Centro de menores inmigrantes El Bosc, C/ del Bosc 2bis de Barcelona. Argi Grau
JUEVES 11 DE MARZO DE 2010 2 y 3 la Denuncia invest reportaje
El centro de menores inmigrantes El Bosc vulnera los derechos de los menores
Helena de Castro, Argi Grau, Jaume Villar. Barcelona
Derecho a la igualdad, a una alimentación sana, a una vivienda o a ser educados. Aunque estos son algunos de los derechos que todos los menores deberán tener, esto no siempre es así. Cuando un menor decide embarcarse en el difícil viaje de migrar de su hogar, deja atrás una parte de su vida: su tierra, la familia y los amigos. Aun así, en este transcurso denominado inmigración, también parece que deje atrás sus derechos fundamentales: los del Niño.
10009, 10596, 11046: cuando un Menor Inmigrante No Acompañado (MINA) llega a Cataluña, se le asigna un número administrativo que gestionan los Mossos d'Esquadra. Este reportaje pretende mostrar la realidad que viven los menores inmigrantes que llegan a nuestra ciudad. La Dirección general de Atención a la Infancia y a la Adolescencia de la Generalitat (DGAIA) se encarga de estudiar los casos por delegar los menores en los diferentes centros que gestiona esta entidad. Mientras se decide el futuro de estos menores, se les transfiere a uno centre de acogida provisional -o Servicio de Atención Transitoria (SAT)- perteneciente a la Generalitat y gestionado por la Fundació Mercè Fontanilles, como es el centro El Bosc.
La DGAIA, y en consecuencia este centro, tiene la obligación de tutelar todos los MNA desde el primer día que estos llegan en Catalunya. Según el coordinador del Colectivo por los derechos de los menores no acompañados DRARI, Vicenç Galea, esto no se cumple sensu stricto, pues pueden pasar meses antes de que los menores tengan la tutela administrativa, tal y como confirman dos de los tres educadores del centro entrevistados así como dos fuentes anónimas extreballadores del centro, que también son educadores.
Aun así, mientras que El Bosc es uno centre de acogida provisional, donde los menores sólo pueden estar hasta seis meses, según nuestras fuentes, mientras se decide si se les transfiere a un Centro Residencial de Atención Educativa (CRAE) o se les repatria, la realidad es que los menores pueden estar hasta más de un año, como es el caso del magrebí Mustapha Aoulad Malik, que va estar 14 meses.
Aun cuando el Proyecto Educativo del Servicio de Atención Transitoria El Bosque basa su ordenamiento legal y jurídico en la Declaración de los Derechos del Niño proclamada por la Asamblea de las Naciones Unidas el 20 de noviembre de 1959, las fuentes extrabajadores del centro y Vicenç Galea cruzan que no se respetan estos derechos del menor. Según ellos, y como ha intentado probar nuestra investigación, el centro El Bosc no cumple estrictamente con los artículos de la Declaración de los Derechos de los Menores.
sobre los términos mina, mena, meina
Vicenç Galea considera que los términos MEINA, MENA, MINA son perjudiciales para los menores, pues implica el término inmigrantes
enfermedades
Muchos menores tienen unos desequilibrios mentales brutales causados por la realidad en la que viven y por el consumo de disolvente
A continuación hacemos un repaso de los derechos de los niños y desglosamos los posibles incumplimientos según nuestras fuentes:
1. Derecho a la igualdad, sin distinción de raza, religión o nacionalidad. Hasta dónde hemos llegado con nuestra investigación este punto no se cumple porque desde el primer momento los menores son relegados a espacios dónde sólo hay otros chicos inmigrantes como ellos, sin poder acceder así a la cultura de la tierra de acogida. No hay una integración por parte de los menores, porque se relacionan sólo entre ellos. Es muy difícil que establezcan un vínculo con nuestra cultura y sociedad, declara una fuente extrabajadora del centro El Bosc.
2. Derecho a una protección especial que asegure un crecimiento mental y social sano y libre. Según nuestras fuentes este derecho no se cumple porque los chicos esnifen disolvente y de esta práctica lo centro no es consciente. La consumición de disolvente no asegura un crecimiento mental sano del menor. El centro lo sabe, y no se hace nada por evitarlo, nos aseguran nuestras fuentes. Aun así, tanto los educadores como los niños dicen que los menores no descansan bien por el hecho de que estén viviendo entre dos centros: un diurno, El Bosc, y un nocturno, el albergue Alcor. Los extreballadors y Vicenç Galea coinciden en que la educación que reciben los niños no es la adecuada. Según ellos no tienen, y según los menores entrevistados sólo tienen dos horas de clase.
