motivos que motivaron que el Principado asumiera la tutela por desamparo.

Un grupo de educadores presentó en enero una queja al Defensor del Pueblo en la que se denunciaban varios de los hechos criticados por la madre de la joven, como el aislamiento o la falta de escolarización.

http://www.lavozdeasturias.es/noticias/noticia.asp?pkid=533635

domingo, diciembre 27

Una madre denuncia el trato a los menores en el centro de Miraflores

NUEVAS CRITICAS CONTRA EL EQUIPAMIENTO DE NOREÑA.(asturias)

Una madre denuncia el trato a los menores en el centro de Miraflores

Acusa a Bienestar Social de favorecer las medidas de aislamiento y la incomunicación."Estoy tranquila porque lleva 7 días fugada, pero cuando la cojan no sé si podré hablar con ella".


Entrada del centro para menores de Noreña.
Foto:PABLO LORENZANA
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El Principado asumió la tutela de su hija, pero ella se fuga en cuanto tiene ocasión para volver al domicilio familiar. La madre de una de las menores internas en el centro de Miraflores (Noreña), que prefiere permanecer en el anonimato, denunció ayer el trato que reciben los jóvenes allí alojados, ante la falta de información de los padres, "ignorantes de la dinámica que siguen".

"El mismo día que entró, mi hija estuvo siete días en aislamiento", explicó ayer a LA VOZ la madre de la menor. Se refiere a las áreas de separación de grupo, a las que se deriva, hasta una semana, a los menores que resultan más conflictivos, y que motivó a principios de año una queja de varios educadores ante el Defensor del Pueblo. Este departamento está equipado además con celdas de separación de grupo, donde pueden permanecer aislados hasta 24 horas.

DOS SEMANAS SIN TELEFONO La madre de esta joven siente que su hija, sin haber cometido delitos, sufre en Miraflores medidas de aislamiento mayores que las que tendría en el centro de responsabilidad penal de menores en Sograndio. Entre los castigos que se aplican en el centro de Noreña, asegura que en el centro se le impidió hablar con la joven por teléfono durante 15 días. "Ni siquiera le dijeron que había llamado".

La preocupación por su hija y los menores que conviven con ella en Noreña la llevó a presentar una reclamación en la Fiscalía del Menor, por un caso de una supuesta agresión de un educador a un menor. Entiende que la solución no es fácil. "No es una cosa de un día para otro, pero hay una Ley del menor que tiene que cumplirse. Los menores también tienen derechos", sentencia.

FUGA PARA SU TRANQUILIDAD La joven se fugó en dos ocasiones del centro y buscó refugio en su antiguo domicilio, junto a su madre. Paradójicamente, nadie comunicó las fugas anteriores a su madre hasta que habían transcurrido "tres o cuatro días" desde el abandono del centro. "El niño se fuga bajo la tutela del Principado y nadie les busca", opina la mujer, que se siente impotente ante el trato que, según asegura, reciben los menores internos en este centro.

En los últimos días, la menor se ha vuelto a escapar, y eso disminuye la preocupación de su madre por lo que le pueda ocurrir dentro. "Ahora estoy tranquila lleva siete días fugada, pero no sé si el día que la cojan me van a dejar hablar con ella. Seguramente tendré que llamar al fiscal otra vez", lamenta.

http://www.lavozdeasturias.es/noticias/noticia.asp?pkid=533636

«Los centros de menores que hay en Asturias no tienen manera de controlar a los internos»

«Los problemas en Miraflores derivan de que los educadores no pueden aplicar más restricciones»
l «Las denuncias de padres maltratados por sus hijos aumentan y las víctimas suelen ser madres solas»


El fiscal coordinador de menores, Jorge Fernández Caldevilla.
El fiscal coordinador de menores, Jorge Fernández Caldevilla.

JORGE FERNÁNDEZ CALDEVILLA LNE Fiscal coordinador de menores de Asturias

Oviedo, Elena FDEZ.-PELLO
Jorge Fernández Caldevilla, coordinador de la fiscalía de menores del Tribunal Superior de Justicia de Asturias, habla abiertamente del fracaso de los centros de menores en la consecución del propósito para el que fueron creados, que no es otro que el de ayudarlos a reincorporarse a la sociedad. Se refiere a centros como el de Miraflores, el único que existe en Asturias para menores con problemas de conducta. Un informe de Amnistía Internacional denunciaba recientemente abusos y malos tratos a menores en varios centros españoles. Fernández Caldevilla sostiene que ese no es el caso de Asturias, más bien todo lo contrario.

-¿Tiene constancia de malos tratos en los centros de menores del Principado?

-Mi impresión es que en Asturias no se ha producido ningún maltrato. Había problemas con los menores extranjeros del centro de primera acogida de Oviedo y eso está mejorando con los nuevos recursos habilitados por la Administración, la residencia en el Fundoma, en Oviedo, y los pisos tutelados.

-¿La fiscalía no ha recibido ninguna denuncia?

-Se informó al Defensor del Pueblo sobre algunas denuncias, también de algún problema con la determinación de la edad de los menores extranjeros. A principios de año un joven estuvo interno en Villabona y a efectos legales era menor de edad. Ha habido problemas con algunos menores marroquíes, pero han sido ataques a los cuidadores, un intento de incendio en un centro? Los educadores intentan controlar la situación, pero cuando hablamos de menores que consumen drogas y con un fuerte desarraigo es difícil.

-En Asturias no hay centros de régimen cerrado para menores con problemas de conducta.

-Miraflores es el único con algunas medidas de contención, que no se aplican sin antes comunicárselo al fiscal. El problema es la falta de eficacia de esas medidas. Los problemas que se producen en el centro derivan de que no pueden aplicarse medidas más restrictivas. Ha habido agresiones a los educadores, fugas? Los centros de menores no tienen manera de controlar a los residentes. No se puede hacer nada hasta que cometen varios delitos e ingresan en Sograndio. El recurso no está funcionando y eso es así porque se necesitan unas medidas de mayor control. Un menor violento, con consumo de drogas, puede ser ingresado en una habitación especial donde no se puede lesionar ni hacer daño a los demás, pero si sale al patio y echa a correr no se puede hacer nada. El centro de Miraflores está ocupado por una docena de menores, todos con una historia a sus espaldas muy difícil de solucionar. Si la entidad pública tiene que asumir la tutela de esos jóvenes es para algo, para trabajar por su integración en la sociedad, pero para eso es necesario que permanezcan en el centro. El de Miraflores es un centro excepcional, con un reglamento muy detallado. Si los menores no han cometido ningún delito no pueden estar recluidos, pero la Administración que los tutela tampoco puede quedarse de brazos cruzados.

-¿Significa eso que el centro de menores de Miraflores se ha quedado obsoleto?

-Obsoleto no. No está cumpliendo el fin para el que fue creado en su momento: ayudar a los jóvenes con problemas de conducta a integrarse en la sociedad.

-¿Los menores extranjeros ya no dan tantos problemas como hace un año?

-Los problemas más graves de saturación del centro materno infantil de Oviedo se han superado. Lo que ocurre es que el perfil de algunos de los menores extranjeros es muy exigente, algunos llegan pidiendo hasta ropa de firma, se niegan a asistir a clases de español, reaccionan violentamente o cometen delitos. En Sograndio un tercio de los internos son menores marroquíes.

-Hay insistentes rumores de que son dirigidos a Asturias desde otras autonomías.

-Sospechamos que hay comunicación entre los menores. Muchos se conocen, algunos son del mismo barrio. Hubo sospechas, pero eso es muy difícil de acreditar, de la posible desviación de menores desde otras comunidades. Trabajamos con el principio de que cada comunidad soporte la tutela de sus menores, de modo que si en Asturias aparece un menor extranjero el responsable legal es la comunidad donde apareció por primera vez.

-¿Los niños siguen cruzando la frontera bajo los camiones?

-Es lo que cuenta la mayoría, pocos reconocen que han llegado en patera.

-El caso del pirata somalí detenido por el secuestro del «Alakrana» dejó en evidencia los procedimientos para determinar la edad de los menores no documentados.

-Aplicamos un protocolo, pero siempre hay problemas. El margen de error es grande y cuando se acercan a la mayoría de edad siempre optamos por la edad que más favorece al menor.

-Un asturiano pierde la tutela de sus tres hijas por no poder compatibilizar su cuidado con el trabajo. ¿Un caso frecuente?

-Hay varios así. La ley permite que ante una situación de necesidad el padre pueda delegar la guardia de sus hijos en una institución. Él mantiene la patria potestad. Otra cosa es cuando se declara una situación de desamparo, lo que lleva consigo la suspensión de la patria potestad. No se han incrementado esos procedimientos, pero lo que ha aumentado son los recursos contra esas resoluciones, probablemente por la reforma legal: antes los padres podían recurrir en cualquier momento, ahora la ley de Enjuiciamiento Civil establece unos plazos.

-Se suceden las detenciones por pornografía infantil.

-Nosotros no intervenimos, nos mandan información sobre los procedimientos. Me llama la atención que haya tanto marrano, tanta gente a la que le guste ver abusos a niños. No me lo explico.

-¿Qué balance hace del año que termina?

-Ha sido un poco atípico en lo que se refiere a los asuntos que llegaron a la fiscalía, con dos homicidios a principios de año, cuando en los diez que llevo coordinando la fiscalía de menores sólo tuvimos dos homicidios dolosos. En los últimos tres años ha habido un incremento de los hechos violentos. Sin ser excesivamente graves, las peleas y los malos tratos se han incrementado.

-Hay un fenómeno relativamente reciente: el maltrato a los padres o a los familiares que cuidan de los niños.

-Existía antes, pero se está denunciando más. Antes los padres imponían su autoridad, pero cada vez es más difícil hacerlo. Cada vez hay más familias en las que falta uno de los padres y el otro debe asumir solo el cuidado de los hijos. Las víctimas de maltrato son a menudo madres solas, el adolescente se enfrenta a su madre y ella no tiene recursos para imponerse. En esos casos se adoptan medidas para trabajar con el menor y con los padres, para proporcionarles un mínimo de recursos para hacerle frente y controlarlo.

http://www.lne.es/sociedad-cultura/2009/12/27/centros-menores-hay-asturias-manera-controlar-internos/852780.html

