Reforma de la Ley de Adopción
El Senado propone sacar a los más pequeños de los centros tutelados. El objetivo de la reforma es que 10.000 menores vivan en familias de acogida
JOAQUINA PRADES - Madrid - 18/10/2010
La Cámara quiere alejar a los bebés de las impersonales cunas institucionales
La plaza cuesta entre 3.500 y 6.000 euros al mes en un centro; 700 en una familia
España figura a la cabeza de Europa occidental en número de menores institucionalizados, un dato considerado dramático por la gran mayoría de los expertos que han comparecido ante los senadores a lo largo de estos dos últimos años. Es imposible conocer la cifra oficial de menores tutelados en España por abandono o desamparo, ya que la variedad de tutelajes según cada comunidad autónoma ha dado lugar a un archipiélago legal de escasa porosidad. Pero de los datos aportados a la comisión pueden cifrarse estos menores -hasta los 18 años- entre 35.000 y 40.000, de los cuales alrededor de un 25% no ha cumplido aún los seis años.
La denominada Comisión Especial de Estudio de la Problemática de la Adopción Nacional y otros Temas Afines ha optado por seguir el modelo de la mayor parte de países del entorno europeo -Reino Unido fue pionero en clausurar este tipo de centros- e impedir que los bebés abandonados o en situación de desamparo pasen años cruciales de su vida en locales tutelados por la Administración. Antes se llamaban orfanatos y ahora centros residenciales, pero las consecuencias de devastación psicológica para los niños de tan corta edad son similares, según la mayoría de expertos.
La alternativa para estos niños son las familias de acogida o de adopción, que se convierten en figuras clave de la reforma. El proyecto del Senado prevé campañas divulgativas a la opinión pública sobre la función social de estas familias y las necesidades de cada autonomía, así como un sólido apoyo psicológico, jurídico y también económico. Se trata, en palabras del senador socialista Mario Bedera, impulsor de esta comisión, de disponer de una "bolsa de familias de acogida" para que en el momento en que un recién nacido es abandonado o declarado en desamparo, pase en cuestión de horas al cuidado de unos padres.
A partir de ese momento, las Administraciones pueden determinar la calificación que recibe la situación del menor, es decir, si está en disposición de ser adoptado -cuando consta renuncia expresa de los padres biológicos o ha sido retirada la patria potestad por sentencia judicial- o acogido, o si este acogimiento debe producirse en la familia extensa -tíos o abuelos- o una en familia ajena. O si es de urgencia, simple o complejo; abierto, preadoptivo, profesional o terapéutico... un monumental galimatías a gusto de las comunidades autónomas, a quienes el Senado hace también un llamamiento para lograr acuerdos estatales aunque sean mínimos.
El acogimiento familiar inmediato evita que el más indefenso del proceso -el menor- resulte psicológicamente dañado mientras las Administraciones hacen su trabajo o las familias biológicas pelean en los juzgados contra la Administración, o con la familia de acogida o ambas entre sí, como ha ocurrido en los casos estremecedores de la niña Piedad (Canarias) o Diego, de El Royo (Soria), o los gemelos Iván y Sara, de Dos Hermanas (Sevilla), y otros muchos, obligados a permanecer en instituciones año tras año mientras se dirime la inacabable pugna por su custodia.
El fin último de la reforma es evitar que todo el tiempo empleado en burocracia no corra en contra del niño, como ocurre en la actualidad, sino mantenerle a salvo, lejos de las impersonales cunas de las instituciones.
Algunas intervenciones de expertos han sido muy críticas con los centros, entre otras razones por las condiciones laborales de los técnicos, que favorecen una movilidad excesiva. Según consta en el Diario de Sesiones, uno de los expertos dijo: "Cuando uno de estos niños nos pregunta: '¿Mi mamá sigue drogándose?' le pueden contestar hasta 13 profesionales distintos".
La comparecencia de la portavoz de Amnistía Internacional, del presidente de la ONG Prodeni, entre otros, y muy especialmente el exhaustivo informe del Defensor del Pueblo de 2009 sobre 27 de estos centros -elegidos al azar- han sido determinantes para la decisión de clausura. Pero también lo fueron los expertos que explicaron cómo la mayoría de países del entorno español han cerrado los centros y el sistema funciona mejor. Mejor para los niños -el objetivo principal- y mejor también para las arcas públicas, ya que una plaza en familia siempre resulta más económica que una institucionalizada. Aportaron datos: entre 3.500 y 6.000 euros mensuales en un centro residencial y entre 400 y 1.000 euros al mes en el caso de las familias.
Tanto senadores como comparecientes destacan que no todos los centros funcionan mal, y se han facilitado cifras de la generosa financiación que reciben por parte de las Administraciones, pero todos coinciden en que hasta los mejor dotados impiden lo que los psicólogos llaman "el vínculo emocional estable", imprescindible para asentar la personalidad y afrontar la adolescencia con los mismos problemas que los otros niños, pero no más.
