¿Qué pasa cuando una Princesa a 300 euros llega a nuestras costas?
23.06.2010 · Helena Maleno
Se diría que todos los resortes de nuestro sistema de protección funcionarían y la Princesa recibiría la asistencia médica, social, legal y psicológica necesaria para proteger sus derechos fundamentales como persona.
Es lo que está escrito en nuestras leyes y reglamentos, para lo que hay liberados fondos económicos públicos y de organizaciones sociales.
A. M. es una Princesa de diecisiete años y algunos meses, que procedente de la no tan lejana frontera de Argelia llegó al estado español el mes pasado.
En este lado del mar A.M. vivía con terror desde los catorce años, cuando su vida comenzó a ser la explotación sexual. Así recorrió desde Nigeria hasta Marruecos.
Ha tenido dos patrones.
Con uno ya había sufrido un aborto, en su segundo embarazo fue vendida a otro y éste último la hizo abortar para volver a embarazarla él mismo.
En este tercer embarazo perdió al feto de forma natural.
Así, la mochila con la que esta Princesa (que ya es vuestra) llegó a las costas españolas el mes pasado viene repleta de violaciones de derechos.
Seguro que esto lo intuyó la asistenta de Cruz Roja que le dio la primera acogida.
Pero pasó desapercibido para la Policía Nacional que procedió a incoarle un expediente de expulsión y decidió su traslado a un CIE (CENTRO INTERNAMIENTO DE EXTRANJEROS).
Según el Plan Nacional Contra la Trata, sólo las fuerzas de seguridad podrían identificar a víctimas de trata como nuestra Princesa.
En otros estados no sucede así y la colaboración con organizaciones sociales en los procesos de identificación permite el rescate de muchas más víctimas que la sola intervención policial.
También, las pruebas efectuadas dieron a nuestra Princesa una edad de 18 años.
La mayoría de las Princesas se declaran mayores de edad para no entrar en sistemas de protección. Pero para otras tampoco las pruebas de edad solucionan mucho, en la mayoría de las ocasiones también nuestros servicios las declaran mayores de edad.
Lamentablemente nuestra Princesa no puede hablar, el terror se lo impide. El desconocimiento y el miedo a los uniformes (tres veces fue violada por fuerzas de seguridad, la última a punto de intentar cruzar el mar) hacen el resto.
No ha querido expresarse ante la abogada, tal vez porque un CIE no sea el mejor espacio para la reflexión de una víctima de trata y porque cuatro años de esclavitud sexual no pueden contarse en una entrevista realizada en un centro cerrado.
Así lo reconoce Women´s Link Worldwide que ha presentado un escrito para solicitar el Período de Restablecimiento y Reflexión, entendiendo que hay indicios de trata en el caso de A.M.
El Convenio del Consejo de Europa en su artículo 13 indica que cuando existan motivos razonables para creer que una persona es víctima de trata se le deberá reconocer un período de restablecimiento y reflexión de al menos treinta días.
Así, la indefensión de nuestras Princesas, continúa en el estado español, donde se las reconoce como prostitutas o como inmigrantes indocumentadas, pero donde es difícil, largo y tortuoso el reconocimiento como víctimas de trata.
Desde las administraciones, la sociedad civil e incluso los medios de comunicación los mensajes confunden los tres términos: inmigración, prostitución y trata.
La definición de trata aparece en el Protocolo para prevenir, reprimir y sancionar la trata de personas, especialmente mujeres y niños, que complementa la Convención de las Naciones Unidas contra la Delincuencia Organizada Transnacional, adoptado en diciembre del año 2000. El artículo 3 del Protocolo establece que "Por trata de personas se entenderá la captación, el transporte, el traslado, la acogida o la recepción de personas, recurriendo a la amenaza o al uso de la fuerza u otras formas de coacción, al rapto, al fraude, al engaño, al abuso de poder o de una situación de vulnerabilidad o a la concesión, recepción de pagos o beneficios para obtener el consentimiento de una persona que tenga autoridad sobre otra, con fines de explotación. Esa explotación incluirá, como mínimo, la esclavitud o las prácticas análogas a la esclavitud, la servidumbre o la extracción de órganos".
Los Estados tienen la obligación de proteger los derechos de las mujeres que han sido objeto de trata con fines de explotación y que se encuentran fuera de su país de origen. Los derechos que se violan cuando las mujeres son víctimas de trata -así como la obligación asociada de los Estados de proteger estos derechos- están presentes en numerosos tratados internacionales de derechos humanos, todos los cuales han sido firmados por España, declara Women´s Link Worldwide.
A. M. nuestra Princesa, está actualmente en un CIE, siguiendo los procesos legales de un inmigrante irregular.
Si su situación es alarmante es sólo un ejemplo de otras realidades igualmente injustas.
Hemos visto recientemente el desmantelamiento de una red de trata con fines de explotación sexual de Princesas procedentes de Brasil en la llamada operación carioca.
El tratamiento mediático es cuanto menos vergonzoso, ellos hablan de "trama de prostitución", confundiéndolo con la trata. Así, a las víctimas se las califica todo el tiempo de prostitutas y meretrices y se habla de colaboración con las fuerzas de seguridad y la posterior expulsión de las víctimas.
En este caso también hay detenidos e imputados de las Fuerzas de Seguridad del Estado. La Guardia Civil incluso se quejaba del operativo policial que se había usado, pero hay que recordar que la trata de seres humanos es el tercer negocio más lucrativo junto con el tráfico de armas y el de drogas.
Estamos hablando de redes criminales transnacionales que operan en países de origen de las víctimas, en los de tránsito y también en destino.
Muchas de las princesas hablan en sus declaraciones de colaboración de fuerzas de seguridad con los tratantes.
A todos ellos nuestro código penal no permite imputarles un delito de trata, puesto que aún no está contemplado en nuestras leyes.
La Reforma del Código Penal del 29 de abril de 201, en su artículo 177 bis sí que contempla el delito de trata, pero aún está pendiente de aprobarse en el senado.
Aun queda mucho por hacer y lo primero debe ser liberar a A.M. del Centro de Internamiento y restituirle sus derechos.
Porque si A.M. llegara a ser deportada a su país, volvería de nuevo a recorrer el infierno con la red de trata. Como decía uno de los tratantes "si las repatrían no pasa nada porque traerlas de nuevo aumenta la deuda, a nosotros no nos perjudica".
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