55 guipuzcoanos quieren ejercer de 'tíos' de menores extranjeros

El plan Izeba pretende encontrar familias que atiendan a estos niños.
Su función será, bajo supervisión foral, llevarles de excursión,
ayudarles y favorecer que hagan amigos
26.12.09 - 01:20 -
FERNANDO SEGURA | SAN SEBASTIÁN.
http://izeba.org./index.php/es/proyecto-izeba Página web: izeba.org.
Dieta: 100 euros al mes.
Apoyo: Las familias dispondrán de un teléfono y de un correo
electrónico para contactar con el equipo de apoyo.
Foro en internet: En la página izeba.org se dispone de un foro
destinado a las familias y al equipo de apoyo.
Se buscan 'tíos' para chavales extranjeros que se encuentran bajo
tutela de la Diputación. Puede parecer una demanda insólita, de hecho
no constan precedentes en España, pero tiene su lógica y está
encontrando una buena acogida. 55 familias se han interesado en
participar en la iniciativa, número suficiente para atender a los
niños en disposición de beneficiarse.
Los menores extranjeros que llegan a Gipuzkoa ingresan en centros
forales, donde reciben una atención profesional mediante educadores.
Ahora bien, carecen de lo fundamental, una relación familiar que
favorezca su integración.
El programa Izeba, puesto en marcha por la Diputación y el Centro por
la Paz Baketik, tiene como objetivo arropar a estos niños con personas
que estén dispuestas a ejercer de 'tíos'. Es decir, se pretende
encontrar familias que establezcan unos lazos con estos chavales
parecidos a los que existen entre tíos y sobrinos.
Los niños seguirán residiendo en los centros. La labor de los 'tíos'
será llevarles de excursión, prestarles apoyo y favorecer que tengan
nuevos amigos. En definitiva, propiciar su relación con personas que
les aporten su integración social.
Pello Sarasua, miembro de Baketik responsable del programa Izeba,
explica que la respuesta ha sido mayor de la esperada. «Estamos
sorprendidos. Hay mucha gente con ganas de participar. También hemos
recibido numerosas llamadas de personas que nos dicen que no pueden
colaborar, pero aplauden la iniciativa».
Sarasua señala que 55 personas están dispuestas a participar en el
proyecto. Otras 20 ó 30 han llamado por teléfono pidiendo información.
A las charlas organizadas en diversas localidades explicando el plan
han acudido 80 ciudadanos.
La campaña de captación finalizará la próxima semana y en enero se
irán asignando los niños a las familias.
Sarasua señala que el número de chavales que pueden beneficiarse de la
iniciativa ronda los cincuenta. Por tanto, habría familias suficientes
para atender la demanda.
Participación voluntaria
Los problemas de delincuencia que han protagonizado algunos menores
extranjeros tutelados por la Diputación no han retraído a las
familias. «Hay que tener en cuenta que los chavales que entren en el
programa lo harán de forma voluntaria. Esta es en principio una
garantía del buen comportamiento».
Las personas que participen no estarán solas en su esfuerzo de
solidaridad. Contarán con un servicio de apoyo especializado formado
por dos psicólogas. Estará coordinado con el centro de acogida del
menor y permanecerá en contacto permanente con cada una de las
familias. Éstas dispondrán de un teléfono y de una dirección de correo
electrónico para comunicarse con el equipo de apoyo.
Las familias cobrarán una dieta simbólica de 100 euros mensuales.
http://www.diariovasco.com/20091226/al-dia-local/guipuzcoanos-quieren-ejercer-tios-20091226.html

sábado, diciembre 26

DENUNCIA ANTE LA FISCALÍA POR VULNERACIÓN DE DERECHOS DE MENORES NO ACOMPAÑADOS EN ARAGÓN

(17/12/09 - Zaragoza) El Grupo de menores de ASAPA ha denunciado esta mañana la situación general y tres casos concretos de vulneración de derechos de las personas menores de edad extranjeras no acompañadas (MENAs) en Aragón ante la Fiscalía de Menores de Zaragoza.

NOTA DE PRENSA 

Mediante esta nota de prensa, quienes componemos el Grupo de Menores de ASAPA deseamos poner en conocimiento de la opinión pública un hecho que consideramos de extrema gravedad por representar una violación flagrante de los derechos de uno de los colectivos más indefensos de nuestra sociedad: las personas extranjeras menores de edad no acompañadas.

- Según ordena el artículo 18 de la Convención sobre los Derechos del Niño de NN.UU. de 1989, ratificada por España el 30-11-90, la preocupación fundamental de los estados parte será el interés superior del niño.

- Según el art. 39.4 CE, los niños gozarán de la protección prevista en los acuerdos internacionales que velan por sus derechos.

- Por tanto, la condición de menor de edad de una persona prevalece necesariamente sobre su condición de extranjero. Habiendo tenido conocimiento de una serie de casos de similares características acaecidos durante la vigencia de la L.O. 8/2000, habiendo contrastado la información y tras comprobar el carácter recurrente de las prácticas que denunciamos, consideramos que éstas vulneran una serie de derechos de las personas menores de edad y deben ser conocidas y corregidas con urgencia.

- La L.O. 8/2000 de reforma de la Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social, en su Art. 35.4 considera regular a todos los efectos la residencia de los menores que sean tutelados por una Administración pública y garantiza la obtención del permiso de residencia a estas personas (cuyos efectos se retrotraerán al momento en que el menor hubiere sido puesto a disposición de los servicios de protección de menores) para lo cual impone al organismo que ejerza la tutela la obligación de instar la tramitación de dicho permiso una vez que haya quedado acreditada la imposibilidad de retorno con su familia o al país de origen. En el caso de renovación, los trámites han de ser iniciados con una antelación de 2 meses a la caducidad del documento –Art. 37 del Reglamento.

- El Reglamento que desarrolla dicha Ley (R.D. 864/2001) establece en su artículo 62.5 el plazo para la concesión de dicho permiso de residencia: 9 meses desde que el menor ha sido puesto a disposición de los Servicios competentes de Protección de Menores y una vez intentada la repatriación con su familia o al país de origen, si ésta no hubiere sido posible.


- Además, para todas las personas menores de edad, la Ley 12/2001 de la Infancia y Adolescencia de Aragón en su artículo 66.8 declara: "Al menos durante el año siguiente a la salida de los menores de un Centro de protección, se efectuará un seguimiento de aquéllos al objeto de comprobar que su integración socio-laboral sea correcta, aplicando los apoyos técnicos o económicos necesarios. Para ello se recabará la intervención de los servicios sociales comarcales, así como, en su caso, de otros organismos e instituciones de carácter público o privado".

- En Aragón, estos apoyos se gestionan principalmente a través del P.E.P. (Programa de Emancipación Personal), concediéndose, según las necesidades de los jóvenes distintos tipos de apoyos: personal, económico, residencial o formativo-laboral. Dada la actual coyuntura socioeconómica, resulta lógico pensar que la gran mayoría de ex-tutelados va a precisar cualquiera de estos apoyos, no obstante lo cual la Administración incumple dicha garantía. - Es más: los actos administrativos por los cuales se concede o no la inclusión en el programa parecen presentar, al menos, una serie de preocupantes irregularidades: la propuesta de inclusión o no inclusión en el PEP, cuya realización viene encomendada al coordinador del caso en la "Guía de Actuación Profesional para los Servicios de Protección de Aragón", no es notificada al menor, y debiera serlo dada su naturaleza de acto administrativo.

- En caso de que el coordinador eleve la propuesta, tanto la Dirección Provincial como los Servicios Centrales proceden a tramitarla hasta su resolución final, resolución estimatoria (en todo o en parte) o desestimatoria que tampoco es notificada al menor, principal interesado en el proceso, tal y como debería seguir cualquier procedimiento administrativo según la Ley 30/92 de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. No se respeta, por lo tanto, el derecho del menor a ser oído "en todo procedimiento en el que estén directamente implicados y que conduzca a una decisión que les afecte en la esfera personal, familiar o social" (Art. 9.1 L.O. 1/1996 de protección Jurídica del Menor y Art. 13.1 de la Ley 12/2001 de Infancia y Adolescencia en Aragón).

- No sólo encontramos un incumplimiento directo de la Ley por parte de la Administración, sino que también, y atendiendo a los artículos 62 y 63 de la Ley 30/92, entendemos que los actos administrativos por los cuales se viene denegando el acceso al PEP de numerosos jóvenes podrían ser considerados nulos de pleno derecho por haber sido dictados al margen del procedimiento legalmente establecido –o, en todo caso, anulables por dar lugar a la indefensión de los interesados.

- No podemos pasar por alto la comparecencia del Director Gerente del Instituto Aragonés de Servicios Sociales, Juan Carlos Castro, ante la Comisión de Asuntos Sociales de las Cortes de Aragón, pues dicho responsable institucional declaró a este respecto lo siguiente: "… Otra de las cuestiones que han estado saliendo reiteradamente es que daría la impresión de que a aquellos menores, cuando cumplen los 18 años o están a punto de cumplirlos, los abandonamos. Pues no. Tajantemente, no. Yo no sé de dónde sale esa idea, pero precisamente uno de los objetivos del Servicio de Infancia y Adolescencia del instituto Aragonés de Servicios Sociales es que no se les puede dejar de la mano de Dios…" Señalamos a este respecto que dicha "idea" no es sino un hecho denunciado por trabajadores que del propio sistema de protección y que, de hecho, mucho más que tratarse de un mero objetivo del IASS, dicho seguimiento y apoyo constituye un imperativo legal. Queremos hacer expreso nuestro reconocimiento y solidaridad a aquellos/as educadores/as cuyo compromiso les ha llevado a implicarse en un trabajo de apoyo a algunas de las personas menores de edad que han sufrido esta lamentable situación de desprotección, indefensión y vulneración de derechos.

A continuación relatamos tres de los casos conocidos omitiendo cualquier dato relativo a la identidad de las personas afectadas.

 

PRIMER CASO :Tras tres años bajo tutela de la Administración y de permanencia en un centro de protección de menores, al menor no se le renueva el permiso de residencia al llegar a la mayoría de edad porque no accede al PEP (Programa de Emancipación Personal). El menor tenía su PEP aprobado y concedido, pero una semana antes de cumplir la mayoría de edad es informado, directamente por el Subdirector Provincial, que lo ha perdido por haber tenido abierto un expediente en la Fiscalía de Menores durante su estancia en el centro. Hay que decir que la medida impuesta, motivada por unos hechos sucedidos en verano de 2007, había sido completamente cumplida por el menor mucho tiempo antes de que se tomase la decisión de expulsarlo del PEP. Cuatro meses después de la salida del recurso, ya mayor de edad pero en situación irregular por causas en absoluto imputables a su responsabilidad, el menor es identificado por la policía y detenido por carecer de documentación en regla, iniciándose un procedimiento preferente de expulsión que actualmente se encuentra en trámite.

Debe señalarse también que en este procedimiento abierto se consideran como antecedentes penales los hechos registrados cuando era menor, utilización que excede lo previsto en la DISPOSICIÓN ADICIONAL TERCERA de la LO 5/2000 de RPM (los datos del Registro de sentencias firmes dictadas en aplicación de la presente Ley sólo por los Jueces de Menores y por el Ministerio Fiscal a efectos de lo establecido en los artículos 6, 30 y 47 de esta Ley, teniendo en cuenta lo dispuesto en la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, y sus disposiciones complementarias).

 

SEGUNDO CASO: Tutelado durante más de un año por la administración, el menor cumple la mayoría de edad sin que se inicie el trámite de solicitud de la documentación a que tiene derecho. Aún sin tener ninguna medida de reforma en su expediente (hecho que, insistimos, en modo alguno constituye un argumento válido para denegar al menor los "papeles"), el menor recibe permanentes reproches por su comportamiento en el centro de parte de su coordinadora de caso, del director del propio centro y de la coordinadora del mismo, tanto para no iniciar los trámites de la documentación como para negarle el acceso a ninguno de los apoyos del PEP. El menor acaba saliendo del centro de protección sin ningún tipo de documentación. En consecuencia, su situación en el momento de alcanzar los 18 años es de una persona extranjera en situación administrativa irregular. Antes de cumplir 18 años, el menor había sido informado de su derecho a obtener la documentación por llevar más de 9 meses tutelado, por lo que comunicó a uno de los educadores del centro su intención de presentar denuncia a la Fiscalía de Menores. Precisamente en el momento en que su coordinadora de caso conoce esa información, plantea la situación a la comisión del Servicio de Menores correspondiente para iniciar el trámite de la documentación de manera urgente. Dicha tramitación de urgencia es denegada por el Servicio de Menores del IASS porque la noche anterior acababa de protagonizar un incidente –que ni siquiera había originado expediente de reforma.


