Aprobado el estatuto sobre la organización de centros de medidas privativas de libertad de menores infractores
MÉRIDA, 27 Ago. (EUROPA PRESS) -
El Consejo de Gobierno ha aprobado el decreto que recoge el Estatuto de organización y funcionamiento de los centros para la ejecución de medidas privativas de libertad de menores infractores de la Comunidad Autónoma.
El Estatuto establece los mecanismos para cumplir las finalidades educativas y de resocialización que tienen atribuidos estos centros, así como la estructura organizativa y funciones de cada uno de los órganos que se crean, tanto de dirección como de gestión de la intervención socio educativa y la participación. El decreto regula también la creación de un servicio de inspección. En la actualidad, el único Centro que hay en Extremadura para la ejecución de medidas privativas de libertad para menores infractores es el Marcelo Nessi de Badajoz.
La ejecución de medidas de internamiento de menores es competencia exclusiva de la Comunidad Autónoma tal como se establece en la Ley 5/2000, de responsabilidad penal de los Menores. En este sentido, el "Marcelo Nessi" se constituye en elemento esencial en la ejecución de la competencia administrativa que a la Junta de Extremadura otorga la citada Ley, siendo necesario diferenciar este centro de cualquier otro espacio asistencial y residencial, no solo de atención a menores, sino de atención a cualquier otro colectivo o grupo de titularidad autonómica, según ha informado la Junta tras la celebración del Consejo de Gobierno.
El decreto aprobado hoy por el Consejo de Gobierno prevé un plazo máximo de tres meses desde su entrada en vigor, para la aprobación del Reglamento de Régimen Interior. De este modo se consigue dar forma jurídica a numerosas normas de funcionamiento y organización elaboradas y decididas en la práctica diaria del Centro a lo largo de sus años de existencia.
RÉGIMEN INTERIOR
Además este Reglamento de Régimen Interior establecerá el marco normativo más próximo a la cotidianidad del Centro, llegando a regular: criterios sobre disfrute de permisos de salida, régimen de comunicaciones, procedimientos para la acogida y despedida de internos, horarios generales, beneficios e incentivos institucionales, así como la definición de numerosas actuaciones en aras a ordenar su vida diaria.
Se trata de un centro cuyo proceso de funcionamiento es "complejo" y que requiere de la definición de una estructura organizativa de dirección y de participación "legalmente reconocida", procesos en los que "muchas veces se adoptan decisiones respecto de los menores y jóvenes internados, de fuerte calado, que necesitan de un respaldo jurídico normativo por las materias que se abordan".
Este decreto supone el reconocimiento de órganos técnicos de decisión, atribuyéndoles la responsabilidad que efectivamente les corresponde respecto de los itinerarios para la intervención educativa que se definen.
Por otro lado, el decreto regula la posibilidad de que otras entidades públicas o privadas sin ánimo de lucro ejecuten, como es el caso, en parte o en su totalidad, determinadas medidas o procesos sin que ello pueda llegar a suponer la cesión de la titularidad y responsabilidad que tiene la propia entidad pública.
En definitiva, se trata de definir el régimen jurídico básico de la actuación administrativa de la entidad pública, satisfaciendo de forma directa una finalidad pública de exclusiva competencia de la Junta de Extremadura, así como llegar a considerar que cualquier actuación externa en el cumplimiento de la normativa determina una especial tutela del interés público de la actividad.
CONTENIDO DEL DECRETO
Este decreto contiene la bases que permiten garantizar el trabajo profesionalizado de los trabajadores mediante la definición de un proyecto socioeducativo que describirá el conjunto de actividades educo-formativas, laborales, socioculturales, deportivas, de ocio, y para el tratamiento de las problemáticas personales destinadas a la integración social de los menores infractores abordadas tanto de forma grupal como individual para, en definitiva, potenciar la reinserción social de los menores, reeducación de la conducta delictiva, prevención del delito y de conductas de riesgo, en un ambiente inicialmente restrictivo pero progresivamente autónomo, teniendo en cuenta la evolución de cada menor o joven.
Además, el decreto contiene las bases que facilitan la implicación de las familias y del propio menor en su proceso de reinserción dado su más que probable regreso a su entorno familiar.
El estatuto define cuales serán los órganos del centro y describe de manera pormenorizada todas las funciones de cada uno de ellos: órganos rectores; órganos técnicos; órgano de coordinación, participación y de atención directa.
Los órganos técnicos estarán integrados por el equipo técnico y una comisión de valoración. El equipo técnico es un órgano de carácter multiprofesional, que con independencia de las funciones que como especialistas puedan tener cada un de sus miembros, realizará funciones de estudio, asesoramiento, propuesta, seguimiento, valoración e intervención especializada.
La comisión de valoración es el órgano técnico multiprofesional encargado de realizar las labores de propuesta, seguimiento y valoración de las actuaciones a realizar con cada menor o joven, a partir del estudio de sus necesidades.
Asimismo, el decreto define un órgano de participación directa que es el equipo socioeducativo con carácter consultivo y de coordinación de las actividades regladas y de la vida diaria que realiza cada interno.
INSPECCIÓN DEL CENTRO
El capítulo IV del estatuto está dedicado a la creación del servicio de inspección. Su función es la de garantizar que la actuación de los Centros se lleve a cabo con respeto y garantías para las personas menores internadas. Los internos podrán solicitar la comunicación con el servicio de inspección, bien directamente o a través del director/a y sin perjuicio de las funciones de inspección que corresponden a los Jueces de Menores y al Ministerio Fiscal.
Este decreto viene a completar el conjunto de medidas que desde la Consejería de Igualdad y Empleo se están adoptando para la mejora de la organización y funcionamiento del Centro Marcelo Nessi: construcción de un nuevo centro en la ciudad de Badajoz y reestructuración de la plantilla de personal del citado centro.
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