3. Derecho a un nombre y a una nacionalidad. Yo conozco casos de menores que han estado hasta 3 años esperando los papeles, explica un extreballador. Debido al convenio de inmigración que existe entre Marruecos y España, los marroquíes tienen más facilidades por conseguir los papeles. Esto crea malestar entre los inmigrantes de diferentes nacionalidades. El que añade,dentro de El Bosc faltan muchas cosas, por ejemplo, un proceso de integración entre los inmigrantes y la sociedad catalana y, dentro del centro, entre los subsaharianos y los marroquíes. Se crean muchos conflictos entre ellos por el lugar de procedencia. Se respira mucha tensión.
4. Derecho a una alimentación, vivienda y atención médica adecuada. Aun cuando nuestros entrevistados, tan educadores como menores, coinciden en que hacen todos los ágapes del día, estos no cumplen con la una dieta sana y equilibrada. Todo son fritos y alimentos muy calóricos; como las pastas que comen siempre por merienda, dice un educador del centro. Y añaden que la cantidad de comida por menores es insuficiente: nunca pueden repetir. Y es que, en este sentido una cosa es comida y lo otro es alimentarse. De otro lado, en en cuanto al aspecto de la vivienda digna, este se incumple porque los niños están repartidos entre dos centros, un diurno y un nocturno, en los que pasan 12 horas respectivamente.
5. Derecho a una educación y atención especiales por los niños físicamente o mentalmente disminuidos. Según los entrevistados, el centro no está adaptado por ningún tipo de disminución. Se han dado casos de niños que tenían el pie roto y se quedar a la primera planta del centro porque no podían bajar las escaleras. Aun así, una versión corroborada por dos educadores, muchos de los menores tienen unos desequilibrios mentales brutales, causados por la realidad en la que viven y por el consumo de disolvente.
6. Derecho a comprensión y afecto por parte de las familias y de la sociedad. El hecho de que desde el centro no se fomente la integración de estos menores a la sociedad genera un rechazo social hacia ellos.
7. Derecho a la educación gratuita, a divertirse y a jugar. Los extrabajadores y Vicenç Galea denuncian que el centro El Bosc niega la educación a todos los menores, mientras que los educadores explican que, como es uno centre de Atención Transitoria, y no se sabe cuánto tiempo tardarán en derivarlos a otro centro, este proceso se queda colgado mientras se decide el destino del niño. Said Camara, un educador del centro, nos ha asegurado que todos los niños menores de 16 años van a la escuela, yo mismo los acompaño, pese a que no nos sabe decir el nombre de la escuela ni su ubicación. Una versión totalmente encontrada a la de los dos educadores que nos explican que actualmente no hay ningún niño que esté escolarizado.
8. Derecho a atención y ayuda preferentes en caso de peligro. Las fuentes extreballadores hablan de niños enfermos que no son atendidos ni aislados en caso de enfermedad contagiosa, como en el caso reciente de la Gripe A. Un hecho que se agrava por los continuo traslado de los menores entre los dos centros (el diurno está en la montaña y el nocturno está en la playa), pues los menores han de coger el metro y los Ferrocarriles todos los días, aunque estén enfermos, poniendo en peligro de contagio los usuarios de los transportes públicos.
9. Derecho a protección contra el abandono y la explotación en el trabajo. Según un extrabajador, los niños están abocados a la explotación laboral pues no se contempla conseguir un permiso de residencia junto con un permiso de trabajo. Abdalah Fall, al igual que otros muchos senegaleses, lo hicieron fuera del centro el pasado mas de diciembre tres días antes de cumplir los 18 años. Circunstancia que le ha llevado a verse abocado a la calle, sin ninguna ayuda y durmiendo a la playa. En cambio, el caso de los marroquíes Mustapha Aoulad Malik y Hamza Hraich es diferente. Ellos están trabajando actualmente y disfrutan de un piso tutelado por la DGAIA. Este es un ejemplo claro, según Abdalah, de la discriminación que se vive en el centro entre senegaleses y mauritanos y los magrebíes. Las dos fuentes extrabajadores confirman que existe esta discriminación, pues los negros se les expulsa más fácilmente del centro por el recurso de las pruebas óseas, en cambio los magrebíes lo tienen más fácil a la hora de encontrar trabajo, piso y de quedarse en el centro, por los convenios existentes entre Marruecos y España.