Al día siguiente de cumplir la mayoría de edad, el menor es identificado por la Policía Nacional y detenido por carecer de documentación. Se le inicia trámite preferente de expulsión y, tras ser recurrida con asistencia letrada, la sanción de expulsión se sustituye por una multa de 600€.

TERCER CASO: Nacido en Marruecos, ingresa en un centro de menores de la CCAA de Aragón en el año 2006. La DGA asume su tutela el 11 de Septiembre de ese mismo año y el menor es trasladado a otro centro residencial de la CCAA de Aragón a los pocos meses de su ingreso en el centro anterior. Durante ese tiempo, bajo la tutela de la DGA, obtiene el NIE tramitado por la propia Administración, tal como obliga la Ley de Extranjería en materia de menores no acompañados (Artículo 35. Residencia de menores: Se considera regular a todos los efectos la residencia de los menores que sean tutelados por una Administración pública. A instancia del organismo que ejerza la tutela y una vez que haya quedado acreditada la imposibilidad de retorno con su familia o al país de origen, se le otorgará un permiso de residencia, cuyos efectos se retrotraerán al momento en que el menor hubiere sido puesto a disposición de los servicios de protección de menores). El NIE del menor caducaba el 1 de Septiembre de 2008. Siendo todavía menor y encontrándose tutelado por la DGA, la Administración cesa en sus obligaciones para con el menor y no le renueva el NIE (La Ley de Extranjería establece que las Administraciones deben comenzar los trámites de los permisos de residencia 2 meses antes de su caducidad). El menor deja de estar tutelado por la propia Administración un día después de cumplir su mayoría de edad (2 de Septiembre de 2008). Como consecuencia, el menor es identificado por la policía nacional en 2 ocasiones y, al no encontrarse con sus papeles regularizados, obtiene una orden de expulsión que está siendo actualmente recurrida. El Subdirector Provincial a la Infancia y Tutela del IASS en Zaragoza informó por escrito que "el menor (…), nacido el 01.09.1991, estuvo tutelado por esta Entidad Pública desde el 11 de Septiembre de 2006 hasta el 2 de Septiembre de 2008", confirmando así que todavía estaba tutelado por la Administración Pública en la fecha de la debida renovación de su NIE.

 

ASAPA –Grupo de Menores Zaragoza, diciembre de 2009
http://blog.sindominio.net/blog/asapa

miércoles, diciembre 23

El Defensor del Pueblo Andaluz presidió una de las empresas gestoras de centros de menores que ahora defiende

http://www.porandalucialibre.es/actualidad/actualidad_general/el_defensor_del_pueblo_andaluz_impulso_la_ong_acusada_por_ai_de_consentir_malos_tratos_a_menores.html


El Defensor del Pueblo Andaluz impulsó la ONG acusada por AI de consentir malos tratos a menores

Escrito por Por Andalucía LIbre   
lunes, 21 de diciembre de 2009

José Chamnizo, en el centro,  con los responsables de Márgenes y VínculosAministía Internacional publicó hace unos días un extenso informe sobre los centros de menores en tres CC.AA españolas, entre ellas, Andalucía. En ese informe aparecían reflejados una serie de casos de malos tratos a menores, alguno de ellos en el centro de menores de Benalup de Sidonia(Cádiz), gestionado por la ONG denominada Fundación Márgenes y Vínculos, con la colaboración de la Delegación de Igualdad y Bienestar Social de la Junta de Andalucía. El Defensor del Pueblo reaccionó Andaluz ante la denuncia de Aministsía denunciando a su vez  que su informe está lleno de exageraciones e inexactitudes. Ahora se sabe que esa Fundación que dirige el Centro fue impulsada por el Defensor del Pueblo Andaluz, José Chamizo, y está dirigida por uno de sus amigos.

Lo que dijo Aministía Internacional

Amnistía Internacional (AI) ha realizado un informe elaborado con entrevistas a más de 59 personas, niños entre ellos,  de Cataluña, Marid y Andalucía que sufrieron supuestamente desde vejaciones a castigos físicos y medicaciones forzosas en este tipo de residencias. Sin embargo, Aministía Internacional denuncia además la imposibilidad de investigar a fondo y extensamente a causa de los obstáculos interpuestos por la Junta y concluye que los centros de menores andaluces, junto a los madrileños y los catalanes, dejan mucho que desear y se hunden en prácticas incluso de torturas. Lea íntegramente el informe de Aministía Internacional.

La investigación llevada a cabo por la organización en torno a los llamados centros de protección terapéuticos en las comunidades autónomas de Andalucía, Cataluña y Madrid, constata que España debe mejorar radicalmente la protección de los menores que se encuentran en estos centros terapéuticos y cumplir así sus obligaciones internacionales en materia de derechos humanos. Amnistía Internacional ha observado que el sistema de protección de menores dispuesto en España no respeta, en muchas ocasiones, las obligaciones y principios de la Convención sobre los Derechos del Niño, en particular el interés superior del menor, ni su derecho a ser escuchado, y a no ser discriminado. Esto sucede a pesar de que la propia legislación española consagra estos y todos los demás principios de la Convención en torno a la protección de los derechos de los niños y niñas.

Amnistía destaca además que "resulta además sorprendente que, según se recoge en el informe del Defensor del Pueblo , en la mayoría de los casos se eluda en la práctica a la necesaria intervención judicial para el internamiento no voluntario de los menores exigida tanto en el Código Civil como por la Ley de Enjuiciamiento Civil.

Amnistía Internacional ha podido constatar que el internamiento en estos centros de protección terapéuticos puede conducir, en algunos casos, a una serie de abusos y violaciones de los derechos de los menores absolutamente incompatibles con los tratados internacionales de protección de los derechos humanos. Lo más preocupante es que en muchos casos estos abusos quedan invisibilizados e impunes. Esta situación no hace más que reforzar el ciclo de exclusión, discriminación y violencia en que se encuentran estos menores.

Amnistía denuncia que hay regímenes disciplinarios que son incompatibles con los estándares internacionales para la protección de los menores privados de libertad, recogidos en la Convención sobre los Derechos del Niño y la Convención Contra la Tortura y otras formas de Castigo y Penas Crueles, Inhumanas o Degradantes. Estas prácticas incluyen casos de menores sometidos a castigos corporales, aislamiento forzado, contenciones físicas abusivas e, incluso, contenciones farmacológicas. A este respecto, cabe destacar que durante el 2009 el Comité contra la Tortura se dirigió al Estado español en dos ocasiones preguntando sobre las medidas adoptadas a raíz de las denuncias recogidas en el informe del Defensor y reiterando la preocupación sobre las alegaciones de aislamiento y administración de fármacos de forma contraria a los artículos 11 y 12 de la Convención. 

Amnistía Internacional advierte con preocupación la poca atención brindada a la posibilidad de que los menores tengan acceso a un recurso judicial efectivo y a reparaciones justas y  oportunas en caso de que sean vulnerados. El Estado español y sus instituciones deben  observar sus deberes en materia de derechos humanos, desarrollar y cumplir aquello que está obligado a hacer (obligaciones de hacer o intervenir), así como garantizar que ni sus agentes y funcionarios ni agentes no estatales o particulares incurren en abusos y prácticas prohibidas por el derecho internacional.

El caso concreto del centro de menores de Benalup de Sidonia.  La negación del derecho a un abogado.

Menor de 15 años internado en el centro de Benalup en Cádiz.

El menor fue ingresado en el centro de protección terapéutico de Benalup en Cádiz  en 2008 cuando tenía 15 años para ser tratado de supuestos problemas de  conducta. Su ingresó se realizó sobre la base del siguiente diagnóstico: "rabietas  ante frustraciones, en estas ocasiones chilla, tira objetos y amenaza con matarse,  todo ello con gran intensidad emocional".

Por falta de camas, contó a Amnistía Internacional, que los primeros 15 días durmió en una celda de aislamiento de dos metros por un metro, allí también recibía la
comida. "El día del ingreso me realizaron un registro que incluía, un registro anal por parte de un educador, nunca antes me habían hecho eso. En el centro los botes de
medicamentos se apilaban en la cocina y algunas veces te los echaban directamente a la comida. En ocasiones, después de beberme el cola cao, no podía ni levantarme de la silla".

A los tres meses de su ingreso, el menor huyó, era el día de Navidad. Escribió una carta con comentarios suicidas a su madre en la que señalaba "si vuelvo, ¡me mato!"
donde relataba haber sido sometido a aislamiento, constantes humillaciones, abusos y vejaciones. Esteban (nombre ficticio), el padre, no pudo visitar a su hijo en el centro durante estos meses y le denegaron información sobre su estado y evolución. Sólo la madre, de quien estaba separado, podía realizar las visitas. El abogado del padre afirma que no ha conseguido información de la administración sobre el reglamento de los centros durante todo el proceso judicial iniciado, que tampoco pudo visitar al menor en el centro, ni mantener una correspondencia privada con él. Actualmente, el menor vive con su padre, está sano, escolarizado de nuevo y no toma medicación.

Este hecho fue puesto en conocimiento de la Consejería de Bienestar e Igualdad Social de la Junta de Andalucía mediante diversos escritos del abogado del padre del menor. En la única visita permitida a Amnistía Internacional por la Administración andaluza el director de la fundación y el equipo técnico (médico, psicóloga y directora) negaron la imposición de castigos y el uso de celdas de aislamiento. Durante la visita, en la que los investigadores de la organización fueron acompañados por funcionarios y distaron mucho de ser independientes, se comprobó que algunas de las habitaciones estaban bajo llave y no fueron mostradas, aduciendo que no tenían las llaves disponibles. Sin embargo, los testimonios de dos menores tomados por Amnistía Internacional ese mismo día en el centro, y durante las entrevistas realizadas a menores y familiares que pasaron por el centro durante el año 2008, se corroboró la existencia de celdas de castigo y aislamiento y la aplicación rutinaria de esta técnica.

En la reunión mantenida entre Amnistía Internacional y el Defensor del Pueblo de Andalucía se le indicó a la organización que, en abril del año 2005, éste último visitó este centro como parte del seguimiento a una queja presentada por una menor sobre los castigos y la utilización de la celda de aislamiento. El Defensor formuló varias
recomendaciones a la Dirección General de Infancia y Familia de la Junta de Andalucía para la eliminación de las celdas de aislamiento del centro. Las recomendaciones fueron aceptadas por esa instancia en su integridad. Sin embargo, cuatro años después, según los testimonios recogidos por Amnistía Internacional, las recomendaciones realizadas por el Defensor del Menor de Andalucía continúan sin cumplirse.

La Fundación Márgenes y Vínculos que dirige el Centro de Benalup fue impulsada por José Chamizo,

La Fundación Márgenes y Vínculos surgió como fusión a finales de los noventa de la Fundación Márgenes y la Asociación Andaluza para la Acogida de Menores "Vínculos". Ambas tienen sus orígenes geográficos en la comarca del Campo de Gibraltar, Cádiz. Sus comienzos se remontan a las iniciativas sociales emprendidas en dicha comarca para la realización de proyectos de protección infantil que evitarán la institucionalización de los menores sujetos a este tipo de medidas.