El catedrático de Psicología Evolutiva de la Universidad de Sevilla, Jesús Palacios, contó ante la Comisión que un estudio efectuado en Andalucía con adolescentes adoptados o acogidos y adolescentes institucionalizados ofreció un "grado de satisfacción vital" de 15 puntos por debajo para estos últimos.
La propuesta del Senado consiste en un cierre "escalonado", en el "menor tiempo posible", que afectaría en primer lugar al tramo de edad de cero a tres años y en una segunda fase, de los tres a los seis. Desde esta edad y hasta los 11 serían los siguientes en abandonar los centros, y finalmente, los casos más difíciles para la adopción o la acogida, es decir, los mayores, quienes están agrupados en más de tres hermanos, o padecen enfermedades graves o presentan serias alteraciones de conducta, sí permanecerían durante un tiempo en las instituciones, pero con la advertencia expresa de que hay que ir desmantelando las grandes instalaciones y sustituirlas por pisos u hogares tutelados, donde convivirían 6, 8 o 10 de estos niños como máximo.
Los senadores son conscientes de que se enfrentan a una red de intereses que opondrá resistencia ante la medida: la mayor parte de las instituciones cuenta con gestión privada, en algunos casos son órdenes religiosas y en otras empresas o incluso multinacionales, como dijo la presidenta de la Asociación para la Defensa, Amparo y Garantías en la Adopción y Acogimiento de Menores (DAGA), María del Mar Calvo Cortés, que está ocurriendo en Andalucía y la Comunidad Valenciana.
Sin embargo, existe unanimidad entre los grupos parlamentarios y convencimiento de que la situación necesita un cambio radical. En palabras de la portavoz del PP, Gádor Ongil, "lo mejor de la comisión es que por una vez estamos de acuerdo, y lo hemos hecho porque estamos hablando de niños".
Profesión: cuidador de hijos
Una de las recomendaciones más innovadoras del informe del Senado es la introducción en España de las familias profesionales de acogida, es decir, personas que, tras demostrar que están capacitadas y haberse sometido a los cursos de formación necesarios, tienen como "profesión" la crianza de niños desamparados con problemas añadidos de salud, emocionales o de comportamiento.
Se trata de un modelo que funciona con eficacia en el mundo anglosajón, y que suele estar formado por parejas de médicos, psicólogos, pedagogos, asistentes sociales u otras profesiones relacionadas con la infancia. Aunque estas especialidades tienen preferencia, ya que se entiende que pueden ser las más adecuadas para ayudar a los menores, también pueden optar al acogimiento remunerado personas con otro tipo de trabajos siempre que superen las pruebas de aptitud.
Estas familias cobran una cantidad por cada menor acogido y puede constituir su única vía de ingresos. En lugar de cuidar a los niños antes o después de ir al trabajo, como ocurre ahora, el trabajo estará en casa y consistirá precisamente en la atención directa a los menores. La recomendación siguiente de los senadores incide en la necesidad de intensificar los controles posteriores al acogimiento para evitar fraudes.
Algunas comunidades autónomas ya destinan pequeñas cantidades a las familias de acogida, en algunos casos con aportaciones directas -cerca de 500 euros en el País Vasco o la Comunidad de Madrid- y en otros mediante ayuda fiscal o becas de comedor. Tampoco en este aspecto los senadores han podido obtener datos que permitan trazar el mapa español de las ayudas.
Claves de la reforma
- Centros. Cierre progresivo de los centros, hasta alcanzar el acogimiento familiar de los menores de cero a seis años.
- Biología. Menor prevalencia de los derechos de las familias biológicas y más atención a los intereses del menor y a su estabilidad emocional, de acuerdo con una sentencia del Tribunal Supremo de 2009.
- Acogimiento. Campañas de captación de familias de acogida y mayor coordinación entre las comunidades autónomas tanto en los requisitos previos como en las ayudas económicas y la relación con la familia biológica.
- Educación. Flexibilizar la rigidez actual del sistema educativo en lo referente a la edad que corresponde a cada curso o la repetición de este. Reconsideración para estos niños de la norma general de repetir solo en los años pares.
- Listas únicas. Elaboración de una lista única de adoptantes, tanto nacionales como internacionales.
http://www.elpais.com/articulo/sociedad/control/derechos/malos/padres/elpepisoc/20101018elpepisoc_3/TesReforma de la Ley de Adopción. Más control y menos derechos para los malos padres
J. P. - Madrid - 18/10/2010
Ahora, el Senado estima que no es necesario cumplir dicho plazo en los siguientes casos: si las Administraciones creen que la situación de la familia biológica no va a mejorar durante ese tiempo —el ejemplo más claro sería la condena a largas penas de cárcel de los progenitores— o estos no se someten a los planes de rehabilitación de toxicomanía; o se niegan a tomar medicación o acudir a las citas hospitalarias en caso de enfermedad mental; o maltratan al menor o desoyen los avisos de la inspección educativa por absentismo escolar. O persisten en usar a los hijos para la mendicidad y en otros supuestos de gravedad similar. El acogimiento es inmediato y los padres biológicos pierden los derechos.
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