10. Derecho a recibir una educación que fomente la solidaridad, la amistad y la justicia entre todo el mundo. Sí, esto es la selva, hace falta sobrevivir y pisar por hacerlo. Una afirmación muy clara que intenta mostrar que al centro no se da el ambiente propicio porque el niño crezca en un clima de solidaridad, amistad y justicia, pues continuamente hay muchas peleas y los niños se roban entre ellos, nos aseguran nuestros confidentes.
la frase
Los niños aquí no se quejan porque cuando vienen lo hacen tan castigados que se piensan que aquí no tienen derechos
Esto es la selva, hace falta sobrevivir y pisar para hacerlo. Continuamente hay peleas entre los menores, asegura una fuente
Hasta aquí hemos repasado los 10 derechos básicos de los menores y hemos podido ver como en la mayoría hay carencias. A pesar de todo, también hace falta entender que cada menor inmigrante es una vida y como tal, una manera diferente de tratar un mismo tema. Aun así, el hecho de la existencia de dos centros es una de las causas que hace que se incumplan más derechos. Como ya hemos hecho referencia, los menores viven en un centro diurno durante el día, y a las noches viven en otro centro sito a otra zona de la ciudad de Barcelona. Un problema que comporta toda clase de inconvenientes. Como nos aseguran los educadores del centro con los que hemos hablado, recientemente la DGAIA se ha pronunciado en la posible mejora de este hecho con la construcción de un nuevo centro de 24 horas. Actualmente, pero, la existencia de los dos centros supone una desestabilitat por los menores. En el desplazamiento de un centro a otro, un educador asegura que la ratio de menores por educador es de 7 como máximo, según el reglamento de centro. Aun cuando, últimamente esta medida se cumple en excepciones de las mañanas, dónde vamos 4 ó 5 educadores por 40 menores. Aun así es en estos desplazamientos dónde se produce el mayor número de fugues de los menores, tal y como confirman todos los entrevistados. Las condiciones de los menores tampoco mejoran demasiada en el centro nocturno Alcor, donde los educadores nos aseguran que tienen 4 duchas y 30 minutos de agua caliente por ducharse todos. Y es que pese a que lo centro Bosc también hay una ducha, nosotros en teoría no se los podemos dar ni jabón ni toallas. En este centro las instalaciones, según nuestras fuentes, no están al 100%. La pica de agua no tiene cañerías desde que empezamos a trabajar. Fines hace dos meses el patio no se limpiaba, puesto que no había señora de la limpieza. Esto contradice uno de los objetivos específicos del proyecto educativo del centro, donde se quiere estimular los hábitos de higiene de los menores. Una visión compartida por los extrabajadores del centro y corroborada por las pruebas que este equipo de investigación ha podido conseguir del interior de las instalaciones. Aun cuando, ellos lo rompen y los centro no lo repara, esto es un problema de las dos partes, como nos asegura un trabajador. Un comportamiento que se podría explicar por el hecho de que estos menores no disponen de un hogar propio, y esto hace que los menores no sientan el centro como sede. Volviendo al proyecto educativo del centro El Bosc, este dice textualmente que el personal de dirección debe participar en la elaboración del reglamento del Régimen Interno y su revisión así como de la memoria y de la programación anual. Este punto, que debería ser consultable por cualquier trabajador del centro, parece inaccesible. Y es que los educadores con los que hemos podido hablar nos aseguran que ellos no han podido ver ni el reglamento ni el proyecto educativo. En teoría los trabajadores deben tener acceso, pero a la práctica pasa una otro cosa. En la misma línea encontramos los Proyectos Educativos de los Centro (PEC), un informe de seguimiento que se debe hacer a cada menor desde el suyo ingreso. Como nos asegura una trabajadora, este documento ha de estar hecho desde el primer día que ingresan los menores al centro y, en general, se acostumbra a hacer cuando hay una inspección de la DGAIA. Un problema agravado porqué esto depende mucho del educador que toque, nos explican.
un problema de raíz
Sobre la existencia de los dos centros, los menores no lo sienten como sede, esto genera comportamientos inapropiados
La DGAIA, el órgano público del que dependen los menores, cierra las puertas a cualquier investigación periodística
1. Derecho a la igualdad, sin distinción de raza, religión o nacionalidad.
2. Derecho a una protección especial que asegure un crecimiento mental y social sano y libre.
3. Derecho a un nombre y a una nacionalidad.
4. Derecho a una alimentación, vivienda y atención médica adecuados.
5. Derecho a una educación y atención especiales por los niños físicamente o mentalmente disminuidos.
6. Derecho a comprensión y afecto por parte de las familias y de la sociedad.
7. Derecho a la educación gratuita. Derecho a divertirse y a jugar.
8. Derecho a atención y ayuda preferentes en caso de peligro.
9. Derecho a protección contra la abandonament y la explotación en el trabajo.
10. Derecho a recibir una educación que fomente la solidaridad, la amistad y la justicia.
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