En 1993, José Chamizo de la Rubia, Defensor del Pueblo Andaluz, funda y preside en Los Barrios (Cádiz) la Asociación Andaluza para la Acogida de Menores "Vínculos". Dicha Asociación tenía como objetivo potenciar la figura del acogimiento familiar, así como realizar y ejecutar programas y proyectos relacionados con la atención a la infancia y la adolescencia en beneficio de su desarrollo integral y de sus derechos.

El 17 Julio de 1996, José Chamizo de la Rubia fue elegido Defensor del Pueblo Andaluz. Este cargo es, según la Ley 9/1983 que regula la institución, incompatible con la "afiliación" a cualquier fundación o asociación. Cuando asume el cargo de Defensor dejó de presidir y pertenecer formalmente a la citada asociación.

El 20 Noviembre de 1996, la Asociación Andaluza para la Acogida de Menores "Vínculos" fue habilitada como Institución Colaboradora de Integración Familiar por la Consejería para la Igualdad y Bienestar Social (entonces Asuntos Sociales) de la Junta de Andalucía. Ello se hizo en base al recién aprobado Decreto 454/1996, de 1 de octubre, sobre habilitación de Instituciones Colaboradoras de Integración Familiar y acreditación de Entidades Colaboradoras de Adopción Internacional.

El 21 Diciembre de 1996, la Consejería de Asuntos Sociales suscribió un convenio con la Asociación "Vínculos" (Asociación Andaluza para la Acogida de Menores), para que ésta colaborara en la ejecución de Programa de Acogimiento Simple. El Convenio de Colaboración sigue aún en vigor habiendo sido actualizado con fecha 1 de abril de 2007.

En julio de 1997 se clasifica como de asistencia social a la Fundación Márgenes, de la localidad de Los Barrios (Cádiz), siendo Vicepresidente Francisco Mena de Mira, amigo personal de José Chamizo de la Rubia, Defensor del Pueblo Andaluz, actual Presidente de la Fundación Márgenes y Vínculos quien, además, esd administrador de la empresa de montajes y reparaciones electrícas SELECTRICA 2006 SL

La reacción de Chamizo ante las críticas de AI, ¿fue neutral y objetiva?

Recuérdese ahora que Chamizo dijo hace unos días: «Creo que hay aspectos del informe, referidos a los maltratos y violaciones, en los que no han sido nada exactos». Chamizo quiso aclarar que los centros denunciados ahora por AI no son los reformatorios para jóvenes delincuentes, sino residencias terapéuticas donde la Junta ingresa a adolescentes que, o bien cuentan con problemas de comportamiento, o bien quedan desamparados por sus padres. En cualquiera de los dos casos, la administración andaluza se hace cargo de la tutela de los jóvenes, haciéndose responsables de su protección.

«Estos centros son visitados por nosotros y por la Fiscalía de Menores con frecuencia, con visitas semanales; y evidentemente nunca hemos detectado casos de violaciones y maltrato con los menores, si no habríamos actuado», explicó Chamizo, quien recordó no obstante que la Oficina del Defensor ha elaborado diversos informes similares a los de Amnistía, en los que también se incluyen críticas a la gestión de este tipo de centros: «Coincidimos con Amnistía en que, [el internamiento de los menores] debe ser un recurso de Salud y no de asuntos sociales». Y es que este tipo de residencias depende de la Consejería de Bienestar Social, y no de Sanidad, a pesar de que en los jóvenes suelen someterse a tratamientos psicológicos y médicos.

Pero el Defensor reconoció ayer que en los centros terapéuticos existen habitaciones «para que los chavales suelten la violencia en un momento dado, están preparada para que no puedan hacerse daño cuando está en crisis». Pero negaba rotundamente que «sean habitaciones de aislamiento», y aclaraba que los menores están en ella «cinco o diez minutos; son perfiles de chavales complicados, que necesitan un tratamiento en régimen interno, que muchas veces son obligados, por lo haber disfunciones, pero nunca llega al maltrato».

La pregunta es si en este caso debería haberse inhibido, dadas sus relaciones con los gestores del Centro de Menores.

martes, diciembre 22

Un centro de menores por dentro

La Generalitat defiende el protocolo de los centros terapéuticos para menores con patologías graves | Atar a adolescentes a sillas es aceptado por Infancia y la Fiscalía en casos violentos | La Generalitat tiene tutelados a 7.400 menores, casi el doble que hace cinco años

JAVIER RICOU | Torrelles de Foix | 17/12/2009

Maria empezó a consumir drogas a los doce años y a los catorce era ya adicta a la heroína. Y para conseguir la droga, no dudó en robar o vender su cuerpo cuando aún era una niña. Laura tiene 14 años y hace dos que perdió a su madre, muerta por una sobredosis. Su vida dio un vuelco - drogas, relaciones sexuales sin control, malos tratos, delincuencia...-hasta que la Generalitat asumió su tutela y la sacó del infierno. Historias como las de estas dos adolescentes (los nombres son supuestos) se repiten en los centros de menores tutelados por la Administración. Ahí se trabaja al límite para reconducir esas vidas arruinadas en edad muy precoz. Una labor que ahora ha sido de nuevo cuestionada en un informe de Amnistía Internacional (AI), con acusaciones de abusos, violaciones, torturas y terapias irregulares.

7.400 tutelados sólo en Catalunya


Actualmente, hay en Catalunya alrededor de 7.400 menores de edad bajo tutela de la dirección general de Atenció a la Infància i l´Adolescència de la Generalitat. De ellos, únicamente unos 2.500 están en centros residenciales, mientras que el resto permanecen con sus padres, con familias extensas o en régimen de acogida.

Los centros de acogida para los niños que acaban de entrar en la tutela de la Generalitat y los centros terapéuticos a los que pueden derivarse una parte de esos menores suelen concentrar los problemas de saturación y supuestos excesos que Amnistía Internacional ha denunciado, como antes hicieron también el Defensor del Pueblo y el Síndic de Greuges.

15 HUIDOS
El informe de la ONG Amnistía Internacional asegura que el centro de acogida Els Castanyers tiene dos celdas de castigo y que sólo el año pasado se escaparon quince menoresMÁS INFORMACIÓN

* Amnistía Internacional denuncia violaciones de derechos humanos en centros de menores
* Las niñas inmigrantes que llegan solas son obligadas a prostituirse
* Girona investiga presuntos malos tratos en un centro de acogida
* El menor que denunció malos tratos en un centro de Girona afirma que le abofeteaban por no acabarse la comida
* Edición Impresa: Informe de escándalo
* Edición Impresa: La Fiscalía no tiene previsto incoar diligencias por el informe de AI
*

Font Fregona, en Torrelles de Foix (Alt Penedès), es uno de los centros señalados por AI en esa denuncia de violaciones de los derechos humanos en menores. Esa comunidad socioterapéutica, que tiene reservadas cuarenta de sus setenta plazas para menores tutelados por la Generalitat, abrió ayer sus puertas a La Vanguardia,sin poner trabas al contacto con esos adolescentes necesitados de atención especial por trastornos de conducta, alteraciones mentales o patologías derivadas del consumo de drogas.

El día a día de Font Fregona -en Catalunya sólo hay otros dos centros de estas características preparados para atender a menores tutelados- nada tiene que ver con la vida de los centros de acogida. Y esas diferencias, indica Xavier Soley, responsable de la dirección general de Atenció a la Infància (Dgaia), "no se han tenido en cuenta en el informe de Amnistía Internacional". Soley lamenta que en ese documento -cuyo contenido niega, hasta el punto de estudiar posibles acciones legales contra la ONG- "se haya mezclado todo".

La Generalitat tiene bajo su tutela a alrededor de 7.400 menores de edad -casi el doble de los que había hace cinco años- y de esos, alrededor de 2.500 están internados en centros. El trabajo de los más de 3.000 educadores dedicados a la atención de menores -la mayoría desamparados por sus familias- nada tiene que ver con el tratamiento que la Dgaia precisa para los casos más complicados en el centenar de plazas reservadas en centros socio-terapéuticos, como el de Font Fregona.

Y es sólo al referirse a este tipo de instalaciones cuando se admite sin reparos el uso de medidas de contención ante conductas violentas. "Eso incluye atar a los menores a sillas adaptadas para ese cometido con el fin de evitar daños a terceras personas o autolesiones", reconoce Fina Moreno, fundadora de este centro de la comarca barcelonesa del Alt Penedès. Cuando se adopta esa medida siempre tiene que haber -tal como marca el protocolo del que son conocedores tanto la Generalitat como la Fiscalía de Menores- varias personas junto al menor.

Toda medida de contención, se asegura desde este centro y se corrobora desde la Administración catalana, debe de ser autorizada, queda anotada y es comunicada. Está prohibido aplicar este método como corrección educativa y tras una contención siempre se realiza un examen médico para garantizar que el menor no ha sufrido lesiones.

Xavier Soley y Fina Moreno coinciden al afirmar que en los últimos años se ha detectado un incremento de ingresos de menores aquejados por graves patologías mentales. Son los que llegan a los centros terapéuticos y el 99% de esos adolescentes tienen problemas con las drogas. Son tratamientos en los que se precisa suministrar fármacos, lo que tampoco nadie niega. El régimen que impera en centros como el de Font Fregona es duro.

La disciplina se considera una clave del éxito y, como dice Maria, "aquí o bien haces las cosas por las buenas o las acabas haciendo de todas maneras". Esta adolescente no esconde que al principio se sorprendió por algunos "castigos" como el de obligar a un menor a comer en plato de plástico -en vez del de cerámica- y de reducirle la ración de comida por mal comportamiento. "Esta medida sólo pretende que esa conducta incorrecta sea visible por el resto", afirma Martí Riera, fundador del centro. "Y al final lo acabas entendiendo", corrobora Maria, que se muestra agradecida por el nuevo rumbo de su vida.
http://www.lavanguardia.es/ciudadanos/noticias/20091217/53846696358/un-centro-de-menores-por-dentro-generalitat-amnistia-internacional-alt-penedes-maria-ai-la-vanguardi.html

lunes, diciembre 21

Centro de Mirafloes: Aquí tambien se aisla a menores durante dias


Advierten también de irregularidades en los permisos de residencia de los extranjeros

El centro terapéutico de menores de Miraflores, en Noreña.
El centro terapéutico de menores de Miraflores, en Noreña.  

LNE Oviedo, Elena FDEZ.-PELLO

SOS Racismo y el colectivo Social y Justicia aseguran que en Asturias se producen situaciones similares a las denunciadas por Amnistía Internacional en su informe sobre centros terapéuticos para menores. La representante legal de ambas organizaciones, Ana Taboada, se refiere al centro de Miraflores, en Noreña, y a la reclusión de menores con problemas de conducta -comúnmente, dificultades para acatar la autoridad, agresividad o consumo de drogas- en salas de contención, donde permanecen aislados durante horas e incluso, según Taboada, días. En Asturias no es una medida generalizada, señala, pero «sí se ha hecho con algún menor».

«La Ley del Menor de Asturias lo permite», indica la abogada, que apela a instituciones que, como el Defensor del Pueblo, han advertido que el aislamiento de menores requiere una resolución judicial.

Fuentes de la Consejería de Bienestar Social indicaron que el ingreso en centros terapéuticos es una decisión que toma la Consejería «cuando existe una situación de riesgo para el menor o para las personas que les rodean» y de la que se informa a la Fiscalía de Menores. Taboada insiste en que eso no es suficiente.

SOS Racismo y el colectivo Social y Justicia también denuncian irregularidades en la tramitación de los permisos de residencia de los menores extranjeros no acompañados. Ana Taboada habla de permisos expedidos por periodos inferiores al año, la estancia mínima por ley, que expiran cuando el titular alcanza la mayoría de edad. Cuando eso ocurre el muchacho se queda en la calle y sin papeles y se expone a ser repatriado. Taboada comenta que esta misma semana ha llegado a su despacho el caso de un menor con un permiso de residencia por siete días. Aún reconociendo que esas situaciones no son tan frecuentes como años atrás, asegura que siguen produciéndose.

La Consejería justifica las demoras en la obtención de los permisos de residencia con las dificultades para la identificación de los menores, que llegan sin documentación o con papeles falsos. Por otra parte, desde Bienestar Social se señala que, en Asturias, los chavales no se quedan en la calle al cumplir 18 años sino que permanecen varios meses en programas de preparación para la vida independiente.

El coordinador del programa «Darna», dirigido a menores marroquíes, Vicente Fernández «Viti», intervino ayer en las Jornadas de Infancia y Adolescencia en Riesgo Social que, organizadas por la Asociación «Trama», se celebran desde ayer en Oviedo. Este profesional de «Trama», al frente de un piso en el que actualmente conviven cuatro muchachos, presume que la crisis económica mermará la afluencia de menores inmigrantes.

Algunos, comenta, se plantean regresar a Marruecos en vista de las escasas expectativas laborales que encuentran en España. Fernández no descarta que muchos chavales lleguen a Asturias dirigidos desde otras comunidades. Aunque afirma que «es indemostrable», considera sospechoso que algunos menores extranjeros recalen en Asturias en autobús y acudan a la Policía preguntando directamente por recursos como el centro de primera acogida del parque de Invierno de Oviedo. 

http://www.lne.es/sociedad-cultura/2009/12/17/menores-internos-asturias-sufren-abusos-denuncia-amnistia-colectivos-humanitarios/849076.html

jueves, diciembre 17

La Fiscalía de Bacelona no tiene previsto incoar diligencias por el informe de AI


La Fiscalía no tiene previsto incoar diligencias por el informe de AI
J. RICOU - Torrelles de Foix  - 17/12/2009

La Fiscalía de Menores no tiene intención, por el momento, de incoar ni siquiera unas diligencias informativas por las acusaciones recogidas en el informe de Amnistía Internacional, tal como apuntó ayer a La Vanguardia Juan José Márquez, fiscal delegado de Menores de Barcelona. De hecho, algunos de los casos denunciados en este documento ya fueron investigados en su día por la Fiscalía y archivados por falta de pruebas. Juan José Márquez recalca, no obstante, que "hay que trabajar para conseguir un mayor control judicial en los centros de menores y también para la elaboración de un reglamento interno mucho más detallado y amplio". La Fiscalía ha incrementado en el último año las inspecciones por sorpresa a centros de menores y en el caso del de Font Fregona se han hecho varias en los últimos meses, "sin que se detectara ninguna irregularidad", revela Márquez. Sobre el uso de medidas de contención - como la de atar a una silla a un menor tras un brote violento-,el fiscal no se muestra tan preocupado por el método - que comparte en episodios graves-como por quién decide cuándo hay que aplicarlo. ...

 
http://www.lavanguardia.es/free/edicionimpresa/res/20091217/53847234988.html?urlback=http://www.lavanguardia.es/premium/edicionimpresa/20091217/53847234988.html

Colectivos denuncian que se ha negado la tutela a 30 menores extranjeros en Álava

16.12.09 - 02:46 -

Varias ONG y asociaciones de apoyo a inmigrantes criticaron ayer la «nefasta gestión de la Diputación» respecto a la «situación de riesgo» que viven varios menores extranjeros no acompañados en Vitoria. Los colectivos, a los que se sumaron algunos ex educadores del centro de acogida Zabaltzen, denunciaron que «se han denegado las órdenes forales de tutela a 30 de estos jóvenes de forma arbitraria», un requisito indispensable para obtener la autorización de residencia. «Esto supone el incumplimiento de la Ley Vasca del Menor, y en consecuencia de la Ley de Extranjería», destacaron.
La protesta está lanzada desde el sindicato ESK, SOS Racismo, Txiroekin, Salhaketa, Harresiak Apurtuz, el grupo de inmigración del Hikaateneo, la federación KIRA, la coordinadora de sacerdotes y la Red Zuzen por la Igualdad de Derechos, además de algunos ex monitores del centro Zabaltzen, que han seguido «desde cerca» esta problemática.
Las asociaciones explicaron mediante la lectura de un comunicado que esta práctica afecta cada vez a más menores que llevan más de 9, 10 y hasta 12 meses de acogida en diferentes centros y pisos sin certificación que acredite su tutela. La Ley Vasca del menor establece un plazo de tres meses o seis como máximo en situaciones excepcionales, haciendo «imposible su integración en la sociedad y condenándolos a la clandestinidad cuando cumplen la mayoría de edad».
«Conocemos casos de menores que viven en la calle en situaciones de riesgo y se han producido huidas de los centros donde están acogidos por falta de respeto a su dignidad, su identidad cultural o el derecho a ser oídos», agregaron desde los grupos denunciantes. «También nos han informado que el Instituto Foral del Bienestar Social se ha negado a acoger menores en los centros de urgencia a pesar de haber espacio», declararon sus portavoces. Por estos motivos, los colectivos instaron a la Diputación «a extender de forma inmediata las certificaciones de tutela» para que estos jóvenes puedan obtener el permiso de residencia y quedarse a trabajar. «Pedimos que se cumpla Ley», puntualizaron.
«Xenofobia»
Del mismo modo, los firmantes del comunicado criticaron las declaraciones de algunos políticos sobre este tema porque «generan xenofobia y relacionan al colectivo de menores extranjeros con la delincuencia o como personas que están consumiendo ilegítimamente recursos de la sociedad alavesa».
Al hilo de esta polémica, Fede García, representante de SOS Racismo, criticó la propuesta del PNV de demandar cupos para que cada comunidad autónoma acoja un número limitado de menores extranjero

http://www.elcorreodigital.com/vizcaya/prensa/20091216/alava/colectivos-denuncian-negado-tutela-20091216.html

Fundació Pere Tarrés - Menors Migrants No Acompanyats



http://www.youtube.com/watch?v=sYoJ4twsKU8

Jornada de Reflesión


Si no veieu aquest mail correctament feu clic aquí o copieu aquesta adreça
(http://www.peretarres.org/mails/fpt/menors_migrans/index.html) en el vostre navegador. Gràcies

Jornmada de reflexio http://www.peretarres.url.edu
 
Dia
dimecres 16 desembre
Horari
de 9 a 14 hores
Lloc
Aula Magna de
les Escoles Universitàries de Treball Social i Educació Social de la Fundació Pere Tarrés, Universitat Ramon Llull
(c. Santaló, 37
08021 Barcelona)
Jornada Gratuïta

Inscripcions

Programa

Per més informació:
Ariadna Alonso / Montse Sòria
Tel. 93 415 25 51

Cada vegada són més diversos els infants i adolescents immigrants que arriben a Catalunya sense comptar amb la companyia i el suport de cap persona adulta. Quants són? De quina nacionalitat són? Hi ha noies? Comparteixen els mateixos projectes migratoris? I un cop arriben, quina és la seva situació a Catalunya?

Per respondre a aquests interrogants, el grup de recerca d'Infància i Família en Ambients Multiculturals (IFAM) de la Fundació Pere Tarrés de la Universitat Ramon Llull està investigant des de l'any 2006 sobre l'estat actual i les noves tendències del fenomen del Menors Migrants No Acompanyats (MMNA) a l'Estat Espanyol. En el marc dels actes per commemorar el Dia Internacional del Migrant, el proper 16 de desembre la Fundació Pere Tarrés organitza una jornada on donarà a conèixer els resultats d'aquest estudi.

Cal inscripció prèvia



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  projectes socials  

De conformitat amb la LOPD , posem en el seu coneixement que les seves dades es troben registrades en un fitxer amb dades de caràcter personal, amb la finalitat de tenir-los informats de les nostres activitats, el responsable de les quals és la Fundació Pere Tarrés.
Igualment, els informem de la possibilitat d'exercitar els drets d'accés, rectificació, cancel·lació i oposició, envers aquestes dades, clicant aquí


miércoles, diciembre 16

Prosiguen los aislamientos de menores no condenados

MENORES | UN AÑO DESPUÉS DEL SUICIDIO DE UN JOVEN EN UN CENTRO TERAPÉUTICO

Prosiguen los aislamientos de menores no condenados

El Comité contra la Tortura de la ONU ha exigido información al Gobierno español por las críticas al sistema de protección de menores vertidas por el Defensor del Pueblo en febrero de este año.

Pablo Elorduy, Redacción
Miércoles 16 de diciembre de 2009.  Número 115
JPG - 60.3 KB
CRÍTICAS. Los reglamentos internos son corrientes, pero no se facilitan a los menores.

El 2 de diciembre se cumplió un año del suicidio del adolescente Hamid A. cuando se encontraba aislado en su habitación del centro Picón del Jarama. Ese día, un centenar de personas, convocadas por la Asamblea de Centros Cerrados, se concentraron en la sede del Instituto Madrileño del Menor y la Familia (IMMF) para denunciar las responsabilidades de Juan C. Rodríguez Crespillo (director del centro), María Victoria Ruiz Pérez (directora del Área de Coordinación de Centros) y Paloma Martín Martín (gerente del IMMF) en el caso. El suicido de Hamid fue el triste colofón de las denuncias que desde hace años realizan los afectados, sus familias y diversos grupos de apoyo en todo el Estado contra el actual modelo de protección de menores.

El sesgo punitivo de la atención a menores tutelados fue la base para que la oficina del Defensor del Pueblo decidiera investigar lo que sucedía en centros como el de La Jarosa, que cerró un día después de la visita de esta oficina, o el de Picón del Jarama. Su informe, presentado en febrero, ha servido, como declaró Juan Ignacio Ruiz Huerta de la oficina del Defensor del Pueblo durante el seminario Delito y prisión, "para que se moderen en algunos casos las prácticas de aislamiento" y ha empujado a la comunidad de Castilla-La Mancha a cerrar "dos de los peores centros", el de Casa Joven (Azuqueca de Henares) y el de Villaconejos de Trabaque.

No obstante, la impresión de Ruiz Huerta "es que la mayoría de las respuestas han quedado en fuegos artificiales".

Las mismas prácticas

En noviembre, el Comité contra la Tortura de la ONU expresaba su preocupación por la falta de información sobre las medidas adoptadas para responder a las "serias preocupaciones expresadas por el Defensor del Pueblo", en particular a la práctica de aislamiento, así como de la administración de fármacos "que se realizaría sin adecuadas garantías", según dicho Comité. El Gobierno no ha respondido o "se ha ido por los cerros de Úbeda" en este tema, expuso Ruiz Huerta.

Mientras las cosas de palacio siguen su ritmo, a la espera de una reunión entre las consejerías autonómicas, que debería servir para mejorar las condiciones de vida de los niños y niñas que están en centros terapéuticos y de reforma, la realidad es que se siguen produciendo las prácticas que criticaba el citado informe. El Colectivo Social y Justicia de Asturias ha denunciado al Defensor del Pueblo la situación de algunos menores en el centro de Miraflores. Como el Picón del Jarama, éste es un centro al que van niños y adolescentes entre 12 y 18 años que no han sido condenados por ningún delito, pero a diferencia del centro madrileño, Miraflores está gestionado por la Consejería de Vivienda y Bienestar Social y no por una empresa intermediaria como Fundación O'Belén o Grupo Norte.

Las denuncias contra este centro vienen porque Miraflores funciona con dos regímenes, uno general y otro especial, en el que los niños pueden estar privados de libertad y en un módulo, separados de sus compañeros 24 horas y hasta siete días sin pisar la calle. En febrero, el Defensor del Pueblo subrayó, en referencia al decreto 48/2003, que el marco legislativo "particular" de Asturias es el que permite que la Consejería de Vivienda y Bienestar Social del Principado tramite de urgencia y sin autorización judicial el ingreso de los menores en las llamadas "unidades de régimen especial". Desde el Colectivo Social y Justicia explican que hay otro centro de estas características, pero sólo hay pruebas en el de Miraflores, un centro que a menudo está vacío porque constantemente se producen fugas.

Amnistía Internacional se suma a las denuncias

El 15 de diciembre Amnistía Internacional hizo público un informe en el que denuncia la situación de los menores en centros terapéuticos. Aquí puedes leer el informe completo.re


http://www.diagonalperiodico.net/Prosiguen-los-aislamientos-de.html

SI VUELVO ME MATO Informe España Menores en centros de protección terapéuticos

grado 1 SI VUELVO ME MATO. ESPAÑA MENORES EN CENTROS DE PROTECCIÓN TERAPÉUTICOS / 20091215 / Amnistía Internacional Sección española / ESPAÑA / Menores · Legislación · Abuso psiquiátrico · Tortura y malos tratos · Investigación de abusos / Con este trabajo se pretende que el Estado español responda y cumpla con sus obligaciones internacionales y salvaguar de los derechos humanos de los menores. Para ello, la organización ha examinado la protección institucional proporcionada y sus carencias a la luz de los estándares internacionales, y ha incluido casos que le preocupan en materia de derechos humanos. Los casos que fueron puestos en conocimiento de Amnistía Internacional por parte de menores, familiares, abogados, educadores y otros profesionales incluyen castigos físicos, aislamiento, suministro abusivo de medicación, ausencia de servicios adecuados para el cuidado de su salud y otras conductas y omisiones que, en algunos casos, tuvieron como desenlace el suicidio de alguno de los menores. / EUR4110109 / EUR4110109-21965 / Documentación      Descargar el documento electrónico 

lunes, diciembre 14

Desde el año 2003 CEAR Menores Extranjeros no Acompañados.

El servicio que se le proporciona es de Asesoría, apoyando al menor en su proceso de intervención socio jurídica en España. Es importante mantener un seguimiento del proceso socio jurídico del joven, adolescente en la ciudad donde va a iniciar su desarrollo social y evolutivo como persona para que esté garantizado el respeto de sus derechso fundamentales.

El Equipo asesora sobre específicamente sobre:

- Extranjería y Asilo

Declaración de Buenas Practicas ACNUR
CHILD TRAFFIKING IN ASIA. UNICEF.2009
DIRECTRICES ACNUR SOBRE DETERMINACIÓN DEL INTERÉS SUPERIOR DEL MENOR. 2008
INFORME AMNISTIA INTERNACIONAL SOBRE DERECHOS DE LOS EXTRANJEROS VULNERADOS
INFORME SOBRE PROTECCIÓN Y REFORMA. ASAPA.2008
EL PAPEL DEL ACNUR EN EL PROCEDIMIENTO DE ASILO ESPAÑOL
INFORME HUMAN RIGTH WATCH. RESPONSABILIDADES NO BIENVENIDAS EN ESPAÑA.2007
INFORME RETORNOS SIN GARANTÍAS. HRW 2008
INFORME SOBRE LA ORIENTACIÓN SEXUAL Y LA IDENTIDAD DE GÉNERO EN EL MUNDO. HRW.2009
INFORME TRÁFICO DE NIÑOS EN AFRICA.
CODIGO DE FAMILIA MARROQUI. ALMUDAWANA
CONCLUSIONES Y PROPUESTAS. NI ILEGALES NI INVISIBLES. REALIDAD JURÍDICA Y SOCIAL DE LOS MENORES EXTRANJEROS EN ESPAÑA
NIÑOS PELIGROSOS O NIÑOS EN PELIGRO?. APDHA. 2002
MENORES EN LAS FRONTERAS. DE LOS RETORNOS EFECTUADOS SIN GARANTIAS A MENORES MARROQUIES Y DE LOS MALOS TRATOS. SOS RACISMO Y A. ALKHAIMA.
NI ILEGALES NI INVISIBLES. UNICEF, CGAE. 2009

http://www.fundacioncear.org/menores/detalle.php

sábado, diciembre 12

Informe Centros Terapéuticos y Menores Amnistía Internacional

Hola a todos,
Queremos invitaros a  la presentación del informe: "Si vuelvo, ¡me mato!.
Menores en centros de protección terapéuticos de Amnistía Internacional.
Adjunto la convocatoria para la rueda de prensa. Se presentara el martes día 15, a las 11.30 simultáneamente en:

1. Barcelona en: Sala de Actos del  Colegio de Periodistas de Catalunya,
Rambla Catalunya n.10 pral.
2. Madrid en: Sede de Amnistía Internacional. C/ Fernando VI, 8, 1º izda.
Madrid
3. Sevilla en: Sede de Amnistía Internacional C/ Federico Sánchez Bedoya, 20
- 1º izquierda

El informe, comunicado de prensa y  documental con entrevistas a alguno de vosotros,  se colgara de la web de Amnistia (www.es.amnesty.org) el mismo día 15, junto con un carta dirigida al Presidente del gobierno, en forma de ciberacción, que podréis firmar on line exigiendo la protección de los y las menores.

Elena  Estrada
Amnistía Internacional
eestrada@es.amnesty.org
661 338 791
www.es.amnesty.org

Muchas gracias a todos

11 de diciembre de 2009

RUEDA DE PRENSA

Amnistía Internacional denuncia la situación de los menores en centros de protección terapéuticos

Madrid.- Amnistía Internacional convoca a los medios de comunicación el próximo martes, 15 de diciembre, a las 11.30 horas a una rueda de prensa en la sede de Amnistía Internacional para la presentación del informe, "Si vuelvo, ¡me mato!". Menores en centros de protección en España. La organización ha realizado una investigación sobre la situación de los menores en centros de protección terapéuticos y las violaciones de derechos humanos que se cometen contra ellos.

La investigación se ha centrado en tres comunidades autónomas (Andalucía, Cataluña y Madrid) y para la misma, la organización ha mantenido contactos con autoridades, ONG, colectivos y asociaciones, profesionales (abogados, médicos, periodistas), menores que han pasado por estos centros, familiares y educadores que han trabajado en estos centros.

ATENCIÓN MEDIOS DE COMUNICACIÓN: PRENSA, TELEVISIÓN Y RADIO

Al inicio de la rueda de prensa se proyectará un audiovisual sobre este informe con testimonios de menores, familiares, abogados, psicólogos, ex educadores en centros y representantes de asociaciones de derechos humanos.

Durante el acto se entregará material audiovisual con imágenes en bruto para las televisiones. El formato disponible será en DVD.

Para los medios digitales se podrá enviar una versión para web del audiovisual.

Acto:

Rueda de prensa. Presentación del informe: "Si vuelvo, ¡me mato!. Menores en centros de protección terapéuticos

Lugar:

Sede de Amnistía Internacional. C/ Fernando VI, 8, 1º izda. Madrid

Fecha:

Martes, 15 de diciembre de 2009

Hora:

 11.30 horas

Intervendrán:

  • Esteban Beltrán. Director de Amnistía Internacional España.
  • Elena Estrada. Investigadora del informe.
  • Sara Casas. Ex menor tutelada en centros de protección.
  • José Antonio Bosh. Abogado de Sara Casas.


Gabinete de prensa de la Sección Española de Amnistía Internacional

Ángel Gonzalo, Carmen López o Rocío Carneros

Telf., 91 310 12 77 ó 630 746 802

Documentos y comunicados de prensa

www.es.amnesty.org


viernes, diciembre 11

Adelante. Editorial revista Iuris sobre Nacho de la Mata, Premio Derechos Humanos Cgae


http://www.revistaiuris.com/ver_editorial.asp?idEjem=1978

Nº Revista 144 diciembre 2009 jueves, 10 de diciembre de 2009

Foto Portada Nacho de la Mata

La edición de este año de los Premios Derechos Humanos del Consejo General de la Abogacía Española trae consigo una novedad: la creación de la categoría especial Premio Derechos de la Infancia. "La vida y la experiencia de este joven abogado suponen un ejemplo de compromiso con la ley y con la sociedad, fundamentalmente con los más débiles, con los que están más necesitados de protección": la carta de presentación que le gustaría tener a cualquier profesional que comienza en esto ha sido la justificación del jurado para conceder el nuevo galardón a Juan Ignacio de la Mata, ese joven abogado cuya carrera se ha centrado casi en exclusiva en la defensa jurídica de personas en riesgo de exclusión social y, más concretamente, de los menores inmigrantes no acompañados, una labor que realiza de forma altruista, tanto de manera independiente como en el marco de su colaboración con entidades sociales.

Con su tiempo y dedicación, De la Mata ha ido articulando un discurso jurídico que ha conseguido paralizar las repatriaciones sin garantías que estaban sufriendo estos niños, incluso en ocasiones cuando éstos ya se encontraban embarcados en el avión, a través de la adopción de medidas cautelarísimas. Sin embargo, como confiesa con humildad en la entrevista que nos ha concedido, esas resoluciones son "un primer paso en el camino". Según él, en este campo "está todo por hacer". Adelante, pues, joven abogado.

La Administración genera marginalidad entre los menores.

Pese a ser una obligación de la Administración, muchos menores inmigrantes no acompañados alcanzan la mayoría de edad sin tener sus papeles en regla. Esto, denuncian organizaciones sociales, les aboca a la exclusión.

Cumplir los 18 años es de todo menos emocionante cuando se es un menor extranjero no acompañado. “¿Cómo miraríamos a un padre y a una madre que el día que su hijo o hija cumple 18 años lo hecha a la calle?”, se pregunta Vicenç Galea, del colectivo catalán Drari, juristas por los derechos de la infancia.

La legislación española considera que los menores, extranjeros o autóctonos, que no tienen quién se haga cargo de ellos están en una situación de riesgo y vulnerabilidad por lo que la Administración debe hacerse cargo de ellos y tutelarlos. Actualmente, son las comunidades autónomas las que asumen estas responsabilidades. Pero al alcanzar la mayoría de edad, los menores extranjeros se encuentran en una situación de suma precariedad. Aunque existen programas de emancipación en diferentes comunidades, la falta de recursos hace que las plazas sean insuficientes y sólo unos pocos chicos puedan hacer uso de ellas. Pero en muchos casos, el problema reside en un generalizado caos administrativo que hace que no tengan la documentación en regla. En otros, es compleja la regularización de su situación una vez han salido del centro en el que estaban tutelados, y les resulta casi imposible conseguir un permiso de trabajo que les permita renovar, más tarde, la residencia. Y eso que proveerles de los papeles es una obligación de la Administración establecida legalmente.

Aunque, según la Ley de Extranjería, la Administración dispone de un máximo de nueve meses para proveer al menor de un permiso de residencia, la tónica general es la negligencia, actitud que varias organizaciones que trabajan con estos menores interpretan como mala fe.

Hay “muchos chicos indocumentados o a medio documentar: un problema casi imposible de solucionar, porque cuando ya tienen 18 años se convierten en un inmigrante más quedándoles solamente para regularizar su situación la vía del arraigo”, explica Galea. En Cataluña “las administraciones se toman el plazo máximo de nueve meses, como mínimo, y hasta que no pasa ese tiempo con el menor entre manos no empiezan a plantearse lo de la residencia. La solicitan más tarde y el chaval ha perdido un tiempo de antigüedad porque en su dosier se pone la fecha del día en que se la pidieron. Durante un tiempo no ha existido, ha estado en un limbo”, denuncia. Además, afirma Galea, aunque la falta de permiso de residencia no es impedimento legal para cursar estudios, en la práctica sucede así. Y tras semejante itinerario, “cuando se le concede la residencia, ya queda poco tiempo para que estudie y pueda llegar a los 18 años con un diploma”.

En otros casos, como en Melilla, se marea a los menores que cumplen la mayoría de edad pidiéndoles documentos que para ellos es prácticamente imposible conseguir: “Conociéndoles perfectamente y teniéndolos tutelados les han pedido que presenten un certificado marroquí de que están solteros o un certificado de antecedentes penales. Todo es una trampa”, señala José Palazón, de la asociación pro derechos de la infancia Prodein. Hasta noviembre del año pasado, la Administración melillense les retenía, además, la documentación, dejándoles, cuando no estaban en el centro de tutela, expuestos a ser detenidos y expulsados. Tras ser amonestada por el Defensor del Pueblo, la Consejería de Bienestar Social aceptó entregar su documentación a los chavales y solicitar el certificado de tutela con carácter inmediato. Pero aquellos que habían alcanzado la mayoría de edad con anterioridad no se vieron beneficiados y han quedado en situación irregular.

El menor M., que había estado ocho años en el centro de acogida del Fuerte de la Purísima, un antiguo cuartel militar en las afueras de la ciudad, vive ahora en una chabola junto al centro y ya ha sido detenido por la policía alguna vez. I. es de Fez y ha estado cuatro años en La Purísima. El 23 de enero fue una vez más a las oficinas de Extranjería a solicitar su documentación. Tiene un precontrato, es carpintero. Esta vez le han cogido la solicitud, cree que porque el personal que le atendió era nuevo. Ahora le toca esperar. “Cuando cumplí 18 años me echaron a la calle. Entonces el permiso de residencia todavía no estaba caducado, pero ahora no quieren renovármelo, no quieren darme lo mío, para que pueda irme de aquí y buscarme la vida como los demás, para sentirme como los demás. Me piden el pasaporte marroquí y no sé qué..., pero ¿cómo? Si yo llevo toda mi vida aquí. Si me dan la residencia puedo ir a Marruecos a pedirlo, pero si no tengo la residencia ¿podré volver a entrar? Es política: dicen que tienes que largarte de aquí”, cuenta por teléfono. Tan sólo cuatro días después, dos compañeros suyos se toparon con lo que a Palazón le parece que será la futura estrategia de la Administración de Melilla: les solicitaron el empadronamiento, que el centro no había tramitado. Cuando fueron ahí a pedirlo, como ya son mayores de 18 años, no se lo tramitaron. “Se consigue dar un paso adelante, y ellos encuentran otra forma de seguir haciendo lo mismo”, observa con cansancio José Palazón.

En Asturias, donde la llegada de chavales extranjeros es un fenómeno relativamente nuevo –apenas tres años–, también “se buscan fórmulas ‘elegantes’ para que el incumplimiento de la legislación no chirríe: retrasar la documentación, complicar los trámites burocráticos, etc.”, el Colectivo SocialyJusticia. Como la Ley de Extranjería prevé que, aunque hayan alcanzado la mayoría de edad, se les puede conceder un per- miso por una vía especial si la falta de permisos de residencia se debe al mal funcionamiento de una administración, los colectivos asturianos que se ocupan de estos menores están intentando trabajar esta vía.

Pese a que la Comunidad Autónoma Vasca tiene mejor reputación, Ana Stern, de SOS Racismo Guipúzcoa, insiste en que “resolver la cuestión de la documentación es básico. Para invertir bien en menores de edad, tenemos que invertir en mayores de edad: si no, nos encontramos con unas bolsas de pobreza y de exclusión que cada vez irán creciendo más. Se trata de una cuestión transautonómica, transnacional”.

En cuanto a Madrid, Juan Ignacio de la Mata, abogado de la Coordinadora de Barrios, constata que la documentación necesaria “primero no se tramita y lo que se tramita se hace en contra de la ley y del espíritu que debe regir las actuaciones en materia de protección, que es el interés superior del menor. Este interés superior integra el derecho a una correcta documentación”. A su juicio, con estas negligencias “se está abocando a los chavales tutelados a la marginalidad porque la no documentación genera desintegración social”. “En general, la administración pública usa todos los subterfugios que puede para eludir el compromiso”, subraya Galea. En ello coinciden desde Asturias: “Se copian para todo menos para lo bueno”.

Sobre Centros de Menores . Defensor Pueblo

RECOMENDACIONES

I. DE CARÁCTER GENERAL

1. Que se lleven a cabo las investigaciones que permitan conocer los datos básicos sobre la incidencia de este problema en nuestra sociedad(..).
2. Que se preste atención especial al desarrollo de protocolos que delimiten el ámbito de atención a menores con trastornos de conducta y en situación de dificultad social, y definan criterios de calidad, evaluación, seguimiento y buenas prácticas en esta intervención, en el marco del Plan Estratégico Nacional de Infancia y Adolescencia 2006-2009.

4. Que, (::) se preste especial atención al cumplimiento de la normativa referida a la adecuación de las instalaciones, con carácter previo a la aprobación de cualquier proyecto que conlleve el acogimiento residencial de menores. De esta manera, se debe evitar la habilitación de nuevos recursos que no reúnan las condiciones(.).
5. Que se valore la conveniencia de establecer un marco jurídico general sobre los menores con trastornos de conducta y en situación de
dificultad social, determinando los supuestos, requisitos y condiciones en los que las entidades públicas de protección de menores pueden aplicar
programas específicos que contemplen la utilización de medidas de contención de carácter no sancionador.
6. Que el derecho a la asistencia jurídica gratuita sea reconocido en todo caso a los menores y a sus padres, u otros representantes legales, en el marco de los procedimientos de desamparo y los dirigidos a adoptar medidas de protección en el ejercicio de la tutela administrativa.

7. Que las administraciones públicas intensifiquen las medidas de prevención y de protección que permitan garantizar a los menores en situación de dificultad social el pleno desarrollo de su personalidad y evitar así que esas situaciones deriven en el desamparo del menor o incluso en conductas contempladas por la Ley Orgánica 5/2000,.

9. Que se intensifiquen las actuaciones dirigidas a establecer dispositivos y recursos intermedios y de rehabilitación de las situaciones de dificultad social desde los ámbitos educativo, sanitario y social que hagan innecesaria la institucionalización

10. Que, en los casos en que el interés del menor requiera su atención en régimen de acogimiento residencial, se diversifiquen los proyectos de atención(..)de forma que se elimine la práctica de
atender en un mismo programa a menores que requieren medidas de protección y a aquellos que cumplen una medida de justicia juvenil.
11. Que se revise el actual modelo de especialidades de psiquiatría y psicología clínica para incluir, como áreas de capacitación preferente, en la infancia y la adolescencia.
12. Que se conceda la prioridad que merecen a las conclusiones contenidas en el documento “La Estrategia en Salud Mental del Sistema Nacional de Salud” en relación con la atención infanto-juvenil, y que se pongan en práctica sus recomendaciones, en especial las siguientes:
o Realización de intervenciones preventivas en la primera infancia y la adolescencia.
o Materialización de las intervenciones comunitarias orientadas mejorar la dinámica social en áreas geográficas con riesgo social alto(..).
o Estudio y evaluación de intervenciones orientadas a informar y a educar sobre los riesgos que tiene para la salud las sustancias adictivas en adolescentes.
o Protocolización de procesos de atención relativos a trastorno mental(..) infanto-juvenil y trastorno generalizado del desarrollo.
o Implantación de un modelo de coordinación entre servicios sociales, educación y justicia, que garantice la continuidad de los cuidados (...)
13. Que se promueva el acceso de todos los menores a los recursos públicos destinados al diagnóstico y tratamiento de las situaciones de dificultad social derivadas de los trastornos de conducta, sin discriminación alguna, en función de su condición de menores tutelados o no tutelados por la administración pública.

II. ESPECÍFICAS
15. Que la resolución administrativa que pone fin al procedimiento, y mediante la que se acuerda el ingreso de un menor en un centro para menores con necesidades especiales, esté siempre debidamente motivada(..). Dicha resolución deberá ser notificada de modo personal tanto a los padres, cuando no exista resolución judicial que lo prohíba, como al propio menor, en la forma adecuada a su edad y circunstancias,de acuerdo con la Ley 30/1992.

16. Que se solicite la autorización judicial en los términos previstos en el artículo 763 de la Ley 1/2000, de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil, siempre que el internamiento del menor se produzca por razón de
trastorno psíquico(...) y asimismo (..) autorización judicial para el ingreso en todos aquellos centros que apliquen medidas que conlleven alguna limitación de los derechos que los menores.
20. Que, de acuerdo con lo previsto en el artículo 21 de la Ley Orgánica 1/1996, de 15 de enero, de Protección Jurídica del Menor, se procure que el menor permanezca internado durante el menor tiempo posible, salvo que convenga a su interés. En consecuencia, no deberá supeditarse el alta a la carencia de recursos intermedios.

22.Se respete el derecho del menor a ser oído y se le escuche siempre antes de que se adopte una decisión que le afecte.
23. Que, en aquellos casos en que los menores, no estén de acuerdo con la medida de protección adoptada, (..) arbitrar los cauces para que puedan plantear una reclamación o recurso, con asistencia jurídica cualificada.
25. Que se establezca en todos los centros un sistema de quejas y reclamaciones, de las que deberá tener constancia, en todo caso, la entidad pública (..).
26. Que se permitan y faciliten, salvo resolución judicial en contrario, las relaciones con la familia del menor, debiendo quedar establecida en el proyecto individualizado la frecuencia de las mismas, .

28. Que, por la entidad pública(...)se garantice que todo menor en edad de escolarización obligatoria, sea matriculado en un centro docente y asista con regularidad y normalidad al mismo. En el supuesto de que no se considere adecuada la asistencia de algún menor al centro educativo, se le facilitará la atención educativa individualizada que requiera mediante el oportuno profesorado facilitado por la Administración educativa.

30. Que la prescripción y administración de fármacos a los menores(...)se lleve a cabo de conformidad y en los estrictos términos el artículo 9.3. de la Ley 41/2002, de 14 de noviembre.

31. Que, en todo caso, se informe adecuadamente al menor del tratamiento médicopara que pueda dar su consentimiento informado al mismo.
(...), cuando el menor no sea capaz (..) de comprender el alcance de la intervención, se requiera el consentimiento de la entidad pública competente, como representante legal de aquél, después de haber escuchado al menor si tiene doce años.
En el supuesto de que hubiere cumplido los dieciséis años y no prestara su consentimiento para someterse al tratamiento prescrito, se requerirá la pertinente autorización judicial, conforme a lo previsto en el
artículo 9.3.c. de la Ley 41/2002.

33. Que, en todo caso, cuando se trate de una actuación de grave riesgo, según el criterio del facultativo, los padres sean informados y su opinión tenida en cuenta para la toma de la decisión correspondiente.

34. Que , procedan a su elaboración de una norma que regule el funcionamiento de los centros, detallando los contenidos mínimos que deben tener los reglamentos de régimen interno, el procedimiento de quejas y sugerencias, el régimen de infracciones y sanciones, y los protocolos que deben seguirse para aplicar medidas de contención en situaciones de crisis de los menores, entre otros aspectos.

35. Que las entidades públicas de protección de menores comprueben que todos los centros de atención a menores en situación de dificultad social disponen del preceptivo reglamento de régimen interno, debidamente aprobado y conforme a lo previsto en la normativa aplicable.

36. Que, a su llegada al centro, se facilite al menor información escrita, redactada en lenguaje claro, sencillo y adaptado a su nivel de comprensión, sobre sus derechos y obligaciones, cuestiones de rganización general, normas de convivencia y funcionamiento del centro y procedimientos para formular peticiones, quejas o recursos.(...).
37. Cuando excepcionalmente, se considere necesaria la práctica de cacheos y otras medidas de registro que incluyan el desnudo integral de los menores, se comunique a los juzgados de primera instancia, y se practiquen dichos registros conforme a los requisitos que exige la jurisprudencia del Tribunal Constitucional.

38. La corrección de conductas contrarias a la convivencia habrá de tener una finalidad educativa, como instrumento de aprendizaje para los menores, y deberá tender siempre a la búsqueda de un efecto
rehabilitador en cada menor.

39. Que el régimen de infracciones y sanciones esté tipificado en el reglamento, y no contemple directa o indirectamente castigos corporales, maltrato psíquico, privación de la alimentación o del descanso, privación del derecho a sus relaciones personales, privación del derecho a la educación obligatoria y de asistencia al centro escolar, ni atente contra la dignidad de la persona mediante acciones que conduzcan a su humillación o ridiculización, y, en ningún caso, establezca restricciones de igual o mayor entidad que las contempladas en la legislación reguladora de la responsabilidad penal de los menores.
Las sanciones deberán ser proporcionales a la infracción cometida, tener en cuenta las circunstancias en las que se ha producido y las características del menor, y su aplicación deberá ser en todo caso supervisada por la Dirección del centro, dando cuenta al servicio especializado de protección de menores. En la mayor medida posible, se alentará el uso de medidas alternativas a la separación del grupo.
40. Que,(...) la sanción de separación del grupo se imponga solamente en los casos en que se manifieste una evidente agresividad o violencia por parte del menor, o cuando éste, reiterada y gravemente, altere la normal convivencia en el centro.
El reglamento de régimen interior deberá recoger la duración de la sanción de separación del grupo, la cual se ajustará a la gravedad de la infracción cometida.
Mientras esté cumpliendo la sanción, el menor dispondrá, como mínimo, de dos horas al aire libre, y deberá asistir, en su caso, a la escuela, centro formativo o centro de trabajo, pudiendo recibir, demás,
las visitas contempladas en su proyecto educativo individual. Durante el horario general de actividades, se programarán ocupaciones alternativas para los menores separados del grupo.
Diariamente, visitará al menor el médico o el psicólogo, que informará a la Dirección del centro sobre el estado de salud física y mental del menor, así como sobre la conveniencia de suspender, modificar o dejar sin efecto la sanción impuesta.
41. Que, (..)se prohíba el uso de la fuerza en el control de los menores, salvo cuando se hayan agotado y hayan fracasado todos los demás medios, y que sólo se utilice de la forma expresamente autorizada y
descrita en el reglamento de régimen interno.
42. Que se aprueben protocolos de intervención en casos de crisis de los menores que supongan la adopción de medidas de contención física
o farmacológica o, en su caso, de aislamiento, en los que se determinen las personas encargadas de cada función, su forma de actuación, la autorización, y los informes que,deberán remitirse a la entidad pública de protección de menores.
43. Que se limite la estancia en aislamiento al tiempo mínimo e imprescindible, y se prohíba, en todo caso, su utilización como medida sancionadora.

46. Que los profesionales (..)refuerzo que les ayuden a afrontar las situaciones de tensión emocional derivadas del desarrollo de su labor.

48. Que se facilite formación específica para realizar posibles contenciones al personal (..)y, en todo caso, a los vigilantes de seguridad, para que realicen sus funciones con pleno respeto.

49. Que,(..)en todos aquellos centros en los que sea necesario acometer reformas para la adecuación de centros , se doten los recursos necesarios .

51. Que(..)la Administración asegure la protección , a través de la inspección y supervisión de todos los centros .
54. Que, siempre que la Administración haya delegado la gestión (..) en entidades privadas exija una total transparencia en la gestión de los gastos,

56. Que, por parte de los fiscales, se visiten periódicamente los centros (..) entrevistándose reservadamente con los menores que así lo soliciten, promoviendo la corrección de las deficiencias.
57. Que se dote a la Fiscalía de los medios para realizar el control del funcionamiento y organización de los centros y de los proyectos educativo.

II Jornadas " Día Internacional de los Derechos de los Menores"

II Jornadas " Día Internacional de los Derechos de los Menores"
Noviembre-09 ASTURIAS

2 Diciembre

DECLARACIÓN DE LAS DEFENSORÍAS DEL PUEBLO SOBRE LAS RESPONSABILIDADES SOBRE LOS MNAs

Introducción

En los últimos meses estamos asistiendo de nuevo a la llegada de menores extranjeros no acompañados a la Comunidad de Canarias. Estos menores se unen a otros jóvenes procedentes del norte de África que también han llegado a nuestro país en los últimos años. Conjuntamente, plantean un reto de extraordinaria magnitud a nuestras instituciones y a nuestra sociedad desde el punto de vista de la capacidad de acogida, de protección, de formación y de inserción social de estos jóvenes.
Esta situación ha planteado un serio problema de capacidad de acogida inmediata a la Comunidad de Canarias, que ha visto desbordados sus recursos de atención dirigidos tanto a la población adulta como a los menores.(:::)
Con independencia de los retos que el fenómeno de la inmigración supone para el diseño y el desarrollo de las políticas sociales, las defensorías del Estado coincidimos en subrayar la necesidad de alcanzar acuerdos entre las distintas administraciones públicas del Estado en un tema tan importante desde el punto de vista de los derechos de los menores. Asimismo, queremos advertir de que, a pesar de su importancia, se trata sólo de un primer paso en la obligación inexcusable que tienen las administraciones públicas de velar por el interés primordial del menor, tal como establece el artículo 3 de la Convención de los Derechos del Niño, y atender sus derechos como los de cualquier otro ciudadano menor de edad que se encuentre en territorio español (Ley 1/1996 de protección jurídica del menor). Cabe recordar, asimismo, que el artículo 2.1 de Convención de los Derechos del Niño prohíbe explícitamente la discriminación del menor por razón de origen nacional. Además, el ordenamiento jurídico español establece claramente que los menores son ante todo menores, principio que debe prevalecer sobre la condición de extranjero.

La Red Europea de Defensores del Menor (ENOC, European Network of Ombudspersons for Children), aprobó en su última reunión anual una declaración instando a los países miembros del Consejo de Europa a tomar las medidas necesarias para asegurar los derechos de los menores no acompañados. Este hecho demuestra la relevancia que adquiere este fenómeno a escala europea y justifica que, dada la especial importancia que tiene para el caso español, las defensorías presentemos una declaración para expresar ante la sociedad española nuestra responsabilidad de velar para que los derechos de estos menores sean garantizados. Subrayar las obligaciones que las distintas administraciones públicas tienen respecto a los menores y recomendar algunas acciones dirigidas a reforzar el cumplimiento de sus derechos.


Principios de actuación

VER Observacion 6ª de las Naciones Unidas(2005)

1) Las Administraciones públicas competentes en las distintas CCAA deben asumir la tutela del menor de forma inmediata, mientras se estudia la realidad del menor y del núcleo familiar de origen. Debe evitarse que la fase de estudio de su situación suponga en la práctica la privación de acceso a recursos socioeducativos y a la formación laboral.

2) Las Administraciones competentes deben empezar a documentar al menor y tramitar su (tarjeta temporal)residencia cuando quede acreditada la dificultad de retorno con su familia, de acuerdo con el artículo 35.4 de la Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social, sin esperar los nueve meses que establece el Reglamento (Real Decreto 2393/2004, de 30 de diciembre), plazo que, de acuerdo con una interpretación conforme a la ley, debe ser considerado un máximo.

3) Los menores no deben ser repatriados a sus países de origen salvo que existan garantías de que la reintegración a su núcleo familiar de origen (o recurso de protección alternativo) asegure el mejor interés para el menor. La decisión debe tener en cuenta el propio punto de vista del menor –que tiene derecho a ser escuchado- y sólo puede llevarse a cabo después de un estudio detenido de los recursos disponibles en su país de origen.

4) Las pruebas médicas previas de determinación de la edad sólo deberán ser realizadas en casos de duda y deberían efectuarse con el asesoramiento de expertos independientes y tecnología moderna que incluya una combinación de pruebas físicas, sociales y psicológicas.
Siempre deberá tomarse como edad de referencia la menor que resulte de las pruebas médicas realizadas.

5) Los menores deberían recibir asistencia jurídica independiente de la Administración, como es el turno de oficio colegial, con el fin de asegurar que los procesos administrativos o judiciales se lleven a cabo teniendo en cuenta su interés superior.

6) Las Comunidades Autónomas deben coordinar sus modelos de atención a los menores inmigrantes no acompañados para evitar “fugas” de los menores a aquellas comunidades que garantizan mejor el proceso de tutela y residencia y que ofrecen mejores recursos socioeducativos.

7) Asimismo, las Comunidades Autónomas y las Delegaciones del Gobierno coordinarán también su actuación en los ámbitos de sus respectivas competencias para evitar disfunciones y asegurar que la propuesta sea la más adecuada al interés del menor en cada caso. Para facilitar la coordinación interinstitucional es necesario disponer de un registro unificado de menores inmigrantes no acompañados compartido por todas las Administraciones públicas con competencias en la cuestión.

8) En la atención a los menores extranjeros no acompañados deben diseñarse y planificarse los recursos necesarios para favorecer su desarrollo integral y facilitar su inserción en la sociedad de acogida.

9) Todas las Administraciones públicas deben asumir sus
responsabilidades en la atención a los menores no acompañados.

Es importante que los gobiernos de las CCAA establezcan acuerdos con las administraciones locales de su territorio para diseñar conjuntamente los recursos y las estrategias necesarias que mejor garanticen la atención e integración de los menores no acompañados. Especialmente importante es la necesidad de superar las actitudes de rechazo social que acompañan en ocasiones a las medidas de acogida y protección de estos menores.

10) Los centros de acogida de menores inmigrantes no acompañados deben presentar garantías de adecuación espacial, sanitaria y educativa. Las CCAA deben garantizar que los menores reciban atención a través del circuito normalizado, concentrando las actividades en centros de 24 horas que proporcionen a los menores recién llegados referentes educativos y afectivos estables.
Octubre de 2006